23 de diciembre de 2014

CAMPO DE MAYO: PERPETUA A RIVEROS y 25 AÑOS A BIGNONE, 13 AÑOS PARA BIANCO y 7 PARA ARROCHE DE SALA GARCÍA-DISCONFORMIDAD CON EL FALLO.

Fue en el juicio por la apropiación de menores en el Hospital Militar de Campo de Mayo, en el marco del Plan Sistemático de robo de bebés
Condenan a dos médicos por partos clandestinos durante la dictadura
Norberto Bianco recibió 13 años de prisión y Yolanda Arroche, siete. Las mayores penas recayeron en los responsables de la unidad, Reynaldo Bignone y Omar Riveros. Los organismos de DD HH, disconformes con el fallo, van a apelar.
Condenan a dos médicos por partos clandestinos durante la dictadura
Condenados - El dictador Reynaldo Bignone y el represor Santiago Omar Riveros acumulan varias condenas en los juicios que investigan los crímenes de la última dictadura.

El juicio por la apropiación de niños en el Hospital Militar de Campo de Mayo finalizó ayer con la condena a dos médicos que integraron la maternidad clandestina: Norberto Bianco, uno de los jefes, y la obstetra Yolanda Arroche de Sala García. El tercer médico, Raúl 

Eugenio Martín, fue absuelto por falta de pruebas. Las mayores penas las recibieron los responsables militares de Campo de Mayo: 30 años para Santiago Omar Riveros y 16 para el dictador Reynaldo Bignone. Las bajas penas y la absolución no conformaron a la querella de Abuelas de Plaza de Mayo ni a la fiscalía, representada por Martín Niklison, quienes adelantaron que apelarán la sentencia, cuando se conozcan los fundamentos, el 26 de febrero.

La jueza María Roqueta, presidenta del Tribunal Oral Federal 6, comenzó la lectura de la parte resolutiva del fallo a las 18.30. Tras repasar el rechazo a los planteos de nulidad de las defensas, la magistrada comenzó a leer las sentencias: 30 años de prisión para Riveros, jefe del Comando de Institutos Militares del que dependía Campo de Mayo, por la apropiación de las nietas restituidas Laura Catalina de Sanctis Ovando y Valeria Natalia Gutiérrez Acuña, y de los hijos de Marta Graciela Álvarez y Susana Stritzler, aún desaparecidos. Bignone, segundo de Riveros, recibió 16 años de prisión como coautor de la apropiación de los hijos de Stritzler y de Valeria Beláustegui Herrera.

Bianco, mayor médico, fue acusado como uno de los máximos responsables de la maternidad y quien realizaba el traslado de las mujeres embarazadas desde los centros clandestinos de detención. El TOF 6 lo encontró culpable de la apropiación del nieto Francisco Madariaga Quintela y del hijo de Beláustegui Herrera, así como por la privación ilegítima de la libertad de sus madres, y le dieron 13 años de prisión. Arroche, la única civil, fue condenada a siete años por haber falsificado el acta de nacimiento de Francisco Madariaga y a partir de ese hecho, haber facilitado su apropiación. Por último, Martín, quien se desempeñó como jefe de la División Clínica Médica del Hospital, fue absuelto.

Las penas estuvieron lejos de los pedidos de la fiscalía y la querella. Niklison había reclamado perpetua para Riveros y 40 años para Bignone. Para los médicos había pedido 35 para Martín, 30 años para Bianco y 13 para Arroche. Abuelas había requerido 40 y 35 años para Riveros y Bignone, mientras que había solicitado 30 años de prisión  para Bianco y Martín y 12 para Arroche.

"Destacamos la condena a Bianco, una persona que había sido reconocida desde la década del '80 pero por distintas razones de deficiencia del sistema judicial no había sido juzgado. Trabajaba libremente en Paraguay, como médico y fue extraditado por esta causa, el único proceso que enfrenta", destacó el abogado de Abuelas, Alan Iud, quien, sin embargo consideró un "retroceso" el criterio utilizado por el tribunal, que desestimó los hechos donde no hubo testigos presenciales del nacimiento en cautiverio: se trata de los casos de Mónica Susana Masri y María Eva Duarte, ambas secuestradas con dos meses de embarazo.

