16 de Mayo
Revocan un fallo que se oponía a la acumulación de causas por crímenes de lesa humanidad
La Cámara Nacional de Casación Penal revocó un fallo que se oponía a la acumulación de causas con idénticos imputados y hechos ilícitos registrados durante la última dictadura militar, considerados como delitos de “lesa humanidad”, confirmaron fuentes judiciales.
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La causa llegó a la máxima instancia penal luego de que el fiscal de la Cámara de Casación Javier De Luca presentara un “recurso de queja” contra la negativa del Tribunal Oral Federal 2 de Rosario a acumular causas de privación ilegal de la libertad y homicidio contra Manuel Saint Amant y otros sindicos represores.
El Tribunal 2 de Rosario se opuso a la acumulación de las causas en el Tribunal Oral Federal 1 de esa misma jurisdicción basado en una decisión que habían tomado años atrás sobre la distribución de causas teniendo en cuenta el número par o impar del expediente.
El fiscal recordó que en casos con imputaciones de delitos de lesa humanidad entre marzo de 1987 y diciembre de 1983 “se encuentra comprometida la responsabilidad internacional del Estado Argentino, que debe garantizar el juzgamiento de todos los hechos de esas características” con “la mayor celeridad posible”.
El fiscal remarcó, en tal sentido, la conveniencia de “un análisis en conjunto de todas las actuaciones” conexas y citó una reciente acordada de la Cámara de Casación Penal, la 1/12, con “reglas prácticas” a fin de “facilitar el debido cumplimiento de las funciones jurisdiccionales y posibilitar una mayor dinámica y operatividad”.
La Cámara sostuvo que la distribución de expedientes en función del carácter par o impar del número de los mismos con el fin de ordenar la asignación de causas, “no puede erigirse en óbice al mejor y más adecuado aseguramiento del ejercicio de la defensa de las partes y el resguardo del debido proceso en casos que tienen imputados y prueba en común”.
La Sala I del tribunal decidió hacer lugar a la queja y, con la firma de los camaristas Raúl Madueño, Mariano Borinsky y Luis Cabral, revocó la decisión del TOF 2 de Rosario y le remitió la causa “para que dicte una nueva decisión” conforme el criterio del fallo que revisó el fallo anterior.
Fuente:Telam
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