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22 de diciembre de 2022

Cuatro años de cárcel a una policía por la Masacre de Quilmes y ya son 11 los condenados por el caso.

 

La Bonaerense Elda Marina Guaquinchay Bogado fue condenada por "omisión de denuncia de torturas"

Cuatro años de cárcel a una policía por la Masacre de Quilmes y ya son 11 los condenados por el caso

Imagen: Télam

Una oficial de la policía bonaerense fue condenada este miércoles a cuatro años de prisión y ocho de inhabilitación por la "Masacre de Quilmes", en la que murieron en octubre de 2004 cuatro adolescentes tras incendiarse una comisaría en la que estaban demorados y por la que también ya fueron juzgados otros diez policías, informaron fuentes judiciales.

Se trata de Elda Marina Guaquinchay Bogado, quien seguirá en libertad hasta tanto el fallo por unanimidad del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 5 quilmeño por el delito de "omisión de denuncia de torturas" quede firme.

Además, los jueces Juan Martín Mata, Gustavo Farina y Federico Merlini le dieron 8 años de inhabilitación especial para ejercer cargos públicos.

"Los sobrevivientes confirmaron las torturas en la comisaría primera de Quilmes y lograron las condenas", destacó Tobías Corro, referente social que acompañó a las familias de las víctimas fatales, identificadas como Elías Giménez (15), Diego Maldonado (16), Miguel Aranda (17) y Manuel Figueroa (17).

En el fallo de 48 páginas al que Télam tuvo acceso, el TOC 5 acreditó que la oficial ayudante "omitió adoptar medidas necesarias para evitar o interrumpir la comisión de los maltratos y tormentos llevados a cabo por los funcionarios policiales".

"Contribuyendo pasivamente a mantener reducidas a las víctimas, evitar que se las asista de manera inmediata y de esa forma neutralizar cualquier tipo de resistencia de las mismas, atento a que los apremios y tormentos padecidos por los damnificados consistieron en la aplicación injustificada por parte de los efectivos policiales, de golpes con bastones, puntapiés y golpes de puño, que los funcionarios les propinaron a los menores que estaban siendo evacuados hacia un patio abierto de la seccional", indicó en su voto el juez Farina, al que adhirieron sus colegas.

El magistrado recordó que "varias de las víctimas de estos tormentos injustificados previamente habían sufrido graves quemaduras en sus cuerpos a raíz del incendio que se había suscitado en el calabozo nro. 1 de la seccional y que les había provocado, entre otras consecuencias, la destrucción de su epidermis en algunas partes de sus cuerpos, mas quemaduras en las vías aéreas e intoxicación por inhalación del humo generado por la combustión de los colchones incendiados, sin perjuicio de lo cual y a pesar de estar en conocimiento de ellos el personal policial, continuó adelante con la golpiza descripta la que le fue propinada tanto a los menores que habían sufrido quemaduras como a los que no habían sido alcanzados por las llamas".

"Bajo la mirada de la nombrada Guaquinchay Bogado, les aplicaron los golpes descriptos a la vez que eran insultados, siendo que todo ello, implicó la causación de un dolor físico y moral inconmensurable y dichos tormentos tuvieron como finalidad prolongar injustificadamente el sufrimiento de los menores detenidos como reprimenda al incendio que se había suscitado y a su vez obtener la confesión respecto de quién lo había iniciado", señaló el Tribunal.

En el inicio del juicio, la semana pasada, la imputada aceptó declarar y lloró al momento de recordar los hechos y, ante los jueces y el fiscal Claudio Pelayo que había pedido 6 años de prisión, dijo que cuando ocurrió la "Masacre de Quilmes" ella estaba embarazada, tenía contracciones y no tuvo responsabilidad.

La mujer policía había sido señalada por los investigadores como una de las oficiales que también estaban en la dependencia al momento de los hechos y que no hizo nada para evitar las torturas y la muerte de las víctimas, lo cual ahora dio por acreditado el fiscal.

Algunos testigos la habían ubicado en el cordón policial que apaleó a las víctimas cuando salían de las celdas quemadas y se dirigían a las duchas.

