H.I.J.O.S.
Los represores Astiz y el “Tigre” Acosta serán indagados
por los crímenes en la ESMA
Estos genocidas, junto a 15 más, están acusados por los secuestros y desapariciones forzadas de Rodolfo Walsh, las monjas francesas Leonie Duquet y Alice Dumont, y casi un centenar de víctimas más.
Ya pasaron tres meses de Juicio en silencio, pero a partir del viernes 12 de marzo será el turno de hablar para los imputados que están siendo juzgados en la Mega-Causa ESMA: serán citados a prestar declaración indagatoria ante el Tribunal Oral y Federal Nº 5*.
Los represores participaron en ex el Centro Clandestino de Detención, Tortura y Exterminio ESMA, donde hubo alrededor de 5.000 detenidos-desaparecidos, de los cuales sólo sobrevivieron alrededor de 200. Además, ahí funcionó una maternidad clandestina. La mayoría de esos bebés nacidos en cautiverio, hoy jóvenes de entre 30 y 35 años, continúa sin conocer su verdadera identidad. Actualmente, ese lugar funciona como el Espacio para la Memoria y para la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos.
El primer turno para declarar será para los represores Jorge Eduardo "Tigre" Acosta, Adolfo Miguel Donda Tiguel, Carlos Antonio Capdevilla y Oscar Antonio Montes.
Luego serán convocados los demás: Alfredo Astiz, Juan Antonio Azic, Ricardo Miguel Cavallo, Juan Carlos Fotea Dineri, Manuel Jacinto García Tallada, Pablo Eduardo García Velasco, Alberto Eduardo González, Julio César Coronel, Antonio Pernías, Jorge Carlos Radice, Juan Carlos Rolón, Raúl Enrique Scheller y Ernesto Frimón Weber.
En todos estos años, los genocidas y sus cómplices, que hoy piden abiertamente un Bicentenario con impunidad, nunca respondieron la pregunta de todo el pueblo: ¿qué hicieron con los 30.000 detenidos-desaparecidos, dónde están sus cuerpos y dónde están sus hijos que fueron apropiados?. Ellos son los únicos que pueden decirles a las Madres dónde están los cuerpos de sus hijos, así como también tienen en sus manos la posibilidad de que las Abuelas puedan conocer a sus nietos. Pero eligen perpetuar la impunidad y los pactos de silencio.
Por un Bicentenario sin impunidad, con Justicia, memoria y verdad, exigimos cárcel común, perpetua y efectiva para todos los genocidas.
* Primera audiencia indagatoria:
Los represores Astiz y el “Tigre” Acosta serán indagados
por los crímenes en la ESMA
Estos genocidas, junto a 15 más, están acusados por los secuestros y desapariciones forzadas de Rodolfo Walsh, las monjas francesas Leonie Duquet y Alice Dumont, y casi un centenar de víctimas más.
Ya pasaron tres meses de Juicio en silencio, pero a partir del viernes 12 de marzo será el turno de hablar para los imputados que están siendo juzgados en la Mega-Causa ESMA: serán citados a prestar declaración indagatoria ante el Tribunal Oral y Federal Nº 5*.
Los represores participaron en ex el Centro Clandestino de Detención, Tortura y Exterminio ESMA, donde hubo alrededor de 5.000 detenidos-desaparecidos, de los cuales sólo sobrevivieron alrededor de 200. Además, ahí funcionó una maternidad clandestina. La mayoría de esos bebés nacidos en cautiverio, hoy jóvenes de entre 30 y 35 años, continúa sin conocer su verdadera identidad. Actualmente, ese lugar funciona como el Espacio para la Memoria y para la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos.
El primer turno para declarar será para los represores Jorge Eduardo "Tigre" Acosta, Adolfo Miguel Donda Tiguel, Carlos Antonio Capdevilla y Oscar Antonio Montes.
