LESA HUMANIDAD. Los hermanos Emilio y Julio Méndez seguirán detenidos, pero Casación deberá volver a revisar su decisión
Causa Moreno: la Corte favorece a los dueños de la quinta en la que estuvo secuestrado
El martes pasado la Corte Suprema de Justicia votó a favor de los hermanos Méndez, dueños de la quinta en la que fue torturado y estuvo secuestrado el abogado olavarriense Carlos Alberto Moreno. El caso vuelve ahora a Casación para que se defina la situación de los dos civiles condenados. Actuación protagónica en la argumentación del presidente del cuerpo, Carlos Rosenkrantz.
Sólo no participó del caso la jueza Highton. Los firmantes del fallo revocatorio son Lorenzetti, Rosatti, Maqueda y Rosenkrantz.El 'Negro' Moreno dejó un hijo de un año y nueve meses, Matías Facundo Moreno, hoy subsecretario de Derechos Humanos del gobierno de Axel Kicillof.
Los hermanos Méndez, durante el juicio realizado en 2012 en el rectorado de la Unicen.
Los hermanos Méndez, durante el juicio realizado en 2012 en el rectorado de la Unicen.
Claudia Rafael
crafael@elpopular.com.ar
Cuarenta y tres años después del secuestro y asesinato del abogado laboralista olavarriense, Carlos Alberto Moreno, el caso llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación por uno de sus costados más ricos a la hora del análisis. Y es la complicidad civil para que los delitos de lesa humanidad fueran posibles. Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz -con voto propio- decidieron anular la resolución de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal y, por lo tanto, la apelación de los dos civiles condenados como partícipes necesarios para el trágico destino de Moreno vuelve a esa misma segunda instancia. Se trata del planteo de los hermanos Emilio y Julio Méndez, condenados en primera instancia a quince y a once años de prisión respectivamente. Su defensa sustentó en todo este período el desconocimiento de los Méndez de que la chacra de su propiedad estaba siendo utilizada como centro clandestino de detención. Y la Corte, con los fundamentos de Rosenkrantz, falló que deben utilizarse "pruebas contundentes" y no "inferencias" surgidas de los testimonios de los testigos.
Hoy los dos están con detención domiciliaria. Y si bien por estas horas hubo quienes operaron mediática y políticamente malinformando que la causa contra ambos iría a juicio nuevamente o que directamente los dos quedaban en libertad, no es ésa la situación. Lisa y llanamente lo que deberá ocurrir ahora es que la Cámara deberá revisar nuevamente el caso. Después del fallo que emita Casación, podrá haber nuevas apelaciones tanto de la defensa de los Méndez, en manos del abogado azuleño Andrés Arla, como del Ministerio Público Fiscal y las querellas que representan a la familia Moreno. Es decir, si bien transcurrieron ya ocho años y nueve meses desde que el Tribunal integrado por los jueces Falcone, Parra y Portela el 16 de marzo de 2012 la pena no está firme.
Son los tiempos judiciales que a pesar de las décadas no dejan de tener en vilo a los protagonistas de una historia que no es otra que la historia misma del país.
Los Méndez mientras tanto siguen con domiciliaria que también deben cumplir por la preventiva que se les dictó en la causa por el centro clandestino tandilense La Huerta que debería ir a juicio en marzo del 2021.
Fechado el martes pasado, el resonante fallo emanado de la Corte, cuenta con la argumentación del presidente del cuerpo, Carlos Rosenkrantz, quien escribió que "la gravedad de los delitos de lesa humanidad atribuidos a los recurrentes y la indignación moral que causa el uso de la fuerza estatal al servicio de un plan de atroz criminalidad no pueden justificar que las condenas por tales delitos se impongan prescindiendo de la certeza de que los hechos imputados fueron cometidos por los acusados. Los casos de lesa humanidad deben regirse por las mismas reglas de prueba que las aplicables respecto de todos los demás delitos, pues la violación del derecho no justifica la violación del derecho".
