Prensa. 05 de noviembre de 2009.
FUE APROBADA EN MARATÓNICA SESIÓN LA LEY DE INHABILITACIÓN PARA EJERCER CARGOS ELECTIVOS A PROCESADOS Y CONDENADOS POR DELITOS DE LESA HUMANIDAD. AUTORÍA DEL DIPUTADO GERARDO RICO.
LA MEDIA SANCIÓN DE DIPUTADOS DATA DE NOVIEMBRE DEL 2008, LUEGO DE LA PRESIÓN Y RECLAMOS QUE LLEVABAN UN AÑO,
FUE APROBADA CON REFORMAS EN SENADORES A LAS 16.30 HS.;
GIRADA A DIPUTADOS Y SANCIONADA DEFINITIVAMENTE SOBRE TABLAS A LAS 18.30 HS.
La norma sancionada, autoría de Gerardo Rico acompañado por todos los bloques con representación parlamentaria, ingresó a Diputados en 2007 y llevó un año (hasta noviembre del 2008) para ver su media sanción, luego de intenso trabajo en la Comisión de Derechos y Garantías y de Asuntos Constitucionales. Se articularon antecedentes provinciales, nacionales e internacionales para dar fuerza y consensos a la ley.
Durante este extenso lapso del año no tuvo tratamiento en el ámbito de la cámara alta, provocando reclamos y cruces de cartas y mails individuales, de organizaciones de DD.HH, sociales, gremiales y políticas urgiendo una definición en un año electoral y de inicio de los juicios de lesa humanidad en la provincia.
El caso “Pedro Rodríguez” en San Lorenzo procesado y libre bajo caución que se apresta a asumir como concejal el 10 de diciembre próximo enervó los ánimos.
Si no se trataba durante noviembre perdía estado parlamentario. Los tiempos y reuniones con la Presidencia del Senado y presidentes de bloques apresuraron el dictámen en esta semana y la decisión de su tratamiento en tiempo récord.
No obstante, Senadores suprimió un párrafo a la media sanción original dónde se ampliaba la inhibición a “imputados o partícipes en violaciones graves a los derechos humanos, en tanto no hayan sido desvinculados de las causas” motivando concurrir en revisión a la cámara de orígen.
Mayores dilaciones hubieran derrumbado su sanción y extender la morosidad legislativa.
Sanción de la LEY: Articulo 1: Las listas de candidatos que presenten los partidos políticos, Confederaciones o Alianzas Electorales, para elecciones provinciales, municipales, comunales y convencionales constituyentes, no estarán integradas por quienes se encuentren condenados o procesados, con resolución firme, por crímenes de lesa humanidad, cualquiera sea el sistema electoral que se aplique
Articulo 2: No serán oficializadas, por el tribunal electoral de la provincia, todos aquellas listas que no cumplan con lo dispuesto en el articulo 1.
REPERCUSIÓN EN ORGANISMOS DE DERECHOS HUMANOS.
A minutos de su sanción definitiva en la ronda de las Madres de Plaza 25 de Mayo en Rosario, fue anunciado el final del largo peregrinar. Edilio Quiroga –querellante de la causa San Lorenzo- adelantó la novedad y se exteriorizaron las muestras de adhesión.
En tanto en Santa Fe, el escenario fue la presentación del libro “Historias de Vida” en la Feria del Libro por parte de ex detenidos y sobrevivientes del terrorismo de estado. Allí se anunció su sanción, ya que previamente sus integrantes habían poblado el hall de la legislatura esperándola.
“ES UN DIA HISTÓRICO PARA LA PROVINCIA” DIJO GERARDO RICO.
Tanto en el recinto como a la prensa el legislador autor de la norma destacó la importancia de “avanzar en el sentido de concretar una legislación que inhiba, a quiénes fueron partícipes de la larga noche de la dictadura, reciclarse o mimetizarse en las estructuras de las instituciones democráticas. Una actitud que garantiza la propia defensa de las instituciones saneando sus mecanismos. En este caso el sistema electoral que se aplique”.
