30 de enero de 2012

SIETE DE CADA DIEZ CONSIDERAN QUE DEBERÍA HABERSE AUTORIZADO EL ABORTO A LA NENA ENTRERRIANA VIOLADA.

SIETE DE CADA DIEZ CONSIDERAN QUE DEBERIA HABERSE AUTORIZADO EL ABORTO A LA NENA ENTRERRIANA VIOLADA
Un masivo apoyo social para un derecho que está previsto en la ley
El 60 por ciento coincidió además en que una vez que la familia dio marcha atrás se debe respetar esa decisión. Una encuesta de Ibarómetro en el área metropolitana muestra también que más de la mitad desaprueba que vaya presa una mujer que aborta.
Por Mariana Carbajal
Imagen: Leandro Teysseire
El drama de la niña entrerriana de 11 años que reclamó interrumpir un embarazo producto de un abuso sexual, volvió a poner en la agenda pública el problema de la penalización del aborto en la Argentina. Una encuesta realizada por la consultora Ibarómetro –a la que accedió en exclusiva Página/12– reveló que 7 de cada 10 entrevistados consideran que el caso encuadraba dentro de la figura de aborto no punible y debería haberse hecho la interrupción del embarazo que requirió desde un comienzo la familia. Esta postura mayoritaria se contrapone ampliamente a las afirmaciones del ministro de Salud de Entre Ríos, Hugo Cettour, quien apenas se conoció el pedido arengó por la continuación de la gestación, y alegó que el cuerpo infantil –una vez que había ovulado por primera vez– ya podía soportar el embarazo. El relevamiento indagó más allá del caso puntual y preguntó sobre la mirada en torno de la actual criminalización del aborto: más de la mitad de los consultados opina que ninguna mujer debería ir presa por practicarse un aborto, mientras que menos del 30 por ciento adhiere al castigo penal. “Si bien en la esfera pública la problemática del aborto pareciera despertar posturas polarizadas en proporciones simétricas, existe en la sociedad una mayoritaria posición en contra de la penalización del aborto”, señaló a este diario Ignacio Ramírez, director de Estudios de Opinión y Mercado de Ibarómetro.

Los datos surgen de una encuesta telefónica realizada el martes 24 de enero, cuando ya se había conocido la decisión de la mamá de la nena de retirar el pedido para poner fin a la gestación forzada. Se llevó a cabo en el área metropolitana de Buenos Aires entre 1000 personas, a las que se les preguntó sobre diversos temas de actualidad, entre ellos, el caso de la niña entrerriana y el aborto. El 60 por ciento de los encuestados coincidió en que una vez que la familia dio marcha atrás, se debe respetar esa decisión, mientras que el 26,6 por ciento afirmó que debería realizarse el aborto no punible de todas formas. “Lo que venimos observando en éste y otros relevamientos anteriores sobre el tema, y que más nos llama la atención, es que los posicionamientos de mayor visibilidad en la esfera pública parecieran estar sobrerrepresentados. Me refiero a políticos y otras voces que están en contra de la despenalización y son los que más enérgicamente se pronuncian. Pero en la opinión pública no hay tanta polarización: hay una sociedad que tiene una postura bastante generalizada en contra de la penalización del aborto”, analizó Ramírez. “Lo interesante de una encuesta es que el anonimato recupera la voz que puede estar silenciada en otros ámbitos. Es interesante que cuando preguntamos en relación con el tema del aborto no surge que sea un tema tabú, que se prefiere evitar. Es bajo el porcentaje que dice no saber o no contesta”, agregó Ramírez. “El posicionamiento a favor de la despenalización del aborto va acompañado con otra actitud bastante extendida de que el Estado intervenga. Lo preguntamos en una encuesta hecha en octubre –cuyos resultados publicó en su momento este diario– y más de la mitad considera que el Estado debería garantizar los abortos en los servicios de salud. Esta opinión sintoniza con un sentimiento de época, de recuperación de un valor muy caro a la cultura argentina, que fue desmantelado durante el menemismo, y es la centralidad del rol del Estado”, interpretó Ramírez.

En la encuesta se preguntó:
–En Entre Ríos, una niña de 11 años quedó embarazada como fruto de un presunto abuso sexual. ¿Qué opinión tiene usted?
El 70 por ciento respondió que “debería autorizarse el aborto”. Sólo el 21 por ciento dijo que “no debería (permitirse) porque no está en peligro su vida”.


