25 de octubre de 2015

PERÚ.

Levantamiento de los pueblos de la macro Región Sur
Resumen Latinoamericano / 23 de Octubre 2015.- 

Los líderes de las organizaciones Indígenas, Agrarias, Frentes de Defensa, Comités de Lucha, Rondas Campesinas, Colectivos de organizaciones Comunidades afectados del Cusco: Espinar, Ocongate, Paucartambo, Calca, Anta, Sicuani, Quispicanchis, Apurimac: Cotabambas, Grau, Abancay, Puno: San Román Juliaca, Chucuito, San Antonio Putina, Carabaya, Lampa, Melgar, Moho, Tacna, Moquegua, Arequipa: Valle de Tambo, Caylloma, Ayacucho, Junín, Huancavelica, Ancash: Huarmey, Huaraz, Lima.

Reunidos en las Asambleas macroregionales de Apurimac, Cusco y Puno, realizados el día 19, 20 y 21 de octubre del 2015, respectivamente ratifican y respaldan las conclusiones de la 4ta Cumbre de los Pueblos Afectados por la Minería Transnacional Realizada en Arequipa.

Así mismo en defensa de la vida, agua, tierra, medio ambiente, soberanía nacional y derechos colectivos del Pueblo, y en memoria al cumplimiento de los 235 años del Levantamiento de Tupaq Amaru y Micaela Bastidas, y

Frente al incumplimiento de su compromiso con el País, Frente al engaño al pueblo Agua Si, Oro No; Agro Si, Minas No, y frente a su incapacidad demostrada, y frente a su oscuro negocio y por ser corrupto, por asesinar a los líderes ambientalistas defensores del territorio y de la madre naturaleza.

Según las consultas realizadas en Abancay, Cusco, Puno aprueban el LEVANTAMIENTO DE LOS PUEBLOS DE LA MACRO REGIÓN SUR, desde el día 04 de Noviembre 2015, 

Hasta lograr la VACANCIA de OLLANTA HUMALA TASSO y su Gabinete Ministerial, de acuerdo al art. 2 y 145, inc. 20 de la CPP hasta lograr nuestras legítimas demandas planteadas, por no cumplir el estado su compromiso con el Pueblo.

Con el objeto de denunciar ante la opinión pública, comunidad nacional e internacional, sobre los problemas generados por las industrias extractivas referidos a la violación de las políticas públicas, derechos humanos, a la autodeterminación de los pueblos, a la salud humana, a las libertades fundamentales y a la acentuación de los efectos del cambio climático.

POR LA DEFENSA DEL AGUA Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA

LOS PROYECTO DE TÍA MARÍA Y CONGA NO VAN REVISIÓN MINERA LAS BAMBAS 

LA COMISION ORGANIZADORA


DECLARACION DEL MISTI 
Los líderes de las organizaciones Indígenas, Agrarias, Frentes de Defensa, Comités de Lucha, Rondas Campesinas, Colectivos de organizaciones Comunidades afectados del Cusco: Espinar, Ocongate, Paucartambo, Calca, Anta, Sicuani, Quispoicanchis, Apurimac: Cotabambas, Abancay, Puno: San Román Juliaca, Chucuito, San Antonio Putina, Carabaya, Lampa, Melgar, Moho, Tacna, Moquegua, Arequipa: Valle de Tambo, Caylloma, Ayacucho, Junín, Huancavelica, Ancash: Huarmey, Huaraz, Lima, participantes en la IV CUMBRE DE LOS PUEBLOS AFECTADOS POR LA MINERIA TRANSNACIONAL, realizado los días 23, 24, 25 de Setiembre 2015, en el auditorio de la FDTA Arequipa, Frente a la amenaza de la invasión voraz y depredadora a la Madre Naturaleza los asistentes en un espacio democrático, de amplio debate, con los aportes y sugerencias. 

