5 de marzo de 2017

NO A LA EUTANASIA DE UN GENOCIDA.

Casación rechazó un pedido de eutanasia de un ex comisario con prisión domiciliaria por la represión ilegal 
Si bien no se trata de un fallo novedoso por la jurisprudencia, sí lo es por algunas inusuales circunstancias del solicitante
5 de marzo de 2017 

El Centro Clandestino de Detención de Monte Peloni, donde se desempeñó el ex comisario mayor Argentino Alberto Balquinta 
El fallo de la Cámara Federal de Casación Penal no fue novedoso en lo que respecta a la jurisprudencia: el tribunal mantuvo el extendido criterio de rechazar la eutanasia, una figura que no está prevista por la legislación argentina, como tampoco lo está en la gran mayoría de los países del mundo. Sin embargo, el caso tiene su interés por lo inusual de las condiciones que lo rodearon.

Quien solicitó la asistencia del Estado para su muerte es un ex comisario de 85 años que al momento del pedido, a fines del año pasado, se encontraba en prisión domiciliaria purgando una pena por la desaparición de un abogado en el 77.

En 2012, el ex comisario mayor Argentino Alberto Balquinta fue detenido en 2012, cuando siendo testigo en el marco de otro juicio, surgieron pruebas respecto de su responsabilidad en el asesinato del abogado laboralista Carlos Alberto Moreno, en 1977, cuando era titular de la Comisaría 1ª de Olavarría. A Balquinta se le imputaron los delitos de coacción y privación ilegal de la libertad y, considerando que por el contexto del terrorismo de Estado se trata de delitos de lesa humanidad, fue detenido e incomunicado. Balquinta fue investigado también por su actuación en el Centro Clandestino de Detención Monte Peloni.
Los jueces de la Cámara Federal de Casación Penal Mariano Borinsky y Gustavo Hornos Dos años después, por su avanzada edad y su delicada salud, el ex comisario fue enviado a su casa bajo el régimen de prisión domiciliaria. El año pasado, con 85 años y una enfermedad terminal, presentó un hábeas corpus por intermedio de su abogado para solicitar su eutanasia.

Más allá de que en la Argentina la eutanasia no está admitida por el Código Penal -y en ese sentido fallaron los jueces Mariano Borinsky y Gustavo Hornos-, lo curioso del caso es el argumento que esgrimió: "agravamiento de las condiciones de detención", algo que generalmente aducen los presos que se encuentran en cárceles y penalas para pedir la prisión domiciliaria, pero que resultó extraño viniendo de una persona que ya se encuentra en su casa. También es inusual la vía intentada, por intermedio de un hábeas corpus, lo que motivó también su rechazo.
Fuente:InfoBae

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