Repudiable: Tribunal Superior de
Justicia confirmó la absolución a tres
hombres juzgados por una violación
grupal en Chubut
Resumen Latinoamericano, 24 de noviembre de 2022.
La denunciante era menor de edad al momento del hecho, en 2012. Habría estado en estado de indefensión e inconsciencia.
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) del Chubut confirmó este martes la absolución de tres hombres que fueron juzgados por una violación grupal contra una joven ocurrido en Playa Unión, en el año 2012, avalando de esta manera, la decisión tomada en marzo por las juezas del tribunal que realizó el juicio.
Por unanimidad, la Sala Penal del Superior Tribunal, integrada por Camila Lucía Banfi Saavedra, Daniel Esteban Báez y Ricardo Napolitani, convalidaron lo actuado por las juezas penales Ana Karina Breckle, Marcela Alejandra Pérez y María Laura Martini.
El abuso fue denunciado en 2019, pero ocurrió en el año 2012, cuando ella era menor de edad, durante los festejos por el Día de la Primavera en Playa Unión, de la capital de Chubut. Por el ataque fueron señalados seis jóvenes, quienes actuaron cuando la víctima se encontraba indefensa y en estado de inconsciencia.
Tres de los seis denunciados quedaron apartados de la causa: dos porque eran menores al momento de los hechos, y el restante acreditó que estaba con su novia en las cercanías, pero no en el lugar donde se señaló que ocurrió el abuso.
Los que llegaron a juicio y fueron absueltos son: Luciano Mallemaci, Exequiel Quintana y Leandro del Villar. El Ministerio Público Fiscal había presentado luego del juicio, un recurso extraordinario para que revoque la sentencia porque «se valoró la prueba con falta de perspectiva de género y con arbitrariedad». Lo mismo hizo Verónica Heredia, abogada de la mujer.
La Corte provincial cuestionó que la víctima no fue interrogada
En la decisión del STJ, conocida este martes, se cuestionó que la víctima no haya sido interrogada «lo que implicó un alto costo procesal, ya que la declaración de la damnificada en casos en los que se investigan delitos sexuales, es primordial».
Pero eso no fue suficiente. Para la jueza Camila Banfi «ni siquiera se intentó aplicar el procedimiento especial que prevé nuestro ordenamiento procesal para este tipo de testimonios» en referencia a la posibilidad de usar la Cámara Gesell.
Sobre los testigos, dijo que «los que fueron convocados a juicio y declararon, el tribunal los calificó de mendaces y reticentes, y confirmaron que no aportaron elemento alguno a la teoría de la acusación». Y agregó: «Todas estas personas narraron al tribunal lo que otras personas le relataron sobre lo sucedido, pero ninguna de ellas presenció el hecho»,.
Otro de los integrantes de la corte provincial, Daniel Esteban Báez, aseguró que «si bien la problemática de género nos constriñe a abordar la cuestión con una especial perspectiva sobre el colectivo vulnerable, ello no implica resignar por completo la posibilidad de contra examinar la prueba de cargo en especial, la declaración de la víctima«.
El restante magistrado, Ricardo Napolitani, compartió el argumento de sus colegas y destacó «la incidencia procesal negativa de la falta de declaración de la víctima, que nunca fue escuchada en el debate».
También consideró que la resolución del tribunal «dista de ser arbitraria ante una víctima amnésica que se decidió que no declarara, dos testigos presenciales que nada aportaron, diversas declaraciones fundadas mayoritariamente en referencias de otras personas, y conclusiones periciales divergentes».
Entregan documento en el senado de
Mendoza contra el proyecto megaminero
«Cerro Amarillo»
Resumen Latinoamericano, 24 de noviembre de 2022.
La Asamblea del pueblo de Alvear, presentó este jueves un documento en el senado, porque se está discutiendo justamente la megaminería en Cerro Amarillo.
Una ola de calor inédita azota Europa, el Norte de África, Oriente Medio, Asia y casi toda América, generando incendios sin control, sequías extremas, inundaciones extensas y destructivas, enfermedades, muertes.
En la Provincia de Mendoza, el Departamento General de Irrigación presentó el informe de Pronóstico de Caudales 2022/2023 anticipando “SEQUÍA SEVERA O EXTREMA EN LOS RÍOS MENDOCINOS», cuyo caudal estará entre el 40% y el 58% del de un año normal.