Declaramos, que la Cumbre de los Pueblos, fue un espacio para determinar que los líderes y autoridades comunales, No practica una lucha de antisistema, anti minero, No comulga con el narcoterrorismo, ni con sectores violentistas radicales, condena toda violación de derechos Humanos venga de donde venga. En nuestra condición de ser herederos de la grandiosa civilización, criadores de la biodiversidad, Protectores de la madre naturaleza y cultura milenaria del Tawantinsuyu, consensuamos la Agenda Nacional de los Pueblos, Plataforma de lucha y el Plan Nacional, para la defensa de la soberanía nacional y visibilizar, informar a la opinión pública sobre la defensa del agua, la vida, tierra y derecho de los pueblos, las comunidades originarias, el pueblo que vienen luchando contra la política extractivista,

Declaramos lo siguiente:
PRIMERO.-Condenamos la demencial y criminal actividad extractiva de la Gran Minería Transnacional a cielo abierto en todo el territorio Nacional.

SEGUNDO.- Cancelar las concesiones mineras sin consulta previa en todo el territorio nacional e Iniciar el proceso de Recurso de oposición y nulidad a los petitorios de concesión mineros metálicos, no metálicos, recursos hídricos y otros.

TERCERO.- Establecer la Comisión de la Verdad sobre la minería, para evaluar los daños Ambientales ocasionados por los proyectos mineros en actividad, implementando un Tribunal de Justicia de los Pueblos.

CUARTO.- Constituir la Comisión Ambiental de monitoreo en las zonas mineras y petroleras y otros
Prohibir la ejecución de los Mega proyectos en el rio Marañón con la empresa Obrecht, Paquitsapango, Inambari, trasvase de agua Angustura para Majes Siguas II Arequipa y la concesión de lago Titicaca a la empresa pesquera CHILENA Mitano SAC.

QUINTO.- Denunciar ante la Comunidad Nacional e Internacional a los personajes criminales dueños de las empresas mineras que asesinaron a los líderes y autoridades ambientales defensores de la madre tierra.

SEXTO.- Impulsar a generar Debate agrario y trabajar el Plan de Desarrollo Estratégico Nacional Agropecuario desde las comunidades campesinas y parceleros de los valles interandinos.
Participación y Luchar en el presupuesto Nacional, regional y local para el desarrollo de la agricultura, la ganadería y agroindustria ecologica para nuestras comunidades. 

Proteger y practicar nuestros conocimientos ancestrales, semillas y alimentos nativos, en defensa de la soberanía y seguridad alimentaria.

SETIMO.-Denunciar y rechazar el ingreso de semillas y alimentos transgénicos y/o comida chatarra en todo el territorio nacional.

OCTAVO.-Prohibir las prácticas y estudio con vacunas a los niños que dañan la salud de la vida humana.(ojo con el Programa Juntos)

NOVENO.-Despenalización en el Tratado Internacional, cese de la erradicación del cultivo de la hoja de coca en todo el Perú y derogatoria del D.L. 1241, D.S. 22095 que penaliza a los agricultores.

DECIMO.- Derogatoria de la Ley Agua 29338, Ley 30157 ley de organizaciones usuarios de Agua, D.L. 30230, Ley 30327 Paquetazo Ambiental, D. S. No 001-2015 EM., D.L 1192, D.L.1120, D.L. 1202, Vulnera el derecho a la propiedad territorial y autonomía de las comunidades campesinas y otras disposiciones, normas, regímenes que violan los derechos de las comunidades y pueblos originarios del Perú. D.L. 1198 que promueve la privatización de los sitios y monumentos arqueológicos y por la defensa de la cultura viviente de las comunidades campesinas originarias y de su propiedad, accesos al monumento arqueológico.

DECIMO PRIMERO.- – Denunciar y visibilizar la violación de los derechos Humanos y Exigir el archivamiento de los procesos penales por extorsión, disturbio contra los líderes judicializados y Presión social para lograr la libertad de luchadores sociales, ambientales injustamente encarcelados. Derogatoria del D.L. 30151 Ley para matar y las leyes que criminalizan la protesta social.

Nos solidarizamos con Jaime de la Cruz alcalde de Dean Valdivia, Jesús Cornejo dirigente de la Junta de Regantes, Dr. Héctor Herrera H. asesor legal del valle de tambo y otros. 

DECIMO SEGUNDO.- En el marco de la autodeterminación de los pueblos y en defensa de la Soberanía Nacional, Exigir el retiro inmediato de las tropas norteamericanas del territorio nacional y marítimo, principalmente del VRAEM.