Luego serán convocados los demás: Alfredo Astiz, Juan Antonio Azic, Ricardo Miguel Cavallo, Juan Carlos Fotea Dineri, Manuel Jacinto García Tallada, Pablo Eduardo García Velasco, Alberto Eduardo González, Julio César Coronel, Antonio Pernías, Jorge Carlos Radice, Juan Carlos Rolón, Raúl Enrique Scheller y Ernesto Frimón Weber.
En todos estos años, los genocidas y sus cómplices, que hoy piden abiertamente un Bicentenario con impunidad, nunca respondieron la pregunta de todo el pueblo: ¿qué hicieron con los 30.000 detenidos-desaparecidos, dónde están sus cuerpos y dónde están sus hijos que fueron apropiados?. Ellos son los únicos que pueden decirles a las Madres dónde están los cuerpos de sus hijos, así como también tienen en sus manos la posibilidad de que las Abuelas puedan conocer a sus nietos. Pero eligen perpetuar la impunidad y los pactos de silencio.
Por un Bicentenario sin impunidad, con Justicia, memoria y verdad, exigimos cárcel común, perpetua y efectiva para todos los genocidas.
* Primera audiencia indagatoria:
viernes 12/3, 10:00 horas, Sala AMIA,
Tribunales de Comodoro Py 2002, Retiro.
Acreditaciones: el Juicio es Oral y Público, por lo que puede ser presenciado por todas las personas mayores de 18 años, presentándose con DNI en el 6º piso, TOF 5.
Más información sobre la Mega-Causa ESMA: http://www.cels.org.ar/esma
En foto 1, de izquierda a derecha: JORGE EDUARDO ACOSTA, alias “Tigre”, CARLOS CAPDEVILA, alias "Tommy”, y ADOLFO MIGUEL DONDA TIGUEL, alias "Jerónimo", "Palito", "Chiche", "Rubén Pellegrino".
En foto 2: OSCAR ANTONIO MONTES.
H.I.J.O.S.
15 años
Hijos e Hijas por la Identidad y la Justicia contra el Olvido y el Silencio
http://www.hijos-capital.org.ar/
hijos@hijos-capital.org.ar
¡Nuestra venganza es la de ser felices!
PONETE LA CAMISETA POR EL JUICIO Y CASTIGO A LOS GENOCIDAS
A PARTIR DE HOY, LOS DIECISIETE ACUSADOS EN EL JUICIO ORAL POR LOS CRIMENES DE LA ESMA PODRAN HACER USO DE LA PALABRA
A los represores les llegó la hora de hablar
El ex canciller de la dictadura Oscar Montes es uno de los acusados que muy probablemente opte por hablar en el juicio.H.I.J.O.S.
15 años
Hijos e Hijas por la Identidad y la Justicia contra el Olvido y el Silencio
http://www.hijos-capital.org.ar/
hijos@hijos-capital.org.ar
¡Nuestra venganza es la de ser felices!
PONETE LA CAMISETA POR EL JUICIO Y CASTIGO A LOS GENOCIDAS
A PARTIR DE HOY, LOS DIECISIETE ACUSADOS EN EL JUICIO ORAL POR LOS CRIMENES DE LA ESMA PODRAN HACER USO DE LA PALABRA
A los represores les llegó la hora de hablar
Por Diego Martínez
Luego de escuchar durante tres meses los delitos que se les imputan, en una sala confortable y con todas las garantías del estado de derecho, diecisiete de los cientos de represores que pasaron por la ESMA durante la dictadura tendrán a partir de hoy la oportunidad de declarar en un juicio oral y público. Sus alternativas van desde guardar silencio para proteger a los camaradas impunes, reivindicarse como combatientes victoriosos de una tercera guerra mundial e intentar desacreditar los testimonios de los sobrevivientes que los vieron secuestrar y torturar, hasta confesar cuál fue el destino final de miles de desaparecidos vistos por última vez en la ESMA. La audiencia comenzará a las 10 en el subsuelo de Comodoro Py.
