5 de mayo de 2013

Impulsan pensión vitalicia para madres de víctimas del terrorismo de Estado.

Impulsan pensión vitalicia para madres de víctimas del terrorismo de Estado
5-5-2013
La iniciativa es promovida por la diputada Gladys Soto, para casos anteriores a 1983 y el monto no podrá ser inferior al 82% móvil, de bolsillo, sobre salario categoría A, equivalente al percibido por los empleados de la Administración Pública Nacional.

La diputada kirchnerista Gladys Soto presentó un proyecto por el cual busca establecer una pensión mensual no contributiva de carácter vitalicio para aquellas personas que acrediten ser madres de hijos que hayan sido asesinados o se encuentren en situación de desaparición forzada como víctimas del terrorismo de Estado.

Tras puntualizar qué se entiende por desaparición forzada y qué casos serían atendidos por la norma, se indica que los alcanzados por el beneficio serán personas que habiten en nuestro país, independientemente de que sus hijos hayan sido secuestrados o asesinados fuera de la Argentina.

Los casos atendidos son los de aquellas víctimas que hayan sido puestas a disposición del PEN antes del 10 de diciembre de 1983; privadas de su libertad en condición de civiles y/o militares por actos emanados de unidades o tribunales militares o especiales o consejos de guerra, haya habido o no sentencia condenatoria en este fuero, bajo la vigencia de la Doctrina de Seguridad Nacional; o haber sido privadas de su libertad por Tribunales civiles, en virtud de la aplicación de la Ley N º 20840/74 y/o del Art. Nº 210 bis y/o 213 bis de Código Penal y/o cualquier otra ley, decreto o resolución de esa índole, habiendo permanecido detenidas bajo el régimen de "detenidos especiales", violatorio de los Derechos Humanos amparados constitucionalmente.

La pensión caduca por renuncia del titular o en caso de fallecimiento y no será asignada a persona alguna; será inembargable, y no podrá ser cedida ni transferida por ningún acto jurídico. Su monto no podrá ser inferior al 82% móvil, de bolsillo, sobre salario categoría A, equivalente al percibido por los empleados de la Administración Pública Nacional.
Fuente:Parlamentario

No hay comentarios: