23 de febrero de 2013

URUGUAY.

JUEVES, 21 DE FEBRERO DE 2013
Febrero amargo 
Por Ricardo Scagliola (PROYECTO FÓSFORO) 
Se consumó. La decisión de la Suprema Corte de Justicia de desplazar a la jueza Mariana Mota de su intento de investigar decenas de crímenes de la dictadura, disfrazada de un simple traslado, reeditó viejos cuestionamientos a la justicia, puso en el centro del debate la independencia del Poder Judicial y volvió a patentar fuertes diferencias en la izquierda en torno a cómo procesar las violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura.

La crónica de los diarios nos habla de centenares de personas concentradas a las puertas de la Suprema Corte y la televisión nos muestra imágenes de una alicaída Mariana Mota, al borde de las lágrimas, cuestionando la decisión. También a muchos coraceros intentando desalojar la sala, donde finalmente la jueza Mota firmó su traslado a la justicia civil. Salvando las diferencias de procedimiento, en el fondo -que siempre es político- el caso encuentra evidentes paralelismos con la remoción, en España, del juez Baltasar Garzón, único de su estirpe en defender causas v.inculadas a violaciones de los derechos humanos en el pasado reciente.


Ocurre que tras el ropaje jurídico que lo envuelve, el desplazamiento de Mota de una cincuentena de casos vinculados a la represión de la dictadura reviste una simbología provocadora e insultante para los familiares de las víctimas de la dictadura y para la tan cuestionada independencia del Poder Judicial. Con esos casos a cuestas, Mota se aprestaba a concluir varias investigaciones sobre torturas y asesinatos durante la última dictadura. La escalada contra la jueza comenzó en mayo de 2011, luego de que Mota participara de la Marcha del Silencio, que todos los años reclama "verdad", "memoria" y "justicia" para los delitos cometidos por los militares durante la dictadura. Pero siguió con evidentes presiones sobre el Poder Judicial. Por ejemplo, cuando tras el procesamiento con prisión del coronel Carlos Calcagno por "coautoría de dos delitos de desaparición forzada" de los militantes del Partido por la Victoria del Pueblo (PVP), Gustavo Inzaurralde y Nelson Santana, el ex presidente Jorge Batlle y el ex vicepresidente Gonzalo Aguirre fueron a hablar a la Corte para que sancionaran a la jueza. En declaraciones a la prensa, ambos llegaron a calificar a Mota como "una jueza hitleriana". 


¿Por qué habrían de ir Batlle y Aguirre a la Suprema Corte para pedir el desplazamiento de una jueza? ¿Qué los motivó a semejante intromisión en una justicia a la que ellos mismos definen como intocable? ¿Quién se los pidió? Cosas veredes, Sancho, pero la saga continúa. En setiembre del año pasado, por una orden del ministro de Defensa, Eleuterio Fernández Huidobro, a la jueza se le prohibió tomar fotografías durante una inspección ocular al Batallón 13, razón por la cual pende sobre las espaldas de Huidobro una denuncia penal por desacato. El accionar de la justicia encontró más de una vez enfrentados al ministro y a la jueza, que también tenía a su cargo el accidente del avión de Air Class. En el marco de la investigación que venía realizando, la jueza determinó la participación en la búsqueda del avión del buzo Héctor Bado, rechazado por Huidobro. El caso Mota reviste aristas inesperadas, propias de una película surrealista. Incluida una conferencia de prensa donde Pedro Bordaberry cuestionó el fallo que procesó a su padre a 45 años de prisión por 11 delitos de lesa humanidad (9 desapariciones y 2 homicidios políticos) y el delito de atentado a la Constitución por el golpe de Estado del 27 de junio de 1973.


Es obvio: en el traslado de Mariana Mota el problema no es solamente una decisión judicial, quizás motivada en inminentes fallos que en cualquier caso llegan tarde y que todos sabemos que no irán más lejos de una reparación simbólica. El problema es lo que pasó antes. El problema fueron las tremendas presiones de militares, tupamaros y sus influencias políticas a la justicia. Por parte de la derecha puede ser comprensible. La derecha uruguaya ha tenido y tiene numerosos vínculos con los militares. Vínculos que, por otra parte, no esconde. No es ninguna novedad que los partidos tradicionales ampararon golpistas. Negar esta evidencia sólo indica escasa voluntad de separar en su propia familia el grano democrático de la paja dictatorial. Podría pensarse que los líderes democráticos blancos y colorados deberían ser los primeros en aceptar esta realidad de la historia del Uruguay, porque entonces perderían el miedo a que se señalen los crímenes de la dictadura y sus complicidades intrauterinas. Y ganarían la legitimidad democrática del que reconoce lealmente los desmanes del pasado. Pero no: ambos partidos eligieron seguir siendo partidos bajo sospecha. Como en todos lados, hay blancos y colorados que reivindican ese valor, pero son los menos. Una mayoría sabe que la cultura de la dictadura todavía anida en una parte de sus electores y tiene miedo a molestar. 


La izquierda asiste hemipléjica a un nuevo caso de debate público sobre el rol de la justicia. Una parte defiende la vía judicial, dos veces rebatida por el juicio de las urnas. Otra parte se esmera en desactivarla. Sería un detalle si esa otra línea no la encabezaran José Mujica y Eleuterio Fernández Huidobro, las figuras más visibles del Movimiento de Liberación Nacional (MLN). En repetidas apariciones públicas, ambos han mostrado reticencias con el camino de la justicia. Primero, a pocos meses para que se plebiscitara el Sí rosado que anulaba la Ley de Caducidad, Mujica sostuvo que la justicia para estos casos tenía "un hedor a venganza de la puta que lo parió". Antes de asumir, postuló la idea de no tener "viejitos presos". En marzo de 2011, el presidente visitó en el hospital a Miguel Dalmao, preso desde noviembre de 2010 por el asesinato de la militante comunista Nibia Sabalsagaray, como un "gesto" ante lo que sería un "injusto" procesamiento. En mayo, Mujica visitó el Parlamento para frenar la anulación de la ley de Caducidad, esta vez por la vía parlamentaria. Huele mal, pero las raíces de esta sintonía entre militares y tupamaros vienen de lejos, y empiezan en 1972 con la "tregua armada", un paréntesis durante el cual unos y otros se comprometieron a investigar los delitos económicos de la oligarquía. Siguió con un vínculo cordial entre ex guerrilleros y sectores de las Fuerzas Armadas, como la logia Tenientes de Artigas, luego de la recuperación democrática y, más acá en el tiempo, desembocó en una nueva etapa, la del diálogo entre "combatientes". 


