El fiscal José Manuel Díaz Vélez presentó, hace dos semanas, el requerimiento de elevación a juicio oral de varias causas que integran el Grupo Dos. Trabar los embargos preventivos es parte del proceso que debe cumplirse para considerar que se ha concluido con la instrucción y que la causa está lista para ser llevada al debate judicial.
Menéndez avizora una nueva oportunidad para dejar Bouwer
La Cámara de Casación deberá resolver si le otorga el arresto domiciliario en causas que están en trámite. Pero una nueva condena en el actual juicio primaría sobre una eventual resolución favorable.
La Cámara Nacional de Casación resolverá el pedido de Luciano Benjamín Menéndez de acceder al beneficio de la prisión domiciliaria, aunque una resolución favorable al represor no implica que en forma inmediata pueda dejar la cárcel de Bouwer.
El planteo ya le había sido negado por la Cámara Federal de Córdoba, pero ese mismo cuerpo concedió ahora un recurso de Casación presentado por la defensora oficial Mercedes Crespi.
El pedido sólo refiere a las causas que el ex jefe del Tercer Cuerpo tiene en curso en el Juzgado Federal Nº3.
La clave pasa por lo que ocurra en el actual juicio que se lleva a cabo contra Menéndez y otros ex intengrantes del Departamento de Informaciones de la Policía (D2), ya que si eventualmente el Tribunal Oral Federal Nº1 lo condena y dispone su arresto en un establecimiento penitenciario, no podrá dejar Bouwer.
Así lo dispuso el año pasado ese mismo Tribunal en la primera condena a prisión perpetua que recibió Menéndez, pero una sala de Casación le otorgó de todos modos el beneficio domiciliario hasta tanto la sentencia no quede firme.
El represor no pudo volver a su casa porque tiene múltiples causas todavía en instrución tanto en Córdoba como en otras provincias, sin el beneficio del arresto domicliario, explicaron fuentes judiciales.
Sobre las causas del Juzgado Federal Nº3 de Córdoba es que Casación debe expedirse ahora. Resta saber si el Tribunal Oral Federal Nº1 volverá a condenarlo y a ordenar su tratamiento en un establecimiento penitenciario a pesar de que el año pasado Casación revirtió su fallo.
(Fuente:Rdendh).
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