El gran detalle siguen siendo las más de cuatro décadas transcurridas y el hecho de que en una ciudad de las características medianas como Tandil, dos reconocidos personajes como los Méndez –de profusa actividad social y económica-, con vínculos aceitados y reconocidos con el mundillo del poder militar eran propietarios de una chacra utilizada por militares como centro clandestino y el argumento de ambos fue sencillamente el desconocimiento.
No es menor la importancia y la trascendencia del caso. Después de todo, volviendo al inicio de la nota, se trata de la participación civil en los delitos de lesa humanidad.
En los fundamentos del fallo condenatorio los jueces Falcone, Portela y Parra habían argumentado en aquella primera instancia que "sin la dirección y el aplauso de los poderosos grupos económicos gravitantes en cada zona y sin el apoyo explícito de las autoridades judiciales, los militares no hubieran podido hacer otra cosa que sentarse sobre sus bayonetas".
La historia
Carlos Alberto Moreno fue secuestrado un 29 de abril de 1977 a escasos metros de la entrada a su casa, en Dorrego y Lamadrid, donde también funcionaba su estudio jurídico. Las espaldas de su casita daban con el patio de otra vivienda en la que, no casualmente, habitaba con su familia el represor Ignacio Aníbal Verdura, entonces jefe del Regimiento local.
Se sabría más tarde que habían sido dos hombres de civil, armados, los que lo habían subido violentamente a un Renault 12, color naranja, patente 017.333. Y luego fue conducido a la quinta de los Méndez de la que el abogado, en una escena cinematográfica, logró huir. Sería recapturado a la altura de una chacra cercana a la que había ido a pedir un vaso de agua y sería ejecutado inmediatamente. Era el 3 de mayo de 1977.
Dejaba un hijo de un año y nueve meses, Matías Facundo Moreno, hoy subsecretario de Derechos Humanos del gobierno de Axel Kiciloff. Y su esposa, Susana Lofeudo, con 27 años, estaba embarazada de Martín, el hijo menor.
Carlos Alberto "Negro" Moreno dejaba marcas imborrables en el derecho laboral de aquellos años calientes: las investigaciones penales por los enfermos de silicosis en las cementeras locales. Y no es casual que entre las derivaciones del juicio a los Méndez y a los militares Julio Alberto Tommasi, Roque Italo Pappalardo y José Luis Ojeda (condenados a perpetua) los jueces ordenaran la apertura de investigaciones contra los ex directivos de la empresa cementera Loma Negra como presuntos instigadores del homicidio por codicia.
Ordenes de alto contenido simbólico porque ya no había dirigencia empresarial con vida para ese momento.
Civiles
La determinación de los jueces de la Corte Suprema tiene hoy por hoy un fuerte perfil ideológico que no puede ser desconocido.
Porque una cosa fue, a lo largo de las décadas transcurridas, la asimilación de la necesidad de juzgamiento del poder militar. Algo que, de todos modos, tuvo costos altísimos que, inclusive, pusieron en riesgo en sus inicios al gobierno constitucional de Raúl Alfonsín.
Pero hay un costado intocado y concebido estructuralmente como casi inaceptable. Y es el juzgamiento de los civiles conniventes, de la iglesia y del poder empresarial.
Los Méndez, en muchos sentidos, referencian también eso.
Símbolos civiles de esas connivencias en el centro bonaerense como lo fue en Olavarría la figura de Francisco "Pancho" Aguilar en la entrega del bebé de Laura Carlotto y Puño Montoya a una familia del partido de Olavarría que -tal como se confirmó en 2014- resultó ser nieto de la presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo.
O en Jujuy el ingenio Ledesma o Minera Aguilar, en los que las cúpulas empresariales aportaron estructura para espionaje y secuestros.