Sin embargo, LA IRRACIONALIDAD DE ALGUNOS FUNCIONARIOS DEL GOBIERNO PROVINCIAL INSISTEN EN PROMOVER LA MEGAMINERIA HIDROTÓXICA, QUE PODRÍA PROFUNDIZAR LA CRISIS HÍDRICA , AFECTAR LA SUSTENTABILIDAD DE LA AGRICULTURA Y PROVOCAR UN ECOCIDIO DE LOS OASIS MENDOCINOS.
¿DONDE SE UBICA EL PROYECTO MEGAMINERO CERRO AMARILLO?
En la zona donde se ubica la concesión minera de Cerro Amarillo, se encuentran los ríos y arroyos que nutren hidrológicamente
importantes cuencas hídricas, principalmente la Cuenca del Río Grande el mayor afluente de la Cuenca del Río Colorado. También en el área del yacimiento se encuentra las nacientes del Arroyo del Deshecho que alimenta el Rio Salado, principal afluente de la Cuenca del Rio Atuel. (Ver mapa)
Estas cuencas son importantes proveedoras hídricas de las Provincias de Mendoza, Neuquén, Rio Negro, La Pampa y Buenos Aires y podrían ser afectadas por la Contaminación del Agua, la disminución crítica del Caudal Hídrico e Impactos Ambientales irreversibles , si se llevara a cabo el Proyecto MEGAMINERO HIDROTÓXICO “CERRO AMARILLO” , que, como ya dijimos, el Gobierno de Mendoza pretende aprobar.
EL PROYECTO MEGAMINERO “CERRO AMARILLO” VIOLARÍA LAS SIGUIENTES LEYES AMBIENTALES VIGENTES:
- LEY NACIONAL N°26639 DE GLACIARES
“La LEY NACIONAL DE GLACIARES N° 26639 establece los presupuestos mínimos para la protección de los glaciares y del ambiente periglacial con el objeto de preservarlos como reservas estratégicas de recursos hídricos para el consumo humano, para la agricultura y como proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas; para la protección de la biodiversidad, como fuente de información científica y como atractivo turístico. Los glaciares constituyen bienes de carácter público”.
ARTICULO 6º: ACTIVIDADES PROHIBIDAS EN LOS GLACIARES :
QUEDAN PROHIBIDAS LAS ACTIVIDADES QUE PUEDAN AFECTAR SU CONDICIÓN NATURAL O LAS FUNCIONES SEÑALADAS EN EL ARTÍCULO 1º, LAS QUE IMPLIQUEN SU DESTRUCCIÓN O TRASLADO O INTERFIERAN EN SU AVANCE, EN PARTICULAR LAS SIGUIENTES:
- La liberación, dispersión o disposición de sustancias o elementos contaminantes, productos químicos o residuos de cualquier naturaleza o volumen. Se incluyen en dicha restricción aquellas que se desarrollen en el ambiente periglacial.
- La construcción de obras de arquitectura o infraestructura con excepción de aquellas necesarias para la investigación científica y las prevenciones de riesgos.
- LA EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN MINERA E HIDROCARBURÍFERA. SE INCLUYEN EN DICHA RESTRICCIÓN AQUELLAS QUE SE DESARROLLEN EN EL AMBIENTE PERIGLACIAL;
- La instalación de industrias o desarrollo de obras o actividades industriales
La minería es una actividad altamente invasiva y destructiva para el medio ambiente, más aún para la “zona de glaciares y ambiente periglacial»,
Es por esto que la Ley N° 26639 de “Presupuestos Mínimos para la Protección de Glaciares y de Ambiente Periglacial de Argentina” PROHÍBE CATEGÓRICAMENTE A LA ACTIVIDAD MINERA e HIDROCARBURÍFERA EN ZONAS DE GLACIARES Y DE AMBIENTE PERIGLACIAL y el Proyecto CERRO AMARILLO SE ENCUENTRA EN ZONA PERIGLACIAL.
Los Ambientes Glaciares y Periglaciares, principales reservas de agua dulce del planeta, están siendo afectados profundamente en las últimas décadas debido al aumento de la temperatura global como consecuencia de los Gases de Efecto Invernadero, acelerando su derretimiento y dificultando su formación. Sin embargo, también la megaminería agrava este fenómeno.
¿CÓMO IMPACTA LA MEGAMINERÍA EN LOS AMBIENTES GLACIARES Y PERIGLACIARES?
