22 de abril de 2017

EL ABOGADO DE ABUELAS CONTEXTUALIZÓ LAS PRISIONES DOMICILIARIAS A LOS REPRESORES.

20/04/2017 
El Abogado de Abuelas contextualizó las prisiones domiciliarias a los represores 
El abogado Alan Iud, de Abuelas de Plaza de Mayo, afirmó hoy que el fallo de la Corte Suprema que revocó una sentencia de la Cámara de Casación que impedía el arresto domiciliario de un represor condenado "no altera la jurisprudencia, por cuanto queda claro que se trata de un caso particular", pero advirtió que actualmente "no están dadas las condiciones para implementar un control sobre los detenidos" bajo ese régimen.

"El fallo no implica un cambio en la jurisprudencia, aunque en las estadísticas vemos que el número de prisiones domiciliarias a los genocidas aumenta progresivamente pero el gran problema es que el organismo de control de las prisiones domiciliarias, la Dirección de Control de Ejecución de la Pena no está dotado de recursos para llevar adelante su tarea", dijo a Télam el letrado patrocinante de Abuelas.

De esta manera, Iud se pronunció sobre el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que resolvió por mayoría de tres votos a dos en contra revocar la sentencia de la Cámara Federal de Casación Penal que dejaba sin efecto el arresto domiciliario del represor Felipe Jorge Alespeiti.

El teniente coronel retirado Alespeiti, de 85 años, tiene una condena (sin sentencia firme) a 22 años de prisión por 107 secuestros y desapariciones, entre los cuales se cuentan las del escritor Haroldo Conti y Marcelo Gelman, hijo del poeta Juan Gelman. Iud señaló además que el fallo menciona entre los controles al Patronato de Liberados, "organismo que fue disuelto" en el plano nacional y cuya tarea realiza en la actualidad la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal, y aseveró que "no está dotada de recursos, cuenta con sólo 70 personas en todo el territorio nacional y no tiene reglamento para actuar".

"Lo adecuado sería que la Corte Suprema de Justicia dispusiera de los recursos humanos y logísticos para que funcione correctamente y dicte un reglamento lo más pronto posible", apuntó.

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal había revocado el arresto domiciliario de Alespeiti sobre la base de considerar el riesgo de fuga y el compromiso de la responsabilidad internacional del Estado argentino de garantizar efectivamente el cumplimiento de la pena, que en este caso había demorado 36 años.

Además, tuvo en cuenta que en este tipo de causas debía considerase la capacidad de la persona de influir en las estructuras de poder del que formó parte y con el que conformó una red continental de represión.
Fuente:CadenadelSol

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