DECIMO TERCERO.- Impulsar a trabajar la construcción del brazo político de los pueblos originarios y comunidades e impulsar la unidad de los líderes y autoridades comunales de las distintas organizaciones, movimientos político regional, nacional y la iniciativa de la propuesta de CONIPP, baje a bases en las regiones, para su evaluación, sociabilización y aprobación por consenso.

En el marco del respeto y dignidad de los pueblos y naciones originarias, hacemos un llamamiento a la unidad en la diversidad a los partidos y movimientos de tendencia progresista y de izquierda no corruptas con participación directa de nuestros líderes originarios.

En Defensa de la Dignidad, la Soberanía nacional rechazar electoralmente y condenar a los candidatos, asesinos, corruptos, vende patrias, de los partidos tradicionales de la derecha PPK, KK, APRA, AP, PNP, PP y borrar las pintas de las paredes y fachadas, reemplazándolo con mensajes alusivos a la valoración de la vida y No a la reelección de los congresistas.

DECIMO CUARTO.- Impulsar a trabajar por la Unidad de las organizaciones Indígenas, Agrario, Frentes de Defensa y Comités de lucha desde las comunidades y los Pueblos a nivel regional, macroregional, nacional y Constituir la organización de representación nacional denominado Consejo de Autogobierno de los Pueblos Originarios y Sociales, instancia del Pacto de Unidad de Derechos Político, Económicos, Sociales, Ambientales, Culturales, Espirituales y lucha Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial y derecho de los pueblos, para fortalecer nuestra identidad y saberes originarias en todo el Tawantinsuyu.

DECIMO QUINTO.- Los participantes nos ratificamos por la Defensa de la vida, agua, tierra, soberanía nacional y derechos de los pueblos originarios, Respaldar la lucha del pueblo del Valle de Tambo contra el proyecto minero Tía María y la tapada, contra la transnacional Southern, y la anulación de la R.D. 392-2014 que aprueba el EIA, la anulación del proy. CONGA en Cajamarca, solidarizarnos con la marcha de los hermanos y niños con plomo en la sangre de Cerro de Pasco, la oroya, la fundición de Ilo, con el levantamiento de los hermanos de Challwahuacho en Cotabambas-Grau Apurimac contra la minera MMG las bambas, contra la Minera Ares en Aymaraes, iscuhuaca, respaldar la lucha del pueblo de chamaca y Livítica contra el proyecto minero Constancia de la emp. HUDBAY, retiro definitivo de la emp. MINKES PERUSAC del distrito de Pitumarka-Cusipata en Canchis, cancelación del proyecto hidroeléctrico minero Salcca Pucara, respaldar la lucha del pueblo de Loreto sobre la soberanía del lote petrolero 192, respaldar la lucha de los azucareros de Tuman.

– Luchar contra la contaminación ambiental de las cuencas de Ramis, Suchis, coata, rio cuenca qalomacu San Antonio Putina, Huancane por la mina AYLLUSAC empresa MINSUR, rio Moho, zapatilla Juli, Bahia de Lago Titicaca,

– Por los compromisos incumplidas con el pueblo de Azangaro sobre la erradicación de la contaminación y por No cumplir el financiamiento de los proyectos de remediación y mitigación que está en el marco del D.L. 1099.

– Evaluación del EIA del proyecto minero CORANI de BEAR CRICK Cia., Cancelación y no a la explotación de la minera MAPSA JUNIFIELD, MARIELA Aruntani Acora Puno, ARASI, El Aguila en Ocuviri, CIEMSA Tacaza, Paratia y el proyecto minero Berenguela Sta. Lucia. 

DECIMO SEXTO.- Implementar la campaña permanente de socialización desde las comunidades y pueblos para la elaboración de una Nueva Constitución Política para un nuevo estado plurinacional en cada región se debe realizarencuentros, tallerespara recoger las propuestas propias de todas las organizaciones.

