20 de mayo de 2017

OPINIÓN.

Especialistas opinan sobre la factibilidad del juicio político a la Corte Suprema tras el 2x1 
Sábado 20 de Mayo
Diego Pintos 
Después del fallo que benefició a genocidas sentenciados por crímenes de lesa humanidad, el rechazo fue generalizado. Responden y reflexionan Eduardo Barcesat, Eugenio Raúl Zaffaroni, Guadalupe Godoy y Pablo Llonto.

Luciano Benjamín Menéndez. Ex General de División, destituido por crímenes de lesa humanidad. Dirigió la represión terrorista estatal de las Fuerzas Armadas y de Seguridad en diez provincias, mientras estaba al mando del III Cuerpo de Ejército, en Córdoba. Fue enjuiciado. Luego indultado en 1990, tres días antes de que se iniciara el juicio en su contra. En 2005 fue procesado por delitos de lesa humanidad. Tres años después se lo condenó a prisión perpetua, en carácter de coautor mediato por el secuestro, tortura y desaparición de cuatro militantes del Partido Revolucionario de los Trabajadores (PRT), en 1977 en el Centro Clandestino de Detención, Torturas y Extermino conocido como La Perla. Pidió prisión domiciliaria. Se la revocaron. Fue a cárcel común, vinculado -al menos- a 139 causas por delitos de lesa humanidad, siendo el militar argentino con mayor cantidad de condenas a prisión perpetua de la historia argentina. Esta semana, en el contexto político actual, pidió el beneficio de la ley del 2x1. Es decir, su virtual libertad. ¿Cómo pudo ocurrir esto?
Otros militares también se envalentonaron ante el bochornoso fallo al que arribó la Corte Suprema, con los votos a favor de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Elena Highton de Nolasco. Así, Miguel Etchecolatz, el cura Christian Von Wernich, el ex subjefe de la Unidad Penal 9 de La Plata Isabelino Vega, el guardiacárcel de esa unidad Raúl Rebaynera, dos médicos penitenciarios que actuaron en esa cárcel, Carlos Domingo Jurío y Enrique Corsi; los civiles de inteligencia castrense Claudio Grande, Rufino Batalla y Raúl Espinoza -condenados en la causa por crímenes en el centro de detención "La Cacha"-, y el civil apropiador de una niña Omar Alonso, alzaron sus respectivos pedidos.
Este es el escenario. La tenebrosa idea genuina de que los genocidas puedan ser indultados de alguna forma. Liberados por algún vericueto legal. Interpretaciones. Y que caminen por la calle como cualquiera del resto de los ciudadanos. Revista Cítrica conversó con letrados como Eduardo Barcesat, Eugenio Raúl Zaffaroni, Guadalupe Godoy y Pablo Llonto, para poder comprender en profundidad este nuevo-viejo conflicto que afecta los intereses de los derechos humanos de la comunidad nacional e internacional.
Transcurridos varios días del nefasto fallo, una multitudinaria y emocionante marcha de por medio, el repudio generalizado -hasta de quienes no están acostumbrados a repudiar con vehemencia-, muchos conceptos se alzaron, y desde los más variados aspectos: desde lo técnico, lo formal, lo reglamentario, lo moral, lo social, lo político, entre muchas otras ideas, prismas y percepciones. ¿Qué parte de la democracia mundial se habrá lesionado con mayor degradación tras el fallo?
"La gravedad máxima del fallo de la Corte es que, escudados en el criterio jurídico, lo que pretenden es instalar una suerte de conmutación de penas, o de amnistía. Eso es lo que más ha impactado en el imaginario general, y por eso tuvo la respuesta social que ocurrió", dijo Guadalupe Godoy, abogada del desaparecido en democracia Julio López, actualmente trabajando para la familia de López, conocedora como pocos de la vida y obra del genocida Miguel Etchecolatz. "Es la instalación de la idea de que los juicios a los genocidas de lesa humanidad tienen que cesar; que estamos ante viejitos que por razones humanitarias el tema de los juicios debe terminar. Entonces, encontraron en la ley del 2x1 una excusa jurídica. Pero si esto no hubiese existido, lo hubiesen hecho de otra manera" expresó.
