12 de octubre de 2017

LA PAMPA: PIDEN QUE VUELVA A LA CÁRCEL BARALDINI.

Piden que vuelva a la cárcel Baraldini  
12-10-2017
No queremos a los represores en la calle cruzándose con las víctimas”, señaló el Movimiento Popular Pampeano por los Derechos Humanos.
Pulsera: el principal acusado del juicio de la Subzona 14 II que se desarrolla desde hace más de un mes, dejó la cárcel la semana pasada y cumple arresto domiciliario, con una pulsera electrónica, en la casa de su hija.“Equivale poco más que a facilitarle la fuga”, advirtió el Movimiento Popular Pampeano por los Derechos Humanos, que reclamó que se revierta el beneficio de prisión domiciliaria otorgado al ”represor y máximo responsable del terrorismo de estado en La Pampa”, el exjefe de Policía de la dictadura, Luis Enrique Baraldini.
Baraldini, principal acusado del juicio de la Subzona 14 II que se desarrolla desde hace más de un mes, dejó la cárcel la semana pasada y cumple arresto domiciliario, con una pulsera electrónica, en la casa de su hija, Sandra, en el centro de Santa Rosa. El MPPDH, querellante en el debate, apeló el beneficio pero el TOF no lo suspendió a pesar de esa medida. Está acusado por 216 casos de secuestro, tortura, asociación ilícita y genocidio.
“Vemos con preocupación el accionar del TOF que parece desconocer lo que ordena el Código Procesal Penal en el Art 442, donde con claridad se advierte que si concede el recurso de casación, tiene que suspender la medida que el mismo ataca, salvo qué en la resolución (que concede ese recurso) expresamente diga que la medida se aplica igual, cosa que no ha sucedido en este caso”, señaló el movimiento en un comunicado.
El 22 de septiembre, el tribunal, por mayoría, hizo lugar al pedido de detención domiciliaria, bajo la modalidad de vigilancia electrónica. El 28 de septiembre, las querellas interpusieron recurso de Casación ante el TOF, con el objeto de revocar la resolución. Sin embargo, finalmente, el 3 de octubre Baraldini logró el beneficio a pesar de que el TOF concedió el recurso y elevó el planteo a la Cámara de Casación Penal.
Víctimas desamparadas
“No queremos ver a los represores en la calle cruzándose con las víctimas que valientemente una vez más prestan testimonio del horror y la violencia soportada en detenciones ilegales. No pueden las víctimas del terrorismo de estado verse en semejante estado de desamparo con los torturadores accediendo a beneficios que pueden perjudicar el camino de la verdad y la justicia”, demandó el MPDH.
“Es alarmante ver al tribunal que debe impartir justicia demostrando visos de favoritismo en estas maniobras de compleja lectura. Solicitamos, como Movimiento de trayectoria histórica en la provincia, como querella y en nombre de las víctimas directas del terrorismo de estado, que se cumpla con lo estipulado en las leyes y que no se entorpezca el camino de Memoria – Verdad y Justicia que tanto nos costó conseguir a las y los argentinos”, enfatizó.
Además, advirtieron que la postura respecto a los beneficios para los represores “es inegociable”. “Cárcel común y juzgamiento, máxime cuando se trata de Baraldini, que tal como detallamos en la presentación realizada ante la justicia el día martes 10 del corriente ‘obstaculizó a tal punto la investigación judicial que permaneció prófugo durante ocho años y sólo fue traído a proceso una vez habido en un país extranjero, luego de haberse agotado todas las medidas judiciales y procesales para ello. Incluso en oportunidad en que fue abordado para ser privado de la libertad, proporcionó datos falsos sobre su identidad”.
Peligro de fuga
“En este marco, acreditada su mala fe procesal y su capacidad psicofísica para estar en juicio, otorgarle la prisión domiciliaria equivale poco más que a facilitarle la fuga y frustrar así cuatro décadas de ingentes y colectivos esfuerzos para cumplir con la obligación del Estado Argentino de brindar justicia a sus habitantes”, alertó el movimiento.
Por esa razón, hicieron público “el claro e indeclinable pedido de las querellas, que se retrotraiga la prisión domiciliaria ejecutada al Baraldini al momento de la interposición del recurso de casación en violación del art. 442 del CPPN, y se ordene su prisión preventiva de cumplimiento efectivo y común”.
 Fuente:EDiariodelaPampa

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