13 de agosto de 2010

SANTA FE: DARÁN EL VEREDICTO CONTRA EL REPRESOR FACINO.

Se trata del tercer proceso por delitos de lesa humanidad en Santa Fe
Darán el veredicto en el juicio contra el represor Facino
La querella pidió prisión perpetua para el ex policía.
El Tribunal Oral Federal de Santa Fe dará a conocer hoy el veredicto en el juicio oral contra el ex jefe de la Policía Mario Facino, acusado por el secuestro y homicidio de la docente Alicia López de Rodríguez, ocurrido en 1976.
La audiencia comenzará a las 9, y se prevé que los magistrados María Ivón Vella, Ricardo Moisés Vázquez y José María Escobar Cello concedan las últimas palabras al imputado.
En el proceso, el Ministerio Público Fiscal solicitó la pena de 25 años de cárcel; mientras que la querella, representada por los abogados Marcelo Boykens, Verónica Poyano y el entrerriano José Iparraguirre, pidió prisión perpetua.
El juicio llega a su fin tras la etapa de alegatos, en los que la querella pidió pena de prisión perpetua; el Ministerio Público Fiscal requirió 25 años de prisión de cumplimiento efectivo; y la defensa técnica solicitó la absolución.
Antes de que comenzaran los alegatos, el imputado se declaró inocente al hacer su descargo.
El jueves de la semana pasada, el defensor público Oficial, Fabio Procajlo, acompañado por su colega Fernando Sánchez, expuso durante tres horas ante el Tribunal.
El eje de su argumentación fueron las cuestiones de fondo, en cuanto a las atribuciones delictivas que se hacen contra Facino.
Formalmente está acusado de “privación ilegítima de la libertad; tormentos y homicidio”. La causa es la tercera que llega a la instancia de juicio oral en la ciudad de Santa Fe. Los otros dos fueron Brusa y Barcos, cuyas sentencias fueron dictadas el 22 de diciembre y el 12 de abril últimos, respectivamente.
Punto por punto
Respecto de la privación ilegítima de la libertad, la defensa dijo que “no se acreditó el dolo en la presunta conducta de Facino porque no hay certezas de que él conociera que Alicia López se encontraba detenida en la comisaría Cuarta”.
Subsidiariamente, planteó que “tampoco está probado que supiera que tal detención fuera ilegal, desde que podría estar a disposición del Poder Ejecutivo Nacional”.
Sobre la acusación de haber incurrido en tormentos, dijo que “no está acreditado fehacientemente que ella haya sido víctima de los golpes”. En cuanto a la acusación de “abuso sexual” que denunciaron algunos testigos, apuntó que “se trata de un hecho independiente, que en modo alguno puede quedar comprendido en la tipicidad del delito de tormentos”.
La defensa se refirió además a la pretensión de la querella, de que “las condiciones de detención sean consideradas como un modo de tortura” y se refirió a la Causa N° 13 diciendo que “en tal caso no se consideró por si sólo tormentos salvo cuando estaba acreditada alguna forma clásica de tortura como lo sería el uso de picana eléctrica”.
Por otra parte, rebatió los argumentos de una psicóloga citada al juicio, que se refirió a que “la simple detención ilegal era tortura”.
Si bien reconoció como “importante” la observación, expresó que la opinión de tal profesional no puede determinar la tipicidad que es una cuestión técnico-jurídica”.En cuanto al cargo de homicidio, Procajlo sostuvo que “no está acreditado que la hayan matado en la comisaría Cuarta”, tomando como base los resultados de las declaraciones testimoniales, publicó El Litoral.
FuentedeOrigen:ElLitoral
Fuente:Agndh

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