14 de septiembre de 2008

PARTE DEL TEXTO PARA EXIGIR QUE SEAN LLEVADOS LOS REPRESORES A LOS TRIBUNALES ESPOSADOS.

MANIFIESTAN.-
SOLICITAN CUMPLIMIENTO IGUALITARIO DE PAUTAS DE TRASLADO DE DETENIDOS-PROCESADOS.
DENUNCIA GRAVEDAD DEL HECHO Y POSIBILIDAD DE FUGA DE LOS INDAGADOS DETENIDOS.
SE EXIJA CUMPLIMIENTO DE FUNCIONES A CUSTODIOS DEL JUZGADO
Señor Juez:

JORGE EDUARDO BRIOSO DE ARMAS, abogado, Tomo 104 Folio 748 CFASA, por las querellas de Avellaneda, Pereyra, Federación Juvenil Comunista y Nuñez; GUIDO QUIETO, abogado, tomo………Folio …….querellante por ROBERTO QUIETO,
……PABLO LLONTO, abogado, tomo 28 Folio 283 de la CSJN, letrado querellante por las familias Lanuscou, Muniz Barreto, Beguán, Gertel, Caretti, Villalba, Cabezas, D'Amico, Rave, todos manteniendo el domicilio constituido en la causa 4012, a V.S. nos presentamos y decimos:
1.- Que en las últimas semanas, ante el llamado a declaración Indagatoria de algunos de los imputados en esta causa, los abogados de las querellas han observado situaciones como:
a.- Traslado del imputado-procesado y con prisión domiciliaria SANTIAGO RIVEROS, por parte de la Dirección de Asuntos Humanitarios del Ejército Argentino, y llegada en un vehículo al Juzgado, sin elementales procedimientos que protejan la posibilidad de una fuga, como lo es la colocación de esposas en sus muñecas tal cual se hace con otros imputados de esta causa. Resulta completamente extraña a la función militar el traslado, vigilancia y control de los imputados privados de libertad en procesos penales que tramitan ante la justicia civil, como es este caso.

b.- Traslado en forma idéntica del procesado y con prisión domiciliaria, REYNALDO BENITO BIGNONE. En este caso con un agravante que era disimular, con la colocación de una chalina sobre sus brazos, que se encontraba esposado cuando en verdad NO LO ESTABA.-
c.- Saludos afectuosos que incluyen besos y frases tales como "qué tal general", por parte del personal policial que se encuentra custodiando la sede del Juzgado Federal lo cual indica la ruptura de cualquier directiva que al respecto tienen los policías federales. Es que no cabe soslayar que estas actitudes pueden mellar la imparcialidad con la que VS interviene en el caso conforme lo establecen los Códigos; "la justicia no sólo debe realizarse, sino parecer que se realiza", tal como dijera el Tribunal Europeo de DDHH en los casos Piersack y De Cubber, determinados factores pueden inspirar a una parte legítimas preocupaciones e inquietudes.
D.- Incumplimiento de la colocación de esposas en sus manos, a los militares que salen detenidos del Juzgado Federal 2 de San Martín para ser trasladados al Cuerpo Médico Forense o a las Unidades Carcelarias correspondientes, situación que genera :
1.- La posibilidad de Fugas, como ya han existido más de 40 fugas en todo el país en las causas vinculadas al terrorismo de estado. El último de los casos (recapturado hace pocas horas) fue el del represor conocido como "Laucha" Corrés, quien, se ha comprobado, contó con la complicidad de militares y policías en actividad.-
Según el programa Memoria y Lucha contra la Impunidad del Terrorismo de Estado, del CELS, hay 40 prófugos en causas por delitos de lesa humanidad cometidos durante la dictadura, apenas tres menos que hace 17 meses. Teniendo en cuenta las 413 órdenes de detención, significa que uno de cada diez militares, marinos, aviadores, gendarmes, prefectos, penitenciarios, policías y colaboradores acusados por delitos de lesa humanidad logran escabullirse de la Justicia.
(Fuente:rdendh).

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