–Más allá de este caso puntual, ¿cuán de acuerdo está con que una mujer que se hace un aborto vaya presa?
Casi el 54 por ciento contestó “poco” y “nada”. Sólo el 30 por ciento “mucho” y “bastante”. El 16,2 por ciento dijo “no saber”.

El relevamiento se hizo en una muestra probabilística estratificada por población, entre personas mayores de 18 años residentes en hogares particulares con teléfono fijo. Con datos ponderados según sexo, edad y nivel educativo alcanzado (según representatividad electoral de CABA 24 por ciento, Primer Cordón de GBA 29 por ciento y Segundo Cordón de GBA 47 por ciento). A través de un cuestionario de preguntas cerradas con opción de respuesta única.

“Los jóvenes tienen posturas más a favor de la despenalización del aborto. No hay diferencias entre los sexos, lo que nos muestra que no se trata de un reclamo o problema que interesa sólo a las mujeres. En general, lo que vemos es que a medida que crece el nivel educativo, crecen las posturas a favor. Pero estas posturas predominan en todos los segmentos sociales”, agregó el director de Estudios de Opinión y Mercado de Ibarómetro.

La encuesta anterior, realizada en octubre, también mostró un amplio apoyo en el área metropolitana a la despenalización y legalización del aborto en las primeras 12 semanas de gestación. Aquel sondeo arrojó los siguientes resultados:

- Casi seis de cada diez personas creen que la decisión de interrumpir voluntariamente un embarazo en el primer trimestre de gestación es un derecho de la mujer, mientras que sólo cuatro de cada diez se manifiesta en desacuerdo.

- El 52 por ciento se pronuncia en contra de que la mujer que aborta tenga que ir presa. En la nueva encuesta este porcentaje sube 2 puntos.

- Unicamente el 31 por ciento de los consultados considera que el aborto debe ser castigado con prisión. La nueva medición muestra que esta posición se redujo levemente.

- Un 56 por ciento considera que el Estado debería garantizar los abortos en los servicios de salud.

¿Y ahora qué?
Los obstáculos que le impusieron a la nena de 11 años, de la localidad entrerriana de General Campos, para acceder a un aborto no punible despertaron un amplio repudio de organismos internacionales, sociedades científicas y médicas, organizaciones de derechos humanos, sociales, de mujeres, sindicales, entre ellas, Unicef, la Organización Panamericana de la Salud, la Sociedad Argentina de Pediatría, la Federación Argentina de Sociedades de Ginecología y Obstetricia, la Sociedad Argentina de Ginecología Infanto Juvenil, el Centro de Estudios Legales y Sociales, la CTA, el Centro de Estudios y Sociedad (Cedes), la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto, el Consejo Ejecutivo Nacional de la Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina (Fesprosa), el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer, el Instituto de Género, Derecho y Desarrollo (Insgenar) y Católicas por el Derecho a Decidir, la Fundación para la Salud de Adolescente (FUSA), la Federación Argentina de Medicina General (FAMG), profesores de la Universidad Nacional de Entre Ríos, la Comisión de la Mujer de la Universidad Nacional de Salta y la Multisectorial de Mujeres de esa provincia (ver aparte).

Los generalizados pronunciamientos a favor de la realización del aborto no punible solicitado originalmente por la familia de la niña contrastaron con el silencio de las autoridades del gobierno nacional. Del ministro de Salud Juan Manzur depende el Programa Nacional de Salud Sexual y Reproductiva. En ese programa, a poco de conocerse la judicialización del caso, se empezó a elaborar un “amicus curiae” para presentar en el Juzgado de Familia de Concordia, que debía resolver el pedido del aborto no punible, pero nunca se llegó a presentar. En 2010, ante otro caso parecido, el programa había acompañado con un recurso de ese tipo, para apoyar el pedido de aborto no punible de una adolescente identificada como A.G., de Comodoro Rivadavia, que denunció un embarazo producto de una violación, pero se encontró también con la negativa arbitraria del hospital local para practicárselo y debió llegar hasta el Superior Tribunal de Justicia de Chubut para conseguir un aval y que se concrete.