"La mayoría del tribunal, con la disidencia de Roqueta, consideró que no se había acreditado la apropiación. Si una mujer fue secuestrada y estaba  embarazada hay que tener acreditado que el niño fue apropiado porque se dio en el marco de una práctica sistemática que ya fue probada por la justicia y por este tribunal en 2012. Ese criterio impacta en las penas, que fueron muy inferiores a las que solicitamos", sostuvo el abogado, quien adelantó que seguramente presentarán un recurso para que se revise el fallo en la Cámara de Casación.

En coincidencia con la querella de Abuelas, Niklison estimó que apelarán la sentencia. Consideró que la fiscalía logró demostrar la responsabilidad de Martín. "Al lado de Bianco, quien fue visto llevando mujeres embarazadas, a él nadie lo señaló con las embarazadas, pero (el fallecido obstetra Julio Cesar) Caserotto lo ubicó en la reunión donde se decidió albergar a las mujeres detenidas-desaparecidas en el sector Epidemiología", explicó. 

Además, integró la oficialidad médica del hospital. "Lo absuelven por duda, pero consideramos que por su cargo y responsabilidad no puede haber estado al margen", agregó.

De manera similar a lo que ocurrió en el juicio por el Plan Sistemático de robo de bebés, en 2012, Roqueta, presidenta del tribunal, votó de acuerdo a los criterios de la fiscalía y en disidencia a los otros dos jueces. En esa oportunidad, Casación aumentó las penas bajas y revocó las absoluciones del almirante retirado Rubén Franco y del apropiador Juan Ruffo. 

El juicio es el segundo tramo de la causa Plan Sistemático de robo de bebés, en la que el mismo Tribunal Oral Federal 6 condenó a Jorge Rafael Videla, a 50 años de prisión, así como a Bignone y Riveros.

En esta parte del expediente se investigó a los médicos del Hospital Militar de Campo de Mayo, donde a partir de 1977 se montó una maternidad clandestina en el área de Epidemiología. Sin embargo, la lentitud para elevar a juicio la causa significó que los principales responsables de la maternidad clandestina murieran impunes, como los obstetras Caserotto y Ricardo Lederer, o estuvieran incapacitados para afrontar el juicio, como los médicos militares Jorge Habbib Haddad y Ramón Capecce. 
Fuente:TiempoArgentino 






23-12-2014
Condena al ex dictador Bignone a 25 años de prisión por el robo de bebés
Público.es


Un tribunal oral de Argentina ha condenado a 25 años de prisión al exdictador Reynaldo Bignone por el robo de niños hijos de presos políticos durante la última dictadura militar (1976-1983).

En el mismo proceso, el Tribunal Oral Federal 6 de Buenos Aires ha condenado a prisión perpetua al general Santiago Omar Riveros, principal imputado en este juicio, el segundo que se celebra por el robo de bebés en la maternidad clandestina de la guarnición militar de Campo de Mayo, en la periferia de la capital argentina.

El tribunal condenó asimismo a 13 y 7 años de años de prisión, respectivamente, al médico militar Norberto Atilio Bianco y a la matrona Luisa Yolanda Arroche de Sala García, acusados de atender los partos y fraguar las actas de nacimientos.

En el juicio, que duró tres meses, fue absuelto el jefe del servicio de clínica de ese hospital castrense, el médico Raúl Eudenio Martin.

Los magistrados dieron por acreditada la participación de cuatro de los cinco acusados en el robo de ocho bebés hijos de detenidas ilegalmente y que fueron entregados a familiares y amigos de militares.

En sus últimas palabras antes de escuchar el veredicto, Bignone aseguró que durante su carrera militar nunca ordenó ni autorizó "la apropiación de menores de edad ni la falsificación de la documentación pertinente".

Ésta es la quinta condena para Bignone, de 86 años, el último presidente de facto de Argentina (1982-1983).


Sólo 50 supervivientes
En Campo de Mayo funcionaron cuatro centros de detención durante la dictadura por los que pasaron unos 5.000 detenidos, de los que solo unos 50 sobrevivieron.

Durante el primer juicio por el Plan Sistemático de Apropiación de Menores el fallecido dictador Jorge Rafael Videla fue condenado a 50 años de cárcel, considerado como el máximo responsable.

