8 de diciembre de 2016

LOS GENOCIDAS VUELVEN A CAMPO DE MAYO.

Polémica decisión del ministro Garavano: los genocidas vuelven a Campo de Mayo 
08/12/2016

El Servicio Penitenciario Federal habilitala Unidad 34 de Campo de Mayo, un centro penitenciario VIP con campo de deportes, canchas de voley, de fútbol y con quincho

El Servicio Penitenciario Federal habilitó la Unidad 34 de Campo de Mayo, un centro penitenciario VIP con campo de deportes, canchas de vóley, de fútbol y con quincho, ubicado en el predio del Ejército, para “alojamiento transitorio de los internos condenados por delitos de lesa humanidad”, publica Página 12.

 A pesar de que el establecimiento había sido cerrado en septiembre de 2013, a raíz de las “condiciones deficitarias de seguridad”, y de que las autoridades consultadas por este diario afirmaran la semana pasada que intentarían trasladar a ese destino a las mujeres detenidas con sus hijos en la Unidad penitenciaria de Ezeiza, la resolución 2004 del SPF aclara que tras las “refacciones en los sectores de tratamiento y seguridad del Instituto”, el mismo cuenta con “125 plazas de alojamiento”, que serán ocupadas por los genocidas alojados en la cárcel de máxima seguridad de Marcos Paz.

El alerta había sido dado por el traslado del ex teniente del Ejército, Aníbal Alberto Guevara Molina, condenado a prisión perpetua por el Tribunal Oral Federal 2 de Mendoza y quien actualmente es juzgado en San Rafael.

El viernes pasado, por la mañana, Guevara Molina fue efectivamente trasladado a Campo de Mayo sin mediar autorización del tribunal que tiene a cargo el control de ejecución de la pena, convirtiéndose así en el primer beneficiario de las refacciones invocadas por el SPF.
Fuente:DataJudicial



08 de diciembre de 2016
QUEJAS DE LOS ORGANISMOS DE DERECHOS HUMANOS POR EL REGRESO DE LOS MILITARES CONDENADOS A LA CÁRCEL DE CAMPO DE MAYO 
“El Estado de Derecho cede todos los días un casillero”
Se conoció la resolución sobre el traslado de condenados por delitos de lesa humanidad a Campo de Mayo que anticipó PáginaI12.
El predio de Campo de Mayo dejó de alojar a militares condenados en 2013 porque se consideró, entre otras cosas, que había riesgo de fugas. (Fuente: Adrián Pérez)
Por: Alejandra Dandan
“¡Eso no es una cárcel es un country con toda la onda setentoso, como eran las casas quintas de esa época!”. Francisco Madariaga no puede salir del asombro. En los años ‘80, iba al Instituto Penal de las Fuerzas Armadas en Campo de Mayo a visitar a quien todavía creía que era su padre, el apropiador Víctor Gallo, capitán del Ejército y carapintada sublevado contra la democracia. “Tenían unas piezas divinas, una proveeduría que era como una almacén de campo, podían caminar por el pasto, hacer deportes y no tenían aislamiento ninguno. Alguna vez me mandaron a buscar cubitos de hielo a la casa en la que estaba detenido Aldo Rico. Que además tenía su perro. Los chicos y los familiares cuando iban a visitarlos era como si fuesen a un día de campo. Por eso creo que esto que está pasando es muy grave, no se los está poniendo en la cárcel sino todo lo contrario”. 

Francisco habla de las noticias que se conocieron dentro de los juzgados federales desde el viernes pasado. El Servicio Penitenciario Federal comenzó a trasladar sin autorización de la Justicia a detenidos de las causas de lesa humanidad a la Unidad 34 de Campo de Mayo. Página12 reveló el hecho el martes, en una nota en la que se daba cuenta de un mail con el anuncio del traslado de un detenido que recibió uno de los jueces del Tribunal Oral Federal 2 de Mendoza. Con el correr de los días, idéntico mail fue recibido por dos detenidos en Bahía Blanca y por un detenido de la causa por el Hospital Posadas a cargo del TOF 1 de la Ciudad de Buenos Aires. El establecimiento de lujo con aires de country, espacios comunes y casas tipo chalet para el alojamiento de oficiales está ubicado dentro del predio del Ejército, y ahora es denominado Instituto Penal de Campo de Mayo. Había sido cerrado en septiembre de 2013 por el riesgo grave de evasiones por condiciones deficitarias de seguridad, luego de la fuga de dos represores detenidos en el Hospital Militar y de años de reclamos de organismos de derechos humanos. En ese momento, además, se tuvo en cuenta que los militares en actividad en esas unidades respondían a órdenes de los presos que habían tenido mayor jerarquía, ya que se consideraban sus subordinados. 

