6 de febrero de 2021

TROPEL 2 del 06.02.2021.

 

Cortaron alambrados y tiraron muelles 

clandestinos para liberar las costas 

del lago Moreno



























Resumen Latinoamericano, 5 de febrero de 2021.

En la mañana de hoy, con un bote semirrígido, el delegado municipal de Lago Moreno, Claudio Otano, encabezó, junto con la subsecretaria de Protección Civil Patricia Díaz, el soporte de Prefectura Naval y personal municipal, el operativo para eliminar los obstáculos que existen en varios tramos de la costa del lago Moreno. Este es de jurisdicción municipal, a diferencia de Nahuel Huapi, Gutiérrez, Guillelmo y Mascardi, que son competencia de Parques Nacionales.

El recorrido, que es el primer paso hasta completar un extenso trazado, sirvió no solo para verificar la enorme cantidad de “obstáculos”, sino para ir retirando alambrados y verificando la existencia de alrededor de 80 muelles “irregulares”. Hasta bastante entrada la tarde seguían con la recorrida y se espera que para las última horas de hoy o mañana haya precisiones de los lugares que se fueron liberando.

Según Otano le dijo a El Cordillerano, “esto se hace a los efectos de garantizar los derechos consagrados en el artículo 73 de la Constitución Provincial, el artículo 1974 del Código Civil de la Nación y la ordenanza 1694 creada en 2015, que establece un férreo régimen administrativo entre la costa de uso público y la propiedad privada”.

Cabe mencionar, que la norma comunal establece que la franja de uso público entre la costa y la propiedad privada debe ser de 35 metros y el Código Civil habla de un camino de sirga de 15 metros.

“Tenemos todo el amparo legal para que el Municipio actúe de oficio, porque son grandes extensiones de alambrados y de otros tipos de materiales que se introducen en el lago Moreno siguiendo la línea de los privados y que obstaculizan el libre tránsito y permanencia de las personas sobre la costa”, había adelantado Otano a este medio.

Recalcó que nunca se hizo un operativo de esta naturaleza, ya que siempre se habló, se crearon ordenanzas, pero nunca se accionó de manera directa y de oficio, como en esta oportunidad.

“La idea es empezar a generar una concientización, donde no hay privilegios y la ley es justa para todos. Esto no sería posible sin la firme convicción del intendente Gustavo Gennuso de apoyar estos procedimientos, porque quienes alambran el paso al lago son ocupantes del espacio público. Entonces, así como reaccionamos cuando hay ocupaciones de terrenos fiscales, también debemos hacerlo en este tipo de casos, porque representa una flagrante ocupación del espacio público”.

Fuente: El Cordillerano.



Reclamo y acampe de familiares de 

personas privadas de su libertad 

frente a la Corte Suprema de Justicia





















Resumen Latinoamericano, 5 de febrero de 2021

Familiares de personas privadas de su libertad resolvieron un acampe en las puertas de la Corte Suprema Nacional para exigir que se respeten los derechos vulnerados de las personas que hoy se encuentran en el encierro. “No podemos seguir soportando el accionar impune del servicio penitenciario, avalado por el Poder Judicial”, manifiestan. Presentaron un petitorio dirigido al Poder Ejecutivo Nacional y Provincial y también al Poder Legislativo. Reclaman fundamentalmente morigeración de penas y arrestos domiciliarios para personas privadas de libertad que son población de riesgo frente al COVID-19. Además, denuncian la ausencia de medidas sanitarias para evitar la propagación de la pandemia que profundizan las condiciones inhumanas de detención. 

Desde este lunes los familiares llevan adelante un acampe por tiempo indeterminado frente a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para denunciar el accionar del servicio penitenciario federal y bonaerense: aumento de asesinatos y suicidios, torturas, causas armadas y falta de elementos de limpieza e higiene para evitar la propagación del coronavirus en las cárceles.

“Ante el desinterés absoluto por parte del poder judicial, ante el mayor atropello jamás visto en la historia de las cárceles por parte del Servicio Penitenciario bonaerense (SPB) ,ante el desprecio vergonzoso por la vida humana a cargo de salud penitenciaria los y las familiares de los privados de libertad nuevamente nos autoconvocamos, esta vez frente a la Corte Suprema, para seguir poniendo en evidencia el incumplimiento de los derechos humanos de nuestros hijos e hijas, de nuestros privados de libertad”, expresó Alfredo Cuellar, referente y militante por los derechos humanos y familiar de Florencia “la China” Cuellar, asesinada en 2012 estando en custodia del Servicio Penitenciario Federal.

Oscar Escobar, otro de los familiares de presxs frente a Tribunales agregó: “Ni siquiera cumplen con el Pacto de San José de Costa Rica que tiene rango constitucional, que no permite más de dos años de cárcel sin condena y solo casos muy complejos pueden ser tres. Y nosotros tenemos una enorme cantidad de prisionerxs que ya cumplieron sobradamente los plazos y siguen en prisión preventiva. Cabe destacar, que la provincia de Buenos Aires tiene más de 45 mil presxs, es decir una superpoblación que supera el 100 por 100. Si no tenemos justicia ellos no tendrán paz”.


Compartimos el petitorio presentado en mesa de entradas que aún no tiene respuesta.

PETITORIO A LA CORTE SUPREMA DE NACIÓN

Sr. Presidente Carlos Rosenkrantz.

S/D:

QUIENES SUSCRIBEN: FAMILIARES DE DETENIDOS NACIONALES de norte a sur y de este a oeste del país ,nos hacemos presente y por derecho propio ART 89 de C.P reunidos en acampe permanente , a la espera de una resolución favorable y con acompañamiento de HUELGA PACÍFICA, por parte de los detenidos a nivel nacional en las distintas cárceles de los distintos servicios penitenciario del país. Y decimos.