La Asociación Abuelas de Plaza de Mayo, querellante en este juicio, ha restituido ya la identidad a 116 nietos, aunque todavía busca a unos 400 hijos de víctimas de la última dictadura argentina.
Fuente original: http://www.publico.es/internacional/argentina-condena-al-ex-dictador.html
Fuente:Rebelion






22.12.2014
juicio
Perpetua a Riveros y 25 años a Bignone en el segundo juicio por el robo de bebés en Campo de Mayo

El Tribunal Oral Federal 6 de esta capital condenó a prisión perpetua al general Santiago Omar Riveros e impuso la pena de 25 años de prisión al ex dictador Reynaldo Bignone en el segundo juicio por el robo bebés en la maternidad clandestina de Campo de Mayo durante la última dictadura.
También condenó a 13 y 7 años de años de prisión, respetivamente, al médico militar Norberto Atilio Bianco y a la partera Luisa Yolanda Arroche de Sala García, quienes atendían partos y fraguaron actas de nacimientos.

En cambio, al cabo de tres meses de audiencias, absolvió al jefe del servicio de clínica de ese nosocomio castrense, el médico Raúl Eudenio Martin.

Los jueces María del Carmen Roqueta, Julio Luis Panelo y Jorge Humberto Gettas consideraron acreditada la participación de cuatro de los cinco acusados en el robo de ocho bebés de otras tantas mujeres que permanecían secuestradas, los que fueron entregados a familiares de militares u amigos.

Se trata de los hijos de las secuestradas Marta Álvarez, Susana Stritzler, Mónica Masri, Valeria Belaustegui Herrera, María Eva Duarte, Myriam Ovando, Silvia Quintela Dallasta y Liliana Isabel Acuña, de los cuales sólo tres recuperaron su identidad:
Francisco Madariaga Quintela, Valeria Gutiérrez Acuña, y Catalina de Sanctis Ovando.

En las condenas aplicadas por el TOF6 a los ex altos jefes militares, el tribunal unificó en su propio veredicto las anteriores penalidades que pesaban sobre estos en anteriores juicios.

Así, la pena de 30 años impuesta a Riveros, entonces jefe de la guarnición, se unificó en la pena máxima, la perpetua, ya aplicada por idénticos delitos a Jorge Rafael Videla en el primer juicio por el Plan Sistemático de Robo de bebés en 2012.

A Bignone, que en aquellos días era jefe de Instituto Militares, la pena de 16 años se unificó en una condena a 25 años.

En sus última palabras antes de escuchar el veredicto, el ultimo dictador rompió su habitual negativa a declarar para asegurar que a lo largo de toda su carrera militar "no ordené, no autoricé, no avalé ni permití la apropiación de menores de edad ni la falsificación de la documentación pertinente".

Sobre la absolución de Martin, el fiscal Martín Niklison aseguró al portal Infojus Noticias que la decisión del Tribunal “es por duda, con disidencia de la jueza María del Carmen Roqueta. Nosotros entendemos que no hay duda, por eso vamos a recurrir a Casación”.

Niklison destacó que el médico ocupaba un cargo de importancia. “Si fue autoridad del Hospital Militar (como fue el caso de Martin) y ahí hubo personas embarazadas secuestradas, se hicieron partos y se llevaron a los chicos de ahí, la responsabilidad, para nosotros, queda claro”, apuntó.

Durante los alegatos, la fiscalía de Niklison, y las fiscales ad hoc, Viviana Sánchez y Nuria Piño, había hecho hincapié en el rol de los médicos en Campo de Mayo durante la dictadura. Niklison había sostenido que era “necesario romper con la impunidad alimentada por el mito del guardapolvo blanco y el rol del profesional inocuo que cumple con su función sin mirar alrededor”.

Por su parte, Sánchez había considerado que “los jefes de servicio y médicos internos eran militares que prestaron servicios a la lucha antisubversiva”.

La fiscalía había pedido la condena a prisión perpetua para Riveros, 40 años para Bignone, y penas de 35 y 30 años de prisión respectivamente para Martin y Bianco. Para Sala de Arroche García había solicitado 13 años de cárcel.

