13 de febrero de 2010

CAMPO DE MAYO: ABUELAS PIDIÓ EL MÁXIMO DE PENA PARA RIVEROS Y BIGNONE.

Abuelas pidió la máxima pena para los represores Riveros y Bignone
En la tarde de hoy Abuelas de Plaza de Mayo presentó su alegato y pidió la pena máxima de 25 años para Reynaldo Benito Bignone y Santiago Omar Riveros, responsables de crímenes de lesa humanidad cometidos en Campo de Mayo.
El abogado de Abuelas, Mariano Gaitán, presentó durante dos horas y media el escrito en el que argumentó los motivos por los que la querella solicitó la máxima pena para el Segundo Comandante y Jefe del Estado Mayo del Comando de Institutos Militares, Bignone; y para el Comandante del Comando de Institutos Militares de Campo de Mayo, Riveros.
Con una pormenorizada exposición, el representante legal de Abuelas desplegó de manera sistemática los argumentos y las pruebas para imputar a Riveros y Bignone. Yendo “de los general a lo particular” Gaitán hizo mención al plan sistemático desplegado por la última dictadura militar, que contó con la represión ilegal para aniquilar a toda aquella persona que pensara distinto. Y aunque no se explayó demasiado en esta cuestión, porque la fiscalía ya había realizado su minuciosa descripción “y han pasado más de treinta años desde que se instauró el terrorismo de Estado, cuyo accionar hoy es de público conocimiento”; sí lo hizo con el funcionamiento del Centro Clandestino de Detención (CCD) Campo de Mayo, en donde estuvieron detenidos desaparecidos, entre muchos otros, Norma Rodríguez, Silvia Quintela, Valeria Beláustegui Herrera y Ricardo Waisberg, Mónica Masri y Carlos Roggerone, Norma Tato y Jorge Casariego, Stella Maris Dorado y José Alberto Scacchieri, todos ellos casos de Abuelas.
El alegato de esta querella confirmó la existencia de este Centro Clandestino basándose en los testimonios de quienes pasaron por ese campo de exterminio. Carlos Scarpatti, quien falleció antes de tener el derecho a ver que los responsables de estos crímenes, y de su propio calvario en el Campito fueran juzgados, había hecho una minuciosa descripción de los CCDs que existieron en Campo de Mayo y del funcionamiento de los mismos. El testimonio de Víctor Ibáñez, por su lado, también sirvió para comprender en las condiciones que vivían los detenidos desaparecidos “la vida en el Campito era en las condiciones más humillantes que pudieran existir”. El abogado de Abuelas, ilustró estas condiciones con una frase de Oscar Cobarrubias, también ex detenido de Campo de Mayo, “la única ventaja de la capucha era que por las noches tenía la certeza de que las ratas no me iban a comer las orejas y la nariz”.
Por otro lado, Gaitán se centró en la trabajo que ejercían Bignone y Riveros en Campo de Mayo y con ello en su responsabilidad por lo que allí pasaba, también recurrió a los testimonios de quienes padecieron su detención en ese CCD, y a diferentes documentaciones que detallan los años y lugares en los que ambos represores se desempeñaron como responsables de Campo de Mayo: “El mismo Riveros reconoció en otra causa, que se desempeñó como Comandante de Institutos Militares en la década del 70”, explicó Gaitán y recordó que Víctor Ibáñez declaró haberlo visto recorrer la guarnición militar. Bignone, por su parte, asumió que era conducción del Estado Mayor, y que reemplazaba al Comandante en su ausencia. En la declaración citada por esta querella, Bignone reconoció que existía un CCD en Campo de Mayo, pero aseguró que él lo conoció recién en 1981; afirmación falsa para el abogado de Abuelas, puesto que Ibáñez también aseguró haberlo visto a Bignone cuando estaba detenido.
Por último, Gaitán detalló cada uno de los casos de Abuelas llevados en esta causa, diez madres y padres que fueron detenidos desaparecidos en 1977 y cuyos hijos fueron secuestrados y apropiados. Norma Rodríguez desapareció embarazada de seis meses; Silvia Quintela embarazada de tres meses; Valeria Beláustegui Herrera estaba embarazada de 15 meses cuando desapareció con su compañero Ricardo Waisberg; Mónica Masri desapareció embarazada de dos meses junto a Carlos Roggerone; Norma Tato tenía un embarazo de cinco meses cuando desapareció con su compañero Jorge Casariego -el hijo de ambos fue restituido por Abuelas en 2007 y estaba apropiado por el médico militar Atilio Bianco-; Stella Maris Dorado y José Alberto Scacchieri fueron secuestrados con su hija de dos meses, quien recuperó su identidad en 1985. Gaitán explicó la lógica de las detenciones y cómo casi todos los casos se encontraban conectados, así como los detenidos se conocían.
La querella calificó a estos delitos de lesa humanidad, y les otorgó la tipología de autoría mediata, se trata del delito cometido por “un sujeto que imparte una orden para que sea ejecutada”. De esta manera, Gaitán calificó a Bignone y Riveros de autores mediatos de los secuestros y tormentos de estos diez hombres y mujeres y pidió al Tribunal que los condenen a 25 años de prisión efectiva, “porque es imposible concebir la democracia sobre la base del secuestro y la desaparición de 30 mil compañeros desaparecidos”.
Por último, “Quiero concluir este alegato con las tres consignas que han guiado la lucha de las Abuelas y los familiares”, expresó Gaitán, y continuó “Memoria, Verdad y Justicia, principios que debe tener en cuenta este tribunal al momento de dictar sentencia.” Y concluyó, ante una sala emocionada y llena de compañeros y familiares, entre quienes se encontraban la Presidenta de Abuelas, Estela Carlotto; la vicepresidenta, Rosa Roisinblit, y Buscarita Roa “Por los compañeros, por la Abuelas: Memoria, verdad y Justicia”.