Por su parte, el abogado constitucionalista Eduardo Barcesat sostuvo que el fallo, desde el punto de vista legal, "es lamentable". "Quebranta la estructura jerárquica del orden jurídico positivo argentino". Cabe recordar que la ley suprema de la nación se integra con la Constitución Nacional y con los tratados internacionales de Derechos Humanos. Entre ellos, hay dos específicos: el de Prevención y Sanción del Genocidio, y el de los Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad. "Ante estas normativas, la concesión de beneficios debe ser absolutamente descartada, por tratarse de crímenes que afectan a la humanidad como tal. Son parte de tratados internacionales de Derechos Humanos y no una ley penal interna de la Nación. Por eso es inviable el orden argumental que ensayó el voto de mayoría de la Corte Suprema".
En los años 92, 93 y 95, tanto la Comisión Interamericana de DDHH como la Comisión de DDHH de Naciones Unidas, aclararon que el Punto Final, la Obediencia Debida y los Indultos Presidenciales eran nulos y lesivos de la respectiva Convención. "De manera que no había ningún vacío interpretativo ni legal", sentenció Barcesat. "El repudio unánime y masivo de la opinión pública, descategorizando el fallo y a sus autores, llevó a la radicación de juicios políticos contra los tres ministros, que no deberían detenerse o demorarse ante la espera del nuevo fallo. Porque esto ya se trata de mal desempeño o posible comisión de delito de prevaricato, ya incurrido. De modo que no hay ninguna razón para enjuagar con un nuevo fallo, la afectación a la conciencia jurídica universal en que incurrieron los tres ministros de la Corte", sostuvo el letrado.
"El fallo del 2x1 puede tener una gran cantidad de consecuencias si no se le pone el freno a cualquier intento del poder judicial de avanzar, amparándose en los variados principios que tiene el derecho penal, el derecho en general y la interpretación -que siempre en definitiva es lo que prevalece en las sentencias-. Van a seguir con la idea de la interpretación de leyes más benignas a favor de los genocidas", aseguró el abogado especialista en derechos humanos, Pablo Llonto. "Ese es el criterio que hay que frenar, ese es el golpe más duro. Esto fue una cuestión concreta", sentenció.
Agregó además que, en un escenario imaginario y llevando la cuestión hasta el extremo de lo absurdo, los jueces de la Corte podrían tomar como parámetros leyes que beneficiarían a los genocidas desde 1976 en adelante. "Te van a tomar una ley de la dictadura, van a decir: 'bueno, esta es la más benéfica desde que ocurrieron los hechos, el delito permanente se sigue cometiendo -la desaparición forzada- por lo tanto en el trayecto del delito apareció este fallo'. Por eso es grave la consecuencia que puede traer el no ponerle coto, freno, y tirar abajo esta sentencia del 2x1", señaló.
En ese sentido, el jurista y ex miembro de la Corte Suprema de Justicia Eugenio Raúl Zaffaroni consideró varios puntos a tener en cuenta. "La retahíla de sentencias regresivas, entre ellas, (el caso) “Fontevecchia”, prescriptibilidad de las reparaciones civiles por delitos de lesa humanidad, prohibición de sindicalización policial y, finalmente “Muiña”. En cuanto a omisiones, no es menor la demora en resolver la situación de Milagro Sala. Esto muestra una tendencia ideológica poco saludable".
Zaffaroni sumó además "errores técnicos y jurídicos graves, como en “Fontevecchia”, en que la Corte Suprema se hace juez de la competencia de la Corte Interamericana; o en “Muiña”, que se quiere aplicar retroactivamente una ley procesal más benigna, cuando el acto procesal no se había cumplido en vigencia de la ley, no había retroactividad posible. Además, se pretende ignorar la diferencia entre delitos instantáneos y permanentes".
Fuente:InfoNews

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