Por su parte, la querella de Abuelas de Plaza de Mayo, había solicitado 40 años para Riveros, 35 para Bignone, 30 para Bianco y Martín y 12 para Sala de Arroche García.

El juicio concluido hoy es parte de una denuncia presentada a mediados de los años 80 por María Isabel "Chicha" Chorobik de Mariani y Estela de Carlotto, entonces referentes del núcleo inicial de las Abuelas de Plaza de Mayo.

El debate comenzó el 17 de septiembre y desde entonces las audiencias se realizaron todos los lunes y miércoles en los tribunales federales de Comodoro Py. Semanas atrás, el juez federal Sebastán Casanello elevó ya a juicio oral un tercer tramo de esa causa.

Los fundamentos del fallo de hoy serán dados a conocer el próximo 26 de febrero.

Tras la sentencia, Abuelas de Plaza de Mayo celebró las condenas a Riveros, Bignone, Bianco y Arroche a través de su cuenta en la red social Twitter.

“Celebramos las condenas a los genocidas del Juicio a los médicos de Campo de Mayo, una muestra de que el plan sistemático de robo de bebés no habría sido posible sin la complicidad de médicos, civiles y miitares”, escribieron.

Por su parte, la agrupación H.I.J.O.S. Capital también se hizo eco del fallo al señalar: “Condenaron a cuatro de los cinco genocidas de Campo de Mayo. Ya son 565 los genocidas condenados”, a la vez que recordaron que “ninguno de los genocidas de Campo de Mayo dijo dónde están nuestros hermanos apropiados”.
“Seguimos exigiendo la verdad”, concluyeron. 
Fuente:Telam





22-12-2014
Lesa Humanidad
El juicio había empezado el 17 de septiembre
Maternidad ilegal de Campo de Mayo: condenan a un médico y una obstetra
Por: Cecilia Devanna

Al ex médico militar Norberto Atilio Bianco el TOF N° 6 lo sentenció a 13 años de prisión, y a 7 años a la obstetra Luisa Yolanda Arroche de Sala García. También tuvieron otra sentencia en su contra los ex militares Santiago Omar Riveros y Reynaldo Bignone, a penas de 30 y 16 años, respectivamente. Eugenio Martin, quinto imputado de la causa, fue absuelto.
Fotos:Patrick Haar
El Tribunal Oral Federal N° 6  condenó a los militares Santiago Omar Riveros y Reynaldo Bignone a las penas de 30 y 16 años de prisión respectivamente; a 13 años al médico militar Norberto Atilio Bianco, y a 7 años de prisión a la obstetra Luisa Yolanda Arroche de Sala García, en el juicio por apropiación de menores en la maternidad clandestina del Hospital Militar de Campo de Mayo. El médico Eugenio Martin, quinto imputado de la causa, fue absuelto. 

Es el mismo tribunal (con una sola variante entre sus integrantes) que, en julio de 2012, estableció que durante la última dictadura cívico militar existió un plan sistemático de apropiación de menores y condenó al dictador Jorge Rafael Videla a cincuenta años de prisión. Bignone y Riveros ya habían sido condenados en el marco de ese debate histórico. 

Los fundamentos de esta nueva sentencia se conocerán el 26 de febrero de 2015.

El tribunal tomó en cuenta condenas en otros Tribunales que los imputados ya tenían, por lo que se acumulan ambas montos de pena. En el caso de Riveros la pena será a cadena perpetua y en el de Bignone a 25 años. El Tribunal ordenó la inmediata detención de Arroche de Sala García y la liberación de Martin, que no puede hacerse efectiva porque está imputado en otro proceso.
Luisa Yolanda Sala de Arroche García.
Sobre la absolución de Martin, el fiscal Martín Niklison aseguró que la decisión del Tribunal “es por duda, con disidencia de la jueza María del Carmen Roqueta. Nosotros entendemos que no hay duda, por eso vamos a recurrir a Casación”. Niklison destacó que el médico ocupaba un cargo de importancia. “Si yo soy autoridad del Hospital Militar (como era el caso de Martin) y ahí hay mujeres embarazadas secuestradas, se hacen partos y se llevan a los chicos, la responsabilidad para nosotros queda claro”.

