3 de febrero de 2011

SILVIA SUPPO.

Causa Suppo: la Fiscalía acusó formalmente a Sosa y Cóceres
Ayer, mediante un voluminoso escrito de 18 carillas, la fiscal Cristina Fortunato pidió el enjuiciamiento respecto a los confesos asesinos de la comerciante y ex detenida política y testigo por juicios vinculados a delitos de lesa humanidad Silvia Suppo: ahora el Juez Mognaschi deberá correr traslado a los querellantes, y la Corte Suprema de Justicia de la Nación debería apurar los términos respecto a la decisión de competencia.

Fortunato interviene en el proceso penal abierto en la justicia ordinaria local a raíz del cruento asesinato del cual fuera víctima Silvia Suppo en marzo pasado, mientras atendía el céntrico local comercial “Todo Cuero”. En cumplimiento con lo normado en el Artículo 369 de la ley de ritual penal santafesina, pidió la elevación de la causa a juicio, según trascendió en ámbitos tribunalicios.
El temperamento adoptado por Fortunato no sorprendió -si bien la novedad llegó a CASTELLANOS en las últimas horas de la víspera- ya que se conocía que el proceso instructorio se encontraba en sus fases finales.
Conviene recordar que en nuestra provincia se encuentra vigente un sistema mixto, de transición, entre el nuevo Código Procesal Penal establecido en la Ley 12.734 sancionada por la Legislatura y el viejo digesto, a través del Decreto Nº 15 del 9 de Febrero de 2009.
Ello ha permitido, entre otros aspectos, que en primer término los familiares de la víctima se presenten en calidad de querellantes, habiendo tenido activa participación en la causa, y posteriormente que se presente en la misma condición la Secretaría de Derechos Humanos dependiente del Ministerio de Justicia y DD.HH. de la Nación.
Esta última presentación fue rechazada por el Juez que intervino por razones de competencia material y por turno desde un primer momento, el Dr. Alejandro Mognaschi (de Instrucción 2ª Nominación), pero la medida fue apelada y la Cámara Penal local contrarió el criterio de su inferior jerárquico.
También es necesario recordar que el mismo tribunal de alzada, en votación dividida, había hecho lugar al planteo de la querella para derivar la competencia hacia el fuero federal, pero la propia justicia federal rechazó entender en el caso, por juzgar improcedente los motivos esgrimidos.
El nuevo avance registrado en el proceso fue posible ya que la ley no lo impide mediando situaciones de conflicto de competencias, pero sí tendría incidencia en la etapa de juzgamiento.

Situación compleja
Es en mérito a todo ello que, en las próximas horas, Mognaschi deberá correr traslado en mérito al estado de la causa a los querellantes, lo que seguramente demandará que éstos deban definir rápidamente sus estrategias procesales.
Claro está que, quien entraría ya definitivamente en escena es la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que, tal como indica la legislación, ya tiene, remitido por Mognaschi, formado un Incidente de Competencia con copias de los 9 cuerpos del expediente.
El pronunciamiento que deberá emitir el máximo tribunal de la nación no es menor: definir si la causa sigue en la justicia ordinaria provincial o si decididamente debe investigarse todo de nuevo en el ámbito federal.
Dos circunstancias, al menos, “meterán presión” al órgano que preside el rafaelino Ricardo Lorenzetti: por una parte la necesidad, apremiada por los plazos, de los querellantes de adoptar decisiones importantes para sus convicciones.
Por el otro, la circunstancia de hallarse dos personas privadas de su libertad.
En la hipótesis de continuarse con el procedimiento en forma “normal”, quien pasaría a entender en la causa no ya como investigador sino como juzgador sería el Juzgado en lo Penal de Sentencia, a cargo del Dr. Javier Carlos Bottero.
Y, por las circunstancias del hecho, podría derivar en el segundo juicio oral y público en la historia de Rafaela, tras el recordado proceso en el cual fue condenado por Homicidio Félix Roberto Gallo, hallándoselo entonces culpable de haber dado muerte a Oscar Avelino Rodríguez en la madrugada del 17 de enero de 2009, en Frontera.
En otro orden, Bottero podría, como en aquella oportunidad, constituirse en el único juez o integrar un tribunal pluripersonal.

La postura de Fortunato
La Fiscal Nº 1 de los Tribunales de Rafaela, según también pudo saberse, fundamentó en su extenso dictamen las razones que la llevaron a la convicción de que Rodolfo Valentino Cóceres y Rodrigo Sosa fueron los autores penalmente responsables del delito de “Homicidio Calificado”, en ocasión de robo, lo que se conoce con el latinismo “críminis causae”.
Todo ello en perjuicio de Silvia Suppo, en base a los elementos recolectados y obrantes en el expediente, y sin tener en cuenta los dichos del “testimonio de identidad reservada”, uno de los principales argumentos en los cuales se han basado los querellantes para pedir el pase a la justicia federal, por entender la conexidad con delitos o causas de violaciones a los derechos humanos.
Fuente:InfoRafaela

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