Que debido a la nueva ola de público conocimiento de la rápida propagación y el alto índice de contagio del virus COVID-19 ( coronavirus) y la inexistencia de un tratamiento y/o vacuna para su cura o prevención, se ha entendido por los especialistas que la única manera de prevenir y frenar el contagio de forma masiva y por ende el colapso del sistema de salud es, lograr el distanciamiento social y tomar medidas higiénicas básicas como el frecuente lavado de manos y la correcta desinfección de los espacios de uso habitual.

Que como usted bien sabe, el alto índice de hacinamiento que existe en las cárceles de la provincia de Buenos Aires que actualmente supera en un 113% la capacidad de alojamiento de los internos sumado a las deficientes condiciones edilicias que conlleva a una incorrecta provisión de agua potable, ya que en muchos casos, se cuenta solo con una canilla de agua en funcionamiento por pabellón, hacen que las medidas básicas de prevención para evitar el contagio sean irrealizables. Por ello lo que se puede prever, es que en caso de existir algún infectado con el COVID-19 dentro de la unidad o pabellón, se dará una rápida propagación de la enfermedad entre el total de los internos, lo que podría conllevar a que se genere una de las peores crisis sanitarias y humanitarias en la historia de las cárceles bonaerenses, y como dijimos anteriormente, esta estará generada fundamentalmente por el EXCESIVO HACINAMIENTO, hacinamiento que fue producido principalmente por las leyes que elevaron los montos de las penas y prohibieron a las Personas Privadas de la Libertad acceder a las Libertades Anticipadas y llevar adelante un Proceso de Resocialización basado en el Estimulo y las Recompensas que debería brindar el Estado a aquellos internos que se esfuerzan por adaptarse a la Sociedad, que por otro lado no solucionaron el conflicto del delito. Todo ello nos llevo a la actual situación de crisis y para lograr revertirla solicitamos se tomen las siguientes medidas primero garantizando los derechos que la ley ordena.

AL PODER JUDICIAL NACIONAL O PROVINCIAL SEGÚN CORRESPONDA SOLICITAMOS:

– Que se habilite en forma Urgente el trabajo en los Recintos Judiciales Penales (Juzgados Tribunales Y Procuradurías) como en las procuraciones penitenciarias a fin de que se resuelvan y presenten pedidos por parte de las personas Privadas de la Libertad.

– Se otorguen las medidas alternativas a la prisión tendientes a resguardar con urgencia la salud de aquellos internos comprendidos dentro de los grupos de riesgo (mayores de 60 años; con patologias precedentes que los tornen vulnerables, etc.), a través del otorgamiento de Prisiones Domiciliarias, o medidas alternativas a la prisión, sin tener en cuenta el tipo de delito o monto de condena.

– Se le otorguen Prisiones domiciliarias o alternativas de la prisión a aquellos internos que se encontraban gozando, hasta el surgimiento de la crisis, de salidas transitorias en todas sus modalidades (educación, trabajo o fortalecimiento familiar), a fin de disminuir el hacinamiento dentro de la unidad.

Se le otorgue la libertad de forma excepcional a aquellos internos que cumplan con los requisitos formales (buena conducta) y temporales para acceder a los institutos liberatorios (libertades condicionales y asistidas), y sin tener en cuenta las limitaciones por el tipo de delito establecidas en los artículos 14 del Código Penal, y 100 de la ley 12. 256.

– Se declare, de forma excepcional, mediante pedidos concreto la inconstitucionalidad de todas aquellas normas (arts. 13, 14, 55 CP; 56 bis de ley 24.660; 100 de ley 12.256) que restringen los Principios de Progresividad de la Pena, y Reinserción Social, (arts. 5.6 CADH y 10.3 del PIDCP.) al negar las libertades anticipadas (transitorias, condicionales y asistidas) a los detenidos por cierto tipo de delitos como también se orientan a confiscar el proyecto de vida humana por el excesivo monto temporal que convierte a las penas en penas de muerte encubierta, y que son dichas restricciones la principal causa del hacinamiento en las Unidades penitenciarias bonaerenses como se reconoció por el derecho penal internacional y en el transcurso del fallo “Verbitsky”.

– Se recomiende al Poder Legislativo tanto Nacional como de la Provincia de Bs. As que reformen todas las normas penales como de Ejecución Penal que restringen la posibilidad de concretar un proyecto de vida como el acceso a los institutos liberatorios ( ARTS. 13, 14 y 55 del Código Penal, 100 de la Ley 12. 256) y que se busque efectivizar el tratamiento prometido por las distintas leyes nunca cumplido en su totalidad demostrando así un verdadero compromiso por la solución del conflicto real.

AL PODER EJECUTIVO NACIONAL O PROVINCIAL SEGÚN CORRESPONDA SOLICITAMOS:

– Se otorguen Conmutaciones de Pena y/o Indultos de Pena desde un treinta por ciento para todas las condenas incluyendo a las Prisiones Perpetuas para todas aquellas personas que demuestran haber alcanzado los niveles de progresividad que la ley requiere dentro del cumplimiento de las mismas en contextos permanentes de agravamiento de las condiciones de detención.

– Se realice una Comisión Observadora y Especial en las que se nos incluya a fin de aportar y para controlar con urgencia los informes técnicos criminológicos, se digitalicen y así aumentar el control individualizado de los mismos para no dejar de evaluar el nivel de búsqueda de capitalización de los privados de su libertad.