Militares y tupamaros encontraron el término medio, la palabra justa para que la cordialidad se vistiera de complicidad: unos y otros son combatientes que, habiendo ocupado distintos lugares en las trincheras, ahora se saludan como iguales. En el medio: la sociedad; al fondo, a la derecha: la justicia. Ese relato se impuso en el Uruguay de nuestros días, casi sin resistencias. Como si fuera una ironía del destino, la noticia del brindis en el Centro Militar la noche en que se conoció la noticia del traslado de Mota lo dice todo: festejaron los dictadores y sus cómplices. Y no, la justicia no es completamente independiente. Al contrario de lo que se ha dicho durante décadas, el Poder Judicial no es un compartimento estanco, desvinculado de la sociedad o del sistema político. Para empezar, la Corte es un cuerpo colegiado cuyos miembros fueron entrando de a uno. Electos por los dos tercios de la Asamblea General, los ministros de la Suprema Corte son designados por el poder político. Los partidos políticos seleccionan un perfil en base a una evaluación, donde lo político no es un detalle menor. Esas negociaciones parten, por lo general, de los pasillos del Palacio Legislativo. Como si faltaran evidencias del ingrediente político en la justicia, en su momento, los juicios a los militares de la dictadura no podrían haberse gestado sin una expresa voluntad política. Hoy sucede lo mismo, pero al revés: el desplazamiento de Mota pone de relieve una escasa voluntad política de hacer justicia. 


El debate, sin embargo, es más amplio. Y abarca al Poder Judicial en su conjunto, el único de los tres poderes del Estado uruguayo donde no existe participación popular en los procesos de selección de los magistrados y control de los procedimientos. Otros países han incorporado a sus legislaciones las representaciones gremiales, de centrales obreras, de asociaciones civiles relacionadas con la justicia, entre otras, al proceso de selección de jueces. Incorporando otras miradas e intereses, buscan limitar el poder de los intereses económicos y las corporaciones respecto de las decisiones judiciales. No es el caso de Uruguay, donde el Poder Judicial ocupa un lugar lejano y distante del resto de los órganos del Estado, incluso de la ciudadanía. La mayoría de los uruguayos, incluso los bien informados, no ubica los nombres o los rostros de los cortesanos que ejercitan una cuota relevante de poder en uno de los vértices más altos del poder del Estado. Se sabe poco del sistema judicial. La opinión pública tiene poca data sobre cómo funciona la Corte por dentro. Contado material académico o periodístico se adentra en sus relaciones internas, en la microfísica del poder que se trama a su interior. 


Una vieja afirmación predica que "los jueces hablan por sus sentencias", pero la realidad indica que es escasa la información respecto de la cabeza de este poder del Estado. Máxime porque esas sentencias, por lo general, están escritas en jerga inaccesible para los profanos. Amparada en esas distancias, quizás la Corte creyó que este traslado no iba a tener la repercusión que finalmente tuvo. El mensaje, sin embargo, fue mucho más allá que el de un simple traslado. Y revela escaso compromiso con la causa de los derechos humanos. Trasladarla. Sacarla. Apartarla. Ese fue el objetivo de la Corte. La Mesa Política del Frente Amplio, que en otro contexto se hubiese reunido de urgencia para tratar este tema, duerme una siesta carnavalesca, obviamente porque al interior de esa fuerza política hay dos bibliotecas. Y este febrero es amargo. Es amargo para los familiares. Es amargo porque es de suponer que los enemigos de Mota -entre ellos los que quieren esconder lo sucedido con el avión de Air Class, pero también torturadores, asesinos, corruptos, sus cómplices, y la lista es larga- se están frotando las manos. Hubo un brindis en el Centro Militar. Hubo empacho de soberbia, hubo un espejismo de poder, hubo una ilusa convicción de que es posible inmovilizar de un solo golpe los pies y las manos de las generaciones venideras. Por suerte, eso nunca sale bien.

Fuente:Argenpress


DECLARAN INCONSTITUCIONAL UNA LEY QUE PERMITIA JUZGAR A MILITARES
Una vuelta a la impunidad en Uruguay
Las causas por los crímenes de la dictadura podrían quedar archivadas. Por eso la senadora y primera dama Lucía Topolansky dijo que se plantea la posibilidad de realizar un juicio político a los jueces de la Corte Suprema.
El gobernante Frente Amplio y otras organizaciones convocaron a una marcha para repudiar el fallo.Imagen: AFP
La Suprema Corte de Justicia (SCJ) de Uruguay declaró ayer inconstitucional una norma aprobada en 2011 que impedía la prescripción de los delitos cometidos por uniformados durante la dictadura uruguaya (1973-1985), por lo que aquellos crímenes podrían quedar impunes y las causas, archivadas. La senadora Lucía Topolansky, dirigente y esposa del presidente, José Mujica, manifestó en conferencia de prensa que se plantea la posibilidad de realizar un juicio político a los jueces de la Corte. En este contexto, el gobernante 

Frente Amplio (FA) y otras organizaciones convocaron para el lunes a marchar en repudio al fallo.
En su decisión, el máximo tribunal de justicia declaró inconstitucionales los dos primeros artículos de la Ley 18.831, que restablecieron el “pleno ejercicio de la pretensión punitiva del Estado para los delitos cometidos por la aplicación del terrorismo de Estado hasta el 1º de marzo de 1985”, considerados de lesa humanidad. 

