Resistencia, 12/07/2011
Causa Masacre de Margarita Belén, el fallo
Este martes se darán a conocer los fundamentos de la sentencia
Durante la mañana del martes el Tribunal Oral Federal darán a conocer íntegro el fallo con la condena a cadena perpetua para ocho militares y la absolución para el policía Alfredo Chas.
Desde las 10 de la mañana del martes 12 de julio en el Tribunal Oral Federal de Resistencia los jueces Gladys Mirtha Yunnes, Eduardo Ariel Belforte y Ramón Luis González darán a conocer los fundamentos del fallo dictado el 16 de mayo pasado con la condena a cadena perpetua para ocho militares y la absolución para el policía Chas. Los represores fueron juzgados por su participación en el fusilamiento clandestino de un grupo de detenidos políticos perpetrado el 13 de diciembre de 1976 a 30 kilómetros de Resistencia durante un simulacro de traslado al penal de Formosa.
A lo largo de las audiencias se constató que las víctimas fueron concentradas en la Alcaidía policial de Resistencia el domingo 12 de diciembre y ferozmente torturadas en el comedor del penal durante la noche hasta que fueron subidos a los camiones del convoy de la muerte.
El juicio oral por la Masacre de Margarita Belén comenzó el 3 de junio de 2010 y culminó el 16 de mayo de 2011, histórica fecha en la cual los militares Ricardo Guillermo Reyes, Germán Emilio Riquelme, Norberto Raúl Tozzo, Aldo Héctor Martínez Segón, Luis Alberto Patetta, Horacio Losito, Jorge Daniel Rafael Carnero Sabol, Athos Gustavo Renes y Ernesto Jorge Simoni fueron condenados a la pena de prisión perpetua por ser considerados responsables de “homicidio agravado por alevosía y por el número de partícipes (once hechos en concurso ideal entre sí) y de privación ilegítima de la libertad agravada por haber sido cometida con el uso de violencia y por el transcurso del tiempo (cuatro hechos en concurso ideal entre sí)”.
CHAS
El policía Alfredo Luis Chas fue el único absuelto del grupo de imputados; actuó como segundo al mando en el patrullero policial que iba al frente del traslado de los detenidos y que realizó el corte de ruta en los momentos previos al fusilamiento. En los once meses de duración de la causa declararon más de un centenar de testigos, se inspeccionó el paraje sobre la Ruta Nacional 11 donde ocurrieron los hechos, las prisiones Alcaidía y U7 (de donde fueron sacados los asesinados) y el Regimiento de la Liguria, sede del Grupo de Artillería 7, donde revistaban la mayoría de los militares que intervinieron en la Masacre.
Si bien numerosos indicios señalan que la cantidad de fusilados se aproximaría a la veintena, el tribunal condenó a los militares imputados por once asesinatos y cuatro casos de desaparición forzada, ciñéndose a la nómina oficial de detenidos políticos “trasladados”. Los “once hechos” son Luis Ángel Barco, de Saénz Peña, 25 años; Mario Cuevas, de Santa Fe, 28 años; Manuel Parodi Ocampo, de Misiones 28 años; Luis Arturo Franzen, de Misiones, 24 años; Carlos Alberto Duarte, de Misiones, 24 años; Patricio Blas Tierno, de La Plata, 24 años; Néstor Carlos Sala, de La Plata, 33 años; Luis Díaz, de Corrientes, 25 años; Carlos Zamudio, de Resistencia, 28 años; Alcides Bosch, de Santa Fe, 28 años y Ema Cabral, de Reconquista, 28 años. Los cuatro “hechos de privación ilegítima” son los asesinatos y el ocultamiento de los cadáveres de Fernando Piérola, de Entre Ríos, 24 años; Roberto Horacio Yedro, de Corrientes, 28 años; Reynald Zapata Soñez, de Entre Ríos, 35 años, y Julio Andrés Pereyra, de Formosa, 25 años.
A esta lista oficial de fusilados se suman los nombres de otros militantes políticos que fueron vistos en Alcaidía o en la Brigada y permanecen desaparecidos desde diciembre de 1976: Carlos Enrique Tereszecuk, Misiones, 24 años; Dora Noriega, de General San Martín, 24 años; Delicia González, de Goya, 37 años; Raúl María Caire, de Entre Ríos, 27 años; Eduardo Lalo Fernández, de Goya, 21 años; Raúl Antonio Méndez, de Corrientes, 25 años.
CÓMO SIGUE
Las condenas no significan el final de esta historia: se investigan otras víctimas y otras responsabilidades, y la ratificación judicial de la Masacre compromete al Estado a investigar y a buscar por todos los medios los restos de los asesinados y desaparecidos. Aún se encuentra en trámite el pedido de extradición del genocida Norberto Tozzo, quien fue detenido en Río de Janeiro (adonde se fugó después del Hábeas corpus concedido por los camaristas de Resistencia en 2003), y queda por juzgar el encubrimiento de los funcionarios del Poder Judicial a la Masacre, como es el caso del ex fiscal Roberto Mazzoni.
Si la Masacre es un paradigma del terrorismo de Estado, la causa judicial, con sus avances y retrocesos, es un emblema de la lucha por la justicia en la región. Las demoras y los recursos dilatorios de la defensa de los represores imposibilitaron el avance del proceso judicial durante años, al punto de mediar casi una década entre la presentación por la reapertura de la causa realizada por familiares, ex detenidos, H.I.J.O.S. Chaco y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) el 28 de mayo de 2001 y la elevación a juicio oral el 24 de febrero de 2009. La Masacre formó parte de la “Causa 13” contra los jerarcas de la última dictadura cívico-militar, por lo que el hecho material de la causa ya fue ampliamente probado.
Informe: Comisión Provincial por la Memoria Chaco
Fuente:ChacoDiaPorDia
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