El caso de Entre Ríos –como tantos otros– nunca debió judicializarse y debió resolverse en un hospital público, siguiendo las indicaciones del Protocolo de Atención a Personas Víctimas de Violencia Sexual y la Guía Técnica de Atención Integral de los Abortos no Punibles, elaboradas por el Ministerio de Salud de la Nación, donde está claro que cualquier mujer violada tiene derecho a pedir la interrupción de un embarazo producto de esa relación forzada, y que no es necesario un permiso de un juez.

A la luz del caso entrerriano, algunos diputados están reflotando la idea de promover en el Congreso una ley que clarifique las excepciones contempladas en el Código Penal en desde 1921, sin avanzar más en relación con la ampliación de los permisos. La Corte Suprema de Justicia debe pronunciarse sobre los alcances del artículo 86: debe expedirse en relación con el aborto no punible solicitado en Comodoro Rivadavia por A. G. Aunque se realizó el aborto no punible, luego del fallo del máximo tribunal provincial, el expediente judicial sigue abierto. El asesor general subrogante de Chubut recurrió la sentencia, con el objetivo de que fuera revocada y no quedara como antecedente. La causa ya pasó por varios de los despachos de los ministros de la Corte, y fuentes del Palacio Judicial indicaron que podría firmar el fallo en el primer semestre de este año.


PRONUNCIAMIENTOS DE INSTITUCIONES
Reacción inédita
Por Mariana Carbajal
Como ningún caso anterior de aborto no punible que se judicializa, el de la niña de 11 años de Entre Ríos generó una catarata de pronunciamientos contra la inacción oficial frente a los obstáculos que encontró la familia para interrumpir la gestación producida como consecuencia de un abuso sexual. El Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (Cladem), el Instituto de Género, Derecho y Desarrollo de Rosario, Católicas por el Derecho a Decidir, y Federación Argentina de Medicina General (FAMG) y Fundación para la Salud de Adolescente (FUSA) también avalaron el aborto no punible y repudiaron la vulneración de los derechos de la nena, como en los últimos días lo hicieron otras sociedades médicas y científicas y entidades de derechos humanos, sociales y de mujeres, tal como viene informando Página/12.

El caso de Entre Ríos “pone, una vez más, en la agenda política y sanitaria una gravísima situación de injusticia, desigualdad social y vulneración de derechos”, señala el comunicado de la FAMG, que lleva la firma de su presidente, Horacio Boggiano, y de Fabián Portnoy, del Grupo de Trabajo en Salud Sexual y Reproductiva de la entidad, que agrupa a médicos generalistas. En diálogo con este diario, Portnoy advirtió sobre el fracaso de la penalización del aborto. “Cada año se producen entre 460 mil y 600 mil abortos en la Argentina. Cada día, alrededor de 200 mujeres egresan de un hospital público del país luego de haber sido internadas por complicaciones de un aborto inseguro. Alrededor de 100 mujeres mueren cada año en nuestro país por esa misma causa. Estamos hablando de la primera causa de mortalidad materna y de internación por morbilidad en el país, una tragedia humana que podría evitarse y que pone de relieve el fracaso de las políticas restrictivas y punitivas vigentes. En este marco, las mujeres pobres ni siquiera tienen garantizado el acceso a los servicios de aborto no punible, como el reseñado caso de la niña entrerriana, en el que una suma perversa de arbitrariedades y presiones impidió el acceso a un aborto legal”, puntualizó. Desde esta posición, “la penalización del aborto es una de las principales violaciones a los derechos humanos de las mujeres en la Argentina”, consideró la Federación Argentina de Medicina General.

