20 de noviembre de 2012

BLAQUIER PROCESADO.

LOS FUNDAMENTOS DEL FALLO QUE DICTO EL PROCESAMIENTO DE PEDRO BLAQUIER
El empresario cómplice
El juez Fernando Poviña apeló a hechos juzgados en el Tribunal de Nuremberg para explicar la colaboración de grandes empresas con Estados que pusieron en práctica un genocidio. Esa responsabilidad fue considerada imprescriptible.
Por Adriana Meyer
Pedro Blaquier, dueño del Ingenio Ledesma, procesado por crímenes de lesa humanidad.Imagen: Enrique García Medina
El juzgamiento de los crímenes cometidos durante el terrorismo de Estado fue demostrando que hubo capellanes cómplices e incluso jueces partícipes de tales delitos de lesa humanidad. A partir del fallo del juez federal Fernando Poviña por los secuestros en Jujuy de Luis Arédez y otras 28 personas durante la Noche del Apagón, se abrió el capítulo de la complicidad empresaria con la dictadura. Más allá de la valoración de gran cantidad de pruebas –documentos, testimonios, películas– y de una sustanciada descripción del contexto histórico, el joven magistrado tucumano agregó a los ya conocidos antecedentes de los juicios a empresarios derivados de las sentencias de Nuremberg el desarrollo de casos en los que se afianzó una doctrina referida a la “complicidad corporativa como forma de responsabilidad penal”. Y concluyó que “en el plano internacional, la responsabilidad penal de los ejecutivos de las empresas como cómplices de graves violaciones a los derechos humanos ha sido largamente reconocida”.

En sendas resoluciones (Arédez y Noche del Apagón), el juez Poviña dio por probados los hechos y desarrolló el marco jurídico en el que ubicó la imputación contra el dueño del Ingenio Ledesma, Carlos Pedro Blaquier, y su administrador, Alberto Lemos. La situó entre los delitos de lesa humanidad contemplados en el Derecho penal internacional, para dejar sentado que son imprescriptibles, y mencionó la inconstitucionalidad de las leyes de impunidad y la anulación de los indultos.


Socios de genocidas

Poviña pasó luego a reseñar las formas de participación en el Derecho penal internacional, para demostrar que “la participación como responsabilidad individual por crímenes de lesa humanidad no es una cuestión de reciente data, sino que tuvo un intenso desarrollo normativo, doctrinario y jurisprudencial con la finalización de la Segunda Guerra Mundial, a partir de los juicios internacionales realizados por el Consejo Aliado para juzgar a los criminales del Eje, como asimismo por los Estados Unidos en contra de generales y civiles japoneses acusados de delitos internacionales”. En tal sentido citó a Héctor Olásolo: “Los estatutos del Tribunal Militar Internacional de Nuremberg y del Tribunal Militar Internacional para el Lejano Oriente fueron los primeros en introducir en el Derecho penal internacional ciertas reglas básicas relativas a la responsabilidad penal individual”. Y retoma Poviña: “La jurisprudencia de Nuremberg no distinguió entre autor principal y accesorio sino que más bien consideró cualquier forma de participación actual en el crimen como suficiente para considerar al partícipe responsable”. Por ejemplo, en el principal juicio de Nuremberg, el empresario alemán Gustav Krupp fue originalmente acusado junto con la jerarquía del gobierno del Partido Nazi y los líderes militares, y escapó a la Justicia sólo por razones de edad y enfermedad, pero en un juicio posterior fue condenado a doce años de prisión el segundo a cargo de la empresa, su hijo Alfried Krupp.

El fallo recordó que el Tribunal de Nuremberg también aplicó el criterio del conocimiento a los condenados en virtud de una teoría de la complicidad de la responsabilidad a tres ejecutivos de la empresa IG Farben que estuvieron involucrados en la construcción de una fábrica de trabajo esclavo en Auschwitz. Y en otro caso trascendental, el industrial civil alemán Friedrich Flick fue condenado por sus vitales contribuciones financieras a las Schutzstaffel (SS) bajo dirección del jerarca nazi Heinrich Himmler, cuando se logró demostrar su pleno conocimiento sobre las sanguinarias actividades de ese grupo de tareas.


En 1950, reseña el fallo del juez, la Comisión de Derecho Internacional de la ONU elaboró un informe recopilatorio de estos procesos, en el que se señala que “la complicidad en la comisión de un crimen contra la paz, un crimen de guerra o de un crimen contra la humanidad (...), es un crimen de Derecho internacional”. A partir de allí se fue demarcando cada vez más la diferencia entre la autoría y la participación, y alcanzó su máximo desarrollo a mediados de los años ‘90 en los fallos de los Tribunales ad hoc para la ex Yugoslavia y Ruanda. Además, el Estatuto de Roma –sancionado en 1998 y que entró en vigor en julio de 2002– adopta esta distinción en su articulado, al igual que la Corte Penal Internacional.