La Etapa de EXPLORACIÓN, se inicia con la construcción de caminos, movimientos de tierra, montaje de campamentos, etc. sobre glaciares, periglaciares o cerca de ellos y los cubren de polvo; en algunos casos también se realizarían perforaciones para la extracción de muestras. Esto impactaría directamente a las masas de hielo acelerando su retroceso (derretimiento).
En esta etapa también se podrían generar contaminación y acidificación de las aguas y el aire, debido a la reacción química de los materiales utilizados y removidos en contacto con la atmósfera afectando el recurso hídrico de las cuencas.
ESTUDIO REALIZADO SOBRE EL “GLACIAR OLIVARES ALFA” en CHILE sostiene que “LA CONTAMINACIÓN POR MINERÍA A CIELO
ABIERTO ACELERA EL RETROCESO DEL GLACIAR OLIVARES ALFA en Chile Central. La investigación confirma que podría ser responsable de 82% del retroceso total de los glaciares entre 2004 y 2014, y que solamente el 18% restante correspondería al efecto del cambio climático”.
Estas investigaciones fueron realizadas por los Equipos del Centro de Tecnologías Ambientales y del Departamento de Química de la Universidad Técnica Federico Santa María, del IANIGLA y Ciencias Ambientales de la UNCUYO en Mendoza y del Departamento de Ingeniería Civil y Ambiental de la Universidad de Tennessee, EE.UU.).
EL PROYECTO “CERRO AMARILLO” QUE EL GOBIERNO DE MENDOZA PRETENDE DESARROLLAR SE ENCUENTRA EN UNA ZONA DONDE LA ACTIVIDAD MINERA ESTÁ PROHIBIDA, PORQUE ESTÁ UBICADA EN UN ÁREA DONDE EXISTEN GLACIARES DE ESCOMBROS Y DE ROCA (también hay GLACIARES DESCUBIERTOS).
- LEY NACIONAL N°25675
LEY GENERAL DEL AMBIENTE “…La exploración minera metalífera necesita obligatoriamente pasar por las instancias de ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL, CONSULTA PÚBLICA DE LOS EXPEDIENTES Y AUDIENCIA PÚBLICA, presupuestos mínimos
vigentes en todo el territorio de la Nación Argentina según la ley nacional 25675 y el artículo 41 de la Constitución Nacional…”
No hay constancia que el Expediente del Proyecto Megaminero “Cerro Amarillo” haya cumplido con la CONSULTA PÚBLICA y AUDIENCIA PÚBLICA antes de ser presentado a la Legislatura de Mendoza, como exige la Ley General del Ambiente.
¿EN QUÉ CONSISTE LA ETAPA DE EXPLORACIÓN EN EL EXTRACTIVISMO MEGAMINERO?
“…Las tareas de exploración minera consisten en la apertura de caminos y picadas para poder acceder al área de exploración (generalmente zonas montañosas remotas e inaccesibles que en su mayoría presentan sus rasgos naturales inalterados o con poco disturbio) con vehículos, maquinarias y equipos para realizar las tareas y armar campamentos…”
“…Las tareas de exploración en sí, consisten en efectuar perforaciones y trincheras que permitan tomar los datos de las rocas que se están buscando y así determinar el cubicaje del yacimiento minero (su volumen y distribución en el subsuelo) y su concentración. También es menester que durante la exploración se determine como se va a extraer el mineral, por eso es que normalmente se hacen ensayos de lixiviación, flotación, u otra técnica de separación, de los metales de sus gangas (matrices rocosas en el caso de los minerales diseminados) que lo contienen naturalmente. Estos ensayos químicos se efectúan primero en laboratorio, con muestras extraídas del terreno, y finalmente en el lugar del yacimiento, ya que en el caso de la megaminería hidroquímica es allí donde se va a llevar a cabo la separación y las reacciones químicas pueden actuar de manera diferente de acuerdo factores locales como la altitud, el clima, el tipo de suelo, etc…” Lic. Federico Soria
- LEY NACIONAL N°25688 : REGIMEN DE GESTION AMBIENTAL DE AGUAS
Establece los presupuestos mínimos ambientales para la preservación de las aguas, su aprovechamiento y uso racional, utilización de las aguas, cuenca hídrica superficial, COMITÉS DE CUENCAS HÍDRICAS.