Riveros, Bignone, y Bianco fueron condenados como coautores penalmente responsables de la apropiación, sustracción, y ocultamiento de menores de 10 años. Arroche de Sala García como partícipe necesaria del delito de falsificación de documento público, en el caso del certificado de nacimiento de Francisco Madariaga Quintela, uno de los menores nacidos en Campo de Mayo.

La jueza Roqueta, que al igual que en 2012 presidió el Tribunal votó en disidencia total con la absolución y liberación de Martín. Y en disidencia parcial respecto de sus colegas, Julio Luis Panelo y Jorge Humberto Gettas, el único que no integró el Tribunal en aquella oportunidad, respecto de la coautoría de Bignone y la absolución de Bianco en algunos de los casos que se le imputaban.
Norberto Atilio Bianco.
Cuando se conoció su absolución Martín miró hacia abajo y se agarró el tabique con dos de sus dedos. Con la otra mano sostenía su bastón. Pareció emocionarse y no levantó la mirada ni siquiera cuando su abogado, Eduardo San Emeterio, le acarició la pierna. San Emeterio, defensor de represores y torturadores, había hecho un alegato político y defendido la dictadura al afirmar que no iba “a invocar la teoría de los dos demonios, porque hay uno solo y sabemos quiénes fueron”.

Martín estaba sentado en primera fila junto a Riveros y Bignone, que casi ni se inmutaron cuando se conocieron sus penas. Arroche de Sala García, sentada detrás de ellos, con un sweater rosa y una pashmina fucsia que subía tapando su boca movía la cabeza como negando los siete años que le dieron de cárcel.

Consultado sobre las sentencias, el abogado Alan Iud, de Abuelas de Plaza de Mayo, querellante en la causa, explicó que “es difícil hablar de conformidad en un proceso de estas características” y reconoció que en cierta forma es un “retroceso” en comparación con lo que fue el caso de plan sistemático. Iud destacó que el proceso permitió poner en evidencia “la activa participación” de los profesionales de la salud para que estos delitos se llevaran a cabo.
Eugenio Martin.
Entre los casos que se juzgaron en este debate estuvieron la apropiación de los bebes de Marta Álvarez, Susana Stritzler, Mónica Masri, Valeria Belaustegui Herrera, María Eva Duarte, Myriam Ovando, Silvia Quintela Dallasta y Liliana Isabel Acuña. De ellos, sólo Francisco, Valeria Gutiérrez Acuña, y Catalina de Sanctis Ovando, recuperaron su identidad.

Francisco estuvo hoy en la sala Amia de los tribunales federales de Comodoro Py y se retiró después de que se conocieran los 13 años que el tribunal le dio a Bianco, que estaba imputado por su apropiación. “Estas son las reglas del juego. Vivimos en democracia y esto es lo que hay”, dijo el joven de 37 años que recuperó su identidad en 2010, pero destacó el proceso en sí mismo. Hijo del secretario de Abuelas de Plaza de Mayo, Abel Madariaga, que también estuvo en la sala, Francisco recordó los años de horror que vivió con sus apropiadores.
Reynaldo Benito Bignone y Santiago Omar Riveros.
Lo que se había pedido
La fiscalía a cargo de Niklison, y las fiscales ad hoc, Viviana Sánchez y Nuria Piñol,  había pedido la condena a prisión perpetua para Riveros,  40 años para Bignone. Y penas 35 y 30 años de prisión respectivamente para Martin y Bianco. Para Sala de Arroche García había solicitado 13 años de cárcel. Por su parte, la querella de Abuelas de Plaza de Mayo, había solicitado 40 años para Riveros, 35 para Bignone, 30 para Bianco y Martín y 12 para Sala de Arroche García.

Durante los alegatos, la fiscalía había hecho hincapié en el rol de los médicos en Campo de Mayo durante la dictadura. Niklison había sostenido que era “necesario romper con la impunidad alimentada por el mito del guardapolvo blanco y el rol del profesional inocuo que cumple con su función sin mirar alrededor”. Sánchez había considerado que “los jefes de servicio y médicos internos eran militares que prestaron servicios a la lucha antisubversiva”.

