Represor con perpetua
El suboficial Gregorio Molina deberá cumplir la pena en una cárcel común.
El suboficial Gregorio Molina deberá cumplir la pena en una cárcel común.

Por Diego Martínez
El Tribunal Oral Federal 1 de Mar del Plata condenó a la pena de prisión perpetua en cárcel común a Gregorio Rafael Molina, suboficial de la Fuerza Aérea y ex jefe del centro clandestino La Cueva, que funcionó en el viejo radar de la Base Aérea. La sentencia culminó con un aplauso de diez minutos en la sala y quinientas personas festejando en la calle. El fallo quedará en la historia porque por primera vez la Justicia calificó como delito de lesa humanidad, diferente de las torturas, a las violaciones de secuestradas cometidas por integrantes de las Fuerzas Armadas.
Molina era encargado de La Cueva, donde se hacía llamar Charles Bronson. Su destino era el área de inteligencia, debajo de José Alcides Cerutti, aún libre e impune. Los jueces Juan Leopoldo Velázquez, Beatriz Torterola y Juan Carlos París lo condenaron por treinta y seis secuestros y tormentos agravados (contra perseguidos políticos), dos homicidios calificados (por alevosía, ensañamiento y participación de dos o más personas), cinco violaciones y una tentativa, agravadas porque era encargado de la guarda de las víctimas. Fue absuelto por cuatro secuestros en los que no se acreditó su participación.
La prisión perpetua había sido solicitada por los fiscales Horacio Azzolín y Daniel Adler, por la APDH y el Colegio de Abogados local. Es la primera condena en Mar del Plata por delitos de lesa humanidad en esa ciudad. Antes, el coronel Alberto Barda fue condenado por el TOF-5 porteño (que le permitió seguir libre), en tanto al general Pedro Mansilla y al coronel Alejandro Duret se los juzgó por delitos en Olavarría.
Además de la sala repleta, quinientas personas escucharon la sentencia desde la avenida Luro, donde hubo música, radio abierta, fotos de desaparecidos, pecheras de “Juicio y castigo”, banderas de Hijos, Descamisados, la CTA y el PTS, entre otras. El imputado, con buzo azul y chaleco antibalas, estuvo solo: ni familia, ni camaradas, ni su abogado Eduardo San Emeterio, con problemas de artrosis.
A dos metros de Molina siguieron la sentencia tres de sus víctimas, tomadas de la mano y con los ojos cerrados. Cuando el secretario Carlos Oneto concluyó la lectura, los penitenciarios se llevaron al condenado y la sala comenzó a aplaudir de pie. Los jueces guardaron silencio, sin moverse de sus asientos. Diez minutos después culminó el aplauso y el juez Velázquez agradeció el buen comportamiento de los presentes.
El abogado César Sivo destacó que “es la primera condena a un miembro de la patota de La Cueva, un grupo de tareas heterogéneo, con miembros de las tres fuerzas y civiles”. “Es muy importante por las evidencias que se obtuvieron, porque se confirmó la responsabilidad de civiles, se identificaron roles específicos de otros imputados, y apareció una gran cantidad de soldados dispuestos a declarar. La condena repara a las víctimas, reafirma la importancia de dar testimonio, de tener que revivir el dolor pero con un resultado positivo”, celebró.
“Molina es el primero, ahora hay una larga fila de juicios, por la Base Aérea y el GADA 601, que con suerte será en 2012”, destacó Marcelo Núñez, de Hijos. “El juicio sirvió para inscribir en una condena nombres como los de (el ex juez Pedro) Hooft o (el ya fallecido ex CNU Eduardo) Cincotta, que fueron parte del andamiaje de la represión en Mar del Plata”, agregó.
Sivo también resaltó la importancia de la calificación de las violaciones como delito de lesa humanidad, criterio que rechaza la mayor parte del Poder Judicial. “Es el primer fallo en la Argentina y el cuarto o quinto en el mundo”, recordó, y apuntó antecedentes en Ruanda y la ex Yugoslavia. “La condena por ese delito es una forma de reivindicar el honor y la dignidad de las víctimas, aunque sea 34 años después.”
FuentedeOrigen:Pagina12
Fuente:Rdendh
PRISIÓN PERPETUA!!!
Segundo: rechazando la excepción de prescripción deducida por la defensa respecto de los hechos subsumibles en el artículo 119 del código penal.
Tercero: desestimando la articulación de nulidad parcial de la acusación formulada por la parte querellante Colegio de Abogados del departamento Judicial de Mar del Plata.
Cuarto: Condenando a Gregorio Rafael Molina a la pena de prisión perpetua por ser considerado:Partícipe necesario en la comisión del delito de homicidio agravado por ensañamiento, alevosía y con el concurso premeditado de dos o más personas; dos hechos en concurso real y de los cuales resultaran víctimas los doctores Norberto Oscar Centeno y Jorge Roberto Candelero. (Art. 80 inciso 2 y 6; Art. 55 del Código Penal).
Coautor del delito de privación ilegítima de la libertad agravada por su tarea de funcionario público y por mediar violencia en 36 hechos; figura legal que concurre con la imposición de tormentos agravados por haber sido cometidos en perjuicio de perseguidos políticos (Art. 144bis inciso 1, en función del Art. 142 y del 114 ter párrafo segundo según Ley 14616; 45 y 55 del Código Penal) .
Autor del delito de violación en forma reiterada agravada por la calidad del autor encargado de la guarda de la víctima en tres hechos que concurren materialmente entre sí. (Art. 119 y 122 relación previa a la modificación por introducida por Ley 25087, 45 y 55 del Código Penal) Autor del delito de violación en forma reiterada dos hechos y violación en grado de tentativa, un hecho. Los tres hechos agravados por la calidad del autor encargado de la guarda de la víctima y que concurren materialmente entre sí. Art. 119 y 122 relación previa a la modificación por introducida por Ley 25087, 42, 45 y 55 del Código Penal)
Todos los hechos e ilícitos enrostrados a Gregorio Rafael Molina concurren materialmente entre sí, conforme a la regla del Art. 55 del Código Penal. Como a las accesorias legales de inhabilitación absoluta y perpetua y privación, mientras dure la pena, de la Patria Potestad, de la administración de sus bienes y del derecho a disponer de ellos, con costas.
Sexto: absolviendo a Gregorio Rafael Molina en orden a los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada, imposición de tormentos agravados en relación a Luis Serra, María Eugenia Vallejo, Rubén Alberto Yansen y Susana Rosa Jacué Guitián por no haberse acreditada la autoría del nombrado en tales hechos. Sin costas.
Firmado
Juan Leopoldo Velazquez
Beatriz Elena Torterola
Juan Carlos París
Ante mí, Carlos Ezequiel Oneto, secretario.
Por Marcelo Nuñez
FuentedeOrigen:SubZona15
Fuente:Rdendh
ASOCIACION EX DETENIDOS POLITICOS DEL SUDESTE
El Tribunal Oral Federal de Mar del Plata condenó este miércoles a prisión perpetua y cárcel común al ex subjefe de la Base Aérea de esta ciudad, Gregorio Rafael Molina, por delitos de lesa humanidad. La sentencia corresponde a la causa del centro clandestino “La Cueva”.
El Tribunal integrado por los jueces Juan Leopoldo Velázquez, Beatriz Torterola y Juan Carlos París, condenaron a Molina al hallarlo culpable de los delitos de homicidio contra los abogados Oscar Centeno y Jorge Roberto Candeloro, tres violaciones a una mujer y la misma cantidad de accesos sexuales a otra, uno de ellos en calidad de tentativa.
El Ministerio Público había requerido en su alegato la prisión perpetua, accesorias legales y costas para Molina.
La Fiscalía consideró que Molina era coautor responsable del delito de homicidio agravado por ensañamiento, alevosía y con concurso premeditado de dos o más personas.
En tal sentido, había pedido al Tribunal que tenga en cuenta el informe de la CONADEP que da cuenta de una metodología constante a lo largo del país como contexto del terrorismo de Estado. La querella a cargo del doctor César Sivo había solicitado la reclusión perpetua, accesorias legales y costas para el ex subjefe de la Base Aérea de Mar del Plata y el Colegio de Abogados hizo su pedido en el mismo sentido.
El alegato de la querella consideró que "no importa que en la ejecución la reclusión y la prisión sean lo mismo, pero sí importa que la sociedad entienda que estos delitos cometidos de esta forma merecen una pena de reclusión perpetua, y no la pena de prisión perpetua".
Centeno fue uno de los letrados secuestrados en Mar del Plata junto a varios de sus colegas, también muertos o desaparecidos, en la denominada "Noche de las Corbatas", que se desarrolló entre el 6 y el 7 de julio de 1977. Candeloro fue secuestrado en Neuquén el 13 de junio del mismo año.
Molina fue condenado por las privaciones ilegales de la libertad, los tormentos de 36 víctimas y las violaciones a dos mujeres secuestradas que estaban bajo su guarda. Además, el Tribunal le quitó la patria potestad al represor.
Al leer el veredicto, más de 300 personas se encontraban fuera del palacio de tribunales gritando "justicia" y "asesino" con pancartas de distintas organizaciones sociales y de hijos de desaparecidos. Luego de la sentencia los testigos y familiares se fundieron en emotivos abrazos dando rienda suelta a la contenida emoción de tantos años de espera. Los fundamentos de la sentencia se conocerán el próximo 16 de junio.
AUTOR / FUENTE: www.0223.com.ar
JUICIO Y CASTIGO A TODOS LOS GENOCIDAS
JUSTICIA PARA TODOS LOS COMPAÑERAS/OS DETENIDAS/OS - DESAPARECIDAS/OS.
30.000 COMPAÑERAS/OS DETENIDAS/OS DESAPARECIDAS/OS
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¡PRESENTES!
ASOCIACION EX DETENIDOS POLITICOS DEL SUDESTE
Tras conocerse la sentencia del Tribunal Oral Federal de Mar del Plata condenando a prisión perpetua y cárcel común al ex subjefe de la Base Aérea local, Gregorio Rafael Molina, por delitos de lesa humanidad cometidos durante la dictadura, el abogado de la querella, Dr. César Sivo, destacó el fallo.
En una entrevista exclusiva con Telecuatro, el letrado manifestó que la sentencia le significó “una gran emoción, una profunda alegría y una celebración de lo que es la Justicia, que va llegando”. “Este fallo sienta precedentes a nivel nacional e internacional porque está enrolado en los fallos más modernos del derecho penal internacional porque está incluyendo todos los ataques sexuales como delitos de lesa humanidad”, subrayó.
Y recalcó la importancia de que “los culpables sean condenados, que cada uno pague por lo que hizo y que vayan a la cárcel por su responsabilidad en el plan de exterminio en la dictadura militar”.
“Que la Justicia llegue para los propios abogados es un dato que hay que celebrar, que emociona y que es muy importante para la sociedad, pero lo más importante es reivindicar la tarea de los abogados y reivindicar a aquellos abogados, que son el símbolo que uno necesita transmitirles a los alumnos en la facultad: la profesión es un modo de vida, uno la debe abrazar con amor, con sentimiento, como lo hacían aquellos abogados que desaparecieron en la Noche de las Corbatas”, dijo.
“Este es el mejor homenaje a la dignidad profesional que se puede hacer, es una condena que además debe significar un homenaje para aquellos profesionales del Derecho”, sentenció.
Por su parte, Marta García de Candeloro, esposa del desaparecido Jorge Candeloro y también víctima del ex subjefe de la Base Aérea de esta ciudad, afirmó sentir “una satisfacción enorme”. “No es alegría, pero sí una emoción enorme porque esto es un símbolo de la punta del iceberg y nos da la esperanza de que empezamos a acabar con la impunidad para que esto nunca más se repita”, consideró, a la vez que se comprometió a “estar presente y seguir con todo esto hasta el día que me muera porque merecen justicia todos los compañeros que aún no la tienen”.
AUTOR / FUENTE: Juan Marco Candeloro/Luciana Acosta
AUTOR / FUENTE: Juan Marco Candeloro/Luciana Acosta
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Fuente:AeDPdelS
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