Uno de los testigos en el debate fue un hombre llamado Jonathan Aguirre, que fue uno de los sobrevivientes del hecho, quien afirmó recordar a la oficial en el cordón policial, pero que no la vio hacer nada para "salvar a las víctimas" ni "impedir la situación".

La "Masacre de Quilmes" es uno de los casos emblemáticos de la violencia institucional de los últimos 20 años.
Fuente:Pagina12

El hecho ocurrió en la noche del 20 de octubre de 2004 cuando policías ingresaron a las dos celdas de la comisaría 1ra. de esa localidad, que alojaba a 17 adolescentes, a quienes golpearon y sometieron a torturas.

En reclamo, los detenidos iniciaron un incendio y motín, que derivó en la muerte de los cuatro jóvenes que quedaron encerrados en sus celdas y no pudieron escapar de las llamas.

En 2015 se realizó el juicio y por las torturas y el incendio, fueron sentenciados a penas de entre 3 y 16 años el excomisario Juan Pedro Soria, el subcomisario Basilio Vujovic, el oficial inspector Fernando Carlos Pedreira Catalonga, el cabo Hugo D'Elía, los agentes Franco Góngora, Gustavo Altamirano y Elizabeth Fernanda Grosso, y los oficiales Gustavo Ávila, Héctor Jorge Gómez y Juan Carlos Guzmán.

Según el fallo del TOC 3 de Quilmes, los que recibieron la mayor pena fueron Pedreira (a quien le dieron 16 años de prisión), y D'Elía y Guzmán, quienes recibieron 10 y 9 años, respectivamente, pero están en libertad condicional.

Ninguno de los condenados fue preso hasta este año, cuando el mismo TOC 3 ordenó que el inspector Pedreira (45), quien se hallaba cumpliendo prisión domiciliaria monitoreado por una tobillera, sea enviado a la Unidad Penitenciaria 9 de La Plata, donde deberá permanecer hasta el 18 de octubre del 2031.






19 de mayo de 2022

Violó 100 veces el arresto domiciliario, pero igual le concedieron la libertad condicional.

 MASACRE DE QUILMES

Violó 100 veces el arresto domiciliario, pero igual le concedieron la libertad condicional

Organismos de derechos humanos rechazaron el fallo que benefició al excabo Hugo Daniel D'Elía, condenado a 9 años de prisión por los delitos de "torturas y vejaciones". "Ninguno de los diez policías involucrados estuvo más de dos días preso", afirmó Tomás Corro Molas. 
16-05-2022 
Una sala de la Cámara de Apelaciones de Quilmes concedió la libertad condicional a un excabo condenado en 2015 a 9 años de prisión por la denominada "Masacre de Quilmes", en la que fallecieron cuatro adolescentes tras incendiarse una comisaría en la que estaban demorados en 2004, y que había ido a prisión en abril pasado tras incumplir unas 100 veces el arresto domiciliario.

La decisión fue adoptada por la Sala 2 de la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal de Quilmes, compuesta por los jueces Luis Alejandro Gil Juliani y Alejandro Cascio, y generó un fuerte rechazo por parte de organismos de derechos humanos que acompañaban a las familias de las víctimas.

En su resolución -a la que tuvo acceso Télam- los magistrados declararon admisible el pedido de la defensa de Hugo Daniel D'Elía y le concedieron el beneficio de la libertad condicional.

D´Elia estaba detenido por los delitos de "torturas y vejaciones" sobre los fallecidos Elías Giménez (15), Diego Maldonado (16), Miguel Aranda (17) y Manuel Figueroa (17), en la denominada "Masacre de Quilmes".

El acusado siempre estuvo con prisión domiciliaria y en noviembre del año pasado su defensa pidió la libertad condicional al cumplir las dos terceras partes de la sentencia, por lo que el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 3 de Quilmes requirió al Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) un informe sobre su conducta.

De esta manera se comprobó que más de 100 veces se registró la interrupción de su monitoreo y que, al menos dos veces, hubo rotura de la tobillera electrónica sin marcas llamativas.