Desde que Raúl Alfonsín encomendó a los militares juzgarse a sí mismos, a fines de 1984, los subordinados de Massera declararon en contextos diversos, ninguno tan desfavorable como el actual, con voceros marginales y Fuerzas Armadas subordinadas al poder político. Ante la posibilidad de que Donda, Astiz & Cía. opten por el silencio, estrategia histórica de la Armada que admitió y burló el capitán médico Carlos Capdevila, Página/12 desmenuzó sus relatos oficiales ante los denominados “juzgados militares”, como testigos en el proceso a los ex comandantes, ante la Cámara Federal antes de las leyes de impunidad, en los Juicios por la Verdad a fines de los ’90, y otra vez como imputados tras la reapertura de las causas.
La participación integral de la Armada en la guerra sucia es el principal punto de acuerdo entre los imputados. “La lucha contra la subversión se encaró en forma institucional. Casi todos los integrantes, en particular los oficiales, participaron directamente”, declaró en 1986 el ex canciller de facto Oscar Montes. “Desde el almirantazgo hacia abajo, toda la institución conoció y participó”, ratificó el contraalmirante Manuel Jacinto García. “La Armada envió a todo el personal necesario, sin distinción de jerarquías, cuerpo o escalafón”, apuntó el capitán Néstor Savio. “Se empeñó toda la Armada”, dijo el capitán Antonio Pernías, quien lamentó que “por errores de contrainteligencia” hayan quedado “en el candelero” aquellos “que hubiesen sido reconocidos por el enemigo”.
La ausencia de límites territoriales para operar y la rotación permanente son útiles para dimensionar la impunidad de la que aún gozan los marinos. “La Unidad de Tareas 3.3.2 operaba en casi todo el país”, dijo Acosta. Se podía actuar “en toda la república, de hecho ha ocurrido, como en Misiones”, ejemplificó Jorge Radice. “Los grupos de tareas rotaron a la mayor cantidad posible de personal”, dijo Montes. “De quince a veinte oficiales y su-boficiales de otros destinos cumplían tareas en la UT 3.3.2 por lapsos de treinta a sesenta días”, puntualizó Acosta. “Cuarenta y cinco días”, corrigió Juan Carlos Rolón, y agregó que actuaban como “operativos”, léase cazadores de enemigos potenciales. Acosta admitió la colaboración de “un sinnúmero de civiles totalmente consustanciados”.
Según registros del programa Memoria y Lucha contra la Impunidad del CELS hay apenas ciento ochenta marinos imputados en todo el país, incluidos prófugos e insanos. El mentado “honor naval”, que no les impidió arrojar personas vivas al vacío o asesinar a Madres de Plaza de Mayo, sí se aplica para encubrir a los camaradas que los sobrevivientes no identificaron. El condenado Alfredo Scilingo y el médico Capdevila son las excepciones que confirman la regla. Capdevila aportó nombres reales y alias de ex miembros del GT 3.3 como Hugo Siffredi (Pancho), Edgardo Otero (Honda) o Carlos Daviou (Justo). Un año después entregó la resolución secreta 745/78, por la cual Massera condecoró a ochenta y un hombres por su actuación “en el GT 3.3, en operaciones reales de combate”. La lista incluye a trece de los que juzga el Tribunal Oral Federal 5 y a veintisiete que el juez federal Sergio Torres todavía no ordenó detener.
Honra de militar
Una característica común de las declaraciones pasa por ufanarse de la eficacia para interrogar sin admitir las torturas. “Se contaba con minutos para implementar nuevas operaciones”, pero “nunca se torturó ni vejó a nadie”, aseguró Montes. “Si en menos de dos horas el capturado no daba información, la efectividad de la inteligencia se reducía totalmente”, dijo Acosta, que según Massera tenía “una bomba atómica en la cabeza” y para quien las denuncias de torturas son “una infamia”. El procedimiento era “de preguntas y respuestas, similar al que estoy siendo sometido ahora”, bromeó ante un juez militar. “Imagino que se hacía sentado en una silla, formulándole preguntas y contrapreguntas”, sugirió García.
–¿Qué ocurría si el detenido se negaba a declarar?
–No tengo conocimiento.