PáginaI12 accedió a la resolución emitida el 1 de diciembre pasado por el Servicio Penitenciario Federal, que dispone “el alojamiento transitorio de condenados o procesados por delitos de lesa humanidad” en la U34. La resolución menciona una capacidad de 125 plazas. Y tal como adelantó este diario, justifica esta decisión por la entrada en vigencia de la Ley de Flagrancia del 1 de diciembre y la subsiguiente falta de plazas en las cárceles comunes. Ni los querellantes ni el Ministerio Público Fiscal ni los jueces a cargo del control de ejecución de la pena consultados por este diario estaban al tanto de esta decisión, entendida como un nuevo privilegio para los integrantes de las Fuerzas Armadas condenados o procesados por causas de lesa humanidad en detrimento de otras poblaciones vulnerables.

“En su momento, hubo detenidos en ese penal acusados y condenados en causas en las que Abuelas de Plaza de Mayo era querellante, como fue el caso de (Jorge Rafael) Videla”, explica Alan Iud, abogado del organismo de derechos humanos. “Lo que marcamos ya en aquella época es que de ningún modo se podía establecer un régimen de detención de privilegio para personas condenas por desapariciones forzadas y delitos de lesa humanidad, no solo por la indignación que puede generar sino porque así lo determina por ejemplo la Convención Interamericana contra las Desapariciones Forzadas que establece, justamente, que no se puede establecer ningún régimen especial fundado en la condición militar de la persona en cuestión. El articulo 9° prohíbe explícitamente hacer distinciones en los procesos de juzgamiento de este tipo, centrado en la condición militar del imputado. En este caso, la resolución no invoca la condición de militar pero dice que está destinada a personas juzgadas por crímenes de lesa humanidad. Podría decirse que no se refiere sólo a militares, podría haber civiles, policías o miembros de otras fuerzas. Pero la experiencia en el pasado nos indica que se usó esa cárcel para los miembros de las Fuerzas, en particular del Ejército. Así que estamos evaluando las medidas a tomar si se dispone el traslado de procesados o condenados en las causas que somos querella”.

La resolución funda la medida en tres razones: vejez o ancianidad, “notable incremento de la población carcelaria” y entrada en vigencia de la Ley de Flagrancia.

En los primeros párrafos puede leerse: “Visto las presentes actuaciones y considerando que la Organización de Naciones Unidas en Nueva York en el año 2009 aprobó el manual con Recursos sobre Necesidades Especiales que en su capítulo 6 -reclusos de la tercera edad– establece un panorama general de necesidades”. Agrega que “los internos condenados y procesados por delitos de lesa humanidad -actualmente alojados en el Instituto Correccional de Mujeres U31–, constituyen una franja integrada por adultos mayores de sesenta años y que en su mayoría sufren diversos problemas de salud”. Señala, por otro lado, que “esta instancia no es ajena al notable incremento de la población penal alojada en establecimientos de la zona metropolitana” y que está atenta, también, a la sanción de la nueva Ley 27.272 que “apunta a implementar” de “manera rápida” los trámites penales”. Por todo, resume, resulta necesario habilitar la U. 34 para los detenidos de lesa humanidad “a fin de habilitarles asistencia médica adecuada a la tercera edad y así generar genuinas plazas de alojamiento en atención al creciente número de internos y además en tanto proyección de la Ley de Flagrancia”.