-Se otorguen apoyo económico a todas aquellas Cooperativas que empleen a Liberados a fin de impedir la reincidencia en los delitos de supervivencia.

– Se amplíen los recursos económicos para los Patronatos de Liberados a fin de que acompañen a las personas liberadas y les brinden un apoyo efectivo, como también se garantice la entrega para los privados liberados del monto del 20 por ciento del salario base de un empleado penitenciario como la ley lo promete.

AL PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL COMO NACIONAL SEGÚN CORRESPONDA SOLICITAMOS:

-.- Se suprima el segundo párrafo del artículo 100 de ley 12.256 en cuanto restringe el acceso a la Libertad Asistida y Salidas Transitorias a los condenados, por cierto tipo de delitos. El articulo nombrado es violatorio de los Principio de Progresividad de la Pena, y de Reinserción Social, establecidos en los Artículos 5.6 de la Convención Americana de Derechos Humanos y 10.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Dichas restricciones son la principal causa del hacinamiento en las Unidades Penitenciarias y no han solucionado el conflicto del delito sino más bien responden a teorías retributivas de la pena que son incompatibles el artículo nro. 18 de la CN.

– Se amplíen las recompensas y estímulos educativos y laborales, adelantando las fases de la progresividad de la pena, establecidas en el art. 41 bis de la ley 12.256 para todos aquellos internos que se esfuercen y avancen en las capacitaciones educativas y laborales.

Se reformen las Leyes Procesales de la Provincia (art. 169 del CPP por ejemplo) en cuanto deniegan las excarcelaciones por cierto tipo de delitos y los cuales no especifican tiempos perentorios.

Se adecue nuestro Código Penal a los principios de racionalidad, no contradicción y sistematización presentando la armonía requerida con nuestros principios Convencionales y Constitucionales adecuando el máximo de la pena en acuerdo con un proyecto de vida realizable garantizando así la readaptación que tiene como fin la pena y siendo consecuentes con los dos fundamentos principales de la misma según nuestra Constitución Nacional (Seguridad y Readaptación Social según art. 18 CN), dentro de un sistema de progresividad de la pena, garantizando el tratamiento prometido por la ley y no cumplido y no confiscando la vida humana por medio de penas que superan los 30 años y dejan sin posibilidad de redención a los desviados.

Se ordene a los señores magistrados de los distintos juzgados de ejecución penal se ajusten a derecho a la hora de otorgar los institutos libertarios. El avance en el régimen progresivo de la pena, debiendo ser desvinculante los informes criminológicos del SPB ya que los mismo son malicioso y agravantes a la hora de ser tomado en cuenta.

Se conforme una comisión con veedores civiles como FAMILIARES Y VÍCTIMAS para realizar una junta y decidir sobre libertades.

Se conforme una comisión con familiares y entidades de derechos humanos para causas armadas.

Se respete los pactados y tratados internacionales firmados por el país en común acuerdo con el resto de la Naciones firmantes.

Se hace hincapié al art.75 Inc 22 en la totalidad de sus párrafos del pacto San José de costa Rica

Se respete y se ordene a los señores magistrados de los distintos juzgados de ejecución penal el respeto por la Constitución Nacional en su totalidad y especial hincapié al ART 16 de la misma.

Se declare inconstitucional la ley PIETRI Y LA reforma del año 2017 de la ley 24.660 por ser contraria a la progresividad y recesión social y familiar de reo.21.

Se declare definitivamente la inconstitucionalidad el ART.52 por ser violatorio, denigrante, discriminatorio y una pena de muerte en contexto de encierro la cual es inexistente en el país, tal como lo es en los países donde la pena de muerte si es existente.

Fuente: ANRed



El Manifiesto ante la Soberanía Nacional 

en peligro





















Resumen Latinoamericano, 5 de febrero de 2021. 

El Manifiesto Argentino expresa públicamente que considera de absoluta necesidad el imperioso y urgente restablecimiento de la Soberanía Nacional sobre todos nuestros ríos, costas marinas e islas del Atlántico Sur.

En conocimiento de que las concesiones de puertos terminan en abril de este año 2021, al igual que todos los permisos de uso incontrolado de nuestro río Paraná y afluentes, y en vista de que no tendría ningún costo para el Estado Argentino recuperar los puertos concesionados, que deberían pasar al sector público, El Manifiesto Argentino se pronuncia en favor de que el gobierno y el Frente de Todos definan los modos más urgentes y adecuados para controlar todas las exportaciones e importaciones argentinas, y en particular y en especial las conectadas con el Océano Atlántico y el mundo. Las que partir de ahora deberán ser sometidas a estrictos controles, y no ser nunca más aguas liberadas para circulaciones descontroladas y contrabando.

La Argentina no debe resignar su condición de país marítimo, y ahora, después del desdichado período claudicante del gobierno anterior, es imperativo reafirmar la soberanía y nuestros derechos sobre todos los ríos interiores, espejos de agua, Mar Argentino, Islas Malvinas usurpadas y las demás islas del Atlántico Sur reivindicadas por décadas, así como la porción de la Antártida que hemos ocupado y atendido consistentemente desde hace más de un siglo.

Todo eso está en peligro en estos días, y le toca a nuestro gobierno reafirmar la soberanía argentina en los próximos días e implementar sistemas de control, pesajes e impuestos como se hacen en todos los puertos del mundo, y no meras “declaraciones juradas” que nadie controla.