El principal argumento en el que coincidieron los ministros es en que la ley penal no puede aplicarse reatroactivamente. La ley de “imprescriptibilidad” de los casos de violaciones a los derechos humanos en la dictadura uruguaya, declarada ahora inconstitucional, había sido promovida por la gubernamental coalición de centroizquierda FA, aunque con alguna disidencia interna. También había sido cuestionada por la oposición política con el argumento de que desconoció dos pronunciamientos populares –en 1986 y 2009– en favor de una ley que a la salida de la dictadura amnistió a los policías y militares que participaron en secuestros, violaciones y asesinatos de opositores durante el régimen de facto.


La resolución contó con el voto positivo de cuatro de los cinco ministros que integran la Suprema Corte de Justicia, informó su portavoz, Raúl Oxandabarat, citado por la edición electrónica del diario El País, de Montevideo. Añadió que a partir de ahora las causas judiciales abiertas en las que hay militares procesados por delitos cometidos durante la última dictadura deberán ser archivadas, al entenderse que prescribieron. 


Sin embargo, y ante la reacción y repudio del Frente Amplio y varias organizaciones, Oxandabarat pareció rectificarse al afirmar que “la declaración de inconstitucionalidad de dos artículos de la ley que impedía la prescripción de los delitos de la dictadura no significa el archivo automático de todas las causas abiertas por aquellos crímenes”. El portavoz explicó que esa interpretación es “un disparate” y enfatizó que el alto tribunal “solamente se pronuncia sobre un caso concreto”. “Los jueces tienen independencia para aplicar lo que quieran”, añadió. La rectificación del vocero de la Corte, de todos modos, no explica de qué forma un dictamen del máximo tribunal sobre un recurso de inconstitucionalidad, en este caso presentado por los coroneles Rudyard Scioscia y Mario Cola, no sienta jurisprudencia para otras causas.


Según el diario uruguayo La República, Topolansky puso de manifiesto que se plantea la posibilidad de realizar un juicio político a la Corte aunque, para ello, el FA deberá contar con una mayoría especial en el Parlamento, que requiere de los votos de la oposición.


Ante la decisión de la Justicia, la coalición gobernante, la central sindical y una organización de familiares de víctimas de la dictadura convocaron para el lunes una marcha en Montevideo. “Por verdad y justicia nos concentramos en silencio” es el título del comunicado difundido a la prensa por el FA, que llamó a la manifestación el lunes en la Plaza Libertad de la capital uruguaya a las 19. La convocatoria es firmada también por el Plenario Intersindical-Central Nacional de Trabajadores (PIT-CNT) y la organización Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos De-saparecidos. Además de anunciar la marcha en repudio por el fallo, la presidenta del FA, Mónica Xavier, fue una de las primeras en reaccionar a la decisión de la Suprema Corte de Justicia de Uruguay (SCJ). “Dolor por inconstitucionalidad. El lunes 19 en silencio en la Plaza Libertad”, indicó en la red social Twitter en alusión a la concentración convocada por su partido. 


Asimismo, el Secretariado Ejecutivo del Movimiento de Participación Popular (MPP) emitió una declaración a través de la cual expresó que la mayoría de la SCJ es “responsable del mantenimiento de la impunidad en Uruguay, así como también de las consecuencias internas e internacionales a las que queda expuesta la República”, informó La República. Por otro lado, el diputado Luis Puig, del partido por la Victoria del Pueblo, adelantó a El País que se presentarán ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos por la declaración de inconstitucionalidad de los dos artículos. En otra exposición, el legislador dijo que la SCJ “se puso del lado de la impunidad”, además de “desconocer” y “desacatar” un dictamen de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (ver recuadro).



La semana pasada, la SCJ removió a la jueza Mariana Mota, que tenía a su cargo unas cincuenta causas contra militares por violaciones a los derechos humanos durante la dictadura, que ahora deberán pasar a manos de otro magistrado aún no designado. El presidente de la SCJ, Jorge Ruibal Pino, señaló entonces que el organismo “entendió que la doctora Mota ya cumplió su ciclo en lo penal y es bueno que desempeñe otra materia en su carrera” y agregó que “tuvo algunos sumarios; algunos de ellos ya terminaron sin responsabilidad para ella”. Sin embargo, Mota se declaró “sorprendida” por la resolución y aclaró que no pesaba sobre ella ningún sumario.



“Uruguay se merece otra Justicia”
Macarena Gelman, nieta del poeta argentino Juan Gelman y víctima de la dictadura, dijo ayer que Uruguay “se merece otro tipo de Justicia”, al comentar el fallo de la Suprema Corte que declaró inconstitucional una ley que impedía la prescripción de los crímenes cometidos en ese período (1973-1985). Macarena Gelman dijo que es “seriamente cuestionable” la decisión de la Corte y que va en contra de “hacer justicia por los delitos de lesa humanidad, como las desapariciones forzadas”. Para Gelman, que ahora tiene 36 años, hechos como el reciente traslado a un tribunal civil de la jueza Mariana Mota, que tenía a su cargo medio centenar de expedientes del régimen militar, forman parte también de una situación que hace pensar “si el Poder Judicial, desde la dictadura hasta hoy, se está comportando como debe”. Además apuntó que, pese a que el pronunciamiento de la Corte Suprema de ayer se refiere a un caso particular, “genera un antecedente que no es positivo”. Gelman dijo esperar “una respuesta rápida del Estado uruguayo, de sus tres poderes”, para subsanar el obstáculo impuesto por esa decisión “entre otras razones porque internacionalmente está comprometido a hacerlo”. Precisamente, el Estado uruguayo reconoció el año pasado, en virtud de una sentencia impuesta en 2011 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, su responsabilidad por el caso Gelman y se comprometió a suprimir todos los obstáculos legales para el esclarecimiento de los hechos.
Fuente:Pagina12

22.02.2013
URUGUAY
Macarena Gelman: "Nos merecemos otro tipo de justicia"
La nieta del poeta argentino Juan Gelman y víctima de la dictadura critico el fallo de la Corte Suprema de Justicia uruguaya que declaró incostitucional una norma que impedía la prescripción de los crímenes cometidos durante el periodo (1973-1985).

