3 de diciembre de 2011

MASACRE DE MARGARITA BELÉN II: Rechazaron excarcelar al represor Tozzo; continuará preso en la U-7.

Resistencia, 03/12/2011
Masacre de Margarita Belén II
Rechazaron excarcelar al represor Tozzo; continuará preso en la U-7
El Juez Federal, Carlos Skidelsky rechazó el pedido de excarcelación del excapitán. El represor continuará detenido en la U-7 de Resistencia a la espera de que se resuelva su situación procesal.
El represor Norberto Tozzo cuando fue apresado en Brasil.
El pedido de excarcelación presentado por la defensa del ex militar Norberto Tozzo, acusado de ser uno de los ejecutores de la Masacre de Margarita Belén, fue rechazado por el Juez Federal de Resistencia, Carlos Skidelsky. Tozzo seguirá alojado en la Unidad Penitenciaria 7 de la capital chaqueña a la espera de que se resuelva su situación procesal.

De acuerdo a la resolución a la que tuvo acceso CHACO DIA POR DIA, el magistrado consideró entre otras cuestiones que el represor cuenta con los recursos económicos y logísticos que le permitirían evadir a la Justicia y hasta salir del país, tal cual lo hizo en 2003, cuando se refugio en Brasil durante más de un lustro.

Dice Skidelsky en su resolución: “A todo esto, debemos sumar el antecedente de fuga y de rebeldía del nombrado Tozzo, la clandestinidad en la cual operó, al amparo de las autoridades, de quienes obtuvo un elevado grado de protección, el estado de indefensión de las víctimas del hecho delictivo, su condición de ex integrante de las fuerzas de armadas y sus recursos económicos”

Y añadió: “Todo, en un contexto de investigación sumamente dificultoso donde hubo que sortear diversos obstáculos que dificultaron la tarea jurisdiccional, por caso la imposibilidad de ampliar información documentada de los organismos requeridos (Policía, Ejército, SPFederal) sea por omisión de registros, o, por destrucción –incendio- de los lugares donde que sí existían, y que hubiesen aportado a la individualización –además de quienes hoy resultan imputados- de otras personas que pudieron haber estado involucradas, amén de clarificar la situación de aquellos, primeramente detenidos y posteriormente muertos o desparecidos.

“Cabe señalar que los hechos que se le imputan acaecieron hace más de 30 años, sin embargo lo que es preciso no perder de vista es que desde su concepción y ejecución, el requirente ha desarrollado conductas en el transcurso de los años, que indefectiblemente se han orientado a la obstrucción del descubrimiento de la verdad, llevadas a cabo por distintos medios, tanto por Tozzo, como también, por quienes resultaban eventualmente imputados por estos crímenes”, sostuvo el magistrado.

“Objetivas circunstancias (…) me habilitan a presumir fundadamente que Tozzo cuenta con los recursos necesarios, no sólo económicos, sino también de tipo operativos, (y) no puede aquí soslayarse la condición de Jefe de Inteligencia que ostentaba el encartado a la época de los hechos, lo que evidentemente le habría proporcionado las relaciones y los medios suficientes como para sustraerse al accionar de la justicia, durante el cual se mantuvo prófugo, y en las condiciones (de lujo) en que lo hizo, motivos por los cuales, de concedérsele la libertad peticionada, es presumible que el mismo intentará eludir –nuevamente- la acción de la justicia, sustrayéndose a su cumplimiento”, señaló Skidelsky.

Tras este más que esperado revés judicial, Tozzo deberá aguardar en la Unidad Penitenciaria 7 de Resistencia la resolución definitiva de su situación procesal. Esto es: que se le declare su absolución, la falta de mérito o su procesamiento en la causa en la que se investiga su participación en la Masacre de Margarita Belén, y más puntualmente respecto de la desaparición de cuatro personas.

SU HISTORIA
Tozzo nació el 6 de octubre de 1945 en Buenos Aires. Fue militar, empresario y bon vivant. Durante la dictadura, Tozzo fue agente del Destacamento de Inteligencia 124 de Resistencia –que dependía directamente del temible Batallón 601– y ya en democracia se recicló como empresario de los medios de comunicación en varias localidades entrerrianas.

Se sabe que Tozzo era uno de los integrantes del convoy que participó de la Masacre de Margarita Belén, el 13 de diciembre de 1976. Concretamente, viajaba como acompañante de Germán Emilio Riquelme (condenado a perpetua en el primer juicio por la Masacre) en un camión Unimog 416 del Ejército que iba como escolta del vehículo que llevaba a los detenidos y, una vez en el lugar, fue uno de los ejecutores, según quedó consignado en la sentencia del juicio que se realizó este año y en el que fueron condenados ocho exmilitares a perpetua.

Cabe recordar que el represor fue apresado en 2003 por la Justicia chaqueña y luego liberado tras un polémico hábeas corpus concedido por la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia. Una vez que se ordenó la recaptura de los represores imputados, Tozzo escapó. Permaneció prófugo al menos un lustro, hasta que fue detenido el 17 de septiembre de 2008 por Interpol, escondido en el “Ipanema Tower”, un hotel de lujo de Río de Janeiro. Su extradición fue aceptada en mayo último por el Tribunal Supremo de Brasil y ratificada el mes pasado por un decreto de la presidenta, Dilma Rousseff.

RESTRICCIONES
Las autoridades brasileñas impusieron una serie de restricciones para su juzgamiento en Argentina. El represor está acusado por secuestros, homicidios y desapariciones forzadas de personas, que conlleva una pena de prisión perpetua. Pero la extradición fue concedida para que sea juzgado sólo por el delito de secuestro calificado, un crimen de carácter continuado que persiste hasta hoy, en virtud de que “las cuatro personas que estaban bajo la guardia de los militares policiales aún permanecen desaparecidas”, según consta en la resolución del Tribunal Supremo.

Específicamente se refiere a Roberto Yedro, Reynaldo Zapata Soñéz, Fernando Piérola y Julio Pereyra, a quienes los militares dieron como prófugos. Asimismo, el máximo organismo de justicia brasileño consideró que los homicidios que se le imputan a Tozzo están prescriptos –a diferencia de la interpretación que se hace en Argentina–, pero no hizo lugar a la invocación efectuada por la defensa respecto a la falta de pruebas y a la amnistía dictada por la ley de obediencia debida.
Fuente:ChacoDiaPorDia                                                   

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