12 de agosto de 2022

RIO NEGRO: un hombre llevará el apellido de su papá desaparecido durante la última dictadura.

 

Río Negro: un hombre 

llevará el apellido de su 

papá desaparecido durante 

la última dictadura

El padre del sujeto fue secuestrado el 12 de junio de 1976 en Cipolletti, cuando 

su madre estaba embarazada de cuatro meses.














El hijo de un detenido desaparecido durante la última dictadura cívico militar consiguió 

ser inscripto como hijo biológico de su padre, secuestrado por efectivos del Ejército en 

el Alto Valle de Río Negro.

El padre del hombre, que permanece desaparecido, fue secuestrado el 12 de junio de 

1976 cuando fuerzas militares rodearon el domicilio de la familia y «en el expediente 

del Juzgado Civil 3 de Cipolletti quedó reconstruida parte de la historia», según 

se informó.

La información oficial, que no reveló la identidad del hijo del detenido desaparecido, 

precisó que su madre, que estaba embarazada de cuatro meses, cuando en 1976 

agentes del Ejército secuestraron a su pareja en el Alto Valle de Río Negro. En ese 

marco, la mujer se exilió en Paraguay y formó familia con otra persona. Y tiempo 

después su bebé nació y fue inscripto únicamente con el apellido materno.

Más adelante, cuando el hombre que interpuso la demanda cumplió 25 años conoció 

su verdadera historia y decidió empezar a reconstruir sus vínculos.

Así, encontró a un hermano de su padre desaparecido, pero las pruebas de ADN 

realizadas con esa persona no fueron concluyentes para determinar su filiación.

El Cuerpo de Investigación Forense del Poder Judicial recomendó, entonces, un 

cotejo con los progenitores de su padre, previa exhumación de los cuerpos y luego de 

efectuar averiguaciones supo que en 2010 los cadáveres habían sido trasladados a 

un osario común.

En esa instancia no contaba ni con el cuerpo de su padre, ni con los de sus abuelos, 

mientras que la prueba de ADN practicada con el tío solo configuraba un indicio, no 

era concluyente.

La justicia consideró, entonces, que «el accionante se encuentra en una situación 

ciertamente delicada, pues en lo que atañe a su identidad; se le ha suprimido el 

dato de su ascendiente en el documento respectivo».

Por ello tomó como pruebas el informe de la Conadi respecto al caso, el testimonio de

la madre y del hombre que le dio el apellido y en ese aspecto se realizó un juicio de 

impugnación de paternidad en Buenos Aires.

Consideró también la corroboración de la historia que provino por parte de otra mujer 

que estaba casada legalmente con el desaparecido.

Lo mismo hizo con el expediente del juicio de lesa humanidad que se hizo en Neuquén

y las fotografías obrantes en el informe del Banco Nacional de Datos Genéticos, que 

demuestran similitud de algunos rasgos faciales entre el hombre y su tío.

En ese marco se reconoció que la ley 23.511 le otorgó a la prueba biológica (ADN) el 

carácter de ineludible, a la par de crearse el Banco Nacional de Datos Genéticos, 

aunque admitió que insistir en la prueba del ADN en relación a los abuelos demostraría

un excesivo rigorismo en desatención a otras mandas legislativas.

Además, ponderó que en el caso se presentan otros elementos que permiten un 

abordaje integral de la prueba, sopesando también los bienes y principios 

comprometidos en el proceso.

En función del análisis hizo lugar a la acción de filiación y ordenó al Registro Civil y 

Capacidad de las Personas que inscribiera al hombre como hijo biológico de su padre 

desaparecido.

Finalmente, se informó que el caso fue presentado ante el Tribunal Oral Federal de 

Neuquén en uno de los juicios de lesa humanidad.

Fuente:LRF210

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