Macarena Gelman dijo a la agencia EFE que es "seriamente cuestionable" la decisión de la Corte, sobre la que no cabe recurso alguno, y dijo que va en contra de "hacer justicia por los delitos de lesa humanidad, como las desapariciones forzadas".

Según el fallo de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) emitido hoy, la ley interpretativa de la Ley de Caducidad, aprobada por el Parlamento uruguayo hace dos años y que obligaba a los jueces a considerar los crímenes de la dictadura como delitos de lesa humanidad, y por lo tanto imprescriptibles, es inconstitucional porque no puede aplicarse de forma retroactiva.

"No puedo saber hoy qué puede pasar más adelante, pero sí es seguro que hay que analizar qué está ocurriendo con la justicia uruguaya, porque este no es un hecho aislado", apuntó la joven ante el fallo.

"genera un antecedente que no es positivo"
Macarena es nieta del poeta argentino Juan Gelman y sus padres, Marcelo Gelman y María Claudia García Iruretagoyena, fueron secuestrados en Buenos Aires en 1976: el primero fue asesinado y la segunda trasladada embarazada al Uruguay, en el marco del "Plan Cóndor", un sistema de cooperación entre las dictaduras del Cono Sur en los años setenta y ochenta, donde permanece desaparecida.

Macarena nació a principios de diciembre de 1976 y fue entregada a un policía y su esposa y no supo su verdadera identidad hasta los 23 años.

Para Gelman, que ahora tiene 36 años, hechos como el reciente traslado a un tribunal civil de la jueza Mariana Mota, que tenía a cargo medio centenar de expedientes de la dictadura, forman parte también de una situación que hace pensar "si el Poder Judicial, desde la dictadura hasta hoy, se está comportando como debe".

Además apuntó que, pese a que el pronunciamiento de la Corte de este viernes se refiere a un caso particular, "genera un antecedente que no es positivo".

Gelman dijo esperar "una respuesta rápida del Estado uruguayo, de sus tres poderes", para subsanar el obstáculo impuesto por esa decisión "entre otras razones porque internacionalmente está comprometido a hacerlo".

Precisamente, el Estado uruguayo reconoció el año pasado, en virtud a una sentencia impuesta en 2011 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, su responsabilidad por el caso Gelman, y se comprometió a suprimir todos los obstáculos legales para el esclarecimiento de los hechos.
Fuente:Telam 


22.02.2013
URUGUAY
La Suprema Corte obliga a cerrar las causas por violaciones a los DDHH
Este organismo uruguayo declaró inconstitucional parte de la ley de 2011 que consideró que las violaciones a los Derechos Humanos cometidas durante la última dictadura no prescriben, lo que obliga a cerrar las causas abiertas.

La resolución contó con el voto positivo de cuatro de los cinco ministros que integran la Suprema Corte de Justicia, informó su portavoz, Raúl Oxandabarat, citado por la edición electrónica del diario "El País", de Montevideo.

Añadió que a partir de ahora las causas judiciales abiertas en las que hay militares procesados por delitos cometidos durante la última dictadura en Uruguay deberán ser archivadas al entenderse que las mismos prescribieron, según la información que reproduce la agencia DPA.

Sin embargo, y ante la reacción y repudio del Frente Amplio y varias organizaciones, Oxandabarat pareció rectificarse al afirmar que "la declaración de inconstitucionalidad de dos artículos de la ley que impedía la prescripción de los delitos de la dictadura no significa el archivo automático de todas las causas abiertas por aquellos crímenes".

El portavoz dijo que esa interpretación es "un disparate", al detallar que el alto tribunal "solamente se pronuncia sobre un caso concreto" y remarcó que "los jueces tienen independencia para aplicar lo que quieran" en los procesos que llevan adelante, según consigna la agencia EFE.

La rectificación del vocero de la Corte, de todos modos, no explica de qué forma un dictamen del máximo tribunal sobre un recurso de inconstitucionalidad, en este caso presentados por los coroneles Rudyard Scioscia y Mario Cola, no sienta jurisprudencia para otras causas.

El fallo declara inconstitucionales los dos primeros artículos de la ley 18.831, promulgada el 28 de octubre de 2011, que restablecieron el "pleno ejercicio de la pretensión punitiva del Estado para los delitos cometidos por la aplicación del terrorismo de Estado hasta el 1 de marzo de 1985", considerados de lesa humanidad.

El principal argumento en el que coincidieron los ministros es que la ley penal no puede aplicarse reatroactivamente.

La ley de "imprescriptibilidad" de los casos de violaciones a los derechos humanos en la dictadura uruguaya, declarada ahora inconstitucional, había sido promovida por la gubernamental coalición de izquierdas Frente Amplio (FA), aunque con alguna disidencia interna.

También fue cuestionada por la oposición política con el argumento de que desconoció dos pronunciamientos populares (en 1986 y 2009) en favor de una ley que a la salida de la dictadura amnistió a los policías y militares que participaron en secuestros, violaciones y asesinatos de opositores durante el régimen de facto.

Ante la decisión de la Justicia, el partido oficialista uruguayo, la central sindical y una organización de familiares de víctimas de la dictadura convocó para el próximo lunes una marcha en Montevideo, según consignó la agencia EFE.

"Por verdad y justicia nos concentramos en silencio" es el título del comunicado difundido a la prensa por el FA, que llama a la manifestación del lunes en la Plaza Libertad de la capital uruguaya a las 19.00 hora local.

La convocatoria es firmada también por el Plenario Intersindical-Central Nacional de Trabajadores (PIT-CNT) y la organización Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos.

Además de anunciar la marcha en repudio por el fallo, la presidenta del FA, Mónica Xavier, fue una de las primeras en reaccionar a la decisión de la Suprema Corte de Justicia de Uruguay (SCJ).

"Dolor por inconstitucionalidad. El lunes 19 en silencio en la Plaza Libertad", indicó en la red social Twitter en alusión a la concentración convocada por su partido.

