Crímenes sexuales en la represión estatal y la extensión de la tortura a familiares
El fiscal pidió 10 años de prisión para el represor Joaquín Guil
La defensa pidió la absolución. Este juzgamiento se da en el marco de la denuncia de una mujer sometida a agresiones sexuales en la jefatura de policía en 1975.
Segunda audiencia de juicioEl fiscal federal Carlos Amad pidió 10 años de prisión para el represor Joaquín Guil e inhabilitación por el tiempo que dure la pena al considerarlo coautor mediato de abuso deshonesto agravado por la calidad de funcionario, el uso de intimidación y por el concurso de dos o más personas.
Este miércoles se realizó la segunda audiencia del juicio, en la que se produjeron los alegatos de las partes. Esta causa se originó en la denuncia de una mujer que a los 37 años de edad sufrió un agresiones sexuales en la Jefatura de Policía el 24 de abril de 1975, cuando fue a pedir que le autorizaran el traslado del cadáver de su hermano que se encontraba en la morgue del Hospital San Bernardo para enterrarlo en la provincia de Tucumán. Era un militante de la Juventud Peronista y Montoneros, asesinado por efectivos de la Policía Federal y de la provincia de Salta en la conocida como "masacre de San Lorenzo".
Guil era director de Seguridad en abril de 1975 cuando la provincia permanecía intervenida y las fuerzas militares tenían "alto grado de autonomía en la provincia” (www.pagina12.com.ar/254961-terror). El fiscal destacó que el represor ya fue juzgado y condenado por el asesinato del militante peronista y un compañero.
Cuando gestionaba la autorización para el traslado del cuerpo de su hermano, la mujer contó que en las instalaciones de la Jefatura fue conducida a una oficina, donde un hombre "petizo, negro, de uniforme gris, vestido de policía", que parecía un jefe, ordenó requisarla, la obligó a desnudarse y luego la sometió a tocamientos y un abuso con acceso carnal frente a una veintena de policías que se reían mientras observaban esa situación. Ni el autor material ni los otros funcionarios policiales fueron identificados.
En su alegato el fiscal Amad señaló que según el relato de la víctima los hechos duraron "30 minutos" pero a ella le pesaron "toda la vida" hasta ahora que tiene 85 años. Entre las consecuencias, no volvió a menstruar, perdió el deseo sexual y además tiene varios padecimientos de salud.
Las características de Guil, de tez clara y alto, no coinciden con las del autor material de la violencia sexual. Sin embargo, está acusado bajo la presunción de que conocía estos hechos y porque todos los efectivo estaban bajo su mando. La fiscalía le atribuye el dominio de la acción y sostuvo que era una de las personas "que estaba ahí".
Guil, ya de avanzada edad, presenció la audiencia de manera virtual. Por la pantalla se lo veía hablar como contestando mientras alegaba el fiscal, no era posible escucharlo porque el micrófono estaba silenciado. Sus expresiones en el rostro y con las manos, comunicaban, sin embargo, una evidente molestia y desacuerdo con lo que escuchaba.
Amad planteó la conexidad entre la violencia sexual a la que fue sometida la víctima y el asesinato de su hermano junto a otro militante, en manos de la Policía Federal y Policía de la provincia. Señaló que aquellas ejecuciones fueron un hecho "fraguado" por los represores como un "enfrentamiento" y con la complicidad de medios de comunicación que reproducían el discurso de una "guerra contra la subversión" en aquella época.
Para infundir miedo y amedrentar
La primera declaración de la denunciante fue en el marco de la causa "Ragone" en 2011 sobre los trámites para trasladar el cuerpo del hermano, donde contó el abuso sexual. Declaró también en el juicio donde se juzgó el asesinato de su hermano, y cuya grabación fue expuesta en la primera audiencia del presente juicio. La tercera declaración fue en la fiscalía federal por el caso específico de violencia sexual, la denuncia fue radicada el 14 de febrero de 2015 y dio más precisiones.
De este modo, Amad dijo que la violencia sexual ejercida contra la denunciante fue parte del "accionar represivo" que seguían los represores de manera posterior a las ejecuciones, para infundir "miedo y amedrentar" a familiares de las víctimas. Mencionó las distintas modalidades de revictimización y tortura hacia las familias que ha visto en las diferentes causas de lesa humanidad y que se ejercían de forma sistemática.
El fiscal consideró verídico el relato de la mujer. Dijo que no se hizo la inspección ocular de la Jefatura de Policía en este caso pero sí en otras causas de lesa humanidad, y que se pudo ver que hay espacios donde entran 20 personas.
"Advertimos que el caso es una muestra muy representativa de la verdadera extensión que tuvo el fenómeno represivo", alegó el fiscal ad hoc Juan Manuel Sivila, respecto a las persecuciones a familiares. "Las agresiones sexuales en particular fueron reconocidas como prácticas ilícitas del plan sistemático de represión ilegal en distintos precedentes judiciales", esgrimió. Asimismo indicó que el Estatuto de Roma relevó estas agresiones al conceptualizar los crímenes de lesa humanidad.
Sivila sostuvo que la violencia sexual también implica una violencia instrumental y expresiva, un efecto de disciplinamiento hacia las mujeres y a las personas consideradas oponentes, en el contexto de la represión estatal. Puso énfasis sobre la necesidad de un abordaje "con perspectiva de género".
La destrucción de pruebas
La defensa de Guil, ejercida por el defensor oficial Pablo Lauthier, solicitó la absolución lisa y llana o en subsidio, por el beneficio de la duda. El letrado cuestionó la falta de producción pruebas para implicar a su defendido, entre éstas, que no se haya pedido un registro de guardia de aquel día. "Las declaraciones de la víctima son conmovedoras pero no son suficientes para asignarle a una persona la autoría mediata, en caso de haber existido, no sabemos si existió", sostuvo.
El defensor dijo por otro lado que se han violado los principios de inocencia y de derecho de defensa en juicio de Guil. "No tuvo dominio del hecho bajo ninguna circunstancia, no está probado", manifestó. Tambien afirmó que "no existen pruebas del conocimiento del señor Guil del hecho denunciado".
En la réplica el fiscal Amad afirmó: "No es que no se hizo. No se pudo" contar con el registro de la guardia en la Jefatura del 24 de abril de 1975. Recalcó que hace 48 años los represores "destruyeron información documental que había en su poder", hecho "probado en causas conexas". "Quemaron todo, por eso no hay registro de nada", sostuvo.
La próxima audiencia será el 4 de octubre, a las 10 de la mañana. Entonces se cumplirá con el rito de darle la oportunidad de hablar al acusado antes de que el Tribunal Oral Federal N° 1, integrado por los jueces Federico Santiago Díaz y Mario Marcelo Juárez Almaraz y la jueza Marta Liliana Snopek, pase a deliberar para dar a conocer su veredicto.
Fuente:Pagina12
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