13 de agosto de 2013

LEY DE MEDIOS: rechazan pedido de camaristas para cerrar una causa.

13.08.2013
La Cámara Federal no accedió al planteo porque no está probada la inexistencia de delito 
Ley de Medios: rechazan pedido de camaristas para cerrar una causa
Los jueces Recondo y Farrel y los consejeros Aguad y Ostropolsky están acusados de favorecer a Clarín con la designación de jueces subrrogantes y de trabar el Consejo de la Magistratura 
Por: Néstor Espósito
Un tribunal rechazó terminar anticipadamente una causa en la que dos jueces de la Cámara Civil y Comercial Federal están acusados por el gobierno de haber manipulado el sorteo de subrogantes y demorado un concurso en el Consejo de la Magistratura para favorecer al Grupo Clarín en el tratamiento de la Ley de Medios. Pero al mismo tiempo deslizó que de lo investigado hasta ahora se desprende que no cometieron ningún delito, y urgieron a una pronta resolución que despeje cualquier duda sobre ellos.

La Sala Segunda de la Cámara Federal, en fallo dividido, rechazó un planteo de "excepción de falta de acción" formulado por los abogados defensores de los camaristas Ricardo Recondo y Martín Farrel, y los consejeros de la Magistratura Oscar Aguad (legislador por la UCR de Córdoba) y Daniel Ostropolsky (representantes de los abogados del interior), quienes reclamaron el cierre definitivo de la causa porque "los hechos denunciados no constituyen delito".

El 16 de octubre de 2012, el jefe de Gabinete, Juan Abal Medina y la procuradora del Tesoro, Angelina Abbona, presentaron ante la Procuración General de la Nación sendas denuncias cuestionando "el procedimiento de designación de jueces subrogantes adoptado en distintas decisiones de la Cámara Nacional en lo Civil y Comercial Federal para cubrir transitoriamente vacantes producidas en juzgados de primera instancia", y "la supuesta obstaculización, en el ámbito del Consejo de la Magistratura, del proceso de nombramiento de los aspirantes a ser designados al frente del juzgado número uno" de ese fuero, justamente el que tenía a su cargo el expediente sobre la constitucionalidad de la ley objetada por el Grupo Clarín.

Los camaristas Horacio Cattani y Eduardo Farah descartaron la posibilidad de cerrar la causa en este momento. "Este tipo de planteos sólo proceden cuando la inexistencia de delito surja en forma evidente y manifiesta", opinó Cattani. Pero enseguida aclaró que "el resultado de la mayoría de las diligencias ya consta en la causa, sin que hayan brindado corroboración alguna a las imputaciones formuladas", aun cuando "todavía restan producirse ciertas evidencias que fueron dispuestas con la finalidad de agotar la averiguación de todas las aristas del caso”.

Farah, por su parte, sostuvo que “la lectura del expediente principal y la documentación reservada muestra que la instrucción es aún incipiente y que, en ese marco, han concurrido versiones contrapuestas sobre cómo ocurrieron los acontecimientos, encontrándose pendientes de incorporación ciertas pruebas ya ordenadas”. Pero introdujo la hipótesis de que los denunciantes (el gobierno) terminarán siendo responsables de un eventual delito: “la fiscalía ha impulsado la acción en este mismo legajo para investigar si quiénes formularon la denuncia primigenia lo hicieron falsamente y con miras a presionar o amedrentar a sectores de la justicia o el Consejo de la Magistratura".

Al igual que su colega, Farah opinó que "hasta el momento, lo actuado tiende a priori a respaldar sus versiones, exclusivamente en punto al mérito de las imputaciones que a ellos atañen" sobre la inexistencia de delito que argumentaron los jueces y los consejeros de la Magistratura. Entonces, terció Cattani, "una vez completo el cuadro probatorio, corresponderá al juez pronunciarse por los canales adecuados sobre la situación de los encausados, sin que pueda postergarse esa definición en virtud de que existan otras denuncias aún sometidas a medidas de averiguación".

El voto concurrente coincide en que "las constancias relativas al procedimiento adoptado por la Cámara Nacional en lo Civil y Comercial Federal para nombrar magistrados subrogantes, indican que las herramientas escogidas no resultaron novedosas ni limitadas a un solo juzgado; que fueron fundamentadas en una situación de excepción, generalizada en el fuero; y que sucesivamente se las puso en conocimiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, siendo en algunos supuestos avaladas y en otros no".

En cuanto a "los antecedentes relativos al trámite del concurso número 258 (del Consejo de la Magistratura) destinado a designar magistrados para los Juzgados 1, 4, 5, 7 y 8 del fuero Civil y Comercial Federal, no aportan signos de irregularidades, por cuanto se siguieron allí los pasos correspondientes y su avance –o no– obedeció a razones reglamentarias".

La causa quedó abierta, pero encaminada a un sobreseimiento de los imputados. De hecho, el tercer integrante del tribunal, Martín Irurzun, se había pronunciado –en minoría– "haciendo lugar a la excepción de falta de acción promovida por las defensas y, en consecuencia, sobreseyendo a Recondo, Farrel, Aguad y Ostropolsky, por cuanto el hecho investigado no encuadra en una figura legal, dejando constancia que la formación del presente proceso no afecta el buen nombre y honor de que hubieran gozado".  
Fuente:TiempoArgentino

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