Por su parte, la senadora Lucía Topolansky, dirigente y esposa del presidente, José Mujica, convocó a una reunión urgente para analizar la posibilidad de iniciar juicio político a los jueces de la Corte, según informó al portal del diario El País.

Por otro lado, el diputado Luis Puig, del partido por la Victoria del Pueblo, adelantó a El País que se presentarán ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos por la declaración de inconstitucionalidad de los dos artículos.

La semana pasada, la SCJ removió a la jueza Mariana Mota, que tenía a su cargo unas 50 causas contra militares por violaciones a los derechos humanos durante la dictadura, que ahora deberán pasar a manos de otro magistrado aún no designado.

El presidente de la SCJ, Jorge Ruibal Pino, señaló entonces que el organismo "entendió que la doctora Mota ya cumplió su ciclo en lo penal y es bueno que desempeñe otra materia en su carrera" y agregó que "tuvo algunos sumarios, algunos de los que ya terminaron sin responsabilidad para ella".

Sin embargo, Mota se declaró "sorprendida" por la resolución y aclaró que no pesaba sobre ella ningún sumario.
Fuente:Telam 


22.02.2013
Convocan a marchar el lunes contra el fallo que consagra la impunidad
Corte de Uruguay obliga a cerrar las causas por violaciones a los Derechos Humanos
Mónica Xavier. Oriental style: La presidenta del Frente Amplio convocó a una manifestación silenciosa
Montevideo.- La Corte Suprema de Uruguay declaró hoy inconstitucional parte de la ley de 2011 que consideró que las violaciones a los derechos humanos cometidas durante la última dictadura no prescriben, lo que obliga a cerrar las causas abiertas, por lo que el Frente Amplio y otras organizaciones convocaron para el lunes a marchar en repudio al fallo. La resolución contó con el voto positivo de cuatro de los cinco ministros que integran la Suprema Corte de Justicia, informó su vocero, Raúl Oxandabarat, citado por la edición electrónica del diario "El País", de Montevideo. Añadió que a partir de ahora las causas judiciales abiertas en las que hay militares procesados por delitos cometidos durante la última dictadura en Uruguay deberán ser archivadas al entenderse que las mismas prescribieron, informó la agencia DPA.
Ante el repudio del Frente Amplio, de las organizaciones de defensa de los derechos humanos y otras, Oxandabarat explicó que "la declaración de inconstitucionalidad de dos artículos de la ley que impedía la
prescripción de los delitos de la dictadura no significa el archivo automático de todas las causas abiertas por aquellos crímenes".
El portavoz dijo que esa interpretación es "un disparate", al detallar que el alto tribunal "solamente se pronuncia sobre un caso concreto" y remarcó que "los jueces tienen independencia para aplicar lo que quieran" en los procesos que llevan adelante.
"Cómo el juez resuelve la situación, eso es problema del juez", dijo, según consigna la agencia EFE.
No obstante, aunque Oxandabarat explicó que el dictamen se refiere a un recurso de inconstitucionalidad presentado por dos coroneles, Rudyard Scioscia y Mario Cola, no tuvo en cuenta que, si se aplica a "un caso concreto", el mismo podrá sentar precedente y será utilizado como jurisprudencia.
El fallo declara inconstitucionales los dos primeros artículos de la ley 18.831, promulgada el 28 de octubre de 2011, que restablecieron el "pleno ejercicio de la pretensión punitiva del Estado para los delitos cometidos por la aplicación del terrorismo de Estado hasta el 1 de marzo de 1985", considerados de
lesa humanidad.
El principal argumento en el que coincidieron los ministros es que la ley penal no puede aplicarse reatroactivamente.
La ley de "imprescriptibilidad" de los casos de violaciones a los derechos humanos en la dictadura uruguaya, declarada ahora inconstitucional, había sido promovida por la gubernamental
coalición de izquierdas Frente Amplio (FA), aunque algunos de sus dirigentes la resistieron.
También fue cuestionada por la oposición política con el argumento de que desconoció dos pronunciamientos populares (en 1986 y 2009) en favor de una ley que a la salida de la dictadura
amnistió a los policías y militares que participaron en secuestros, violaciones y asesinatos de opositores durante el régimen de facto.
Ante la decisión de la Justicia, el partido oficialista uruguayo, la central sindical y una organización de familiares de víctimas de la dictadura convocaron para el próximo lunes una marcha en Montevideo, consignó la agencia EFE.
"Por verdad y justicia nos concentramos en silencio" es el título del comunicado difundido a la prensa por el Frente Amplio, que llama a la manifestación del lunes en la Plaza Libertad de la capital uruguaya a las 19.00 hora local.
La convocatoria es firmada también por el Plenario Intersindical-Central Nacional de Trabajadores (PIT-CNT) y la organización Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos.
Además de anunciar la marcha, la presidenta del Frente Amplio, Mónica Xavier, fue una de las primeras en reaccionar a la decisión de la Suprema Corte de Justicia de Uruguay (SCJ).
"Dolor por inconstitucionalidad. El lunes 19 en silencio en la Plaza Libertad", indicó en la red social Twitter en alusión a la concentración convocada por su partido.
Por su parte, la senadora Lucía Topolansky, esposa del presidente, José Mujica, convocó a una reunión urgente para analizar la posibilidad de iniciarles juicio político a los magistrados de la Corte, según informó a "El País".
Otro de los dirigentes de la formación, Juan Castillo, señaló en declaraciones a la prensa local que la decisión "es una barbaridad".
"Es increíble que sigan existiendo artilugios que permitan a los violadores de derechos humanos permanecer impunes. El mensaje que se está dando para las víctimas y familiares es terrorífico",
añadió.
Por otro lado, el diputado Luis Puig, del partido por la Victoria del Pueblo, adelantó a El País que se presentarán ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos por la declaración de inconstitucionalidad de los dos artículos.
La semana pasada, la SCJ removió a la jueza Mariana Mota, que tenía a su cargo unas 50 causas contra militares por violaciones a los derechos humanos durante la dictadura, que ahora deberán pasar a manos de otro magistrado aún no designado.
El presidente de la SCJ, Jorge Ruibal Pino, señaló entonces que el organismo "entendió que la doctora Mota ya cumplió su ciclo en lo penal y es bueno que desempeñe otra materia en su carrera", y agregó que "tuvo algunos sumarios, algunos de los que ya terminaron sin responsabilidad para ella".
Sin embargo, Mota se declaró "sorprendida" por la resolución y aclaró que no pesaba sobre ella ningún sumario.