DECIMO OCTAVO.- Las Asambleas macroregionales de Apurimac, Cusco y Puno, realizados el día 19, 20 y 21 de octubre del 2015, respectivamente ratifican y respaldan las conclusiones de la 4ta Cumbre de los Pueblos Afectados por la Minería Transnacional Realizada en Arequipa, así mismo aprueban la propuesta de esta asamblea el LEVANTAMIENTO DE LOS PUEBLOS DE LA MACRO REGIÓN Sur desde el día 04 de Noviembre 2015 en defensa de la vida, agua, tierra, medio ambiente, soberanía nacional y derechos colectivos del Pueblo, en memoria al cumplimiento de los 235 años de la rebelión de Tupaq Amaru y Micaela Bastidas y De acuerdo al art.2 y 145, inc. 20 de la CPP hasta lograr nuestras legítimas demandas planteadas, por no cumplir el estado su compromiso con el País. Así mismo se recogió las propuestas y pedidos de los participantes en esta asamblea de Abancay, Cusco, Puno:

– Derogatoria de normas legales de Ley No 30057 ley de servicio Civil, Ley de Magisterio Ley No29944 ley de reforma magisterial por ser anticonstitucional, por la no privatización de la educación pública.

– Incremento de pago mensual de promotores educativos comunitarios

– PRONOEI, equivalente al sueldo mínimo vital.

– La defensa del APU Ccarwarazu, Razuwillka en Ayacucho, – Defensa del Pueblo de Pichanaki contra la empresa Pluspetrol,

– Respaldar la Lucha de la FECONAT de los Kichwas por la nacionalización del Lote 192.

– Defensa de los mineros artesanales peruanos con la transferencia de los petitorios a favor de las comunidades.

– Derogatoria del D. S. 054-2013 MEM Que viola los derechos de los Pueblos Cotabambas y Grau. – Derogatoria de la Ley de régimen Disciplinario de la PNP y Derecho a la desobediencia y sindicalización policial en defensa de nuestros suboficiales.

– Sancionar a la empresa transportadora del Gas de Gamisea por el derrame y contaminación.

– Indemnización a los pueblos por la invasión, masacre y genocidio de los ayllu, pueblos originarios de tawantisuyu hoy Perú.

– Respaldar la lucha de los jóvenes estudiantes que derogaron la Ley pulpines,

Nos Declaramos en permanentes asambleas y movilizaciones para el desarrollo de las reuniones de trabajo técnico en las fechas a concertarse en las diferentes regiones para recoger las justas demandas del pueblo.

Concluido el acto se dio por lectura la presente DECLARACION siendo las 4:30 de la tarde del día 21 Octubre, se dio por Clausurado La ASAMBLEA REGIONAL DE LIDERES DE ORGANIZACIONES AGRARIAS INDIGENAS DE LA MACRO REGION SUR, procediéndose a firmar el presente por los asistentes en señal de conformidad. 


Pronunciamiento contras leyes represivas en Perú 
Resumen Latinoamericano/ 23 de Octubre 2015.- 

El Instituto de Investigación Jurídica Ratio Iuris conformado por abogados y estudiantes de Derecho, en esta ocasión se pronuncia sobre diversos decretos legislativos lesivos a los derechos fundamentales publicados el pasado 26 de setiembre en virtud a las facultades legislativas delegadas al Poder Ejecutivo para “legislar en materia de seguridad ciudadana, fortalecer la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado”, dentro de una coyuntura nacional compleja de desaceleración económica con riesgo de recesión, cuando el proletariado y las luchas del pueblo avanzan y posterior a la libertad del señor Peter Cárdenas por cumplimiento de su condena.

Partimos por denunciar como el Congreso en reiteradas oportunidades abdica de sus funciones para otorga al Poder Ejecutivo facultades legislativas con lo que se pone en cuestión la independencia de poderes que presupone una democracia, otorgamiento de poderes que es usado por el Ejecutivo para legislar contra el pueblo. Es así que mediante Decreto Legislativo N° 1233 se incorpora el artículo 6-B al Decreto Ley N° 25475 que crea el delito de conspiración para el delito de terrorismo.

Este nuevo dispositivo establece que “será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 15 años ni mayor de 20 años, quien participa en una conspiración para promover, favorecer o facilitar el delito de terrorismo, en cualquiera de sus modalidades.” Consideramos que la mencionada norma es inconstitucional, represivo y especialmente vulnera el principio de legalidad y lesividad.

