La prisión domiciliaria, eje de una resolución en la causa ESMA
Por qué no se instrumentan es hasta ahora un misterio para el público
El tribunal que lleva a cabo el megaproceso por la causa AMIA resolvió que los acusados que cumplen prisión preventiva -o purgan condenas anteriores- en sus domicilios, sean trasladadas a los tribunales federales por la Policía Federal y reiteró la obvia prohibición que tienen de salir sin permiso y exhibirse en lugares públicos. Lo hizo en respuesta al pedido de las querellas para que, ante la evidencia de su reiterado incumplimiento, se revoquen todas las prisiones domiciliarias. El tribunal recordó que por razones que les son ajenas no estén disponibles otras maneras de control, como pulseras o tobilleras electrónicas, lo que, "sin dudas, contribuiría a un control más eficaz de esta modalidad de arresto”.
Por qué no se instrumentan es hasta ahora un misterio para el público
El tribunal que lleva a cabo el megaproceso por la causa AMIA resolvió que los acusados que cumplen prisión preventiva -o purgan condenas anteriores- en sus domicilios, sean trasladadas a los tribunales federales por la Policía Federal y reiteró la obvia prohibición que tienen de salir sin permiso y exhibirse en lugares públicos. Lo hizo en respuesta al pedido de las querellas para que, ante la evidencia de su reiterado incumplimiento, se revoquen todas las prisiones domiciliarias. El tribunal recordó que por razones que les son ajenas no estén disponibles otras maneras de control, como pulseras o tobilleras electrónicas, lo que, "sin dudas, contribuiría a un control más eficaz de esta modalidad de arresto”.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 5 de la Capital ordenó una serie de medidas con respecto al traslado de los acusados que se encuentren con arresto domiciliario, informó el Centro de Información Judicial (CIJ) de la Corte Suprema de la Nación.
Lo hizo en el marco de incidente, aún en trámite, en el que un grupo de querellantes había solicitado que se revoquen las prisiones domiciliarias de quienes así estuvieren cumpliendo su privación de libertad en aquella causa. Las medidas fueron dictadas por el tribunal “sin perjuicio de lo que en definitiva se resuelva en punto a la pretensión que da origen a este trámite”.
Entre otras cuestiones, el tribunal dispuso que los traslados sean a cago de las autoridades de la seccional policial o en su caso de la respectiva Delegación de la Policía Federal Argentina que correspondiere de acuerdo al domicilio del imputado, y prohíbe a los detenidos “su exposición en lugares públicos o de acceso público, más allá de lo indispensable para concretar traslados o su asistencia a determinados sitios previamente autorizados”.
Asimismo, el tribunal hizo referencia en la resolución a que, oportunamente, se indagó “sobre la posibilidad de implementar respecto de los aquí imputados el mecanismo de vigilancia electrónica instrumentada mediante Resolución N° 1587/2008 de la Dirección Nacional de Readaptación Social, dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Penitenciarios de la Secretaría de Justicia, con resultado negativo, pues aún no ha viabilizado este mecanismo que, sin dudas, contribuiría a un control más eficaz de esta modalidad de arresto”.
La resolución completa se encuentra aquí.
Fuente:Telam
15 02 2013
ESMA: disponen medidas sobre traslados de acusados
con arresto domiciliario
Lo resolvió el Tribunal Oral Federal N° 5 de la Capital, en el marco de un
incidente en donde querellantes solicitan que se revoquen todas las prisiones
domiciliaras. Entre otras cuestiones, ordenó que los traslados estén a cargo de
autoridades policiales.
Fuente: CIJ
Fuente: CIJ
En el marco del juicio oral en donde se investigan crímenes de lesa
humanidad cometidos en la ESMA, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 5 de
la Capital ordenó una serie de medidas con respecto al traslado de los acusados
que se encuentren con arresto domiciliario.
Fue en un incidente, aún en trámite, en donde un grupo de querellantes había solicitado que se revoquen las prisiones domiciliarias de quienes así estuvieren cumpliendo su privación de libertad en aquella causa. Las medidas fueron dictadas por el tribunal “sin perjuicio de lo que en definitiva se resuelva en punto a la pretensión que da origen a este trámite”.
Entre otras cuestiones, el tribunal dispuso que los traslados sean a cago de las autoridades de la seccional policial o en su caso de la respectiva Delegación de la Policía Federal Argentina que correspondiere de acuerdo al domicilio del imputado, y prohíbe a los detenidos “su exposición en lugares públicos o de acceso público, más allá de lo indispensable para concretar traslados o su asistencia a determinados sitios previamente autorizados”.
Asimismo, el tribunal hizo referencia en la resolución a que, oportunamente, se indagó “sobre la posibilidad de implementar respecto de los aquí imputados el mecanismo de vigilancia electrónica instrumentada mediante Resolución N° 1587/2008 de la Dirección Nacional de Readaptación Social, dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Penitenciarios de la Secretaría de Justicia, con resultado negativo, pues aún no ha viabilizado este mecanismo que, sin dudas, contribuiría a un control más eficaz de esta modalidad de arresto”.
La resolucíon completa se encuentra en: http://www.cij.gov.ar/nota-10721-ESMA--disponen-medidas-sobre-traslados-de-acusados-con-arresto-domiciliario.html
Fuente:MegacausaEsma
Fue en un incidente, aún en trámite, en donde un grupo de querellantes había solicitado que se revoquen las prisiones domiciliarias de quienes así estuvieren cumpliendo su privación de libertad en aquella causa. Las medidas fueron dictadas por el tribunal “sin perjuicio de lo que en definitiva se resuelva en punto a la pretensión que da origen a este trámite”.
Entre otras cuestiones, el tribunal dispuso que los traslados sean a cago de las autoridades de la seccional policial o en su caso de la respectiva Delegación de la Policía Federal Argentina que correspondiere de acuerdo al domicilio del imputado, y prohíbe a los detenidos “su exposición en lugares públicos o de acceso público, más allá de lo indispensable para concretar traslados o su asistencia a determinados sitios previamente autorizados”.
Asimismo, el tribunal hizo referencia en la resolución a que, oportunamente, se indagó “sobre la posibilidad de implementar respecto de los aquí imputados el mecanismo de vigilancia electrónica instrumentada mediante Resolución N° 1587/2008 de la Dirección Nacional de Readaptación Social, dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Penitenciarios de la Secretaría de Justicia, con resultado negativo, pues aún no ha viabilizado este mecanismo que, sin dudas, contribuiría a un control más eficaz de esta modalidad de arresto”.
La resolucíon completa se encuentra en: http://www.cij.gov.ar/nota-10721-ESMA--disponen-medidas-sobre-traslados-de-acusados-con-arresto-domiciliario.html
Fuente:MegacausaEsma

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