22.02.2013
Declaró inconstitucional la Ley de Interpretación de la Ley de Caducidad
Uruguay: Para la Corte Suprema es "inadmisible" que la CIDH esté por encima de la Constitución

Diputado Puig: "La Corte está por la impunidad". 
Montevideo.- Para la Suprema Corte de Justicia (SCJ) uruguaya es "inadmisible" que las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) estén por
encima de la Constitución, señala la sentencia que hoy declaró inconstitucional una ley que impedía la prescripción de los crímenes de la dictadura. El fallo sostiene que la ley interpretativa de la Ley de Caducidad, aprobada por el Parlamento uruguayo hace dos años y que obligaba a los jueces a considerar los crímenes cometidos durante la larga dictadura cívico-militar (1973-1985) como delitos de lesa humanidad, y por lo tanto imprescriptibles, es inconstitucional en la medida en que no puede aplicarse de manera retroactiva.
El fallo, que en principio se refiere solo a un caso concreto y no necesariamente implica la prescripción de todos los delitos de lesa humanidad, sentaría jurisprudencia y fue duramente criticado por orgtanismos y personalidades comprometidas con la defensa de los derechos humanos, que señalaron que Uruguay debe sostener esa ley (la interpretativa de la Ley de Caducidad) porque la CIDH condenó al país al tratar el "Caso Gelman".
Se trata de la desaparición, con presunción de asesinato, de la joven argentina María Claudia García Iruretagoyena de Gelman, luego de parir y a punto de cumplir 20 años), que la CIDH ordenó seguir investigando.
El fallo de la CIDH emplazó a Uruguay eliminar todos los obstáculos que impiden hacer justicia por los crímenes de la dictadura (1973-1985) y el presidente José Mujica prometió solemnemente acatarlo.
Sin embargo, y aunque en sus consideraciones la SCJ oriental reconoció que "las sentencias
emanadas de la CIDH son actos jurisdiccionales producidos por dicho órgano internacional, cuya jurisdicción y competencia ha sido reconocida expresamente por Uruguay" y que por tanto, la condena
que emitió contra el país obliga a proceder "de buena fe a dar cumplimiento a lo dictaminado por dicha Corte", añadió que para lograr la "complementariedad", la "articulación" y la "efectividad" entre el derecho internacional humanitario y las leyes locales, es "ineludible la aplicación de normas de su orden interno".
A su juicio entonces, puesto que a los delitos cometidos por la dictadura que iban a prescribir antes de la aplicación de la norma declarada inconstitucional se les aplicaban los mismos plazos de prescripción que a otros, y nunca hubo leyes que modificaran esa situación, no "sería de aplicación" la condena de la CIDH que pedía la remoción de obstáculos, puesto que éstos -se desprende del fallo de los supremos- nunca habrían existido.
"Si bien está fuera de toda discusión que la CIDH es la intérprete última de la Convención Americana de Derechos Humanos, tampoco puede desconocerse que la intérprete última de la Constitución de la República Oriental del Uruguay es la Suprema Corte de Justicia", subrayó el tribunal.
El diputado del oficialista Frente Amplio Luis Puig dijo a la agencia EFE que con esta sentencia de la Corte "se desconoció el dictamen de una corte (la CIDH) con jurisdicción en Uruguay " y que por lo tanto la SCJ estaría "en desacato con un organismo superior".
"Los jueces uruguayos están perfectamente habilitados para recurrir a la CIDH y usar su jurisprudencia, pero aquí el mensaje de la SCJ ha sido de disciplinar el criterio en favor de la impunidad", remató Puig, del Partido para la Victoria del Pueblo, con inocultable amargura.
Fuente:Telam


“¿Estuviste?”
Campaña para asumir y justificar por qué cada uno fue el viernes a la scj durante el acto de traslado de mariana mota.
A iniciativa de varias personas movilizadas por el traslado de Mota y lo sucedido el viernes en la sede de la SCJ, que derivó en una denuncia penal por “ocupación” por parte de los ministros de la Corte, se puso en marcha ayer una plataforma para que todos aquellos que asistieron, y quieran hacerlo, asuman públicamente su presencia en el lugar en rechazo a la medida y en respaldo a la magistrada. La propuesta es que cada uno fundamente por qué decidió concurrir. Para sumarse está disponible el correo yoestuve@adinet.com.uy y el bloghttp://yoestuveenlascj.blogspot.com/. Entre los impulsores de la convocatoria se encuentran grupos y activistas en defensa de los derechos humanos, entre ellos Carlos Casares, Soledad González, Sara Méndez e Ivonne Trías, que fue la primera que bajo la consigna común “Yo estuve” explicó sus razones:
“Estuve en la sede de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) el viernes 15 a las 10 de la mañana y me quedé hasta que la jueza Mariana Mota se fue por la calle Soriano, caminando con su familia.
”Estuve allí porque la justa convocatoria se deslizó por una pista aceitada de indignación: la gravísima señal de la SCJ hacia la totalidad de las luchas contra la impunidad. Y la indignación es una señora emoción, de esas que hacen caminar a las reflexiones, las sostienen y si es necesario las empujan.
”Estuve porque el traslado de Mota a la órbita civil es una forma sumaria de desamparar una vez más las causas en las que ella había acumulado el estudio y el trabajo de muchos años. Es inaceptable disfrazar de inocencia un acto de poder como ese y pretender naturalizarlo con tal hipocresía: ‘¡Felicitaciones, señora jueza, es usted la ganadora de un traslado!’.
”Porque la campaña contra la jueza Mota ofende doblemente, por injusta y por obvia. ¿Por qué las declaraciones públicas del ministro de la SCJ Jorge Chediak (respaldado por el también ministro Daniel Gutiérrez) reclamando mayores penas para “los menores”, así como sus críticas a la lentitud, insuficiencia y benevolencia del Código de la Niñez y la Adolescencia son válidas y las declaraciones de Mota sobre la lentitud y falta de políticas hacia los crímenes de lesa humanidad no lo son?
”Estuve allí porque desde hace muchos años, demasiados, estamos investigando por nuestra cuenta -como víctimas, como familiares, como ciudadanos- crímenes que deberían ser investigados por la Justicia. Ni durante ni después de la dictadura el Estado investigó nada. Y cuando aparecen, como flores en el mar, magistrados que asumen esta responsabilidad se los desprestigia, se los ataca y se los aparta de sus funciones. Y eso no es en aras de mejor servicio: eso es un bloqueo político inaceptable.
”Estuve porque cada vez me resulta más burdo el espanto social ante la nueva marginalización urbana (la que ya no es producto de la pobreza sino de la desigualdad) y el reclamo de penalización severa a los delitos que de allí provengan mientras se perdona, por acción u omisión, a criminales de Estado y a privados poderosos.
”Porque entiendo que la solidaridad debe ser ante todo práctica. Solidaridad con Mariana Mota y esfuerzo de actuar juntos cuando todo alrededor estimula la fragmentación y la quejumbre.
“Estuve porque sé que gestos como este de la SCJ son una fuente poderosa de descorazonamiento, de desresponsabilización de todos en todo. No quiero vivir en una sociedad así y sobre todo no quiero una sociedad así para nuestros hijos”.
Ivonne Trias - Envío:Agnddhh