El Manifiesto Argentino sostiene que la soberanía no es un concepto teórico ni retórico solamente, tal como quedó claro para el mundo cuando en el siglo 19 potencias extranjeras pretendieron dominar el río Paraná, y fueron frenadas por la inolvidable y heroica gesta del 20 de noviembre de 1845 en la Batalla de Vuelta de Obligado, cuando las fuerzas criollas de la Confederación Argentina al mando de Juan Manuel de Rosas derrotaron a la flota anglo-francesa impidiendo el dominio de las dos potencias sobre nuestro mayor río interior.

La importancia de aquel hito histórico se ratifica hoy en el hecho de que navegan el Paraná y el Plata cerca de 6.000 barcos por año, transportando el 80% de las exportaciones argentinas, por lo que es tan impensable ceder nuestra soberanía como es inminente reafirmarla.

El Manifiesto Argentino denuncia las ambigüedades y oscuridades textuales del decreto 949/2020, en base al cual en diciembre de 2020 se delegó en el Ministerio de Transportes el control de la “Sociedad del Estado Administradora Federal de Hidrovía”, creada por nuestro gobierno en agosto de 2020 e integrada por el Estado Nacional (51% del capital social) y las siete provincias ribereñas del Paraná: Santa Fe, Buenos Aires, Entre Ríos, Chaco, Formosa, Corrientes y Misiones. Esa Sociedad no ha dado señales de trabajo alguno y por eso parece inevitable el desastre político, geoestratégico y moral que significaría perder la soberanía.

Es imperativo reafirmar el pleno, total y efectivo control en materia de transporte fluvial y comercio exterior, asegurando que las exportaciones argentinas salgan al mar navegando aguas argentinas y con todos los debidos controles fiscales y operativos.

Por lo anterior, El Manifiesto Argentino comparte el espíritu patriótico de las gestiones del Senador Jorge Taiana, a quien apoyan más legislador@s, a fin de esclarecer la concesión, modernización, ampliación, operación y mantenimiento del sistema de señalización, dragado y mantenimiento de la Vía Navegable Troncal, así como sobre el urgente llamado a licitación pública nacional e internacional para la construcción del canal Magdalena, obra ya incluida en el Presupuesto 2021 y que evitará el absurdo de que para navegar de cualquier puerto patagónico a cualquier otro sobre el Paraná deba pasar por puerto extranjero y pagando cánones y demoras inadmisibles.

El Manifiesto Argentino adhiere y hace suyas las prevenciones de diversas personalidades tanto civiles como de origen militar, que en defensa de nuestra soberanía impulsan que el gobierno reafirme los derechos argentinos y garantice que las exportaciones por el Paraná desemboquen en el canal Magdalena, bajo control nacional, con salida directa al Atlántico y fuerte reducción de peajes al obviarse el desvío por Montevideo.

El Manifiesto Argentino sostiene que si no se deroga este decreto con toda urgencia y no se toman las medidas pertinentes, ello implicará la inadmisible renuncia de hecho de la República Argentina a su histórica soberanía sobre el río Paraná y el Mar Argentino.

En la República Argentina, 1º de Febrero de 2021.

FIRMAN:

Mempo Giardinelli, Graciela Bialet, Pedro Peretti, Horacio González, Lidia Borda, Maria Teresa Andruetto, Fortunato Mallemaci, Luis Borda (Munich, Alemania), Noé Jitrik, Tununa Mercado, Horacio Rovelli, Carmen Guarini, Jorge Francisco Cholvis, Graciela Falbo, Sandra Russo, Fernando Alonso, Irene Chikiar Bauer, Alejandro Apo, Andrés Avellaneda, Carlos del Frade (Dip.Prov.Santa Fe), Graciela Rosso, Pedro Jaime Kesselman, Miguel Rodríguez Villafañe, Marisa Duarte, Conrado Yacenza, Néstor Piccone, Miguel Russo, Josefina Bolis, Ariel Garbarz, Claudio Lozano (Unidad Popular, Director Banco Nacion), Letizia Quagliaro (presidenta Unidad Popular), Hugo Godoy (Sec. Gral. ATE y adjunto CTA A), Ricardo Peidró ( Sec. Gral. CTA A), Victor De Gennaro (Unidad Popular), Judith Said, Maria Seoane, Telma Luzzani, Alejandra Dixon, Jose Cruz Campagnoli, Alicia Castro, Liliana Mazure, Moisés Solorza (Río Grande, Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur), Elena Liberatori, Alejo Lipsich, Mario Volpe, Néstor José Piccone, Jorge Elbaum, Juan Pablo Olsson, Delfor Pocho Brizuela (Secret. DDHH de La Rioja), Gabriel Monserra (Rosario), Francisco Romero y Luis Robles (Chaco), Monica Polidoro (Rosario) Jean Pierre Noher, Larry Levy, Cristina Banegas.

Del Centro de Capitanes de Ultramar (CABA) firman: Capt. Sergio Dorrego, Capt. Carlos Horacio Paz, Capt Víctor Delgado, Capt. Roberto Lara, Maquinista Naval Superior Alfredo Moro, Dra Verónica Deus, Pilotín Maximiliano Martín Vaccarezza.

