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La Sala II de la Cámara de Casación Penal mantuvo la prisión preventiva de Gonzalo "El Chispa" Sánchez, miembro del Grupo de Tareas de la ESMA durante la última dictadura militar y ordenaron que se avance con el trámite de la causa para la fijación de audiencia.
Los jueces Alejandro Slokar, Angela Ledesma, Guillermo Yacobucci y Carlos Mahiques prorrogaron este miércoles su prisión preventiva y urgieron al tribunal oral a otorgar celeridad al trámite de la causa para que pueda fijar audiencia.
Los jueces Slokar y Ledesma en su voto resaltaron que "Sánchez permaneció prófugo entre el 28 de octubre de 2005 y el 12 de mayo de 2020".
"El represor se había ocultado en Brasil desde donde eludió la orden de captura emitida por el juzgado instructor, hasta que luego de los esfuerzos mantenidos por la diplomacia argentina fue recientemente prendido por la Policía Federal brasileña en la ciudad de Paraty (Estado de Río de Janeiro), por una orden de captura del Supremo Tribunal Federal de Brasil, para definitivamente poder ser extraditado a nuestro país y sometido al proceso", se indicó.
Sánchez está imputado por su presunta participación en la comisión de ilícitos categorizados como de lesa humanidad, al tratarse de la desaparición forzada de aproximadamente trescientas personas cometidos en la ESMA durante la última dictadura militar.
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Frente a un planteo excarcelatorio rechazado tiempo atrás el juez Slokar había remarcado que el fiscal había resaltado que "la actividad desplegada por Sánchez en la ESMA fue reconocida por numerosos testigos".
"En efecto de los testimonios brindados por Pilar Calveiro de Campiglia, Graciela Beatriz García, Sara Solarz de Osatinsky, Lila Pastoriza, Miriam Lewin, Lidia Cristina Vieyra, Ana María Martí, Nilda Haydée Orazi, Alberto Eduardo Girondo y Liliana Noemí Gardella surge que el nombrado era uno de los integrantes del Grupo de Tareas 3.3 en la época de los hechos que los damnificaron, aclarando algunos que el imputado pertenecía a la Prefectura Naval Argentina y que utilizaba el alias ‘chispa’", se indicó.
En el fallo se urgió al tribunal oral a que imprima celeridad al trámite que "permita definir, en lo inmediato y sin más demoras, respecto de la fijación del debate oral".
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