Montevideo, 18 de febrero 2013
Sr. Presidente de la Asamblea General
Cdor. Danilo Astori
 
Los y las abajo firmantes somos ciudadanos y ciudadanas de la República Oriental del Uruguay que expresamos nuestra profunda preocupación por los sucesos de los últimos días. En especial por las versiones de prensa sobre un posible pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia declarando la inconstitucionalidad de la ley 18.831. Esto sería una nueva y trágica burla a los acuerdos internacionales y a los justos reclamos que durante años hemos sostenido miles de compatriotas.

Dicha ley fue la que restituyó a nuestra sociedad el derecho al accionar de la justicia y la real independencia del Poder Judicial, luego de 25 años de sometimiento de su accionar en torno a los crímenes de lesa humanidad cometidos durante el terrorismo de estado al Poder Ejecutivo de turno.

El intempestivo traslado de la Jueza Mariana Mota, reconocida profesional de larga trayectoria, que venía desarrollando la investigación judicial de unas 50 causas de delitos del terrorismo de Estado, ha provocado malestar y desconfianza en la ciudadanía. Ese traslado no fue solicitado por la magistrada y es público que no estaba de acuerdo con el mismo.
La decisión de la SCJ redunda en un nuevo e injustificable rezago de procesos judiciales que han sido paralizados por décadas.

El respeto y la garantía de no sanción, remoción injustificada o arbitraria de jueces es la garantía de una actuación independiente de la justicia. Es allí donde reside la real independencia del Poder Judicial y no en las eventuales cinco personas, que por acuerdos políticos, se constituyen en ministros de la SCJ.

Consideramos que la sombra de la declaración de inconstitucionalidad de la ley 18.831, representa un episodio significativo y representativo de las tantas amenazas y trabas sostenidas en desde la restauración democrática. Se siguen acumulando los obstáculos burocráticos, las carencias de procesos claros y de oficinas especializadas para el acompañamiento las víctimas denunciantes de crímenes terribles, se perpetúa la vulnerabilidad del Estado democrático en la escasa trasparencia de los procesos judiciales.
Nos preguntamos:
¿Podremos como sociedad romper el largo destino de impunidad, silencio y complicidad que nos legó la dictadura?

¿Seremos capaces de construir y fortalecer los mecanismos que desarrollen un Poder Judicial eficaz y transparente?

¿Será necesaria la remoción de los actuales ministros de la SCJ el único camino para que estos avances sean posibles?

Por una real independencia de jueces y fiscales. Por una democracia construida sobre la Verdad y la Justicia.
Envío:Agnddhh 

INSTITUCIÓN NACIONAL DE DD HH SE PROUNCIA CON RELACIÓN AL TRASLADO DE MARIANA MOTA

Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo 
Sede Provisoria: Anexo Palacio Legislativo Sala 225. Tel: 142 internos 3242 y 3243 

Declaración de la Institución Nacional de Derechos Humanos sobre administración de justicia y derechos humanos. 1. La Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) realiza esta declaración en cumplimiento de sus cometidos y facultades establecidos por la Ley No. 18.446, de 24/12/2008.
2. La mencionada norma fijó la competencia de la INDDHH, que se extiende a todos los Poderes y organismos públicos (Art. 5) y su cometido esencial es la defensa, promoción y protección en toda su extensión de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y el Derecho internacional (Art.1). Asimismo, la INDDHH es competente para "promover la adopción de las medidas que se consideren adecuadas para que el ordenamiento jurídico y las prácticas administrativas e institucionales se armonicen con los instrumentos internacionales relacionados con los derechos humanos en los que el Estado sea parte" (Art. 4).
3. La INDDHH comparte que el sistema judicial es esencial para la protección de los derechos y libertades fundamentales, así como para asegurar el derecho de toda persona de ser oída y juzgada por un tribunal imparcial e independiente, que pueda realizar los deberes de su cargo con las adecuadas garantías institucionales y funcionales. El sistema judicial es garantía fundamental del estado de derecho, un contrapeso clave en el sistema democrático y un contralor eficaz para que los actos de los demás poderes del Estado respeten los derechos humanos y las libertades fundamentales1. 1Comisión Internacional de Juristas, Principios internacionales sobre Independencia y Responsabilidad de Jueces, Abogados y Fiscales. Guía Profesionales N. 1, Ginebra 2007. 

