5 de agosto de 2011

GUATEMALA.

jueves 4 de agosto de 2011
Condena histórica: cuatro exkabiles encontrados culpables de la Masacre de la aldea Dos Erres
CERIGUA
Cuatro exkaibiles, a quienes el Tribunal Primero A de Alto Riesgo encontró culpables de la masacre de 201 personas en el parcelamiento Dos Erres, Petén, en 1982, deberán purgar en conjunto 24 mil 246 años de prisión, sentencia que fue considerada histórica por activistas de derechos humanos.

De acuerdo con el expediente, los subinspectores de la Escuela de Kaibiles Manuel Pop, Reyes Collin Gualip y Daniel Martínez Hernández, fueron condenados a 30 años de prisión por asesinato, por cada una de las 201 víctimas de la masacre; también fueron hallados culpables del delito de deberes contra la humanidad, con 30 años de cárcel; al sumar las penas da un total de 6 mil 60 años de condena para cada uno.

A igual pena fue condenado el teniente Carlos Carías, a quien se le agregó hurto agravado y deberá purgar seis mil 66 años de prisión; aún así, los condenado sólo deberán pagar una pena máxima de 50 años, según lo estipula el Código Penal; la sala de Vista de la Corte Suprema de Justicia estaba llena al momento de emitirse el fallo y, al terminar la audiencia, el público se paró y empezó a aplaudir y a gritar que hubo justicia.

El Tribunal concluyó que el móvil para masacrar a los campesinos de ese parcelamiento fue que el ejército quiso recuperar 21 fusiles que había perdido en una emboscada de la guerrilla en octubre de 1982; una patrulla integrada por 40 kaibiles, entre ellos los sentenciados, ingresó en el parcelamiento a las 2 horas, disfrazados de guerrilleros.

Luego dividieron a la población; a los hombres los mandaron a la escuela y a las mujeres, niños y niñas, a la iglesia evangélica; después vendaron los ojos de sus víctimas y las entregaron a los ejecutores, quienes las llevaron a la orilla de un pozo; a los primeros que mataron fue a los niños, a quienes golpearon con una almágana en l cabeza y los lanzaron al fondo.

A las niñas y mujeres las violaron y a las que estaban embarazadas las hicieron abortar; a los hombres los fueron matando uno a uno; los degollaron o les dispararon con sus fusiles; a todos los lanzaron al pozo.

De acuerdo con la información, el Tribunal dio valor probatorio al informe presentado por el general de división de Perú, Rodolfo Robles Espinoza, quien afirmó que la matanza fue planificada y ordenada por el alto mando del ejército; el experto militar estableció que la patrulla de kaibiles se organizó en cuatro grupos para el combate, de mando, de asalto, de apoyo y de seguridad.

A decir de Robles, cada uno cumplió lo que se le ordenó; la cadena de mando y jerarquía existente en la patrulla partía del teniente, quien de acuerdo con la doctrina y normas militares, asume la responsabilidad total del cumplimiento de la misión

El alto mando del ejército en ese momento era encabezado por el general José Efraín Ríos Montt, quien era jefe de Estado de facto; el general Humberto Mejía Víctores, se desempeñaba como Ministro de la Defensa Nacional y el general Héctor Mario López Fuentes, jefe del Estado Mayo de la Defensa Nacional.
Fuente:Argenpress

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