MA Chaco (Francisco Romero, Luis Robles, Roberto Andrada, Marina González, Enrique Dambra, José Uriona, Andrés Bernald, Jorge Gaña, Jorge Alberto Riquelme)
MA Misiones (Carlos Daniel Resio, Silvia Días, Cecilia Nevot y Octavio Estévez.
MA Mendoza (Laura Rudman Balmes, Julio Rudman)
MA Formosa (Orlando van Bredam)
MA Córdoba (Pablo Sigismondi, Sebastián Cantoni, Mónica Ambort, María Angélica Möller, Juan Pablo Verguilla, Leandro Calle, Carlos Imondi, Fernando López, Jorge Felippa, Mirella Canu)
MA CABA (Gabriela Horischnik, Alma Rodríguez, Maria Cristina Palmiero, Pedro Jaime Kesselman)
MA Salta: Fernando Tilca; Ana María Lamagn.
MA Salta, Orán (Gerardo Nicolópulos, Carlos Bellagio, Jorge Vargas)
MA La Pampa (Elena Monica Rodriguez
MA Río Negro (Manuel Heil, Nancy Edith García, Eva Griselda Voillar, Claudia Beatriz Wufuting,
MA Prov.Bs.As. (Graciela Falbo, Capt.de Ultramar Omar Deus, Georgina De Genaro,)
MA San Miguel (Miguel Angel Petruello)
MA Neuquén (Alcira Cassino, Horacio Sánchez, Susana Bandieri)
MA San Martin de los Andes (NQN) Nora Acebo 6223872, Jorge Casas 8274915.
MA Villa María, Cba (Sonia Ramadori)
MA La Rioja, Miguel Angel Oviedo Alvarez
MA Concordia (Entre Ríos) Carlos Avelino Monná
MA Rosario (S.Fe) Paula La Negra Sosa, Esther Tocalli, Walter Valente, Hugo Olguín
MA Trelew (Chubut) Carlos Silvestri García, Francisco Schiavone
MA Entre Ríos: Julio Signes, Ruben Belegoti, Silvia Matas, María Jose y Claudio Angelino, Lia Schvartz, Griselda Cavandie, Daniel Amarillo, Alicia Glausen, Ana Schamle, Alfredo Caino (Paraná).

De la CABA: Margarita Eggers Lan, Alicia Plante, Guillermo Asencio, Noemí Carpanero, Julio Mandel, Sara Melul, Carmen Guarini, María Candela, Silvia Traverso, Ricardo Leyes Villarreal, Adriana Bruno, Martha Raquel Goldberg, Alicia Andrada, Mara Graciela Melul, Matías Ros, Beatriz Spíndola, Norberto Guillermo Jakubowicz, Silvia Cotllar, Adriana Rapetti, Matías Ros, Beatriz Spíndola, Guillermo Asencio, Silvia Reber, Mirta Leon, Sergio Rabec, Flora Choihed, Graciela Jacquemoud, Martín Mujica, Agueda Escalada, Juan Miranda Ana Mangeri, Roberto Emilio Fajardo, Liliana Lucisano de Fajardo, Miguel Venditti, Ángel Strazzeri, Juan Carlos Mielnikowicz, Adriana Rapetti, Annabella Yanes, Daniel Soria, Juan Toraño.

De Chaco: María del Rosario Camors, Héctor Benítez, María Rosa Filipponi, María Julia Morresi, Miguel Angel Molfino, Amalia Delfina Cisneros, Mariana Jaroslavsky.

De Córdoba: Marta Susana Briceño, Susana Malem, Cecilia Malem, Alberto Francisco Daghero.

De Entre Ríos: Domingo Rivero (Partido Solidario), Mauricio Arce (Alcaraz), Eduardo Fidel Cullen (Victoria), Montero Emanuel Leonel (Victoria), Weber Silvia Raquel (Victoria), Castaño Victoria Eliana, Lucero Eldeveis Vanesa Paola, Mónica Graciela Zalazar, Florencio Ismael Montero, Weber Cesar Ernesto Darío
Hugo José Pérez, Alejandro Esteban Ramírez, Gabriel Ocampo (P. Solidario) Gina Alzugaray (P. Solidario), Jorge Paggi (P. Solidario).

De Neuquén: Juan Celli, Jorgelina Quinteros, Pablo Meuli, Aida Pérez.

De Reconquista (S:Fe): Marcelo Schiavetti, Gustavo Necuzi, María Cristina Demelas, Daniel Gozainy, Alba Zanón, Norberto Beccaria, Mariano Yedro, Sebastián Spiller, Leticia E. Ferlini, Adriana Ortiz, Aurelio Argañaraz, Edgard Ferreyra, Carolina Diaz.

De Trelew, Chubut: Juan María Escobar, José Luis Giussi, Eduardo Gaudiano, Héctor Eduardo Oyarzún, Carlos Alberto Urbina

De Tucumán; Luisa Vivanco…y los que se suman a este form:

Nombre completo Lugar de residencia

Maria Jose Hansen Mar del Plata, Provincia de Bs. As.
ANÍBAL LEZCANO Puerto Madryn
Luisa Vivanco Tucumán
Lucrecia Cella Pizarro Puerto Madryn, Chubut
Aída Carmen Pérez Neuquén
Jorge Eduardo Gaña Chaco
Jose Sbattella La Plata
Luis Robles Resistencia – Chaco
Jorge Elbaum CABA
García Joana Marisel Resistencia_chaco
María del Pilar Alvarez Puerto Madryn, Chubut
Georgina Di Gennaro Buenos Aires
Fernando Roberto Alonso Ciudad de Buenos Aires
Andrés Bilmes Puerto Madryn
Juan Pablo Livore Puerto Madryn, Chubut
Nésyor José Piccone CABA
Gerardo Nicolópulos Orán (Salta)
Sergio Maldonado Bariloche
Juan Pablo Olsson Ciudad de Buenos Aires
Pablo José Bouza Puerto Madryn
Mario Rostagno Puerto Madryn – Chubut
Elena Liberatori San Fernando Pcia de Buenos Aires
Liliana María passamonte Salta
Federico de la Villa Neuquén
Monica Polidoro Rosario
Stella Campetelli Neuquén
Emma Renée Ahualli San Miguel de Tucumán
Alejo Lipsich Chubut
Alejandra Dixon Ciudad de Buenos Aires
Jose Cruz Campagnoli Caba
Alicia Castro Florida 1065 1005 CABA Argentina
Magdalena Luisa Bianchi Neuquen
Griselda cabandie Paraná Entre Ríos
Marina Alejandra González Resistencia – Chaco
Raquel Sosa Córdoba
Sebastián González General José de San Martín (Chaco)
Moisés Solorza Ro Grande Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Liliana Mazure CABA
Aida Luisa Beatriz Juarez BS AS MORÓN
Leonardo Venerus Puerto Madryn, Chubut
María Marta Broxup Concordia ( Entre Ríos)
Marcelo arroyo Caba
Javier ciancio Chubut
Elizabeth Alvarez CABA
Marta Susana Ostuni Olavarría Pcia Bs. As.
Cecilia González CABA
Mauro Ramos General Roca(r.n)
Hernán Montero Caba
María Inés Ratzer Buenos Aires
Verónica Zoppis Punta Alta provincia Bs As
Gabriela Mataloni CABA
Cristina Delfina Quintero Mendoza
Carolina Echevarria Caba
Armando Enrique Dopchiz Mar del Plata – Provincia de Buenos Aires
Ana Argentina Guerra Córdoba Capital
Norberto Mar del Plata
Maria eva ardiles Buenos Aires
María del Carmen Doré Neuquen capital
Mabel Clelia Di Leo Olivos , Provincia de Bs.As.
Silvia Yacub Caba
Bartolomé Orfila Provincia de Buenos Aires
Rodolfo Antonio Moro Mendoza
Ana María Donamari Neuquén Capital
Ana María Donamari Neuquén Capital
AnaVictoria Alvarez Mendoza, Argentina
Guillermo Simonte Mar del Plata
Mónica Isabel Martínez Necochea
Estela Maria Gemignani Coghlan Caba Argentina
María Mercedes Brusaferri ciudad de Córdoba
Margarita lidya lopez CABA
Pablo Galarreta Mar del Plata
Verónica Sisso Córdoba
Viviana Alabisi Zarate
Fabiana adela isaav bsrgachmitre Caba
Riquelme Pablo Diego Buenos Aires
Félix Manuel Pérez Río Tercero – Córdoba
Graciela Gallardo Morón
Liliana Arroyo Puerto Madryn Chubut
Analia Caba
Cecilia Barbat Río Negro
Adriana Isabel Neme Córdoba
Gabriela Szulman CABA
Esther tocalli Rosario
Julieta lía Pierani CABA
Miryan Sordo Cordoba
Verónica V. Zoppis Provincia de Buenos Aires
Tommy Lujan Parana Entre Rios
María Claudia Mazza C.A.B.A
Gustavo Slomka Puerto Madryn
Carlos Hugo Tissera Rosario
Jorge Fonseca Castro Madrid, España
daniel russomanno CABA
María elvesia lezcano velez Córdoba capital
Patricia Bianchi CABA
Adriana Ortiz Pcia. Santa Fe
Elvira Weisenberger CABA Buenos Aires
Rita Inés Villa CABA
Telma Luzzani Caba
Daniel Martínez Toay la pampa
Carlos Schmerkin Francia
MAGDALENA MOYANO CABA
Analia sampaoli Cordoba
Celia Inés Gómez Yerba Buena – Tucumán
Horacio Nestor Barri Córdoba
M.Alejandra Sabbatini Caba
Maria del Valle Baraldo Agua de Oro Provincia de Cordoba
Diego Alejandro Lencinas Mar del Plata
Stella Maris Jonch Moreno
Patricia Inés Laria General Roca Río Negro
Graciela Meloni CABA
Nora Madanes Caba
Graciela Isabel Dubcovsky CABA
Maria Flavia Foissac Salta
Olga Montoya CABA
Gerardo Ginesta San Martín de los Andes
Ricardo Tramontana CABA
Enrique Julio Ventureira Córdoba capital
Ana Maria Romero Villa Rosa- Pilar – Bs As
Y siguen las firmas

Fuente: RDHArgentina



Detienen a acusado de violar a joven 

venezolana





















Resumen Latinoamericano, 5 de febrero de 2021.

La Cámara de Apelaciones revocó decisión de jueza Karina Zucconi de mantener en libertad al imputado.

Agentes policiales de la Ciudad de Buenos Aires (Argentina) arrestaron este jueves al comerciante peruano Irineo Humberto Garzón Martínez, quien continuaba en libertad pese a haber sido acusado de drogar y abusar sexualmente, el 23 de enero pasado, de una joven venezolana a la que había ofrecido empleo.

Horas antes de la detención, la Cámara de Apelaciones, a solicitud de dos fiscales del caso, había revocado la decisión de la jueza Karina Zucconi de que el imputado continuara en libertad mientras avanza la investigación del hecho.

Inicialmente la magistrada acusó a Garzón Martínez de abuso sexual simple, decisión suya que también suscitó críticas entre la ciudadanía y autoridades, pues la policía lo había sorprendido en flagrancia. Luego lo acusó de abuso sexual con acceso carnal, que prevé una pena de seis a 15 años, aunque lo dejó libre.

Al ordenar su arresto, los magistrados de la Cámara de Apelaciones tomaron en consideración, entre otras cuestiones, el «riesgo de fuga» frente a la expectativa de una elevada pena.

Un informe de la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia, dado a conocer el miércoles, determinó que este hecho había significado una «situación de altísimo riesgo psicofísico y emocional» para la víctima.