No es la primera vez que no se garantiza un aborto no punible. “El Estado argentino ha incurrido nuevamente en el incumplimiento de sus propias leyes sobre el aborto. El artículo 86 del Código Penal establece dos causales por las que el aborto no es punible y debe realizarse con toda prontitud en los servicios de salud públicos: si el embarazo es producto de violación, o si hay riesgo de vida o salud de la gestante. En el caso de la niña de Entre Ríos, embarazada a los 11 años, se cumplen ambas causales: fue violada y corre riesgo su salud física (por su escaso desarrollo físico para llevar adelante un embarazo) y mental (porque ha manifestado claramente que no lo desea)”, recordaron en un comunicado Cladem-Argentina, Insgenar y CDD. Cristina Zurutuza, de Cladem Argentina, puntualizó que por un caso similar ocurrido en 2007 en la provincia de Buenos Aires, el de la adolescente L.M.R., quien tenía discapacidad mental y quedó embarazada en una violación, las tres organizaciones llevaron adelante un litigio internacional contra el Estado argentino ante el Comité de Derecho Humanos de la ONU. Ese organismo monitorea el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, del cual Argentina es signatario y por lo tanto debe cumplir sus disposiciones, agregó la abogada Silvia Juliá de CDD. “El Comité ha fallado en 2011 que Argentina ha violado su propio marco legal, en ese caso de aborto no punible, y le ha planteado al Estado nacional y bonaerense que deben indemnizar a LMR y su familia e implementar políticas para que estos casos no se repitan. Es decir: que los abortos no punibles se realicen en tiempo y forma”, indicó Zurutuza. Y la abogada Susana Chiarotti, de Insgenar, precisó que “el Estado no respondió todavía, y los incumplimientos se reiteran casi cotidianamente”. “El caso de Entre Ríos que conocimos en estos días es una nueva repetición de otros similares aparecidos en los últimos años en las provincias de Misiones, Salta, San Luis, Santiago del Estero, Mendoza, Chubut, Santa Fe entre otras. En esta última, Ana María Acevedo murió por causa de este incumplimiento estatal. Y estos casos son sólo la punta del iceberg”, indicó Zurutuza.

Las médicas Nilda Calandra y Sandra Vázquez, presidenta y directora ejecutiva de la Fundación para la Salud del Adolescente (FUSA), también consideraron que el caso “no debió haberse judicializado”. En cambio, afirmaron, “los médicos del hospital de la provincia de Entre Ríos al que recurrió la niña en primera instancia y ante el pedido su madre, debieron haber practicado la interrupción del embarazo, por estar encuadrado como aborto no punible”. Vázquez es tocoginecóloga y coordinadora del Servicio de Adolescencia del Hospital Argerich, de la ciudad de Buenos Aires. “Es objetable que las máximas autoridades del Ministerio de Salud de la Nación hayan guardado silencio frente a una situación encuadrada dentro de lo expresado en la Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos no punibles realizada por el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable del mismo ministerio”, cuestionó Calandra.

OPINION
¿Y el derecho a ser oída?
Por Adriana Granica *
La información ya fue tratada, y maltratada, como la niña de 11 años violada y embarazada. Niña que primero dijo no querer continuar con ese embarazo cruelmente no deseado para luego, informaron algunos medios, ceder a las presiones de los defensores de la potencial “vida por nacer” que desprecian la vida real de los nacidos. Presiones (sigue la información) que llevaron a que su madre desistiera de su primer pedido de aborto (por completo legal en este caso, sin que fuera necesario que mediase ninguna instancia judicial). Procedimiento médico que de haberse llevado a cabo, según indica el protocolo para estos casos, hubiera hecho que la situación terminase donde tal vez debió haber terminado, en la realización de una buena práctica médica no contaminada por los prejuicios de sus practicantes, lejos de una judicialización retraumatizante. Pero nada de eso ocurrió. La niña devino entonces objeto del prejuicio. En esos momentos, su palabra a nadie le importó. El sujeto, la niña en tanto tal, desapareció. Es allí que nos resulta importante precisar que la normativa nacional e internacional brinda recursos legales para resguardar un derecho fundamental de la niña: el de ser oída y de ser tenida en cuenta su opinión. Desde la sanción de la Ley 26.061 (de Protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes), existe la figura del abogado del niño, diferente de la tradicional del defensor de menores que intervenía según el paradigma del patronato. Un abogado del niño que, respetuoso de los paradigmas de la Convención Internacional de los Derechos del Niño y de la ley nacional que la tuvo de base (no de sus prejuicios personales), hubiera intentado que la opinión de la niña fuera tenida en cuenta. Así, al articularse con el equipo de salud hubiera respetado el “yo quiero ser como antes” que la niña se dice que enunció desde un principio. Al no haber nadie resguardando su derecho, su palabra quedó sepultada por una parrafada de adultos sordos. En el colmo de su contradicción, esos adultos resolvieron que la niña, siendo incapaz de discernir su deseo, sí era capaz de llevar en su cuerpito y en su alma apenas en maduración el fruto de un ultraje.
* Psicoanalista y abogada de niños, coordinadora del Area Jurídica de Casacidn y de la Comisión de Derechos del Niño de la Asociación de Abogados de Buenos Aires (AABA).
Fuente:Pagina12                                            

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