LA CORTE SUPREMA REVOCO EL SOBRESEIMIENTO DEL EX JUEZ RICARDO LONA
Otra vez bajo investigación
El ex magistrado está acusado por encubrir y no investigar la Masacre de Palomitas, como se conoce al fusilamiento de once presos políticos en 1976.
El máximo tribunal destacó que “podrían constituir delitos de lesa humanidad, es decir, crímenes imprescriptibles”.
El ex juez salteño Ricardo Lona será nuevamente investigado por decisión de la Corte Suprema.
Ricardo Lona había zafado de su imputación por la Masacre de Palomitas, pero la Corte Suprema revocó el sobreseimiento del ex juez federal salteño acusado de encubrir y no investigar el fusilamiento de once presos políticos ocurrido el 6 de julio de 1976 durante la dictadura cívico-militar.
“Corresponde revocar el sobreseimiento dictado con respecto al imputado Lona, para que se dicte un nuevo pronunciamiento en el que se evalúe qué medida corresponde”, afirmó el máximo tribunal en un fallo firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Elena Highton y Carmen Argibay.
De esta manera, un tribunal federal salteño deberá evaluar “qué medida corresponde adoptar con respecto a las imputaciones que fueron indebidamente excluidas y cómo deben conjugarse éstas con el reproche relativo a la omisión de investigar”, tras este fallo de la Corte que avanza en la necesidad del juzgamiento de los cómplices civiles del genocidio.
Lona fue acusado de no investigar la Masacre de Palomitas y del encubrimiento de este hecho, en el que once detenidos del penal de Villa Las Rosas fueron fusilados cuando eran trasladados a la provincia de Córdoba, en el paraje Palomitas, a 50 kilómetros de Salta capital, y también estuvo imputado de violación de los deberes de funcionario público.
El juez federal 2 de Salta, Miguel Medina, le había dictado al ex magistrado la prisión preventiva por ese delito, pero lo sobreseyó por el encubrimiento, mientras que la Cámara Federal de Apelaciones de Salta declaró extinguida la acción penal por prescripción y lo sobreseyó.
“Circunscripto entonces su análisis a la omisión de investigar, la Cámara señaló que dicho ilícito no constituía un delito de lesa humanidad y que la acción penal a su respecto se encontraba prescripta; en consecuencia, el imputado Lona fue sobreseído”, dice el fallo, publicado ayer en la página de la Corte Suprema.
Luego, explica que “la declaración de prescripción con respecto a la omisión de investigar, por un lado, y la decisión de no adoptar ninguna medida con respecto a los demás comportamientos, por otro, implicaron en definitiva sobreseer a Lona completa y definitivamente con respecto al hecho histórico investigado”.
A criterio de los jueces supremos que firmaron el fallo, la decisión de la Cámara Federal a partir del sobreseimiento por prescripción de un hecho puntual “ha cancelado indebidamente la investigación de otros comportamientos que podrían constituir delitos de lesa humanidad, es decir, crímenes imprescriptibles”.
Esta causa llegó a la Corte Suprema a partir de los recursos extraordinarios interpuestos por Elia Fernández Alonso, representada por Daniel Tort; el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, y el fiscal general de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, José Pérez. El máximo tribunal consideró procedentes estos recursos y, junto al análisis del dictamen de la Procuración General de la Nación sobre el caso, decidió “revocar la sentencia apelada”.
Lona sigue sumando problemas en su frente judicial porque a este fallo se suma el de Casación, de hace un año, que reabrió una causa por el presunto encubrimiento del secuestro y desaparición del ex gobernador de Salta Miguel Ragone, el 11 de marzo de 1976.
El 18 de febrero de 2004, el jury de enjuiciamiento lo había salvado de la destitución, pero al día siguiente el presidente Néstor Kirchner aceptó la renuncia que Lona había presentado para evitar el juicio.
FuentedeOrigen:Pagina12
Fuente:Agnddhh
Ordenó que la Cámara que lo exculpó produzca otro fallo
Masacre de Palomitas: La Corte revocó el sobreseimiento al ex juez federal Ricardo Lona
La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó el sobreseimiento del ex juez federal de Salta Ricardo Lona, acusado de encubrir y no investigar el fusilamiento de 11 presos políticos conocido como la Masacre de Palomitas, ocurrido el 6 de julio de 1976 durante la primera y más cruenta fase de la última dictadura cívico militar.