ARTICULO 3° — LAS CUENCAS HÍDRICAS COMO UNIDAD AMBIENTAL DE GESTIÓN DEL RECURSO SE CONSIDERAN INDIVISIBLES. ARTICULO 4° — Créanse, para las CUENCAS INTERJURISDICCIONALES LOS COMITÉS DE CUENCAS HÍDRICAS con la misión de
asesorar a la autoridad competente en materia de recursos hídricos y colaborar en la gestión ambientalmente sustentable de las cuencas hídricas. La competencia geográfica de cada comité de cuenca hídrica podrá emplear categorías menores o mayores de la cuenca, agrupando o subdividiendo las mismas en unidades ambientalmente coherentes a efectos de una mejor distribución geográfica de los organismos y de sus responsabilidades respectivas.
ARTÍCULO 5º – inc. d) y f) PROHÍBE EL VERTIDO DE SUSTANCIAS EN AGUAS SUPERFICIALES, SIEMPRE QUE TAL ACCIÓN AFECTE SU ESTADO O CALIDAD; COMO TAMBIÉN LA INTRODUCCIÓN DE SUSTANCIAS TÓXICAS EN AGUAS SUBTERRÁNEAS.
ARTICULO 6° — Para utilizar las aguas objeto de esta ley, se deberá contar con el permiso de la autoridad competente.En el caso de las CUENCAS INTERJURISDICCIONALES, cuando el impacto ambiental sobre alguna de las otras jurisdicciones sea significativo, será vinculante la aprobación de dicha utilización por el Comité de Cuenca correspondiente, el que estará facultado para este acto por las distintas jurisdicciones que lo componen
El gobierno de Mendoza presentó en la Legislatura Provincial el Proyecto Megaminero “Cerro Amarillo” en Malargüe para la APROBACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO , PERO NO HAY CONSTANCIA DE AUTORIZACIÓN POR PARTE DEL COIRCO “COMITÉ INTERJURISDICCIONAL DEL RIO COLORADO” PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO. (El COIRCO
está conformado por las Provincias de Neuquén, Rio Negro, La Pampa, Buenos Aires y Mendoza)
- LEY PROVINCIAL N°7722/07
LEY 7722 – ARTÍCULO 1° – A los efectos de garantizar debidamente los recursos naturales con especial énfasis en la tutela del recurso hídrico, se PROHÍBE en el territorio de la Provincia de Mendoza, el uso de sustancias químicas como cianuro, mercurio, ácido sulfúrico, y otras SUSTANCIAS TÓXICAS SIMILARES en los procesos mineros metalíferos de cateo, prospección, exploración, explotación y/o industrialización de minerales metalíferos obtenidos a través de cualquier método extractivo.
El Proyecto Megaminero “Cerro Amarillo” para la extracción de cobre utilizaría SUSTANCIAS TÓXICAS PROHIBIDAS COMO LOS REACTIVOS DE FLOTACIÓN, entre ellos el XANTATO.
Las SUSTANCIAS TÓXICAS SIMILARES a que se refiere la Ley, contendrían sustancias químicas altamente contaminantes como los reactivos de flotación correspondientes a poliacrilamida acrilato de sodio, de metil isobutil carbinol y alcohol isobutílico y productos derivados del xantato.
- DECRETO PROVINCIAL N° 820/2006 – ART.23 : La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) será actualizada como máximo en forma bianual, debiéndose presentar un informe conteniendo los resultados de las acciones de protección ambiental ejecutadas, así como de los hechos nuevos que se hubieren producido.
SI LA ACTUAL DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO “CERRO AMARILLO” ES LA MISMA DEL AÑO 2014, DEBERÍA PRESENTAR UNA D.I.A. ACTUALIZADA.
El Proyecto Megaminero “Cerro Amarillo” ha sido presentado por el Ejecutivo provincial en la Legislatura de Mendoza para el tratamiento y aprobación de la Declaración de Impacto Ambiental SIN RESPETAR EL DERECHO A LA CONSULTA, EL CONSENTIMIENTO PREVIO, LIBRE E INFORMADO POR PARTE DEL PUEBLO MENDOCINO, ACCESO A LA JUSTICIA EN ASUNTOS AMBIENTALES COMO LO ESTABLECE EL ACUERDO DE ESCAZÚ.
En este marco, DENUNCIAMOS LA AGRESIONES, REPRESIONES, ACOSO, JUDICIALIZACIONES, etc. CONTRA MILITANTES Y
PERSONAS DEFENSORAS DEL MEDIO AMBIENTE VIOLANDO EL ACUERDO DE ESCAZÚ , como el caso de nuestra compañera Nora Moyano (Mendoza), compañero Aldo Flores (Catamarca) y muchísimos militantes más a lo largo y ancho de la República Argentina y el mundo.
AMPAP (Mendoza) – 22 de noviembre 2022
AMPAP
Asambleas Mendocinas por el Agua Pura
Convocan a movilizar en el marco del
25N día internacional de la no violencia
hacia las mujeres y las disidencias
Resumen Latinoamericano, 24 de noviembre de 2022.
Este viernes 25 se conmemora el Día internacional de la no violencia hacia las mujeres y las disidencias fecha declara por la ONU en el año 2000 con la finalidad de visibilizar un problema social a nivel mundial y que en Argentina arroja cifras alarmantes. Una de cada dos mujeres atravesó una situación de violencia a lo largo de su vida, pero solo dos de cada diez la denunciaron, según datos que se desprenden de la primera Encuesta de Prevalencia de la Violencia contra Mujeres de Argentina. Organizaciones feministas convocan a manifestarse en diferentes ciudades del país para exigir «basta de femicidios, trans travesticidios y crímenes de odio». En Buenos Aires las acciones comenzarán a partir de las 16:30hs en el Obelisco para marchar a Plaza de Mayo y la Asamblea Ni Una Menos concentrará a partir de las 17hs en Tribunales.
Este año se cumplen 62 años del asesinato de las Hermanas Mirabal, las mariposas, quienes eran activistas políticas de la República Dominicana que fueron brutalmente asesinadas en 1960, por orden del dictador dominicano Rafael Trujillo.
Es en conmemoración a esta fecha que la Asamblea General de la ONU en el año 2000 designó el 25 de noviembre como el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, invitando a gobiernos, organizaciones internacionales y ONG’s a involucrarse y coordinar acciones que eleven la conciencia pública para eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres.
En Argentina los datos son alarmantes. En septiembre de 2022 hubieron 20 femicidios y trans-travesticidos en todo el país, de acuerdo al relevamiento realizado por el observatorio de la asociación La Casa del Encuentro y en lo que va del año 218 víctimas de la violencia machista.
Asimismo según datos que se desprenden de la primera Encuesta de Prevalencia de la Violencia contra Mujeres de Argentina, realizada por el por el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación y la Iniciativa Spotlight, una alianza entre Naciones Unidas y la Unión Europea para poner fin a la violencia contra las mujeres y las niñas: una de cada dos mujeres atravesó una situación de violencia a lo largo de su vida, pero solo dos de cada diez la denunciaron.
Sobre la base de entrevistar a a 12.152 mujeres de entre 18 y 65 años de las provincias de Buenos Aires, Chaco, Chubut, Entre Ríos, Jujuy, Neuquén, Misiones, Salta, San Luis, Santa Fe, Santiago del Estero y Tucumán, los datos arrojan que los tipos de violencia más frecuentes detectadas fueron la psicológica (42%), la económica y patrimonial (23%), la física (23%) y la sexual (18%).
«Salimos a las calles»
Como sucede cada 25 de noviembre organizaciones feministas convocan a realizar acciones de visibilización y concientizacón sobre la violencia hacia mujeres y diversidades sexogenéricas en varias ciudades del país.
En Buenos Aires bajo las consignas «¡Libertad a las presas mapuche!. Les niñes no se tocan, no se violan, no se matan. ¡Basta de chineo!. El ajuste es violencia machista/patriarcal: trabajadoras, jubiladas, estudiantes y niñes juntes contra las políticas de hambre y el saqueo/extractivismo sobre nuestros territorios. Basta de femicidios, trans travesticidios y crímenes de odio» las organizaciones feministas que invitan a concentrar a partir de las 16:30hs en el Obelisco para marchar a Plaza de Mayo.
Por otro lado desde la Asamblea Ni Una Menos convocaron a concentrar a partir de las 17hs en Tribunales.
«Compañeres el 25 de noviembre volvemos a la calle para denunciar todas las violencias por razones de género. Esta semana se confirmó el femicidio de Susana Cáceres en Moreno que era buscada por sus familiares. Todavía nos falta Tehuel y todos los días la violencia patriarcal precariza todavía más la vida de les compañeres que atienden la urgencia en los barrios. Con la rebeldía y la rabia de Hebe en nuestros corazones nos convocamos en Tribunales porque no hay justicia para nosotras y nosotres. El viernes nos concentramos en Tribunales a las 17hs» explica el comunicado.
Fuente: ANRed
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