De la exposición de la fiscalía quedó en evidencia cómo médicos y directores del Hospital Militar dieron apoyo para atender a personas detenidas dentro de la zona IV (bajo la órbita de la cual estaba Campo de Mayo), y cómo este actuó como una unidad militar que brindó estructura sanitaria. La atención de las embarazadas era parte de la misión de esa zona y un objetivo prioritario. “Y para eso había médicos de confianza como Bianco, Martin, y otros tantos” dijo la fiscal Nuria Piñol. Y había destacado que las acciones no fueron individuales sino como parte del entramado contra “la lucha antisubversiva”.

Iud había considerado que había "prueba directa" para responsabilizar a Bignone, Riveros y, de acuerdo a los distintos casos, a Martín y Bianco. Arroche de Sala García está imputada por haber falsificado el acta de nacimiento de Francisco Madariaga, el hijo de Abel Madariaga –secretario de Abuelas- y Silvia Quintela Dalla Lasta, que permanece desaparecida.
Alan Iud, abogado de Abuelas de Plaza de Mayo.
Durante su alegato, el representante de Abuelas, contó quienes eran las víctimas, dónde trabajaban, cómo fueron secuestradas, torturadas y de cuánto tiempo estaban embarazadas cuando se las llevaron a la clandestinidad y las sometieron a todo tipo de vejámenes. De esos relatos se desprendió cómo hicieron pasar hambre a Isabel Acuña en el sótano de la comisaría 4 de San Isidro, la violación que sufrió Marta Álvarez mientras estaba embarazada y cómo le destrozaron el cráneo en medio de un fusilamiento después de parir.

O cómo le prometieron a Susana Strizler que le iban a dar su hijito recién nacido a sus padres, algo que nunca sucedió. La referencia a que Miriam Ovando había sido arrojada desde un avión en medio de “los vuelos de la muerte”, también fue parte de los casos que se contaron y que ocuparon la primera mitad de los alegatos. Catalina de Sanctis Ovando, la hija de Miriam, fue apropiada por Carlos del Señor Hidalgo Garzón, teniente del Ejército condenado recientemente a cadena perpetua por los hechos cometidos en el centro clandestino de detención, La Cacha.
Fuente:Infojus





Condenan a represores por robo de bebés en Campo de Mayo
Publicado el 22 diciembre 2014

El Tribunal Oral Federal 6 sentenció a prisión perpetua al general Santiago Riveros y impuso 25 años de cárcel al ex dictador Reynaldo Bignone. También fueron penados un médico militar y una partera. Las penas se unificaron en condenas anteriores.

agepeba.org
El Tribunal Oral Federal 6 de esta capital condenó hoy a prisión perpetua al general Santiago Omar Riveros e impuso la pena de 25 años de prisión al ex dictador Reynaldo Bignone en el segundo juicio por el robo bebés en la maternidad clandestina de Campo de Mayo durante la última dictadura.

También condenó a 13 y 7 años de años de prisión, respetivamente, al médico militar Norberto Atilio Bianco y a la partera Luisa Yolanda Arroche de Sala García, quienes atendían partos y fraguaron actas de nacimientos.

En cambio, al cabo de tres meses de audiencias, absolvió al jefe del servicio de clínica de 
ese nosocomio castrense, el médico Raúl Eudenio Martin.

Los jueces María del Carmen Roqueta, Julio Luis Panelo y Jorge Humberto Gettas consideraron acreditada la participación de cuatro de los cinco acusados en el robo de ocho bebés de otras tantas mujeres que permanecían secuestradas, los que fueron entregados a familiares de militares u amigos.

Se trata de los hijos de las secuestradas Marta Álvarez, Susana Stritzler, Mónica Masri, Valeria Belaustegui Herrera, María Eva Duarte, Myriam Ovando, Silvia Quintela Dallasta y Liliana Isabel Acuña, de los cuales sólo tres recuperaron su identidad: Francisco Madariaga Quintela, Valeria Gutiérrez Acuña, y Catalina de Sanctis Ovando.

En las condenas aplicadas por el TOF6 a los ex altos jefes militares, el tribunal unificó en su propio veredicto las anteriores penalidades que pesaban sobre estos en anteriores juicios.

Así, la pena de 30 años impuesta a Riveros, entonces jefe de la guarnición, se unificó en la pena máxima, la perpetua, ya aplicada por idénticos delitos a Jorge Rafael Videla en el primer juicio por el Plan Sistemático de Robo de bebés en 2012.