Como sucede con buena parte de las decisiones del gobierno, nada es en realidad lo que parece. Entre los detenidos ya trasladados no hay sólo presos de Ezeiza, sino también de Marcos Paz, como es el caso de Aníbal Alberto Guevara Molina a cargo del TOF 2 de Mendoza y Esteban Andres del TOF de Bahía Blanca. Por otro lado, los detenidos de Ezeiza cuentan con atención médica las 24 horas en el Hospital Penitenciario y acceso cercano a ese mismo Hospital para los que están alojados en la U31. Además, la Ley de Flagrancia –que tampoco debería permitir proyectar abundancia de detenidos–, entró en vigencia el 1 de diciembre mientras que el reacondicionamiento de la U34 lleva ya varios meses, dado que por lo menos a mediados de año el SPF puso a disposición una lista de pases para sus agentes. Lo que la resolución no dice, como señalan todos los consultados, es que se trata de un nuevo beneficio a los detenidos de lesa humanidad. No porque las unidades penitenciarias no deban contemplar condiciones como estas, sino porque las poblaciones más vulnerables no son las que acceden a ellos.

“Lo que se vuelve a ver es la selectividad del sistema penal y cómo el estado de derecho cede todos los días un casillero”, señala Jorge Auat, a cargo de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad. “La resolución tiene dos datos. Una primera cuestión que es de estructura, y habla de un edificio que evidentemente es un lugar de privilegio para una población carcelaria que rompe principios, como lo que significa la igual ante la ley. Y hay una segunda cuestión, como la puesta en marcha de un programa de apertura de lugares para alojar a una nueva población eventual de la flagrancia. Me parece que esto no es bueno. No sólo por la discriminación, sino porque encierra un mensaje peligroso como la preparación de cárceles para otros presos que de lo que habla es de violencia institucional”.
Carlos Pisoni, del HIJOS Capital, enmarca la reapertura de Campo de Mayo como parte del retroceso ocurrido desde el cambio de gobierno en las políticas de memoria, verdad y justicia. “Desde los dichos negacionistas del presidente que usa términos como la guerra sucia o discute el números de los desaparecidos, hasta el desmantelamiento de los programas de políticas públicas de la Secretaría de derechos humanos y el recorte de presupuesto. Esta medida del SPF que depende del ministerio de Justicia y Derechos Humanos apunta a otorgar un manto de impunidad a los genocidas. Quizá hoy no hay una ley de amnistía como pretendían, pero existen otros mecanismos como las domiciliarias otorgadas por el poder judicial y esta prisión VIP de parte del Ejecutivo. Ya habíamos luchado muchos años para que se desterraran las cárceles VIP y en su momento nos manifestamos por esto, con lo que se logró el cierre de Campo de Mayo. Queremos recordar el caso de Héctor Febres (el entregador de niños apropiados durante la dictadura, que murió en un envenenamiento mientras estaba en una dependencia de Prefectura y) que tenia DVD, celular y acceso a muchísimas personas. Pero además, esto ocurre con los militares mientras el resto de los presos no tienen este tipo de privilegios”.

Stella Segado estuvo a cargo de la dirección de Derechos Humanos del ministerio de Defensa hasta diciembre de 2015, un área que supervisó el cierre de la unidad. “Legalmente dentro de un predio militar no puede haber detenidos -dice–. Y esto no deja de estar dentro del predio militar. Justamente también eso motivó la resolución por la que se impidió la atención de los detenidos de lesa humanidad en los Hospitales Militares, porque no se podían atender allí porque no dejaban de ser unidades militares. Y siendo así no pueden tener presos en custodia. Lo que están haciendo con esto es volver atrás con todo lo que se había avanzado en la democratización de las Fuerzas Armadas. Estamos volviendo a un estado paralelo con hospitales y cárceles propios, haciendo una diferencia de cualquier ciudadano común y olvidando la condición de profesional militar. Esto tira por tierra el largo proceso que se inició desde el ‘83 en adelante donde se separó las Defensa de la seguridad interior, en el que estuvo la derogación de la justicia militar y la modificación del sistema disciplinario. Por eso creo que esto es un retroceso no sólo en la sociedad sino también hacia dentro de las Fuerzas Armadas y de sus nuevas generaciones”.

Uno de los emplazamientos de la U.34 es un galpón acondicionado al estilo cuadra militar, aunque además alrededor hay algunos chalets tipo barrio militar que también fueron afectados como cárcel hasta 2013. En uno de ellos estuvo alojado Videla. El espacio del galpón funcionó durante la dictadura como Cárcel de Encausados, según las partes consultadas. Allí hubo embarazadas secuestradas y partos ilegales. El lugar, además de todo esto, es considerado centro clandestino de detención.
Fuente:Pagina12

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