La solicitud fue realizada por la defensa técnica a cargo de los abogados María Mercedes Crespi y Adriano Máximo Liva. Entre los argumentos presentados figura el requisito de la edad previsto por la ley. Tiene 81 años y afirman que sufre enfermedades "propias de su edad, tales como asma bronquial" y que necesita cuidados especiales.
Como se recordará, el tribunal condenó a Luciano Benjamín Menéndez a la pena de prisión perpetua e inhabilitación absoluta perpetua, accesorias legales y costas. Asimismo, se revocó el beneficio de la prisión domiciliaria oportunamente otorgado por el Juzgado de Instrucción.
El informe de la justicia manifiesta que conforme al informe médico, psiquiátrico y psicológico emitido por la Junta del Hospital Nacional de Clínicas, "permiten -por el momento- concluir que no padece una enfermedad incurable en estado terminal y, que su estado actual de salud psicofísica no le impide permanecer en una unidad carcelaria".
Además aclara que Menéndez recibe atención médica adecuada y hasta la fecha "no ha sufrido complicación alguna". Pero aclara que si se produjeran "modificaciones en el estado de salud" se reevaluará lo dictaminado.
El genocida se encuentra además imputado en numerosas causas por delitos de lesa humanidad que se están investigando ante el Juzgado Federal N°3 y en otras provincias. "Este Tribunal considera que se encuentra debidamente acreditada la peligrosidad procesal justificatoria de la detención cautelar de Menéndez en establecimiento carcelario, en tanto es dable presumir que el mismo intentará entorpecer y eludir la acción de la justicia", expresa el texto.
En igual sentido se expidieron en el caso del policía Luis Manzanelli, "este Tribunal considera que se encuentra debidamente acreditada en el caso en concreto, la peligrosidad procesal justificatoria de la detención cautelar de Manzanelli en establecimiento carcelario, en tanto es dable presumir que el mismo intentará entorpecer y eludir la acción de la justicia, por todo lo cual corresponde denegar el beneficio de detención domiciliaria solicitado", dice la resolución correspondiente.
En octubre la Cámara Nacional de Casación Penal, denegó el beneficio de excarcelación a Luis Alberto Manzanelli y Carlos Alberto Díaz. Por otra parte, cabe destacar que igual criterio se fijó en los casos "Lardone", "Rodríguez", "Vega" y "Padovan".
(Fuente:Rdendh-Prensared).
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