Río Negro: un hombre
llevará el apellido de su
papá desaparecido durante
la última dictadura
El padre del sujeto fue secuestrado el 12 de junio de 1976 en Cipolletti, cuando
su madre estaba embarazada de cuatro meses.
El hijo de un detenido desaparecido durante la última dictadura cívico militar consiguió
ser inscripto como hijo biológico de su padre, secuestrado por efectivos del Ejército en
el Alto Valle de Río Negro.
El padre del hombre, que permanece desaparecido, fue secuestrado el 12 de junio de
1976 cuando fuerzas militares rodearon el domicilio de la familia y «en el expediente
del Juzgado Civil 3 de Cipolletti quedó reconstruida parte de la historia», según
se informó.
La información oficial, que no reveló la identidad del hijo del detenido desaparecido,
precisó que su madre, que estaba embarazada de cuatro meses, cuando en 1976
agentes del Ejército secuestraron a su pareja en el Alto Valle de Río Negro. En ese
marco, la mujer se exilió en Paraguay y formó familia con otra persona. Y tiempo
después su bebé nació y fue inscripto únicamente con el apellido materno.
Más adelante, cuando el hombre que interpuso la demanda cumplió 25 años conoció
su verdadera historia y decidió empezar a reconstruir sus vínculos.
Así, encontró a un hermano de su padre desaparecido, pero las pruebas de ADN
realizadas con esa persona no fueron concluyentes para determinar su filiación.
El Cuerpo de Investigación Forense del Poder Judicial recomendó, entonces, un
cotejo con los progenitores de su padre, previa exhumación de los cuerpos y luego de
efectuar averiguaciones supo que en 2010 los cadáveres habían sido trasladados a
un osario común.
En esa instancia no contaba ni con el cuerpo de su padre, ni con los de sus abuelos,
mientras que la prueba de ADN practicada con el tío solo configuraba un indicio, no
era concluyente.
La justicia consideró, entonces, que «el accionante se encuentra en una situación
ciertamente delicada, pues en lo que atañe a su identidad; se le ha suprimido el
dato de su ascendiente en el documento respectivo».
Por ello tomó como pruebas el informe de la Conadi respecto al caso, el testimonio de
la madre y del hombre que le dio el apellido y en ese aspecto se realizó un juicio de
impugnación de paternidad en Buenos Aires.
Consideró también la corroboración de la historia que provino por parte de otra mujer
que estaba casada legalmente con el desaparecido.
Lo mismo hizo con el expediente del juicio de lesa humanidad que se hizo en Neuquén
y las fotografías obrantes en el informe del Banco Nacional de Datos Genéticos, que
demuestran similitud de algunos rasgos faciales entre el hombre y su tío.
En ese marco se reconoció que la ley 23.511 le otorgó a la prueba biológica (ADN) el
carácter de ineludible, a la par de crearse el Banco Nacional de Datos Genéticos,
aunque admitió que insistir en la prueba del ADN en relación a los abuelos demostraría
un excesivo rigorismo en desatención a otras mandas legislativas.
Además, ponderó que en el caso se presentan otros elementos que permiten un
abordaje integral de la prueba, sopesando también los bienes y principios
comprometidos en el proceso.
En función del análisis hizo lugar a la acción de filiación y ordenó al Registro Civil y
Capacidad de las Personas que inscribiera al hombre como hijo biológico de su padre
desaparecido.
Finalmente, se informó que el caso fue presentado ante el Tribunal Oral Federal de
Neuquén en uno de los juicios de lesa humanidad.
Fuente:LRF210

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