Si partimos por la forma este D.L. es inconstitucional originariamente, ya que se ha legislado sobre una materia no autorizada; y, vulnera el principio de legalidad puesto que en el Código Penal no se señala qué se debe entender por “conspiración”, y por otro lado en la actualidad no existe ningún peligro concreto al bien jurídico protegido en los delitos de terrorismo: seguridad pública, como lo ha señalado el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia; asimismo, consideramos que la creación de este nuevo delito obedece a estrictas razones políticas de pretender encarcelar a quienes tengan como guía o asuman como su ideología el marxismo-leninismo-maoísmo, pensamiento gonzalo, constituyéndose en un instrumento de proscripción y persecución política, por tanto es una ley de exclusión.

De esta manera se contraviene lo que la Constitución reconoce en su artículo 2 numeral 3: “A la libertad de conciencia y de religión, en forma individual o asociada. No hay persecución por razón de ideas o creencias…”.

 Así como niega los derechos fundamentales a las libertades de opinión, expresión y difusión del pensamiento, recogidos en el artículo 2 numeral 4 de nuestra Constitución. Llegamos a esa conclusión puesto que a 23 años de culminada la guerra interna en nuestro país, vemos nuevos procesos penales sin que existan ningún hecho que se subsuma en el tipo base del D.L. 25475 así como en ninguna de las modalidades del delito de terrorismo que el propio Tribunal Constitucional se ha encargado de precisar en la sentencia N° 010-2002-AI/TC, sino simplemente por motivos de persecución ideológica y política, basta recordar el proceso penal contra los dirigentes y activistas del MOVADEF iniciado el 2013. Rechazamos la pretensión de encarcelar por ideas, razón para lo cual se han creado los dispositivos legales mencionados violentando derechos constitucionales así como principios que inspiran el Derecho penal.

A ello se suma la aprobación de diversos proyectos de leyes que prevé modificaciones a la Ley Orgánica de Elecciones, Ley de Elecciones Regionales y en la Ley de Elecciones Municipales donde se agrega el impedimento para ser candidato el haber sido condenados por el delito de terrorismo, aun cuando hayan cumplido su pena y hayan sido rehabilitados transgrediendo así la cosa juzgada y el principio constitucional de que el régimen penitenciario tiene por objeto la reincorporación del penado a la sociedad; extendiéndolo incluso a quienes sólo sean procesados, infringiendo el derecho constitucional de la presunción de inocencia así como niega los derechos políticos reconocidos en nuestra Constitución (artìculos 31 y 35) y Tratados Internacionales.

Queda así claro el objetivo político del Estado: impedir que el Frente de Unidad y Defensa del Pueblo Peruano (FUDEPP), dentro del cual el MOVADEF es una organización integrante, se inscriba como partido político y se presente a los comicios electorales del 2016 y las posteriores. Asimismo, mediante D.L. N° 1239 se hace una serie de modificaciones al Código de Ejecución Penal y particularmente expresamos nuestro rechazo al artículo 1 del mencionado D.L. que modifica el artículo 11, 11-B y 11-C puesto que implica una regresión del régimen penitenciario y el aislamiento de los internos que en estos últimos años los órganos penitenciarios han considerado que “requieren mayor tratamiento”: los condenados por ser dirigentes del Partido Comunista del Perú el año 2003.

Estas leyes son represivas y contrarias a derechos fundamentales que todo Estado que se precie de democrático debería respetar y garantizar su vigencia efectiva, expresa una mayor reaccionarización del Estado peruano y aplicación del derecho penal del enemigo, por lo que consideramos que se debe debatir sobre estos temas y luchar en el terreno político y legal por la democratización de la sociedad peruana.

Además revela que el Estado peruano a través de su gobierno se opone a una solución política de los problemas derivados de la guerra interna que acabó hace 23 años y opta por mayor represión oponiéndose a cerrar heridas, posición que rechazamos y nos pronunciamos por la necesidad de una solución política a los problemas derivados de la guerra interna para entrar así a un proceso de reconciliación nacional muy necesario para el desarrollo nuestro país, como lo viene realizando Colombia de acuerdo a sus particularidades con el desarrollo de las negociaciones de paz entre el gobierno de dicho país y las guerrillas de las FARC o como el restablecimiento de las relaciones entre Cuba y EEUU, situaciones que revelan una tendencia a la solución política, lo que debería también asumirse en nuestro país, pues es necesidad del pueblo, de la sociedad peruana y sirve al desarrollo de la nación peruana. Lima 14 de octubre del 2015
Envío:ResumenLatinoamericano

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