Es mucho lo que hoy el fallo de la Corte pone en juego. En lo concreto, el caso da un paso atrás y regresa a la Cámara de Casación. En lo subjetivo, da herramientas para el avance de quienes a lo largo de muchas décadas pusieron muros de contención para impedir el avance hacia el juzgamiento de los civiles.
Hoy, a 43 años de aquella noche lluviosa del 29 de abril en Lamadrid y Moreno y de aquel 3 de mayo en que Carlos Alberto Moreno corrió, perdió los lentes, no podía seguir respirando de la sed y el terror hasta finalmente ser asesinado, las responsabilidades siguen siendo dilatadas en las estructuras anquilosadas del Poder Judicial de la Nación.
crafael@elpopular.com.ar
Cuarenta y tres años después del secuestro y asesinato del abogado laboralista olavarriense, Carlos Alberto Moreno, el caso llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación por uno de sus costados más ricos a la hora del análisis. Y es la complicidad civil para que los delitos de lesa humanidad fueran posibles. Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz -con voto propio- decidieron anular la resolución de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal y, por lo tanto, la apelación de los dos civiles condenados como partícipes necesarios para el trágico destino de Moreno vuelve a esa misma segunda instancia. Se trata del planteo de los hermanos Emilio y Julio Méndez, condenados en primera instancia a quince y a once años de prisión respectivamente. Su defensa sustentó en todo este período el desconocimiento de los Méndez de que la chacra de su propiedad estaba siendo utilizada como centro clandestino de detención. Y la Corte, con los fundamentos de Rosenkrantz, falló que deben utilizarse "pruebas contundentes" y no "inferencias" surgidas de los testimonios de los testigos.
Hoy los dos están con detención domiciliaria. Y si bien por estas horas hubo quienes operaron mediática y políticamente malinformando que la causa contra ambos iría a juicio nuevamente o que directamente los dos quedaban en libertad, no es ésa la situación. Lisa y llanamente lo que deberá ocurrir ahora es que la Cámara deberá revisar nuevamente el caso. Después del fallo que emita Casación, podrá haber nuevas apelaciones tanto de la defensa de los Méndez, en manos del abogado azuleño Andrés Arla, como del Ministerio Público Fiscal y las querellas que representan a la familia Moreno. Es decir, si bien transcurrieron ya ocho años y nueve meses desde que el Tribunal integrado por los jueces Falcone, Parra y Portela el 16 de marzo de 2012 la pena no está firme.
Son los tiempos judiciales que a pesar de las décadas no dejan de tener en vilo a los protagonistas de una historia que no es otra que la historia misma del país.
Los Méndez mientras tanto siguen con domiciliaria que también deben cumplir por la preventiva que se les dictó en la causa por el centro clandestino tandilense La Huerta que debería ir a juicio en marzo del 2021.
Fechado el martes pasado, el resonante fallo emanado de la Corte, cuenta con la argumentación del presidente del cuerpo, Carlos Rosenkrantz, quien escribió que "la gravedad de los delitos de lesa humanidad atribuidos a los recurrentes y la indignación moral que causa el uso de la fuerza estatal al servicio de un plan de atroz criminalidad no pueden justificar que las condenas por tales delitos se impongan prescindiendo de la certeza de que los hechos imputados fueron cometidos por los acusados. Los casos de lesa humanidad deben regirse por las mismas reglas de prueba que las aplicables respecto de todos los demás delitos, pues la violación del derecho no justifica la violación del derecho".
El gran detalle siguen siendo las más de cuatro décadas transcurridas y el hecho de que en una ciudad de las características medianas como Tandil, dos reconocidos personajes como los Méndez –de profusa actividad social y económica-, con vínculos aceitados y reconocidos con el mundillo del poder militar eran propietarios de una chacra utilizada por militares como centro clandestino y el argumento de ambos fue sencillamente el desconocimiento.
No es menor la importancia y la trascendencia del caso. Después de todo, volviendo al inicio de la nota, se trata de la participación civil en los delitos de lesa humanidad.
