El excapitán de la marina argentina, Alfred Astiz, durante un juicio en Buenos Aires, el 28 de noviembre de 2012. (AFP/Archivo, Daniel García)
Ciudadanos argentinos condenan la pena de cárcel de por vida a el excapitán de la marina argentina alfredo Astiz, el 26 de octubre de 2011 en Buenos Aires. (AFP, Daniel García)
Un juez argentino procesó por apropiación de un menor durante la última dictadura (1976/83) a María Elena Vázquez de Astiz, madre del ex marino Alfredo Astiz condenado por crímenes de lesa humanidad, dijo el jueves el Centro de Información Judicial (CIJ).
"El juez federal de Mar del Plata Santiago Inchausti dispuso el procesamiento de tres imputados en una causa por la apropiación de un menor, entre ellos la madre de Alfredo Astiz, condenado por crímenes de lesa humanidad", señaló el CIJ en su página web.
Inchausti consideró a los procesados "prima facie coautores de los delitos de retener y ocultar a un menor", según el Centro, que depende de la Corte Suprema de Justicia.
"Los hechos se relacionan con la recepción el 9 de marzo de 1977 de una persona recién nacida que, para sí, llevó a cabo un matrimonio en una clínica de maternidad clandestina que por entonces funcionaba en Mar del Plata" (400 km al sur de Buenos Aires), agrega.
Según el CIJ, la entrega del recién nacido se logró por la intervención del matrimonio conformado por María Elena Vázquez de Astiz y su fallecido esposo Alfredo Bernardo Astiz, ambos progenitores del exmarino.
Una de las hipótesis que investiga el magistrado es que se trate de un niño nacido en una maternidad clandestina en alguno de los centros ilegales de detención de opositores que por entonces funcionaban en Mar del Plata, de acuerdo al CIJ.
Al tomar la decisión, el juez señala que lo hizo "sin perjuicio de cuál resulte la verdad histórica en cuanto al origen del menor apropiado, retenido y de identidad ocultada".
El excapitán de la marina de guerra Alfredo Astiz fue condenado a cárcel perpetua por violaciones a los derechos humanos en la Escuela de Mecánica de la Armada, uno de los mayores centros clandestinos de detención del régimen de facto.
Actualmente, el llamado "angel rubio de la muerte", está siendo juzgado en la causa por "los vuelos de la muerte", en los que prisioneros políticos eran arrojados al mar desde aviones militares.
Entre otros hechos represivos, Astiz (59 años) intervino en el secuestro, tortura y desaparición de las monjas francesas Léonie Duquet y Alice Domon, y la fundadora de Madres de Plaza de Mayo, Azucena Villaflor, según las investigaciones.
Por el caso de las religiosas, Astiz fue condenado en ausencia en Francia a cadena perpetua.
Unas 30.000 personas desaparecieron durante el régimen, según organismos de derechos humanos.
Fuente:APF
Viernes, 26 de abril de 2013
Procesan a tres imputados en una causa por la apropiación de un menor
Lo dispuso el juez federal de Mar del Plata Santiago Inchausti. Entre los acusados se encuentra la madre de Alfredo Astiz, condenado por crímenes de lesa humanidad. Los hechos habrían ocurrido en una clínica de maternidad clandestina, en el año 1977
Procesan a tres imputados en una causa por la apropiación de un menor
El juez Santiago Inchausti, a cargo del Juzgado Federal N° 3 de Mar del Plata, procesó a tres imputados en el marco de una causa por la apropiación de un menor ocurrida durante la última dictadura.
Entre los tres imputados se encuentra la madre del exmarino Alfredo Astiz, condenado a prisión perpetua por crímenes de lesa humanidad cometidos en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA).
El magistrado dispuso el procesamiento de los acusados por considerarlos prima facie coautores (art. 45 C.P.) de los delitos de retener y ocultar a un menor de diez años tipificados por el art. 146 del Código Penal (según ley 24.410), en concurso ideal (art. 55 C.P.) con el de hacer incierto y alterar el estado civil de un menor de diez años tipificada en art. 139 inc. 2º C.P. (conforme ley 11.179) y con el delito de falsedad ideológica de instrumento público normada en el art. 293 del C.P. (conforme ley 20.642 y 21.766), en los términos de los arts. 306 y 310 del Código Procesal Penal de la Nación.
Los hechos
Los hechos se relacionan con la recepción el 9 de marzo de 1977 de una persona recién nacida que, para sí, llevó a cabo el matrimonio C., M.G. y O., C.A. en una clínica de maternidad clandestina que por entonces funcionaba en esta ciudad de Mar del Plata. La recepción del recién nacido fue lograda por la intervención que en el hecho tuvo el matrimonio conformado por V., M.E. y quien fuera en vida el ex marino Alfredo Bernardo Astiz, ambos progenitores de Alfredo Ignacio Astiz.
El matrimonio que crió al niño desde allí en adelante como propio, concurrió el 9 de marzo de 1977 al Registro Nacional de las Personas y ante la presentación del certificado de nacimiento con datos falsos –padres biológicos y fecha de nacimiento- hicieron que la autoridad pertinente insertara tales datos en el acta de nacimiento pertinente. Desde la fecha de la entrega del menor es que se mantiene oculto su verdadero origen, el cual de momento se desconoce en la pesquisa encontrándose abiertas a la misma dos posibles hipótesis. Una de ellas –la primera introducida con la denuncia— es la que señala que el recién nacido habría sido sustraído del poder de custodia de su madre biológica, quien había sido secuestrada durante la dictadura militar y habría dado a luz en un centro clandestino de detención. La otra hipótesis es que los propios imputados C., M.G. y O., C.A. han introducido en la causa, y que V., M.E. reconoce en parte: que sería hijo de una empleada doméstica de V; ME, quien ofició de intermediaria, y que recién nacido les fue entregado en una maternidad clandestina de la ciudad, sin conocer nunca a la madre biológica.
Así, y sin perjuicio de cuál resulte la verdad histórica en cuanto al origen del menor apropiado, retenido y de identidad ocultada, los fundamentos del resolutorio conforme la prueba producida condujeron a la solución en esta etapa procesal arriba señalada.
Fuente:CIJ.gov.ar


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