4 de marzo de 2010

PARANÁ: COMUNICADO DE H.I.J.O.S.

Comunicado de Prensa

El Genocida Alberto Rivas pide prisión domiciliaria

En la Megacausa Área Paraná continúan las audiencias solicitadas por las defensas de los genocidas. Mañana jueves 4 a las 10 hs. será el turno para tratar el privilegio de prisión domiciliaria pedido por Alberto Rivas, que ya fue denegado por el Juez de Primera Instancia Gustavo Zonis. Los escritos de las partes serán recibidos por la Cámara Federal de Apelaciones de la ciudad de Paraná.

El Genocida Alberto Rivas, oriundo de la ciudad de Concordia, está detenido desde diciembre del año pasado. Al momento de cometer los delitos de lesa humanidad se desempeñaba como Capitán del Ejército, Oficial Instructor del Segundo Consejo de Guerra Especial Estable Sub Zona 22, Paraná.

Rivas y su rol en el Consejo de Guerra
Durante la última dictadura cívico-militar se desarrolló una farsa teatral que denominaban “Consejos de Guerra”, en los cuales, según los testimonios de los ex presos políticos, los abogados designados para su defensa eran los mismos que los torturaban.
Rivas tenía a su cargo la función de organizar y llevar a cabo los interrogatorios para la ratificación y ampliación de las llamadas declaraciones “espontáneas” de los detenidos, efectuadas ante las fuerzas represivas, bajo la imposición de apremios, tormentos, y en el marco de la privación ilegítima de su libertad. Dichas declaraciones servían de fundamento a los Consejos de Guerra a los que fueron sometidos, recibiendo “condenas” irrisorias.

Crímenes de Lesa Humanidad
Al Genocida Rivas se le imputa su intervención en treinta y tres hechos que involucran a compañeros ex detenidos, en calidad de Coautor de los delitos de privación ilegitima de la libertad agravada por la especial calidad de funcionario publico, en abuso de funciones, mediante el uso de violencias y amenazas; aplicación de severidades, vejaciones y apremios ilegales, e imposición de tormentos, conductas agravadas por haber durado más de un mes; que se enmarcan dentro del tipo genérico de delitos de lesa humanidad de desaparición forzada de personas.

Los abogados querellantes solicitaron el rechazo a los recursos de apelación planteados por las defensas de los Genocidas Moyano y Díaz Bessone.
Los abogados Gamal Taleb, Marcelo Baridon y Álvaro Piérola argumentaron que los hechos probados en la causa se enmarcan en una investigación de delitos de lesa humanidad, se sustentan en sólidos argumentos jurídicos y en la situación de riesgo procesal que, por elusión y entorpecimiento del accionar de la justicia, podría acarrear la excarcelación de los procesados.

La querella agregó que en la situación vivida en Entre Ríos, con posterioridad a los hechos investigados, de público y notorio conocimiento, se han destruido pruebas fundamentales con la finalidad indiscutible de procurar la impunidad de los autores del genocidio. Se destacó la destrucción y ocultamiento en nuestro territorio de los Centros Clandestinos de Detención y Tortura. Y la persistencia en la negativa a informar sobre el destino final de los compañeros desaparecidos.

El Dr. en Torturas Moyano
Desde el ámbito en el que actuó y la función que desempeñó (Médico del Servicio Penitenciario) Moyano contribuyó al ocultamiento de pruebas omitiendo incluir, en los legajos de los presos a disposición del P.E.N., las graves lesiones ocasionadas por la tortura sistemática. Este es un concreto y específico “indicador de riesgo procesal”, que señala que ya, en ese momento, ha procurado entorpecer la investigación con el objetivo indisimulable de prolongar la impunidad.
La querella pidió que se confirme la resolución del Juzgado Federal, del 10 de octubre de 2009, que denegara el pedido de excarcelación del procesado.

El Generalísimo Díaz Bessone
El principal fundamento para que este siniestro personaje de la historia argentina no logre la excarcelación es que ocupó la cima del aparato clandestino y organizado de poder que cometió los delitos en esta jurisdicción, impartiendo y haciendo cumplir las órdenes para la implementación del plan sistemático de eliminación de personas que ejecutó la dictadura cívico-militar en la clandestinidad a los efectos de asegurar la impunidad.
La querella pidió que se confirme la resolución del Juzgado Federal, del 19 de junio de 2009, que denegara el pedido de excarcelación del procesado.

En el año del Bicentenario y a poco de cumplirse 34 años de aquel 24 de marzo de 1976 la democracia exige tener a los responsables de regar nuestra tierra de sangre libertaria tras las rejas. NI UN PASO ATRÁS.

NI UN SOLO PRIVILEGIO A LOS GENOCIDAS
CÁRCEL COMÚN PERPETUA Y EFECTIVA

NI UN SOLO GENOCIDA SUELTO POR LAS CALLES ARGENTINAS

¡¡¡NI OLVIDO NI PERDÓN
JUICIO Y CASTIGO YA!!!
H.I.J.O.S
Regional Paraná
En la Red Nacional
H.I.J.O.S.
Hijos por la Identidad y la Justicia contra el Olvido y el Silencio
Regional Paraná

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Fuente:Rdendh

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