El juez Poviña dedicó un apartado a la complicidad corporativa como forma de responsabilidad penal. “La punición penal internacional –dice el magistrado–, desde sus tempranas manifestaciones en Nuremberg y Tokio hasta los tribunales contemporáneos, no se ha focalizado tanto en el autor material o de primera línea (torturadores, sicarios, verdugos, etc.), sino en reprimir a los líderes y dirigentes, que en la generalidad de los casos han sido definidas como personas urbanas y sofisticadas, con poca o nula experiencia en matar y torturar.” El desafío, entonces, fue elaborar una teoría penal para demostrar que algunas relaciones comerciales con los autores principales de tales crímenes podían llegar a ser consideradas como la “verdadera contribución significativa que ameritase un reproche penal”. En el caso del Zyklon B (gas usado como herramienta de exterminio por los nazis en los campos de concentración), se condenó a dos altos funcionarios de una empresa (Tesch y Weinbacher) por haber vendido el producto letal, responsabilizándolos por un comportamiento accesorio a los crímenes de guerra, bajo el argumento de que los empresarios comercializaban el pesticida con pleno conocimiento de que estaba siendo utilizado con un propósito criminal.


En América Latina

Poviña destacó que, en consonancia con el plano internacional, los tribunales norteamericanos han establecido progresivamente la “responsabilidad corporativa por complicidad”, basándose en el Derecho de Gentes, a partir de reclamos de víctimas de graves abusos y violaciones a los derechos humanos en que se vieron involucradas empresas y entidades financieras, aun cuando dichos crímenes hubieran acontecido en territorio extranjero. El Tribunal de Apelación de los Estados Unidos en el caso Unocal estableció los criterios de la responsabilidad por complicidad bajo tres criterios. “Bajo estos parámetros, en un caso de similares características al que nos ocupa, la Compañía Minera Australiana Río Tinto fue denunciada por complicidad en graves violaciones a los derechos humanos por haber provisto a sabiendas al ejército de Papua Nueva Guinea de vehículos y helicópteros para llevar a cabo operaciones de traslado forzoso de comunidades originarias que se negaban a abandonar sus territorios sagrados para la explotación de la mina, aun cuando los crímenes internacionales cometidos por los militares papuenses en esa época ya eran de público conocimiento a nivel mundial”, dijo el magistrado al referirse a un fallo que está pendiente de resolución ante la Corte Suprema de Justicia norteamericana.
Fuente:Pagina12


Por crímenes de lesa humanidad

Blaquier procesado
El dueño de la empresa Ledesma Carlos Pedro Blaquier fue procesado por su participación en crímenes de la dictadura. Lo decidió el juez federal de Jujuy Fernando Poviña luego de analizar las pruebas que comprometen a Blaquier en el secuestro masivo de trabajadores que se conoce como la Noche del Apagón de 1976. El juez consideró que el poderoso empresario fue partícipe primario de 29 de esos secuestros. Compartimos el informe del Informativo Farco y la nota periodística publicada tiempo atrás en enREDando sobre la responsabilidad del Ingenio Ledesma en crímenes de lesa humanidad y contaminación ambiental. 
En declaraciones a Informativo FARCO Julio Gutiérrez, del Centro de Acción Popular Olga Marquez de Aredes (CAPOMA), aseguró que tomaron la noticia “con la mayor de las alegrías” y dijo que hay que “celebrar que la justicia se está viendo acá en Jujuy”. Además remarcó que “se tenía razón cuando se decía que ellos eran culpables y que eran cómplices de la dictadura”. El administrador de la empresa Ledesma, Alberto Lemos, también fue procesado pero como partícipe secundario de los mismos delitos que Blaquier. El juez decidió mantenerlos en libertad, les prohibió la salida del país y le fijo un embargo de 11 millones de pesos a Blaquier y otro de 5 millones y medio a Lemos.

Gutiérrez contó a Informativo FARCO que al procesamiento “lo estábamos esperando con muchas ganas y lo hemos recibido con muy buen augurio”. También relató que “ayer nos sorprendió, estuvimos hablando con algunos compañeros víctimas de la Noche del Apagón que no podían creer la noticia, lo que estaba sucediendo, que uno de los responsables de que ellos hayan sufrido tantos tormentos, que hayan estado secuestrados, que hayan estado desaparecidos, ahora están viendo que se está haciendo justicia. Ellos mismos decían ‘¿pero es en serio, no me estás jodiendo?’”.

Gutiérrez recordó que el año que viene se cumplen las 30 marchas de la Noche del Apagón y afirmó que el procesamiento de Blaquier demuestra que las madres de los desaparecidos “no lo hacían porque estaban locas sino porque tenían razón en lo que estaban diciendo”. Con respecto al intento de Blaquier de desvincularse de la causa desmintiendo su participación, el integrante de CAPOMA, destacó que “el juez Poviña está haciendo que se demuestre su complicidad ante toda la ciudad de Libertador ya que él se tomó el trabajo también de venir y decir que todo lo que se decía sobre su complicidad era mentira” y “esto demuestra que se apuntaba y se apuntaba bien y se tenía razón cuando se decía que ellos eran culpables y que eran cómplices de la dictadura”.
Publicado el: 19/11/2012
Fuente:enREDando 

Fijaron posturas Organismos de derechos Humanos de Jujuy celebran procesamiento a Blaquier 
Lunes, 19 de Noviembre de 2012 
En conferencia de prensa la Asociación de Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos de Jujuy -línea histórica- Libertador, Calilegua; HIJOS, Asociación Jujeña de Ex Presos Políticos y CAPOMA se expidieron sobre la resolución del juez federal Dr. Fernando Poviña en la causa iniciada a la empresa Ledesma SAAI por la persecución ideológica política y sindical a los obreros y trabajadores de la empresa azucarera como se titula el expediente. 

También se expresaron sobre la protección a testigos en estas causas, y la posible apelación a la prisión preventiva a los directivos de la empresa. 

Inés Peña titular de Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos de Jujuy manifestó que “esta situación procesal nos llena de mayor compromiso a las diferentes organizaciones de Derechos Humanos creemos que se avecina otro contexto político, especialmente pedimos la solidaridad de la gente. Creemos que la unidad va a lograr que llevemos al banquillo de los acusados a estas personas y no queremos venganza queremos justicia, porque no inventamos ni nos imaginábamos cosas sino que está el testimonio vivo de nuestros sobrevivientes para dar cuenta que la Noche del Apagón ha sido realmente una tragedia social en Jujuy”. 

Por su parte Virginia Díaz, familiar de los detenidos desaparecidos de Calilegua Carlos Alberto y Guillermo Genaro Díaz expresó “celebro la resolución dictada por el juzgado federal Nº2 sobre el procesamiento a directivos de la empresa Ledesma y espero que esta medida siga siendo firme porque es la única manera que como organismos y como defensores de esta democracia garanticemos el Nunca más, y que estas cosas aberrantes que pasaron en todo el país no vuelvan a pasar y de esta manera fortalecer el Estado de Derecho que nos costó tanto conseguir”. 

Oscar Alfaro, ex preso político y sobreviviente de La Noche del Apagón, aclaró que en todos los testimonios de la gente de Ledesma, se ve la implicancia y participación activa que tuvo la empresa Ledesma en los hechos que no solo ocurrieron durante los apagones, sino de mucho antes de 1974 donde la empresa ya reprimía a los obreros, a comisiones de sindicatos, esto de La Noche del Apagón fue el punto culminante de toda una acción represiva de la empresa". 

Remarcó "somos cientos de personas que vimos camionetas de la empresa circulando, que vimos personal de seguridad de la empresa en operativos en forma conjunta con los servicios de inteligencia. Esto no es un mito, esto queremos aclarar, yo fui apresado en una camioneta de la empresa Ledesma y no fue un sueño. No fue imaginario.

Entonces la solicitada que publica la empresa, Blaquier hasta último momento va a decir que es inocente; pero vemos como en los testimonios en el juicio y en esta causa la gente se está animando a hablar en Libertador, y son más que suficiente para saber de qué lado está la verdad". Ariel Ruarte, querellante en causas de delitos de lesa humanidad destacó que estudian la posibilidad de llevar adelante una apelación y desde la notificación de la resolución tienen tres días hábiles para presentarse. 

“Si bien la decisión del Dr. Poviña nos parece sumamente acertada y se funda perfectamente en derecho y en todas las condiciones por el nivel de verosimilitud que requería para llevar adelante el procesamiento de Blaquier y de Lemos, posiblemente nos parezca que hacerlo con prisión preventiva podría ser positivo para nuestra parte y analizamos la posibilidad de apelar.” 

Por otra parte, Eva Arroyo, referente de HIJOS Regional Jujuy, comentó que la semana pasada la comisión especial de Derechos Humanos de la Legislatura Provincial estuvo en el Concejo Deliberante de Libertador General San Martín. “Hasta ese entonces una de nuestras preocupaciones era la presión que sufrían los testigos desde la comunidad misma. 

Sostenida por el mito de que la empresa (Ledesma) se vaya y queden sin trabajo los pobladores, una semana después es gratificante poder decir al Concejo Deliberante de Libertador que efectivamente todo lo que fuimos a hablar y decir que los cientos de testimonios son ciertos y que ahora más que nunca van a tener que tener en cuenta el cuidado que deben tener a los testigos que están involucrados en las causas. 

Sus testimonios sostienen la imputación y el procesamiento que determino el Juez y a esa gente hay que cuidarla desde el Estado y de las instituciones y debe ser compromiso del Intendente y de su concejales”.

Por último, Felipe Noguera, de la Asociación Jujeña de ex presos políticos, manifestó que adhiere totalmente a las manifestaciones de los organismos de derechos humanos. 

Y ve como positivo el procesamiento dictado por la justicia a Blaquier y Lemos, a la vez pensamos que esto causó conmoción en las filas del grupo Ledesma, ellos van a apelar hasta llegar a la Corte Suprema para evitar la detención. Esto significa que hay miedo y zozobra con una diferencia grande, cuando nosotros estuvimos detenidos teníamos miedo también y no teníamos el Estado de derecho que ellos están asumiendo y manejando.
Fuente:DiarioJujuy

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