Tenemos la inmensa satisfaccion de informarles que en el día de la fecha el Concejo
Deliberante de la ciudad de Córdoba aprobó por unanimidad la Ordenanza que crea el "Registro Municipal de Demorados y Detenidos por Contravenciones y Víctimas de Violencia Institucional". La ordenanza designa autoridad de aplicación a esta Dirección de Derechos Humanos y otorga un plazo de 60 días para su reglamentación.
Saludos cordiales
DESPACHO DE LA COMISION DE LEGISLACION GENERAL, ASUNTOS CONSTITUCIONALES, PETICIONES Y PODERES
SR. PRESIDENTE SRES. CONCEJALES:
Vuestra
Comisión de Legislación General, Asuntos Constitucionales, Peticiones y
Poderes, al dictaminar acerca del Expediente Interno Nº
4402-E-14, iniciado por el Departamento Ejecutivo Municipal (Secretaría de
Gobierno, Participación Ciudadana y Desarrollo Social), donde en Expediente
Municipal Nº 010858/14 eleva Proyecto de Ordenanza con Asunto: “CREACIÓN del
Registro Municipal de Detenidos por Contravenciones, Demorados y Maltrato
Institucional”, os aconseja por MAYORIA de los presentes le prestéis su APROBACIÓN en GENERAL como fuera
presentado y en PARTICULAR con las MODIFICACIONES,
supresiones y agregados que se introducen en su articulado quedando redactado
de la siguiente manera:
EL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Art.
1º: CRÉASE en
el ámbito de la Municipalidad de Córdoba el "Registro Municipal de Demorados y
Detenidos por Contravenciones y Víctimas de Violencia Institucional”,
conforme lo establecido en la presente Ordenanza.
Art. 2º:
ES objeto de la presente Ordenanza
contribuir al efectivo cumplimiento de los derechos humanos y al acceso a la
plena ciudadanía, en consonancia con la Constitución Nacional, Provincial, la
Convención Internacional contra la Tortura, los demás Tratados y Pactos Internacionales
pertinentes y la Carta Orgánica
Municipal, facilitando un monitoreo eficaz de la violencia
institucional en la ciudad de Córdoba.
Art.
3º: LA Dirección de Derechos Humanos, o el organismo
que en el futuro la reemplace, será la autoridad de aplicación de la presente
Ordenanza y tendrá a su cargo el funcionamiento operativo del Registro creado
en el artículo 1º.
Art.
4º: EL
ingreso de datos y el acceso a información del Registro se realizará respetando
los principios constitucionales de intimidad y privacidad previstos en el
artículo 19 inciso 2 de la Constitución Provincial y en la Ley Nacional de
Protección de Datos Personales Nº 25.326, incluyendo
y/o excluyendo, con autorización expresa del interesado que haya sufrido la
detención, demora y/o violencia institucional,
toda la información referida a la misma, conforme lo establezca la
reglamentación.
Art.
5º: LOS datos que se
consignen en el Registro Municipal de Demorados y
Detenidos por Contravenciones, y Víctimas de Violencia Institucional serán
los relacionados a contravenciones
previstas en el Código de Faltas de la Provincia de Córdoba y en el Código
Municipal de Faltas vigentes, o los que en el futuro los reemplacen; por
demoras y/o por cualquier tipo de violencia institucional provincial o
municipal.
Art. 6º: LOS datos cuantitativos y cualitativos resultantes serán publicados
anualmente, antes del 30 de marzo de cada año,
en la página web de la Municipalidad de Córdoba mediante un informe que, con observancia de las
garantías constitucionales establecidas en el art. 4º de la presente, elaborará la autoridad de aplicación.
Art. 7°: El acceso a los datos
consignados en el "Registro Municipal
de Demorados
y Detenidos por Contravenciones y Víctimas de Violencia Institucional” será
público, preservando la identidad y datos personales del presentante, los que
sólo podrán revelarse ante requerimiento judicial.
Art. 8°: A los fines del funcionamiento operativo del Registro, la
Autoridad de Aplicación coordinará y articulará las acciones necesarias
con instituciones públicas y organizaciones de la sociedad civil para la
obtención de resultados efectivos, debiendo instrumentar la debida capacitación
de los miembros intervinientes.
Art. 9º:
EN la implementación de la presente
Ordenanza y en relación a las presentaciones receptadas, a petición de parte
interesada, la Dirección de
Derechos Humanos brindará asistencia y orientación jurídica en relación a las
mismas articulando con otros organismos municipales y provinciales de derechos
humanos, y con las Asesorías Letradas y el Ministerio Público Fiscal en los
casos que correspondan, con el fin de promover y facilitar el correspondiente
acceso a la justicia. Asimismo podrá requerir informes y efectuar
presentaciones ante los organismos involucrados, para su toma de conocimiento y
demás tramites que resulten pertinentes.-
Art. 10º:
LOS recursos para la implementación y funcionamiento
operativo del "Registro Municipal de Demorados y Detenidos por
Contravenciones, y Víctimas de Violencia Institucional” estarán contemplados en el
Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Municipalidad de
Córdoba, correspondiente a cada ejercicio financiero.
Art. 11º: SE establece
el plazo de sesenta (60) días para el
dictado de la reglamentación de la presente Ordenanza.
Art. 12º: DE forma.
|
Oscar VERA BARROS
Secretario de la Comisión de Leg.
General, As. Constitucionales, Pet. y Poderes
Concejo Deliberante de la Ciudad de
Córdoba
|
Héctor CAMPANA
Vicepresidente de la Comisión de Leg.
General, As. Constitucionales, Pet. y Poderes
Concejo Deliberante de la Ciudad de
Córdoba
|
Lucas CAVALLO
Presidente de la Comisión de Leg. General,
As. Constitucionales, Pet. y Poderes
Concejo Deliberante de la Ciudad de
Córdoba
|
|
Javier BEE SELLARES
Concejal
Concejo Deliberante de la Ciudad de
Córdoba
|
Adrián CASATI
Concejal
Concejo Deliberante de la Ciudad de
Córdoba
|
Jorge NASARA
Concejal
Concejo Deliberante de la Ciudad de
Córdo
|
|
Aldo VARGAS
Concejal
Concejo Deliberante de la Ciudad de
Córdoba
|
Miguel SICILIANO
Concejal
Concejo Deliberante de la Ciudad de
Córdoba
|
Carlos MERCADO
Concejal
Concejo Deliberante de la Ciudad de
Córdoba
|
|
Esteban DÓMINA
Concejal
Concejo Deliberante de la Ciudad de
Córdoba
|
|
Víctor DANIELE
Secretario General de Comisiones
Concejo Deliberante de la Ciudad de
Córdoba
|
Sala de Comisiones, 1
de abril de 2014.
Seguidamente vuelva el presente a
Secretaría General de Comisiones a sus
efectos.
|
Lucas CAVALLO
Presidente de la Comisión de
Legislación General, Asuntos Constitucionales, Peticiones y poderes
|
Córdoba,
FECHO. Gírese el
presente con ( ) fs. útiles a la Secretaría Legislativa
para su tratamiento respectivo; previo conocimiento de la Comisión de Labor
Parlamentaria. CONSTE.-
|
Víctor DANIELE
Secretario General de Comisiones
Concejo Deliberante Ciudad de Córdoba
|
sitio web: https://sites.google.com/site/expresospoliticoscordoba/home

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