"Corresponde revocar el sobreseimiento dictado con respecto al imputado Lona, para que se dicte un nuevo pronunciamiento en el que se evalúe qué medida corresponde", dispone el fallo firmado por el presidente de cuerpo, Ricardo Lorenzetti, y los ministros Juan Carlos Maqueda, Elena Highton y Carmen Argibay.
De esta manera, un tribunal federal salteño deberá evaluar "qué medida corresponde adoptar con respecto las imputaciones que fueron indebidamente excluidas y cómo deben conjugarse éstas con el reproche relativo a la omisión de investigar".
Lona está acusado no sólo de no investigar la Masacre de Palomitas sino también de encubrir a sus ejecutores.
La Masacre de Palomitas se produjo en el paraje homónimo, situado a unos 50 kilómetros de la ciudad de Salta, luego de que once presos varones del penal de Villa Las Rosas fueron sacados del mismo, supuestamente para ser trasladados a Córdoba.
El juez federal 2 de Salta, Miguel Medina, dictó la prisión preventiva de Lona por violación de los deberes de funcionario público, pero lo sobreseyó por el encubrimiento considerándolo prescripto. Y la Cámara Federal de Apelaciones declaró extinguida aquella acción penal, también por prescripción, sobreseyéndolo.
Para tomar esta decisión, la Cámara hizo un razonamiento un tanto alambicado: sostuvo que la acusación contra Lona era solo por omisión de investigar el fusilamiento, y que no estaba en consideración si había tenido otro grado de participación en estos hechos (por ejemplo, la sospecha de haya sido parte del montaje que permitió matar impunemente a los presos políticos), y que por lo tanto se trató de un simple ilícito, no de un delito de lesa humanidad, que es imprescriptible.
"Circunscripto entonces su análisis a la omisión de investigar, la Cámara señaló que dicho ilícito no constituía un delito de lesa humanidad y que la acción penal a su respecto se encontraba prescripta; en consecuencia, el imputado Lona fue sobreseído", explica el fallo de la Corte.
"La declaración de prescripción con respecto a la omisión de investigar, por un lado, y la decisión de no adoptar ninguna medida con respecto a los demás comportamientos, por otro, implicaron en definitiva sobreseer a Lona completa y definitivamente con respecto al hecho histórico investigado", prosigue.
"De este modo, la Cámara Federal -a partir del sobreseimiento por prescripción de un hecho puntual- ha cancelado indebidamente la investigación de otros comportamientos que podrían constituir delitos de lesa humanidad, es decir, crímenes imprescriptibles", señala el fallo.
La causa llegó hasta la Corte gracias a los recursos extraordinarios interpuestos por Elia Fernández Alonso, representada por el abogado Daniel Tort; la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, representada por Martín Ávila, y el fiscal general de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, José Pérez.
La Corte Suprema consideró procedentes estos recursos y, tras analizar el dictamen de la Procuración General de la Nación sobre el caso, decidió "revocar la sentencia apelada", expresa el fallo.
En junio de 2009 el entonces Procurador General Esteban Righi acompañó los recursos. Rescató las expresiones del fiscal Pérez para resaltar que la Cámara salteña había “prescindido” de la forma procesal al “sobreseer definitivamente al imputado con relación al hecho histórico investigado, cuando aún se hallaba pendiente de discusión en el sumario la hipótesis de una eventual complicidad –y no un mero encubrimiento-” de Lona en la Masacre de Palomitas
“En tales condiciones, no cabe sino concluir que la sentencia resulta arbitraria”, sostuvo Righi.
Con la firma de los jueces Carmen Argibay, Luis Maqueda y Elena Highton de Nolasco, la Corte Suprema acogió las razones del Procurador y revocó el sobreseimiento de Lona.
La complicidad de Lona con la dictadura fue groesera.
Doly Mabel "Coca" Perini de Gallardo, esposa del desaparecido Ramón Gerardo "Chicho" Gallardo, dijo cuando ella le presentaba
recursos de habeas corpus, Lona los hacia un bollito y los tiraba a la basura.
"Cuando yo llegaba a ‘Ricky’ Lona él agarraba el recurso, me miraba así (de costado) y en mi cara tiraba el recurso en el canasto de papeles, y eso no pasó una vez, sino dos o tres veces”, declaró la mujer ante el TOF.
La pelota ha quedado ahora otra vez en el campo de la Justicia Federal de Salta. Pero los partidarios de exculpar a Lona paracen haber quedado fuera de juego.
FuentedeOrigen:http://memoria.telam.com.ar
Fuente:Agnddhh
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