ALEGATO DE JUSTICIA YA! EN EL JUICIO POR CAMPO DE MAYO
Justicia YA! reclamó ayer que se condene por el delito de genocidio a los siete represores que están siendo juzgados por crímenes cometidos en Campo de Mayo durante la última dictadura. Fundamentó que se trata de una calificación de los delitos cometidos -al igual que "delitos de lesa humanidad"- Exigió que los genocidas vayan adonde deben: a la cárcel común y efectiva. Solicitó que se proceda respecto del delito de genocidio del mismo modo que con los crímenes de lesa humanidad, tipificación ampliamente reconocida por los jueces a pesar de que tampoco está incorporada a la ley interna por lo que no se contempla pena alguna para los mismos, aplicándose las penas que prevé el Código Penal y respondiendo así al compromiso asumido por el país frente a la comunidad internacional.
Los doctores Luis Bonomi, Pedro Dinani y Liliana Molinari exigieron al Tribunal Oral Federal 1 de San Martín que se condene a Reynaldo Bignone, Santiago Riveros, Fernando Verplaetsen, Jorge Osvaldo García y Carlos Tepedino a una pena de 50 años. Mientras que solicitaron para Eugenio Guañabens Perelló una sentencia por 42 años y 21 para Germán Montenegro. La querella reclamó que los represores sean alojados en cárcel común y efectiva por los delitos aberrantes que cometieron y por su peligrosidad para todos aquellos interesados en derribar el muro de impunidad que supieron construir. Para solicitar estas condenas, Justicia YA! se basó en que el delito de privación ilegal de la libertad de los compañeros cuyos casos se inevestigan en este juicio y continúan desaparecidos, es un delito que se sigue cometiendo en la actualidad y en consecuencia, debe aplicarse el Código Penal vigente hoy, que prevé esas penas.
“Esta querella, así como lo hizo desde el primer juicio contra crímenes de lesa humanidad, como lo hará en éste, y como lo seguirá haciendo en los que se sucedan, seguirá insistiendo, porque sabemos que el derecho nos acompaña, porque sabemos que la letra y el espíritu de las normas nos legitiman y porque también nos legitiman las voces de los desaparecidos que no son otra cosa que los testimonios de los sobrevivientes, en pretender que a las cosas se las llame por su nombre: que si se pudo reconocer que en la Argentina hubo un genocidio, esa conducta criminal existe y es real, y si esa conducta criminal existe y es real y se llama genocidio, lo único que falta definir aquí es el autor, y un genocidio es perpetrado sólo y únicamente por un sujeto –integrante del aparato del Estado- al que se lo califica como GENOCIDA”, manifestaron los abogados de Justicia YA!
Asimismo, se refirieron a los recientes dichos -en un encuentro sobre genocidio celebrado en París- del subsecretario de Derechos Humanos, Luis Alén. El funcionario había afirmado: "Una sentencia, además de un fallo judicial que establece responsabilidad y tipifica conductas, es también un relato histórico. Y en ese relato histórico uno puede y debe recurrir a otras disciplinas para decir con todas las letras que lo que pasó en la Argentina también es un genocidio, con otras características que la Shoá, pero con muchos puntos en común y de una extrema gravedad”. Los letrados remarcaron la pertinencia de esos dichos aunque reclamaron que además de enunciarlo en París, el Gobierno nacional debe defenderlo y aplicarlo en los juicios que se llevan a cabo en Argentina. Quienes presenciaban la sesión estallaron en aplausos.
Al finalizar el alegato, la sala se vio sacudida por una ausencia: "queremos recordar en este recinto un hecho que hoy nos demuestra que los fantasmas de la impunidad siguen instalados en determinados sectores sociales, mientras hoy y aquí estamos siendo absolutamente cuidadosos y celosos del cumplimiento de las garantías constitucionales de los imputados, las garantías de JORGE JULIO LÓPEZ siguen siendo salvajemente vulneradas desde hace exactamente 37 meses y 24 días."
Se espera que el Tribunal dicte sentencia durante el mes de marzo.
Las audiencias se desarrollan en la Sociedad de Fomento "José Hernández", ubicada en Hipólito Yrigoyen 4595, Florida.
Contactos de Prensa:
- Luis Bonomi, Abogado del CeProDH, 15 5057 7942
- Liliana Molinari, Abogada del CODESEDH, 15-51766480
- Pedro Dinani, Abogado de la LADH, 15 3343 7730
Justicia YA! Buenos Aires
Justicia YA! Buenos Aires está integrado por Asociación Anahí, Abogados Laboralistas de Izquierda (ALI), Asociación de Ex Detenidos-Desaparecidos; Asociación de Profesionales en Lucha (APEL); Centro de Abogados por los Derechos Humanos (CADHU); Centro de Profesionales por los Derechos Humanos (CeProDH); Comisión de Homenaje a los Desaparecidos y Mártires Populares; Comité de Acción Jurídica (CAJ); Comité de Defensa de la Etica, la Salud y los Derechos Humanos (CODESEDH); Comisión de DDHH de Uruguayos en Argentina; Comisión de DDHH del Partido Comunista; Comisión por los DDHH de Trenque Lauquen; Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (CORREPI); Fundación Investigación y Defensa Legal Argentina (FIDELA); H.I.J.O.S. Regional Oeste; Instituto de Relaciones Ecuménicas; Liberpueblo; Liga Argentina por los Derechos del Hombre (LADH); Vecinos de San Cristóbal contra la Impunidad.
Fuente:Rdendh

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