Además, se encontraron en el imputado «rasgos perversos y una modalidad de acecho», en alusión al presunto modo en que planeó la comisión del hecho y a su inclinación a desacreditar a la víctima alegando que se trató de una relación consentida y a cambio de dinero.

Días atrás, un consejero de la Magistratura de la Nación, Diego Marías, presentó ante ese órgano una denuncia contra la jueza Zucconi por «mal desempeño de sus funciones», y señaló que esta demostró un «desprecio de circunstancias objetivas» que «tornaban inviable» la libertad de Garzón Martínez.



Comunidad wichí desalojada y en 

conflicto judicial sin traducción 

bilingüe en Salta

Resumen Latinoamericano, 5 de febrero de 2021.

El miércoles pasado por la mañana, la Comunidad Wichí Yokwespehen se presentó a la mediación judicial por su territorio convocada en Ciudad Judicial del Departamento de Tartagal, Salta. El Estado no proporcionó un traductor bilingüe y la comunidad con su abogado debieron  buscar uno de urgencia. Lo mismo sucedió cuando fueron desalojados el 23 de octubre, cuando un empresario adquirió las tierras al cómpralas a la iglesia anglicana.

Desalojo sin traductor, y a por la fuerza

El 23 de octubre nadie informó en wichí a la Comunidad Yokwespehen que debían irse de buenas a primeras de una tierra donde estuvieron siempre, “desde tiempos inmemoriales” y que aparentemente mal compró –recién en 2011- un empresario escrupuloso y violento, a la iglesia anglicana -que nadie sabe cómo tenía papeles de un territorio que los originarios –no le habían vendido nunca-. Los policías no hablaron en wichí cuando destrozaron sus casas, ni pusieron a un costado de la ruta sus pocas pertenencias. Tampoco habló en wichí el empresario cuando amenazó con la violación a las mujeres de la comunidad. No hablaron en wichí un año antes – cuando el desalojo ya estaba previsto- ni la Secretaría de Asuntos Indígenas de Salta, ni el Ministerio de Desarrollo Social, que ya habían puesto sobre aviso –un año antes– y que posteriormente se presentaron en el lugar del desalojo no para ayudar a la comunidad, sino para facilitarle la operación al privado- por supuesto sin traductor en wichí- , en plena pandemia. Tampoco, fue con traductor el abogado del INAI, en noviembre, aunque se comprometió a que la comunidad tendría su relevamiento este año, no lo hizo en wichí. Vamos a creerle, hizo un compromiso en el idioma en que está escrita la ley.

Las partes del litigio:

Quien no se presentó fue el empresario que pidió el desalojo de les wichí, en plena pandemia, Ricardo Elvio Fernández, nieto del poderoso local Jorge Panayotidis. La Dra. Cecilia Pérez fue quien actuó como mediadora en esta instancia, excusó al empresario aduciendo que habían tenido una reunión previa a la fecha de mediación. La comunidad, acudió a la cita junto con militantes de DDHH, el traductor, Joaquín Esteros y la abogada Carla Araujo. Yokwespehen solicitó que en la próxima audiencia se hicieran presentes funcionarios del INAI que garanticen el relevamiento territorial. Al respecto, en noviembre pasado, Julián Fernández, abogado del INAI, se comprometió a que la comunidad entraría en el presupuesto de tal institución durante 2021. Los comuneros confían en que el funcionario cumpla con su palabra.

Cronología de una legislación que no se aplica en Argentina:

El devenir histórico en relación con la modificación de la ley, marca lo siguiente: primero, el derecho argentino reconoció a los idiomas indígenas, esto fue luego del Primer Congreso Indigenista celebrado en Patzcuaro, México en 1940, al que adhirió Argentina. Posteriormente se creó la figura del intérprete en los procesos judiciales. En la actualidad, se habla de traductores. En 2014, se crea en el Chaco -es decir, solo regionalmente- la legislación que habilita la carrera de traductor indígena, pero aún no ha sido ejecutada. Aún más postergada se encuentra las perspectiva de género en la traducción de los procesos legales relacionados con los pueblos originarios. Ahora bien, más que en términos meramente “nominales”, pareciera no existir este derecho lingüístico y humano en la legislación argentina, dado que de hecho, no se aplica de manera automática, ni siquiera cuando es requerido -prueba de ello, son la cantidad de detenides que esperan condena sin acceder a traducción-. Cuando las comunidades consiguen acceso a traductores, lo que sucede es que dicho oficio no recibe paga. Joaquín, el traductor de la comunidad Yokwespehen es maestro intercultural bilingüe, pero no puede trabajar desde hace años porque no salen los cargos a cobertura. Trabaja al día en un aserradero. Hace poco tuvo un accidente, nadie lo indemnizó.

Intervención de la Secretaría de Asuntos indígenas de la Provincia de Salta, ¿a favor del terrateniente, en contra de los originarios?:

Todo lo contrario a lo que se esperaría de un organismo gubernamental con dicho nombre, la Secretaría de Asuntos Indígenas de la Provincia de Salta, en las personas de Almaraz y de Montaña no han tenido ni respuestas positivas, ni tratos respetuosos hacia los miembros de la comunidad. Dicha secretaría fue quien pidió la mediación pero con el propósito de darle relevancia a la posición del privado. Ocurrido el desalojo que ordena el empresario a fines de octubre del año pasado y que concreta la policía de Salta, el traductor de la comunidad, Joaquín Esteros, recibe un llamado del funcionario Luis Gómez Almaraz. Almaraz le dice en tono amedrentador: “cortar rutas es delito”.Este funcionario que debiera trabajar para el bien de los pueblos originarios ni se inmuta de la barbaridad del desalojo ilegal que sufre la comunidad en plena pandemia, con muches niñes y ancianes, no solo no se inmuta, sino que no siente vergüenza en culpabilizarles. Días antes de esta llamada, la comunidad había conseguido una reunión virtual por zoom con la mencionada secretaría, gracias a la intervención de familiares como Jorge Altamirano y amigos como Seila Pérez que viven en otras comunidades de Tartagal. En esa reunión, los voceros explicaron la problemática del desalojo de la comunidad, y en lugar de tender las vías necesarias para apoyar el reclamo, los funcionarios a los que recurrió la comunidad en ese momento, optaron por la modalidad del apriete: llamar por privado para que desistan de sus demandas. Por todo lo anterior, Yokwespehen no quiere más la intervención del organismo provincial que debiera respaldarles y solicita de inmediato, la presencia y las respuestas positivas y por escrito del INAI, institución que debiera responder a nivel nacional por la integridad de la comunidad y la de su territorio.

Derechos de la madre tierra versus titularidad catastral:

Aquí se juegan no solamente los derechos de las personas y de la comunidad sino los de la tierra. Los miembros de Yokwespehen son testigos cotidianos del desmonte. A diario pasan por la Ruta 81 camiones cargados de troncos de árboles. “Un acoplado de tractor puede cargar 100 despuntes de un metro cuarenta, un tractor tira dos acoplados. Palo amarillo, quebracho, urundey, algarrobo, lapacho… Van a los aserraderos de Tartagal. Allí sierran la madera, la convierten en varillas, tablones, tirantes. Desde ahí van hacia el sur del país.” Los despuntes son palos, que antes fueron árboles. Los que hacen eso son varios empresarios conocidos de la zona, con total impunidad. Otra de las violaciones de los derechos de la tierra son las que constituyen los latifundios: la producción de maní, soja, poroto, sorgo, todos cultivos ajenos a la zona, más la cría de ganado, y las fumigaciones son practicados, por el privado que los quiere echar de su tierra y por empresas como Desde el sur, entre otros. En la zona hay enormes fincas que tienen pocos años, y en las que muchas veces, lamentablemente tienen que ir a trabajar los originarios. Varias de esas fincas están en posesión de nombres conocidos vinculados con la política y la iglesia local. De hecho el papel que esgrime el privado da cuenta de una compra a la iglesia anglicana. Solo tiene un papel donde acusa dominio apenas desde 2011.No cierra. No hay modo de que la iglesia anglicana sea dueña legal de esas tierras, simplemente porque los originarios nunca le vendieron. De haberse dado esa venta, la comunidad debiera haber tenido papeles de propiedad y alambrado, más allá de la posesión ancestral, pero nunca pudieron hacer esos papeles, ni eran requisitos para seguir viviendo en las tierras de sus ancestros. De lo que tampoco hay registro en ningún sector de esas cientos de hectáreas es de alambrado. No lo puso la comunidad, no lo puso ningún terrateniente. Sin embargo, el usurpador VIP Panayotidis Fernández que además es un empresario fumigador fue a la “justicia salteña” aduciendo que lo que reclamaba era su finca: imposible que sea una finca, como dijimos no hay alambrado, no hay rastros de cultivos, lo que hay es monte, “un monte hecho pedazos”, pero no hay finca. “La gente está allí desde tiempos inmemoriales, nunca tuvo necesidad de alambrado ni de trazar límites. ”Nos explica el traductor de la comunidad, Joaquín Quinteros. Joaquín, actualmente no vive en la comunidad, porque trabaja en Tartagal, pero sí su hermana y su padre. Hay rastros del cementerio comunitario en el lugar, nos sigue contando. Nos cuenta que antiguamente su pueblo era nómade, eso implicaba que se movieran por el alimento, según las épocas del año. Podían vivir una parte del año en un lugar y luego caminar muchos kilómetros para buscar pescar, cazar o trocar lo que habían obtenido en el monte por otras cosas que necesitaran. No modificaban el espacio en el que se encontraban con cercos o alambrados. Esa es una de las tantas explicaciones sobre las grandes extensiones de territorio aparentemente – a ojos de los terratenientes- “sin habitar”. Estas cuestiones culturales son las que tiene que es oficio del traductor explicar al derecho occidental. En otros países de Latinoamérica la figura de los traductores o intérpretes es valorada y remunerada, en Argentina aún no se ha logrado eso. No solamente la Secretaría de Asuntos indígenas de Salta se comunicó con la comunidad para que hiciera a un lado sus reclamos. En medio del desalojo, en días de noviembre, apareció en el corte de la Ruta 86 –es decir, enfrente de donde antes estaban sus casas-, la Ministra de Desarrollo Social de la Provincia de Salta, Verónica Figueroa. “Vienen para embaucar a la gente”. La funcionaria ofreció a las familias, “la reubicación” y viviendas, con el fin de que interrumpan su reclamo territorial. El fiscal Medina facilitó a Seila Pérez un plano de Tartagal donde figura el territorio de la comunidad Yokwespehen y sus inmediaciones, Seila es una referente indígena de Tartagal, miembro de la APDH que acompaña a la comunidad. Los datos catastrales del plano dan cuenta ya no de 400 hectáreas como calculaban sin hablar con el traductor y sin observar los planos, sino de 800 hectáreas que pertenecen a la comunidad, dado que en el plano de Tartagal, pueden observarse dos bloques territoriales. Recordemos que en noviembre de este año se cumple un nuevo vencimiento de la Ley 26160 que declara la emergencia territorial de las comunidades originarias de Argentina.

Fuente: ANRed

Envio:RL

No hay comentarios: