24 de septiembre de 2009

MAR DEL PLATA: FALLO INÉDITO PROCESAN A UN DELATOR DE LA DICTADURA.

Fallo inédito: procesan a un "delator" de la dictadura

La Cámara Federal local, al confirmar la prisión preventiva a un ex agente de inteligencia del Ejército que en 1976 delató a un amigo que después fue asesinado, sentó un importante precedente: procesar como autores a los que entregaron a víctimas de la última dictadura.


Al considerarlo como "delator o entregador", imputarle delitos de "lesa humanidad" y confirmar un fallo de primera instancia, la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata dispuso el procesamiento con prisión preventiva de un ex agente de inteligencia del Ejército Argentino. Los jueces Jorge Ferro y Alejandro Tazza, junto con el conjuez Eduardo Carreras, consideraron que Nicolás Miguel Caffarello, resulta en principio responsable de los delitos de "privación ilegítima de la libertad agravada por mediar violencia" y "homicidio calificado por la actuación premeditada de dos o más personas, en el grado de partícipe primario". Tales acusaciones son por el "señalamiento" del militante universitario Daniel Enrique Nario, quien fuera secuestrado y luego asesinado por las Fuerzas de Seguridad, junto con su esposa Liliana Graciela Pachano.Al votar en primer lugar, con la adhesión de sus colegas, el juez Ferro dijo que "estos hechos deben ser enmarcados como actos de Terrorismo de Estado, que formaron parte del plan sistemático de violación a los derechos humanos desplegado por las Fuerzas Armadas durante la última dictadura militar, cuyo objetivo fue perseguir a sus opositores políticos, y por sus características corresponden ser calificados como delitos de lesa humanidad".El fallo constituye un poderoso precedente para casos similares en que civiles y militares redujeron su responsabilidad en la desaparición y muerte de personas a simples actos de delación, sin poderse probar si actuaron en la ejecución de las víctimas, y por esta complicidad, les correspondería la misma pena que a sus autores.

Lo despidió con un beso
Tal episodio se produjo en abril de 1976, cuando Caffarello junto con otro sujeto que no pudo ser identificado ingresaron al local "Bar Musical", ubicado en San Luis y Rivadavia. Como el ahora encausado visitaba a Nario asiduamente, por ser ex compañeros del colegio industrial, fue a saludarlo, lo despidió con un beso, denotando ser muy amigo, y después ambos se retiraron. Pero el sujeto que todavía no fue identificado, pero que se trataría de un militar con ropa de civil, volvió a los pocos minutos portando un arma de fuego larga con la que apuntó a Nario tomándolo por la bufanda y "sin orden expresa de autoridad competente se lo llevó del lugar amenazando de muerte a los demás para evitar que hicieran algo", sostuvo el magistrado.Y agregó que "pese a las gestiones de los familiares para determinar su paradero no se volvió a tener noticias de Nario, hasta que en junio de ese año, en jurisdicción de la Comisaría Tercera de Mar del Plata, fueron hallados los cadáveres de Nario y su esposa.

Fusilado junto con su esposa
La autopsia reveló que el joven había sido fusilado, con las manos atadas a la espalda. Le habían efectuado cuatro disparos en la cabeza, que le produjeron el estallido del cráneo y su inmediato deceso.Ferro, para echar por tierra a toda argumentación defensista esgrimida, al referirse a lo resuelto en primera instancia sostuvo que "considero que al expediente se han incorporado suficientes elementos probatorios para tener por acreditadas, con la fuerza convictiva exigida en esta etapa procesal, tanto la materialidad delictiva como la participación necesaria del imputado en los hechos".Al describir la responsabilidad de Caffarello sostuvo que "conocía la actividad política de Nario y sabía que era posible que estuviera en ese lugar" y añadió: "Ingresó al negocio con un propósito preciso: indicar que allí se encontraba la víctima, individualizarla y de esta manera permitir que el autor actuara sin margen de error. Tal fue su aporte, el cual tuvo entidad suficiente para contribuir al resultado típico".

Chofer del jefe del GADA 601
Otro aspecto destacado en el fallo es que a pesar de que Caffarello, en el momento del hecho, era un conscripto que "tenía un cierto lugar de privilegio dentro de aquella estructura militar puesto que mantenía, desde fines de 1975, una relación de amistad con Alfredo Arrillaga, jefe de Operaciones del GADA 601, quien lo convirtió en su chofer y custodio personal, pasando a ser uno de los pocos soldados autorizados a portar armas para protección de los jefes. En virtud de esta confianza depositada en él, en diciembre de 1978 se incorporó como personal civil del área de Inteligencia del Ejército, donde manejaba todo tipo de información, inclusive secreta y confidencial".Asimismo, en el legajo aportado por la Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires (Dipba), suministradas por la Comisión Provincial por la Memoria, se da cuenta que "al tiempo de los hechos, Caffarello integraba el Servicio de Informaciones del Ejército, indicando que fue simpatizante de la CNU local cuyos miembros considerados 'recuperables' fueron incorporados a aquella institución luego de la asunción del gobierno de facto".Además, "integraba las denominadas 'patotas' e intervenía activamente en los procedimientos ilegales de represión llevados adelante por las Fuerzas Armadas. De allí se deduce que conocía los motivos, los objetivos, la modalidad y los posibles destinos finales que podían tener las víctimas".
(Fuente:Rdendh).

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