Otro delito que a diferencia de la desaparición de personas repudian los marinos es el robo de bienes. “Si se llevaron un mueble o una heladera, posiblemente fue para verificar embutes”, dijo Acosta. “Me afecta mi honra de militar estar sentado aquí no por haber sido un combatiente del terrorismo sino por haber cometido actos delictivos relacionados con dinero o bienes mal habidos”, aseguró Rolón.
También los hermana el pacto de silencio sobre el destino final de los desaparecidos, que sólo Scilingo quebró en público. Montes dijo durante el Juicio a las Juntas que los detenidos que no pasaban al Ejecutivo eran derivados a “tribunales especiales militares”, cuyos fallos se intuyen pero nunca se conocieron. Radice llegó a ver “veinte cadáveres en un día”, pero “desconoce por completo el destino de los cuerpos”. Lo definía “el comandante del GT y diría que escalones superiores de la Armada y del esquema operacional”, dijo Acosta, que en los ’70 decía ser Jesucristo y se ufanaba de decidir vidas y muertes. Consultado sobre el significado de palabras de uso común en la ESMA, el Tigre dijo ignorar qué eran Capucha y Capuchita.
–¿Traslado?
–Nada en especial, aun cuando es prácticamente tipificada la expresión para ordenar el movimiento de una persona capturada después de su interrogatorio.
Acosta llegó a afirmar que no hubo detenidos ni secuestrados, sólo inocentes liberados en horas y “terroristas subversivos” que de buen gusto se convirtieron en “agentes de inteligencia”.
–¿No había nadie en el medio que “tuviera que ver”, en su terminología, y no aceptara colaborar? –se permitió dudar el entonces camarista Ricardo Gil Lavedra, que lo trataba de “capitán”.
–Posiblemente, pero qué es lo que pasaba con ellos, no conozco –dijo Acosta, quien el mes pasado se sintió “intimidado” cuando familiares de víctimas aplaudieron la Carta Abierta a la Junta Militar de Rodolfo Walsh.
No menos desmemoriado estuvo en 1985 Jorge Radice. “La superioridad me fijaba un blanco y yo ejecutaba la orden, accionaba las armas”, explicó.
–Dé un ejemplo práctico.
–A su frente hay una ventana. “Bata esa ventana con fuego” (le ordenaban), y tiraba a la ventana.
–¿Alguna vez le fijaron como blanco a un ser humano?
–No recuerdo.
Fuentedeorigen:Pagina12
Fuente:Rdendh
Lesa humanidad: confirman que Ricardo Cavallo seguirá detenido
La confirmó la Cámara Federal porteña. El tribunal rechazó un planteo del ex marino, por el que cuestionó el tiempo que lleva detenido sin condena, lo que vulneraría la garantía del “plazo razonable”. Extendió su detención por un año más.
La confirmó la Cámara Federal porteña. El tribunal rechazó un planteo del ex marino, por el que cuestionó el tiempo que lleva detenido sin condena, lo que vulneraría la garantía del “plazo razonable”. Extendió su detención por un año más.
La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal rechazó el pedido del defensor del ex marino Ricardo Cavallo para que se levantara la prisión preventiva que pesa sobre el imputado, alegando que se había sobrepasado el “plazo razonable” del que habla la ley 24.390.
Cavallo está procesado con prisión preventiva en la causa ESMA, donde se lo acusa por imposición de tormentos, privación ilegal de la libertad, tormentos seguidos de muerte y privación ilegal de la libertad con resultado muerte.
El ex marino fue detenido el 24 de agosto del 2000, en México, por un pedido de la Justicia española, que solicitó su extradición para juzgarlo por crímenes de lesa humanidad. Una vez en España, Cavallo continuó en prisión hasta que se autorizó su extradición a la Argentina, el 13 de marzo del 2008. En un fallo anterior sobre la misma cuestión, la Cámara Nacional de Casación había dicho que “la República Argentina sólo está constreñida por las obligaciones de respeto y garantía de la libertad personal del imputado desde el momento en que éste ha sido sometido a la potestad del Estado Argentino”, por lo que debía tomarse esa fecha como punto de partida para el cálculo de la prisión preventiva.