Manifestó su disconformidad con la reforma girada por el Senado, resaltando que “la política es el arte de lo posible, y lo realizable a veces no condice con lo ideal” no obstante advirtió que aún con este texto es un avance importantísimo por ser Santa Fe una de las únicas provincias que saltó la valla de los imposibles. “Esto es obra de los compañeros que siguen su lucha diaria –muchas veces en soledad- en las organizaciones de derechos humanos, sociales, gremiales y políticas; y pese a la demora y las imperfecciones: aquí está ! ” Ahora tendrán una herramienta vital para seguir la pelea: una Ley.
Ejemplificó sobre el caso “Rodríguez” en San Lorenzo resaltando que esta norma, como la incluída en la reforma política que se debate a nivel nacional se convertirán en antecedentes para dar fuerza a los concejales que impugnarán la incorporación de un procesado a la concejalía.
Extendiéndose en las consideraciones manifestó:
Los mismos que usufructuaron cargos públicos y prebendas a costa de la suspensión de la Constitución y los derechos individuales, no pueden hoy usar los mecanismos de esas instituciones que por acción u omisión contribuyeron a conculcar para encaramarse en sus estructuras que -26 años después- trabajosamente tratamos de articular con garantía de protección.
Llegar a esta sanción, fue una ardua tarea de legisladores, precedentes –como la abortada ley Sandoz-, organismos de derechos humanos, especialistas en la materia locales e internacionales, que dotaron a los anales de la norma de antecedentes y fundamentos que constituirán el cuerpo del espíritu de la Ley como testimonio hacia el futuro y las próximas generaciones que abreven en ella.
Sabemos que resta mucho por hacer. Que el grado de maduración de la sociedad, y líneas de acción del gobierno nacional, aún no ha traspasado las estructuras que la representan en lo ejecutivo, legislativo o judicial.
El “sistema estructural de impunidad” –según doctrina del Comité de las Naciones Unidas- no nos permitió aplicar el estándar probatorio aplicable según los tratados con jerarquía constitucional que Argentina suscribió, como por ejemplo la usurpación de cargos o la “prueba suficiente” como causales de inhabilitación.
El Gobernador se apresta a promulgar una ley largamente esperada, y aún no expresando perfección, fue lo posible a lo que se arriba en negociaciones parlamentarias que traspasan los bloques partidarios.
Una ley sancionada ejercerá control social, sobre los partidos políticos y la justicia electoral para no revivir casos de reciclado de oscuros personajes en los mecanismos institucionales que posibilitan a la ciudadanía representación y expresión.
En su exposición previa a la sanción en Diputados recordó la memoria de los 30.000 desaparecidos, y agradeció a los Legisladores, que por unanimidad la aprobaron.
FUE APROBADA EN MARATÓNICA SESIÓN LA LEY DE INHABILITACIÓN PARA EJERCER CARGOS ELECTIVOS A PROCESADOS Y CONDENADOS POR DELITOS DE LESA HUMANIDAD. AUTORÍA DEL DIPUTADO GERARDO RICO.
LA MEDIA SANCIÓN DE DIPUTADOS DATA DE NOVIEMBRE DEL 2008, LUEGO DE LA PRESIÓN Y RECLAMOS QUE LLEVABAN UN AÑO,
FUE APROBADA CON REFORMAS EN SENADORES A LAS 16.30 HS.;
GIRADA A DIPUTADOS Y SANCIONADA DEFINITIVAMENTE SOBRE TABLAS A LAS 18.30 HS.
La norma sancionada, autoría de Gerardo Rico acompañado por todos los bloques con representación parlamentaria, ingresó a Diputados en 2007 y llevó un año (hasta noviembre del 2008) para ver su media sanción, luego de intenso trabajo en la Comisión de Derechos y Garantías y de Asuntos Constitucionales. Se articularon antecedentes provinciales, nacionales e internacionales para dar fuerza y consensos a la ley.
Durante este extenso lapso del año no tuvo tratamiento en el ámbito de la cámara alta, provocando reclamos y cruces de cartas y mails individuales, de organizaciones de DD.HH, sociales, gremiales y políticas urgiendo una definición en un año electoral y de inicio de los juicios de lesa humanidad en la provincia.
El caso “Pedro Rodríguez” en San Lorenzo procesado y libre bajo caución que se apresta a asumir como concejal el 10 de diciembre próximo enervó los ánimos.
Si no se trataba durante noviembre perdía estado parlamentario. Los tiempos y reuniones con la Presidencia del Senado y presidentes de bloques apresuraron el dictámen en esta semana y la decisión de su tratamiento en tiempo récord.
No obstante, Senadores suprimió un párrafo a la media sanción original dónde se ampliaba la inhibición a “imputados o partícipes en violaciones graves a los derechos humanos, en tanto no hayan sido desvinculados de las causas” motivando concurrir en revisión a la cámara de orígen.
Mayores dilaciones hubieran derrumbado su sanción y extender la morosidad legislativa.
Sanción de la LEY: Articulo 1: Las listas de candidatos que presenten los partidos políticos, Confederaciones o Alianzas Electorales, para elecciones provinciales, municipales, comunales y convencionales constituyentes, no estarán integradas por quienes se encuentren condenados o procesados, con resolución firme, por crímenes de lesa humanidad, cualquiera sea el sistema electoral que se aplique
Articulo 2: No serán oficializadas, por el tribunal electoral de la provincia, todos aquellas listas que no cumplan con lo dispuesto en el articulo 1.
REPERCUSIÓN EN ORGANISMOS DE DERECHOS HUMANOS.
A minutos de su sanción definitiva en la ronda de las Madres de Plaza 25 de Mayo en Rosario, fue anunciado el final del largo peregrinar. Edilio Quiroga –querellante de la causa San Lorenzo- adelantó la novedad y se exteriorizaron las muestras de adhesión.
En tanto en Santa Fe, el escenario fue la presentación del libro “Historias de Vida” en la Feria del Libro por parte de ex detenidos y sobrevivientes del terrorismo de estado. Allí se anunció su sanción, ya que previamente sus integrantes habían poblado el hall de la legislatura esperándola.
“ES UN DIA HISTÓRICO PARA LA PROVINCIA” DIJO GERARDO RICO.
Tanto en el recinto como a la prensa el legislador autor de la norma destacó la importancia de “avanzar en el sentido de concretar una legislación que inhiba, a quiénes fueron partícipes de la larga noche de la dictadura, reciclarse o mimetizarse en las estructuras de las instituciones democráticas. Una actitud que garantiza la propia defensa de las instituciones saneando sus mecanismos. En este caso el sistema electoral que se aplique”.
Manifestó su disconformidad con la reforma girada por el Senado, resaltando que “la política es el arte de lo posible, y lo realizable a veces no condice con lo ideal” no obstante advirtió que aún con este texto es un avance importantísimo por ser Santa Fe una de las únicas provincias que saltó la valla de los imposibles. “Esto es obra de los compañeros que siguen su lucha diaria –muchas veces en soledad- en las organizaciones de derechos humanos, sociales, gremiales y políticas; y pese a la demora y las imperfecciones: aquí está ! ” Ahora tendrán una herramienta vital para seguir la pelea: una Ley.
Ejemplificó sobre el caso “Rodríguez” en San Lorenzo resaltando que esta norma, como la incluída en la reforma política que se debate a nivel nacional se convertirán en antecedentes para dar fuerza a los concejales que impugnarán la incorporación de un procesado a la concejalía.
Extendiéndose en las consideraciones manifestó:
Los mismos que usufructuaron cargos públicos y prebendas a costa de la suspensión de la Constitución y los derechos individuales, no pueden hoy usar los mecanismos de esas instituciones que por acción u omisión contribuyeron a conculcar para encaramarse en sus estructuras que -26 años después- trabajosamente tratamos de articular con garantía de protección.
Llegar a esta sanción, fue una ardua tarea de legisladores, precedentes –como la abortada ley Sandoz-, organismos de derechos humanos, especialistas en la materia locales e internacionales, que dotaron a los anales de la norma de antecedentes y fundamentos que constituirán el cuerpo del espíritu de la Ley como testimonio hacia el futuro y las próximas generaciones que abreven en ella.
Sabemos que resta mucho por hacer. Que el grado de maduración de la sociedad, y líneas de acción del gobierno nacional, aún no ha traspasado las estructuras que la representan en lo ejecutivo, legislativo o judicial.
El “sistema estructural de impunidad” –según doctrina del Comité de las Naciones Unidas- no nos permitió aplicar el estándar probatorio aplicable según los tratados con jerarquía constitucional que Argentina suscribió, como por ejemplo la usurpación de cargos o la “prueba suficiente” como causales de inhabilitación.
El Gobernador se apresta a promulgar una ley largamente esperada, y aún no expresando perfección, fue lo posible a lo que se arriba en negociaciones parlamentarias que traspasan los bloques partidarios.
Una ley sancionada ejercerá control social, sobre los partidos políticos y la justicia electoral para no revivir casos de reciclado de oscuros personajes en los mecanismos institucionales que posibilitan a la ciudadanía representación y expresión.
En su exposición previa a la sanción en Diputados recordó la memoria de los 30.000 desaparecidos, y agradeció a los Legisladores, que por unanimidad la aprobaron.
(Fuente:PrensaDip.G.Rico).
Los represores que sean procesados y condenados no podrán ser candidatos
Por Marcelo Carné.
Al sancionar una ley sin precedentes en el país, la Legislatura santafesina excluyó definitivamente a los represores de las listas de candidatos electorales. Por unanimidad, ambas Cámaras consensuaron y aprobaron una iniciativa del diputado justicialista Gerardo Rico que prohíbe a los partidos políticos de la provincia incluir en sus listas a "condenados o procesados" en causas por violaciones a los derechos humanos.
El texto legal que obtuvo luz verde a primera hora en la sesión ordinaria del Senado y anoche fue sancionada por Diputados —donde se había originado— prescribe que las listas de candidatos que presenten los partidos políticos, confederaciones o alianzas electorales para elecciones provinciales, municipales y convencionales constituyentes no podrán ser integradas por quienes se encuentren "condenados o procesados, con resolución firme por crímenes de lesa humanidad y cualquiera sea el sistema electoral que se aplique".
Se establece taxativamente que el Tribunal Electoral de la provincia "no oficializará todas aquellas candidaturas" expresamente inhabilitadas por esta ley. En el Senado, el proyecto de Rico, experimentó una modificación por la cual se eliminó del texto un párrafo por el cual se extendía la inhabilitación electoral a los imputados en causas o que hayan participado de crímenes de lesa humanidad, en tanto no fueran desvinculados de las causas.
Según consignó el senador socialista Juan Carlos Zabalza al resaltar la trascedencia de la ley, "es responsabilidad de los partidos depurar sus listas, pero una ley con este contenido es una fuerte señal política a la sociedad y a las propias estructuras partidarias", dijo.
Procesamientos. El juez federal de Santa Fe Reynaldo Rodríguez procesó ayer con prisión preventiva a cinco ex militares y tres ex policías de la provincia, en la causa en que se investiga el homicidio y desaparición de 51 personas y la supresión de identidad de una menor de edad durante la dictadura.
El juez procesó a José María González, ex jefe del área 2.12; Roberto Arrieta, jefe del distrito militar; Jorge Diab, segundo jefe del destacamento de inteligencia militar, y los también militares Juan Domingo Morales y Mario Ferrer. Los policías son Héctor Colombini y Juan Perizzotti, actualmente sometidos a juicio oral por la causa Brusa, y Carlos Setter. En tanto, el ex comisario de la seccional Cuarta de Santa Fe Mario Facino recibió la falta de mérito.
Represores con condena o procesados no podrán ser candidatos
Reforman el sistema electoral
La ley -aprobada ayer en la Legislatura- inhabilita a presentarse como candidatos a cargos electivos a condenados y procesados, con resolución firme, por crímenes de lesa humanidad.
Diputado Rico, autor del proyecto original.
La Legislatura santafesina convirtió ayer en ley el proyecto por el cual quedan inhabilitados a presentarse como candidatos a cargos electivos los condenados y procesados por crímenes de lesa humanidad. La iniciativa rige para elecciones provinciales, municipales, y comunales, y ya contaba con media sanción de Diputados. Sin embargo fue modificada por el Senado al eliminar la inhabilitación a imputados en dichas causas, lo que finalmente fue aceptado por la Cámara baja.
La Cámara de Diputados aceptó finalmente en las últimas horas de la tarde de ayer las modificaciones efectuadas por el Senado, eliminando la parte del articulado que extendía la inhabilitación también a "imputados" en dichas causas, razón por la cual el proyecto de ley de autoría del diputado Gerardo Rico quedó convertida en norma provincial, aunque con fuertes reparos por parte del propio Rico y la diputada Alicia Gutiérrez. Esta última insistió y logró un cuarto intermedio para mantener la norma como originalmente la votó Diputados. Pero sus pares no la acompañaron y aprobaron la reforma de la Cámara alta y de esta manera quedó convertido en ley.
En principio, la Cámara de Senadores había dado sanción al proyecto llegado de Diputados que inhabilita a presentarse como candidatos a cargos electivos a condenados y procesados, con resolución firme, por crímenes de lesa humanidad. La iniciativa aclara que la inhabilitación regirá para "elecciones provinciales, municipales, comunales y convencionales constituyentes", cualquiera sea el sistema electoral que se aplique.
El proyecto originado en Diputados fue aprobado con modificaciones, ya que se extrajo la parte del articulado que extendía la inhabilitación a imputados en dichas causas, por lo que el proyecto volvió a su cámara de origen.
Por su parte la diputada provincial socialista Lucrecia Aranda, recordó que "el Partido Socialista ha presentado iniciativas que hoy encuentran cauce en una norma provincial que adapta su sistema electoral reforzando sus instituciones democráticas bajo el condicionamiento de la garantía efectiva de derechos humanos".
Para Aranda "el proceso de desestabilización democrática en nuestro país encontró en el golpe de estado de 1976, una idea fundacional que implicaba la destrucción del tejido social y el desmantelamiento del estado de derecho, es por ello que esta ley también tiene implicancias simbólicas, porque implica un paso más hacia la construcción de un estado de derecho comprometido con la verdad histórica como paso previo a una reconstrucción moral del tejido social y de los mecanismos institucionales del estado".
En tanto, el senador Juan Carlos Zabalza (FPCyS Rosario) explicó en el recinto que "este hecho que se produce en el Senado provincial, justamente en el momento en que se están desarrollando a nivel de los juzgados federales de nuestra provincia los juicios por los delitos de lesa humanidad, que significa el dar una respuesta a todos los que a lo largo y a lo ancho del país, y en especial en nuestra provincia, han plantado su lucha por la justicia y por la memoria".
Y agregó que la norma será "un toque de atención a los partidos políticos, porque quienes los integramos no debemos de ninguna manera aceptar situaciones de esta naturaleza".
Entre los argumentos de la ley "se propugna evitar que el procesado por delitos de lesa humanidad, acceda al cargo para adquirir fueros, y así entorpecer la acción de justicia. Ello es así en función ley 25.320, Ley de fueros que dice que el funcionario, legislador, magistrado al que se le abra causa penal, en caso de medida privativa de la libertad que vulnere inmunidad de arresto, no se podrá cumplir con la misma hasta tanto no se realice el desafuero, juicio político, remoción".
El articulo 1º de la nueva ley fija que "las listas de candidatos que presenten los Partidos Políticos, Confederaciones o Alianzas Electorales, para elecciones provinciales, municipales, comunales y convencionales constituyentes, no estarán integradas por quienes se encuentren condenados o procesados, con resolución firme, por crímenes de lesa humanidad, cualquiera sea el sistema electoral que se aplique". En tanto en su artículo 2 dice que "el Tribunal Electoral de la Provincia no oficializará las candidaturas inhabilitadas en virtud de lo dispuesto por la presente ley".
La Legislatura santafesina convirtió ayer en ley el proyecto por el cual quedan inhabilitados a presentarse como candidatos a cargos electivos los condenados y procesados por crímenes de lesa humanidad. La iniciativa rige para elecciones provinciales, municipales, y comunales, y ya contaba con media sanción de Diputados. Sin embargo fue modificada por el Senado al eliminar la inhabilitación a imputados en dichas causas, lo que finalmente fue aceptado por la Cámara baja.
La Cámara de Diputados aceptó finalmente en las últimas horas de la tarde de ayer las modificaciones efectuadas por el Senado, eliminando la parte del articulado que extendía la inhabilitación también a "imputados" en dichas causas, razón por la cual el proyecto de ley de autoría del diputado Gerardo Rico quedó convertida en norma provincial, aunque con fuertes reparos por parte del propio Rico y la diputada Alicia Gutiérrez. Esta última insistió y logró un cuarto intermedio para mantener la norma como originalmente la votó Diputados. Pero sus pares no la acompañaron y aprobaron la reforma de la Cámara alta y de esta manera quedó convertido en ley.
En principio, la Cámara de Senadores había dado sanción al proyecto llegado de Diputados que inhabilita a presentarse como candidatos a cargos electivos a condenados y procesados, con resolución firme, por crímenes de lesa humanidad. La iniciativa aclara que la inhabilitación regirá para "elecciones provinciales, municipales, comunales y convencionales constituyentes", cualquiera sea el sistema electoral que se aplique.
El proyecto originado en Diputados fue aprobado con modificaciones, ya que se extrajo la parte del articulado que extendía la inhabilitación a imputados en dichas causas, por lo que el proyecto volvió a su cámara de origen.
Por su parte la diputada provincial socialista Lucrecia Aranda, recordó que "el Partido Socialista ha presentado iniciativas que hoy encuentran cauce en una norma provincial que adapta su sistema electoral reforzando sus instituciones democráticas bajo el condicionamiento de la garantía efectiva de derechos humanos".
Para Aranda "el proceso de desestabilización democrática en nuestro país encontró en el golpe de estado de 1976, una idea fundacional que implicaba la destrucción del tejido social y el desmantelamiento del estado de derecho, es por ello que esta ley también tiene implicancias simbólicas, porque implica un paso más hacia la construcción de un estado de derecho comprometido con la verdad histórica como paso previo a una reconstrucción moral del tejido social y de los mecanismos institucionales del estado".
En tanto, el senador Juan Carlos Zabalza (FPCyS Rosario) explicó en el recinto que "este hecho que se produce en el Senado provincial, justamente en el momento en que se están desarrollando a nivel de los juzgados federales de nuestra provincia los juicios por los delitos de lesa humanidad, que significa el dar una respuesta a todos los que a lo largo y a lo ancho del país, y en especial en nuestra provincia, han plantado su lucha por la justicia y por la memoria".
Y agregó que la norma será "un toque de atención a los partidos políticos, porque quienes los integramos no debemos de ninguna manera aceptar situaciones de esta naturaleza".
Entre los argumentos de la ley "se propugna evitar que el procesado por delitos de lesa humanidad, acceda al cargo para adquirir fueros, y así entorpecer la acción de justicia. Ello es así en función ley 25.320, Ley de fueros que dice que el funcionario, legislador, magistrado al que se le abra causa penal, en caso de medida privativa de la libertad que vulnere inmunidad de arresto, no se podrá cumplir con la misma hasta tanto no se realice el desafuero, juicio político, remoción".
El articulo 1º de la nueva ley fija que "las listas de candidatos que presenten los Partidos Políticos, Confederaciones o Alianzas Electorales, para elecciones provinciales, municipales, comunales y convencionales constituyentes, no estarán integradas por quienes se encuentren condenados o procesados, con resolución firme, por crímenes de lesa humanidad, cualquiera sea el sistema electoral que se aplique". En tanto en su artículo 2 dice que "el Tribunal Electoral de la Provincia no oficializará las candidaturas inhabilitadas en virtud de lo dispuesto por la presente ley".
(Fuente:Rosario12).
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