A Bignone, que en aquellos días era jefe de Instituto Militares, la pena de 16 años se unificó en una condena a 25 años.

En sus última palabras antes de escuchar el veredicto, el ultimo dictador rompió su habitual negativa a declarar para asegurar que a lo largo de toda su carrera militar “no ordené, no autoricé, no avalé ni permití la apropiación de menores de edad ni la falsificación de la documentación pertinente”.

Sobre la absolución de Martin, el fiscal Martín Niklison aseguró al portal Infojus Noticias que la decisión del Tribunal “es por duda, con disidencia de la jueza María del Carmen Roqueta. 
Nosotros entendemos que no hay duda, por eso vamos a recurrir a Casación”.

Niklison destacó que el médico ocupaba un cargo de importancia. “Si fue autoridad del Hospital Militar (como fue el caso de Martin) y ahí hubo personas embarazadas secuestradas, se hicieron partos y se llevaron a los chicos de ahí, la responsabilidad, para nosotros, queda claro”, apuntó.

Durante los alegatos, la fiscalía de Niklison, y las fiscales ad hoc, Viviana Sánchez y Nuria Piño, había hecho hincapié en el rol de los médicos en Campo de Mayo durante la dictadura. Niklison había sostenido que era “necesario romper con la impunidad alimentada por el mito del guardapolvo blanco y el rol del profesional inocuo que cumple con su función sin mirar alrededor”.

Por su parte, Sánchez había considerado que “los jefes de servicio y médicos internos eran militares que prestaron servicios a la lucha antisubversiva”.

La fiscalía había pedido la condena a prisión perpetua para Riveros, 40 años para Bignone, y penas de 35 y 30 años de prisión respectivamente para Martin y Bianco. Para Sala de Arroche García había solicitado 13 años de cárcel.

Por su parte, la querella de Abuelas de Plaza de Mayo, había solicitado 40 años para Riveros, 35 para Bignone, 30 para Bianco y Martín y 12 para Sala de Arroche García.
El juicio concluido hoy es parte de una denuncia presentada a mediados de los años 80 por María Isabel “Chicha” Chorobik de Mariani y Estela de Carlotto, entonces referentes del núcleo inicial de las Abuelas de Plaza de Mayo.

El debate comenzó el 17 de septiembre y desde entonces las audiencias se realizaron todos los lunes y miércoles en los tribunales federales de Comodoro Py. Semanas atrás, el juez federal Sebastán Casanello elevó ya a juicio oral un tercer tramo de esa causa.
Los fundamentos del fallo de hoy serán dados a conocer el próximo 26 de febrero.
Fuente:ElCiudaddanoyLaGente






TERMINO EL JUICIO POR LOS PARTOS CLANDESTINOS REALIZADOS EN EL HOSPITAL DE CAMPO DE MAYO
Cuatro condenas por apropiación de niños
Fueron encontrados culpables Santiago Riveros, Reynaldo Bignone, el médico Norberto Bianco y la obstetra Luisa Arroche. El médico Eugenio Martín, absuelto. Fueron juzgados por el robo de bebés y los secuestros y torturas de sus madres.
Por Ailín Bullentini

Los represores Santiago Omar Riveros, Reynaldo Bignone y el médico Eugenio Martín.
Imagen: Pablo Piovano
El Tribunal Oral Federal Nº 6 condenó a los genocidas de Campo de Mayo Santiago Riveros y Reynaldo Bignone, al médico Norberto Bianco y a la obstetra Luisa Arroche por el robo de bebés nacidos en el Hospital Militar de esa guarnición del Ejército y el secuestro y las torturas de sus madres durante la última dictadura. Con la disidencia de la presidenta María del Carmen Roqueta, el cuerpo absolvió al médico Eugenio Martín, el quinto acusado en el juicio, que duró poco más de tres meses y culminó ayer. La fiscalía y la querella recurrirán el fallo.