En los fundamentos del fallo condenatorio los jueces Falcone, Portela y Parra habían argumentado en aquella primera instancia que "sin la dirección y el aplauso de los poderosos grupos económicos gravitantes en cada zona y sin el apoyo explícito de las autoridades judiciales, los militares no hubieran podido hacer otra cosa que sentarse sobre sus bayonetas".
La historia
Carlos Alberto Moreno fue secuestrado un 29 de abril de 1977 a escasos metros de la entrada a su casa, en Dorrego y Lamadrid, donde también funcionaba su estudio jurídico. Las espaldas de su casita daban con el patio de otra vivienda en la que, no casualmente, habitaba con su familia el represor Ignacio Aníbal Verdura, entonces jefe del Regimiento local.
Se sabría más tarde que habían sido dos hombres de civil, armados, los que lo habían subido violentamente a un Renault 12, color naranja, patente 017.333. Y luego fue conducido a la quinta de los Méndez de la que el abogado, en una escena cinematográfica, logró huir. Sería recapturado a la altura de una chacra cercana a la que había ido a pedir un vaso de agua y sería ejecutado inmediatamente. Era el 3 de mayo de 1977.
Dejaba un hijo de un año y nueve meses, Matías Facundo Moreno, hoy subsecretario de Derechos Humanos del gobierno de Axel Kiciloff. Y su esposa, Susana Lofeudo, con 27 años, estaba embarazada de Martín, el hijo menor.
Carlos Alberto "Negro" Moreno dejaba marcas imborrables en el derecho laboral de aquellos años calientes: las investigaciones penales por los enfermos de silicosis en las cementeras locales. Y no es casual que entre las derivaciones del juicio a los Méndez y a los militares Julio Alberto Tommasi, Roque Italo Pappalardo y José Luis Ojeda (condenados a perpetua) los jueces ordenaran la apertura de investigaciones contra los ex directivos de la empresa cementera Loma Negra como presuntos instigadores del homicidio por codicia.
Ordenes de alto contenido simbólico porque ya no había dirigencia empresarial con vida para ese momento.
Civiles
La determinación de los jueces de la Corte Suprema tiene hoy por hoy un fuerte perfil ideológico que no puede ser desconocido.
Porque una cosa fue, a lo largo de las décadas transcurridas, la asimilación de la necesidad de juzgamiento del poder militar. Algo que, de todos modos, tuvo costos altísimos que, inclusive, pusieron en riesgo en sus inicios al gobierno constitucional de Raúl Alfonsín.
Pero hay un costado intocado y concebido estructuralmente como casi inaceptable. Y es el juzgamiento de los civiles conniventes, de la iglesia y del poder empresarial.
Los Méndez, en muchos sentidos, referencian también eso.
Símbolos civiles de esas connivencias en el centro bonaerense como lo fue en Olavarría la figura de Francisco "Pancho" Aguilar en la entrega del bebé de Laura Carlotto y Puño Montoya a una familia del partido de Olavarría que -tal como se confirmó en 2014- resultó ser nieto de la presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo.
O en Jujuy el ingenio Ledesma o Minera Aguilar, en los que las cúpulas empresariales aportaron estructura para espionaje y secuestros.
Es mucho lo que hoy el fallo de la Corte pone en juego. En lo concreto, el caso da un paso atrás y regresa a la Cámara de Casación. En lo subjetivo, da herramientas para el avance de quienes a lo largo de muchas décadas pusieron muros de contención para impedir el avance hacia el juzgamiento de los civiles.
Hoy, a 43 años de aquella noche lluviosa del 29 de abril en Lamadrid y Moreno y de aquel 3 de mayo en que Carlos Alberto Moreno corrió, perdió los lentes, no podía seguir respirando de la sed y el terror hasta finalmente ser asesinado, las responsabilidades siguen siendo dilatadas en las estructuras anquilosadas del Poder Judicial de la Nación.
Fuente:DiarioElPopular



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