En este nuevo fallo, la Cámara de Apelaciones se remite a ese criterio de su superior y además afirma que “el plazo fijado por el artículo 1º de la ley 24.390 no resulta de aplicación automática por el mero transcurso del término que establece, y que su razonabilidad debe ser valorada por las pautas que rigen la excarcelación en el proceso penal”.
Con respecto al plenario “Díaz Bessone”, que fijó pautas claras para el dictado y sostenimiento de la prisión preventiva, los camaristas indicaron que “según la interpretación desarrollada incluso por varios de los magistrados que constituyeron la mayoría en ese fallo, las pautas objetivas del artículo 316 del C.P.P.N. conforman una presunción fuerte -de origen legislativo- acerca de la existencia de un riesgo procesal elevado y en principio dirimente; que sólo puede ser desvirtuada en cada caso concreto mediante evidencias categóricas que permitan tener por contrarrestado o eliminado ese peligro, dando lugar a lo inverso, o sea, a la idea de que el imputado se sujetará a proceso”. En ese sentido, la Cámara afirmó que en el caso de Cavallo “no se vislumbran circunstancias concretas que derriben el peligro procesal advertido sino que por el contrario, existen múltiples indicadores que, lejos de aventar la presunción señalada, la robustecen”.
En la resolución, se confirmó la decisión del juez de grado de prolongar la prisión preventiva de Cavallo por un año más.
Fuentedeorigen:http://www.cij.gov.ar/
Cavallo está procesado con prisión preventiva en la causa ESMA, donde se lo acusa por imposición de tormentos, privación ilegal de la libertad, tormentos seguidos de muerte y privación ilegal de la libertad con resultado muerte.
El ex marino fue detenido el 24 de agosto del 2000, en México, por un pedido de la Justicia española, que solicitó su extradición para juzgarlo por crímenes de lesa humanidad. Una vez en España, Cavallo continuó en prisión hasta que se autorizó su extradición a la Argentina, el 13 de marzo del 2008. En un fallo anterior sobre la misma cuestión, la Cámara Nacional de Casación había dicho que “la República Argentina sólo está constreñida por las obligaciones de respeto y garantía de la libertad personal del imputado desde el momento en que éste ha sido sometido a la potestad del Estado Argentino”, por lo que debía tomarse esa fecha como punto de partida para el cálculo de la prisión preventiva.
En este nuevo fallo, la Cámara de Apelaciones se remite a ese criterio de su superior y además afirma que “el plazo fijado por el artículo 1º de la ley 24.390 no resulta de aplicación automática por el mero transcurso del término que establece, y que su razonabilidad debe ser valorada por las pautas que rigen la excarcelación en el proceso penal”.
Con respecto al plenario “Díaz Bessone”, que fijó pautas claras para el dictado y sostenimiento de la prisión preventiva, los camaristas indicaron que “según la interpretación desarrollada incluso por varios de los magistrados que constituyeron la mayoría en ese fallo, las pautas objetivas del artículo 316 del C.P.P.N. conforman una presunción fuerte -de origen legislativo- acerca de la existencia de un riesgo procesal elevado y en principio dirimente; que sólo puede ser desvirtuada en cada caso concreto mediante evidencias categóricas que permitan tener por contrarrestado o eliminado ese peligro, dando lugar a lo inverso, o sea, a la idea de que el imputado se sujetará a proceso”. En ese sentido, la Cámara afirmó que en el caso de Cavallo “no se vislumbran circunstancias concretas que derriben el peligro procesal advertido sino que por el contrario, existen múltiples indicadores que, lejos de aventar la presunción señalada, la robustecen”.
En la resolución, se confirmó la decisión del juez de grado de prolongar la prisión preventiva de Cavallo por un año más.
Fuentedeorigen:http://www.cij.gov.ar/
Fuente:Rdendh
No hay comentarios:
Publicar un comentario