El TOC 3 rechazó el pedido de la defensa y dispuso la inmediata detención para ser trasladado a una unidad penitenciaria para su alojamiento en la que debía cumplir la totalidad de la pena, la cual vencerá el 18 de octubre de 2024.

Ahora, la decisión de la Cámara de Apelaciones indicó que, si bien las conclusiones que describe la Dirección de Monitoreo Electrónico en su informe del 13 de diciembre de 2021 con respecto a las interrupciones en la tobillera fueron reales, "lo cierto es que no hubo ningún episodio que durara más de diez (10) minutos".

"En esa misma línea, los dos episodios de 'apertura o corte de tobillera' informados fueron posteriormente normalizados, sin que se advirtiera en ninguna de las oportunidades que la tobillera presentara daños visibles", indicó el camarista Gil Juliani.

En tanto, señaló que "si bien es sumamente importante conocer la opinión de las víctimas en cada caso, su voluntad no puede por sí sola condicionar la decisión que deben tomar los jueces".

Gil Juliani expresó que D'Elía "cumple con el plazo temporal requerido por la norma para acceder a la libertad condicional", según el artículo 13 del Código Penal.

Por su parte, el juez Cascio avaló lo expuesto por su colega y votó en concordancia para que se le otorgue la prisión domiciliaria.

Tras conocerse el fallo, el referente de Derechos Humanos que acompañó a las familias de las víctimas, Tomás Corro Molas, expresó su rechazo a la medida y dijo que por el caso "ninguno de los diez policías involucrados estuvo más de dos días preso".

"Cuando los diez policías en 2015 tuvieron la condena de cumplimiento efectivo, al otro día la Cámara de Apelaciones de Quilmes les dio el arresto domiciliario a la totalidad. Ninguno cumplió más de dos días en una cárcel común. Si hablamos de torturas y apremios sobre adolescentes, no son delitos menores y las penas son altas. Sin embargo, todos fueron beneficiados con arresto domiciliario", dijo.

La "Masacre de Quilmes" ocurrió en la noche del 20 de octubre de 2004 cuando policías ingresaron a las dos celdas de la comisaría 1ra. de esa localidad, que alojaba a 17 adolescentes, a quienes golpearon y sometieron a torturas.

En reclamo, los detenidos iniciaron un incendio y motín, que derivó en la muerte de los cuatro jóvenes.

Maldonado fue el primero que falleció -el 21 de octubre- tras el incendio, mientras que el día siguiente murió Figueroa; el 25 de octubre, Giménez, y el 11 de noviembre, Aranda.

Por las torturas y el incendio, fueron sentenciados a penas de entre 3 y 16 años el excomisario Juan Pedro Soria, el subcomisario Basilio Vujovic, el oficial inspector Fernando Pedreira, el cabo D'Elia, los agentes Franco Góngora, Gustavo Altamirano y Elizabeth Fernanda Grosso, y los oficiales Gustavo Ávila, Héctor Jorge Gómez y Juan Carlos Guzmán.

A pesar de que existieron condenas de cumplimiento efectivo, ninguno de los policías fue enviado a un penal a cumplirlas.

Tras ese debate y gracias a las declaraciones aportadas por testigos que fueron buscados "casa por casa" por los familiares de las víctimas, la oficial Elda Marina Guaquinchay Bogado fue señalada como una de las policías que también estaba en la dependencia al momento de los hechos y que hasta entonces no había sido imputada.

La mujer, en ese momento embarazada de siete meses, habría formado parte, según testigos, de un cordón policial que apaleó a las víctimas cuando salían de las celdas quemadas y se dirigían a las duchas, y no habría hecho nada para detener las torturas.

Guaquinchay Bogado irá a juicio oral del 12 al 15 de diciembre de este año por el delito de "omisión de torturas" y Asuntos Internos del Ministerio de Seguridad de la provincia de Buenos Aires le había iniciado un sumario administrativo que podría derivar en una sanción disciplinaria en unos meses.
Fuente:Telam