El fallo fue dividido en sus puntos de mayor importancia: Roqueta se diferenció totalmente de sus dos colegas, Jorge Gettas y Julio Panelo, en la absolución total de Martín y la parcial de Bianco, y de manera parcial en las condenas impuestas a Bignone, a Bianco y sus absoluciones parciales. A modo general, la sentencia descartó del análisis de responsabilidades los nacimientos de los bebés de Mónica Masri y María Eva Duarte. Tal ausencia es la razón principal de las penas sensiblemente menores a las solicitadas por la fiscalía, a cargo de Martín Niklison, Nuria Piñol y Viviana Sánchez, y la querella de Abuelas de Plaza de Mayo, en manos de Alan Iud y Pablo Lachener.

“Justamente porque el hospital funcionó como maternidad clandestina era muy difícil de probar que esas mujeres habían pasado y dado a luz ahí. El tribunal se limitó a considerar los casos más claros”, evaluó Iud, que consideró que el fallo fue “formalista”: “Probado el Plan Sistemático y con 116 nietos restituidos, creímos que la Justicia podía razonar como lo hizo en aquel juicio y deducir que si una mujer estaba embarazada en cautiverio ese bebé había llegado a nacer y había sido apropiado. Evidentemente, primó un criterio más formalista”. La opinión de Niklison fue coincidente: “Creemos que los hechos fueron probados: las mujeres estuvieron secuestradas, estaban embarazadas”.

La última jornada del juicio por la apropiación de los bebés de Masri, Duarte, Marta Alvarez, Susana Stritzler, Valeria Beláustegui Herrera, Myriam Ovando, Silvia Quintela Dallasta y Liliana Isabel Acuña, nacidos en el Hospital Militar de Campo de Mayo mientras ellas permanecían secuestradas, empezó tarde. Después de las 14, Arroche y Bianco intentaron deshacerse de las responsabilidades que se les atribuían, durante sus palabras finales. 

Arroche negó que el certificado de nacimiento de Francisco Madariaga pertenezca al Hospital Militar. Bianco descansó su culpa en la línea de mando y la obediencia debida. La sentencia llegó pasadas las 18.30.

Riveros, que escuchó la lectura de brazos cruzados y vista al frente, se llevó la pena más alta: 30 años de cárcel como coautor de la sustracción, retención y ocultamiento, además de su aporte para mantener incierto su estado civil, de cuatro bebés. El tribunal dio por probada su participación en los casos de Catalina de Sanctis Ovando y Valeria Martínez, quienes recuperaron su identidad, y los de los hijos de Marta Alvarez y Susana Stritzler. 

Los jueces ordenaron unificar esta nueva condena al ex comandante de Institutos Militares con la que ya quedó firme que lo manda a prisión perpetua.

A Bignone lo hallaron coautor de la sustracción, retención y ocultamiento de los hijos de Susana Stritzler y Valeria Beláustegui Herrera. También por su aporte a mantener incierto el estado civil de los niños. Lo condenaron a 16 años de prisión, una pena que combinaron con otra que el ex vicecomandante de Institutos Militares y ex presidente durante el terrorismo de Estado ya tenía firme: deberá pasar 25 años en la cárcel.

Para Bianco, la condena fue sensiblemente menor: 13 años de prisión. Para los jueces es responsable de la sustracción, retención y ocultamiento de Francisco Madariaga, que oyó la lectura desde la sala del público junto a varios integrantes de Abuelas de Plaza de Mayo y familiares de víctimas (ver Página/12), y del hijo de Valeria Beláustegui Herrara. También de los secuestros y torturas aplicadas a ella y a Susana Quintela, la madre de Francisco Madariaga. En tanto, consideraron insuficientes las pruebas que en el debate se desarrollaron en torno de la participación de Bianco en el robo de los hijos de Eva Duarte y Mónica Masri.

Por firmar el certificado de nacimiento falso que permitió a sus apropiadores llevarse a Francisco Madariaga y criarlo como hijo propio, Arroche recibió siete años de prisión. Los magistrados ordenaron su inmediata detención, aunque Arroche se fue caminando sola y en libertad de los tribunales de Comodoro Py. Martín fue absuelto. La fiscalía había solicitado 35 años de prisión para él. La querella, 30. Deberá quedar detenido, no obstante, debido a que se lo sigue investigando por delitos de lesa humanidad en otras causas. 

“Tenía un grado de responsabilidad que está muy encima y no puede eludir responsabilidades”, concluyó Niklison.
Fuente:Pagina12

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