Vale 39, pero te lo dejamos en 25
A Ulibarrie el principio de la ley más benigna le hizo precio
A Ulibarrie el principio de la ley más benigna le hizo precio
La querella unificada de la Comisión de DDHH de Corrientes y de los familiares de las víctimas en la "Causa Ayala" coincidió con la representación de la Secretaría de DDHH de la Nación y el Ministerio Público en pedir 25 años de prisión para el único imputado, el ex-Comisario Diego Ulibarrie. Todos coinciden en que las penas merecerían 39 años de prisión según las leyes de esa época si se sumaran las penas de los delitos acreditados en el debate, pero 25 era el límite que imponía el derecho en aquél entonces para los crímenes más graves.En primer término hicieron su alegato los representantes de familiares de las víctimas y el organismo provincial que ya fuera querellante en la "Causa RI9", representados en esta ocasión por el Dr. Ramón Leguizamón (quien ya actuara en el "RI9") y el Dr. Hermindo González.
La descripción de los hechos y la responsabilidad concreta del imputado estuvo a cargo del primero, mientras que González se limitó a describir cómo se acreditó la identidad de las víctimas y a solicitar la pena máxima para el ex-Comisario.
"El 16 de febrero de 1976, a la hora 13,30 comenzó la trágica historia de cuatro jóvenes, la de sus familias y amigos, cuando por calle Moreno entre calles Salta y Rioja de esta ciudad, Vicente Víctor Ayala, Julio Cesar Barozzi, Diego Orlando Romero y Jorge Antonio Saravia Acuña fueron detenidos en forma violenta por un operativo policial conformado por personal uniformado y de civil, posteriormente fueron trasladados hasta la jefatura de policía.
Por la tarde de ese mismo 16 y con signos de haber sido brutalmente torturados Vicente Víctor Ayala y Julio César Barozzi fueron trasladados a dependencia de la Policía Federal.
El ultimo registro con que se cuenta de Orlando Romero y de Jorge Saravia Acuña, es la del secuestro en horas de la siesta de aquel 16 de febrero, en tanto que de Vicente Víctor Ayala y Julio Cesar Barozzi, lo es el paso por la dependencia de la Policía Federal.
Los cuatro, hoy integran la triste nómina de los 30.000 desaparecidos con que cuenta nuestro país de la etapa mas negra que nos ha tocado vivir a los argentinos" dijo Leguizamón.
El marco jurídico
El encuadre legal de los hechos estuvo a cargo del Dr. Daniel Domínguez Henaín, el letrado que representa a la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación. Dando muestra de un profundo conocimiento técnico como lo hiciera en la "Causa RI9", explicó porqué le correspondía la pena máxima a Ulibarrie. No se privó sin embargo de realizar una síntesis de los hechos, pese a adherir a los dichos de sus preopinantes, pero avanzó fundamentalmente en la calificación penal arribando a la conclusión de que se halla acreditado indubitablemente que el imputado fue el autor material de la privación ilegítima de la libertad (agravada por la violencia del procedimiento y por tratarse de un hecho que duró mas de un mes) en cuatro hechos, es decir tres veces reiteradas (concurso real) y la aplicación de tormentos en la persona de Vicente Víctor Ayala, el "Cacho" como lo conocían sus amigos.
El marco jurídico
El encuadre legal de los hechos estuvo a cargo del Dr. Daniel Domínguez Henaín, el letrado que representa a la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación. Dando muestra de un profundo conocimiento técnico como lo hiciera en la "Causa RI9", explicó porqué le correspondía la pena máxima a Ulibarrie. No se privó sin embargo de realizar una síntesis de los hechos, pese a adherir a los dichos de sus preopinantes, pero avanzó fundamentalmente en la calificación penal arribando a la conclusión de que se halla acreditado indubitablemente que el imputado fue el autor material de la privación ilegítima de la libertad (agravada por la violencia del procedimiento y por tratarse de un hecho que duró mas de un mes) en cuatro hechos, es decir tres veces reiteradas (concurso real) y la aplicación de tormentos en la persona de Vicente Víctor Ayala, el "Cacho" como lo conocían sus amigos.
"Sabemos que los tormentos le fueron aplicados a todos" dijo, "pero debemos ceñirnos a los cargos por los que se elevó a juicio la causa"
.Cerró su alocución con un homenaje a la familia Ayala, y especialmente destacó al Dr. Leguizamón, que no solo presentó un hábeas corpus en aquél entonces, cuando se propia vida corría peligro, sino que acompañó la búsqueda del Cacho y el reclamo de justicia hasta el día de hoy. Leguizamón es miembro de la Comisión de Derechos Humanos de Corrientes, organismo que fuera creado allá por fines de 1981 o principios del "82, por (entre otros) los padres del "Cacho" Ayala, y ha acompañado cada paso de la familia y sus compañeros de "la Comisión". Merecido homenaje sin dudas.
El Ministerio Público
La valoración de la prueba en representación de la Fiscalía estuvo a cargo del Dr. Flavio Ferrini, un joven profesional que ya actuó en la "Causa RI9". Coincidió con la parte acusadora en la calificación de los hechos y el pedido de la pena máxima.
El Ministerio Público
La valoración de la prueba en representación de la Fiscalía estuvo a cargo del Dr. Flavio Ferrini, un joven profesional que ya actuó en la "Causa RI9". Coincidió con la parte acusadora en la calificación de los hechos y el pedido de la pena máxima.
Con mucho sentido común, señaló que el hecho de que en una primera instancia la "justicia militar" instruyera los hechos que hoy se juzgan, es porque el procedimiento se enmarcaba en la represión ilegal.
Su intervención fue aguda e interesante y pareció mas breve de lo que realmente fue en virtud de estas características, pero se extendió desde las 11,50 hasta las 12, 45 aproximadamente.
Mañana será el turno de la defensa y de las últimas palabras del imputado, si es que decide hacer uso de este derecho.
Acto seguido vendrán las réplicas si fueran necesarias y en la misma jornada o los primeros días de la semana próxima se dictará la sentencia de la segunda causa de delitos de lesa humanidad en la provincia.
(Fuente:Rdendh).
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