23 de diciembre de 2008

SANTIAGO-DELITOS DE LESA HUMANIDAD.

Los jueces federales tucumanos Casas y Jiménez Montilla (derecha) firmaron el fallo en Santiago del Estero.

En un extenso fallo, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santiago del Estero dispuso la libertad de Cayetano José Fiorini (ex 2º Jefe del Batallón de Ingenieros de Combate 141 de Santiago del Estero), y de los ex oficiales de Inteligencia, Jorge Alberto D'Amico y Leopoldo Sánchez, aunque se aclaró que el juez actuante deberá evaluar si corresponde hacer efectiva la libertad. También resolvió las situaciones procesales de una docena de policías y militares que están involucrados en los delitos de privaciones ilegítimas de la libertad y torturas ocurridos antes del 24 de marzo de 1976, durante el gobierno constitucional de Carlos Juárez. En el análisis de 44 casos, Antonio Musa Azar, la mano derecha de la inteligencia juarista, fue favorecido con la falta de mérito y la nulidad parcial de procesamiento en algunas de las causas.
Mientras sigue el revuelo a nivel nacional por el suspendido fallo que dispuso la libertad de los represores Jorge "Tigre" Acosta y Alfredo Astiz, en un extenso fallo firmado la semana pasada, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santiago del Estero dispuso la libertad de un ex militar y dos ex policías que estaban involucrados en delitos de lesa humanidad cometidos antes del 24 de marzo de 1976, durante la gestión del caudillo justicialista Carlos Juárez. El nonagenario también figura en el expediente pero no se avanzó en su situación procesal debido a su estado de salud.
Se trata de Cayetano José Fiorini, quien se desempeñó como 2º Jefe del Batallón de Ingenieros de Combate 141 de Santiago del Estero, y de los oficiales de Inteligencia Jorge Alberto D'Amico y Leopoldo Sánchez. "(la libertad) Deberá hacerse efectiva por el juez federal si en su caso correspondiere, conforme las circunstancias procesales en los distintos casos que se instruyen por delitos conexos", aclararon los jueces de Cámara subrogantes Gabriel Casas y Carlos Jiménez Montilla, y el conjuez Luis Lugones. Los dos primeros son integrantes a su vez del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán y actuaron en calidad de camaristas en la Justicia federal santiagueña en el marco del viejo régimen federal.
La medida fue tomada en respuesta a los recursos de apelación presentados por las defensas y el Ministerio Público Fiscal en contra de la resolución de procesamiento que dictó el juez de la causa el 11 de junio de este año en el marco de la megacausa en la que están agrupadas las víctimas de delitos de detenciones ilegales, allanamientos, secuestros y torturas anteriores al último golpe militar. El Tribunal analizó 44 casos en los que se declaró la falta de mérito para algunos de los imputados y se confirmó el procesamiento para otros, según la víctima y el tipo de delito bajo estudio. La falta de mérito significa que no se encontraron elementos suficientes para confirmar el procesamiento.
La lista de los imputados es liderada por el siniestro personaje y mano derecha de la inteligencia juarista, Antonio Musa Azar, quien estuvo al frente Departamento de Informaciones de la Policía (DIP) que fue creada en 1974 por Juárez y funcionaba como una SIDE provincial. Por allí pasaron muchos de los desaparecidos y los más de 30 detenidos por razones políticas. En varios casos, Musa Azar fue beneficiado por la falta de mérito y la nulidad parcial de procesamiento en otras.
En la causa también están imputados Miguel Garbi (Comisario segundo Jefe del DIP), Juan Felipe Bustamante (oficial subayudante de la DIP); Dido Usauro Andrada (oficial Instructor sumariante); Roberto Díaz (agente del DIP); José Brao ( oficial auxiliar del DIP); Francisco Laitán (oficial subayudante del DIP) y; Ramiro del Valle López Veloso (oficial auxiliar de la DIP). En el fallo se analizó la situación de cada uno de ellos en cada uno de los 44 casos denunciados.
En la resolución, que consta de 264 páginas y fue firmada el 17 de diciembre pasado, los jueces advirtieron que se encontró una omisión idéntica a la detectada en otra megacausa (vinculada a las desapariciones forzadas de personas anteriores al 24 de marzo de 1976). "...surge evidente que en las audiencias de declaración indagatoria no hubo una clara descripción de los hechos imputados, pues se advierte una falta de comunicación íntegra, clara, precisa y circunstanciada del hecho concreto que se atribuye a los imputados..." , expresa la resolución respectiva firmada el 24 de abril de este año. En ese sentido, se concluyó que no se cumplió con un requisito necesario para ejercer una adecuada defensa en juicio , que es el conocimiento acabado de la imputación.
Por este motivo, se resolvió la nulidad parcial del procesamiento de José Brao, Juan Bustamante, Carlos Capella, D'Amico, Díaz Fiorini, Garbi, Francisco Laitán, López Veloso, Rolando Salvatierra y Leopoldo Sánchez, en cuanto al delito de asociación ilícita. Los jueces aclararon que la medida se hizo extensiva a Musa Azar, Hugo Badessich y Eduardo Baudano, quienes si bien no apelaron la medida del juez, también se advierten en sus casos similares omisiones y defectos en el proceso. También se dispuso igual medida por los delitos de privación ilegítima de la libertad y torturas contra Musa Azar, entre otros imputados, para algunos casos.
En tanto, en el fallo, no se hicieron lugar a los planteos presentados por las defensas referidos a la inconstitucionalidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final; a la prescripción de la acción penal, y a la irretroactividad de la ley penal.
(Fuente:Rdendh).

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