4. Para la INDDHH los esfuerzos realizados por la sociedad uruguaya para fortalecer el estado de derecho y consolidar la democracia han sido ingentes y constantes en estos últimos treinta años. Entre esos esfuerzos, es reconocida la larga lucha de víctimas, familiares y organizaciones sociales, sindicales y religiosas por la verdad y la justicia en relación a las gravísimas violaciones a los derechos humanos que tuvieron lugar en el país durante el terrorismo de estado. En los últimos años hubo algunos avances innegables en la materia. Sin embargo, para la INDDHH, ese proceso da muestras de haber comenzado lenta, pero constantemente, a detenerse. En otras palabras, el freno le ha ganado al impulso.
5. Recientemente, víctimas y organizaciones de defensa de los derechos humanos han propuesto la creación de unidades especiales para
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colaborar con la investigación de las causas sobre violaciones a los derechos humanos durante el terrorismo de estado, así como también la creación de juzgados y fiscalías especializadas en esa materia. Al respecto no ha habido avance alguno.
6. Nuestro país ha sido condenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Sentencia del 24/02/2011, caso Gelman c/ Uruguay). Es la primera sentencia contra el Estado uruguayo desde que se instaló el sistema interamericano de protección de los derechos humanos, y le impone a nuestro país la obligación de investigar con celeridad las denuncias por violaciones a los derechos humanos; no obstaculizar dichas investigaciones y llevarlas adelante por profesionales debidamente especializados. La Corte Interamericana está implementando un seguimiento permanente a la forma en que Uruguay cumple o no los diferentes aspectos de esa sentencia.
7. En los últimos días, la Suprema Corte de Justicia (en el marco de sus actuales facultades) dispuso el traslado a un Juzgado Civil de la Jueza Mariana Mota, una de las magistradas de la órbita penal que estaba a cargo de la mayor parte de las causas donde se investigan violaciones a los derechos humanos cometidas durante el terrorismo de estado. La información sobre las causas del traslado de la Dra. Mota nunca fueron comunicadas con claridad por parte de la Suprema Corte de Justicia, de forma tal que toda la ciudadanía tuviera pleno conocimiento de cuales fueron las motivaciones de la decisión sobre el traslado. El artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos tiene como fin velar por la adecuada administración de la justicia y garantizar la independencia de jueces y magistrados. Y en tal sentido, el requisito de independencia comprende, "[…] el procedimiento y las calificaciones para el nombramiento de los jueces, y las garantías en relación con su seguridad en el cargo […] las condiciones que rigen los ascensos, traslados, la suspensión y la cesación en sus funciones y la independencia efectiva del Poder Judicial respecto a la injerencia política por los Poderes Ejecutivo y Legislativo"2CCPR/C/GC/32, Comité de Derechos Humanos, Observación General N. 32. "Artículo 14. El derecho a un juicio imparcial y la igualdad ante los tribunales y cortes de justicia", párrafo 26. 

8. El traslado de la Dra. Mota genera el riesgo de que las causas a su cargo por violaciones a los derechos humanos durante el terrorismo de estado pudieran no avanzar con la necesaria celeridad de una pronta y eficiente administración de justicia. Naciones Unidas recuerda que "Un importante componente de la imparcialidad es la garantía de un juicio en un tiempo razonable. Las demoras en los procesos penales no pueden justificarse por la complejidad del caso o con el comportamiento de las partes. Cuando las demoras son basadas en la falta de recursos o falta de
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Sede Provisoria: Anexo Palacio Legislativo Sala 225. Tel: 142 internos 3242 y 3243 financiación, deben proveerse recursos complementarios para la administración de justicia"3Naciones Unidas. Resoluciones 50/181 de 22 de diciembre de 1995, 48/137 de 20 de diciembre de 1993 de la Asamblea General de las Naciones Unidas "Los derechos humanos en la administración de justicia". Resoluciones 50/181 de 22 de diciembre de 1995, 48/137 de 20 de diciembre de 1993 "Los derechos humanos en la administración de justicia: 5 Que libere a la Suprema Corte de Justicia de sus complejas funciones administrativas para poder dedicarse exclusivamente al ejercicio de la función jurisdiccional. Muchos países (incluso de la región) han incorporado ese consejo (integrado por representantes de los jueces; los abogados; las Facultades de Derecho y los funcionarios judiciales, entre otros). El Consejo Superior de la Magistratura tendría la función de asegurar la carrera judicial (convocatoria, selección, capacitación, régimen de ascensos y traslados y régimen disciplinario de los magistrados). También de su especialización, para que cada materia cuente con magistrados calificados para el mejor conocimiento de los asuntos sobre los que debe resolver. Este Tribunal, al igual que en otros países, conocería en todos aquellos asuntos vinculados con la declaración de inconstitucionalidad de las leyes, liberando también a la Suprema Corte de Justicia de esta compleja tarea, teniendo en cuenta el sinnúmero de materias que debe atender. 

9. La Dra. Mota es una Jueza que se ha especializado en la materia penal, y más concretamente en investigaciones por violaciones a los derechos humanos. No parece que se aprovechen bien los recursos técnico-profesionales del país si, luego de tantos años de especialización, se la destina a otro juzgado, de una materia absolutamente diferente. Lamentablemente algo similar sucedió hace poco tiempo, cuando el Fiscal Letrado del Crimen Organizado, Dr. Ricardo Perciballe, especializado en una materia tan delicada, fue trasladado a una Fiscalía Civil.
10. Más allá de las derivaciones que estos hechos han tenido nivel internacional, la INDDHH entiende que es necesario comenzar a construir en el país una agenda que logre los mayores acuerdos y consensos para seguir fortaleciendo nuestro estado de derecho y sus instituciones. Muchas medidas (que requerirán oportunamente su traducción a reformas de normas de diferente jerarquía), pueden ayudar a modernizar nuestro sistema institucional; a optimizarlo; a generar más compromiso, más ciudadanía y más confianza. Un poder judicial en plena conformidad con las normas contenidas en los instrumentos internacionales, es esencial para la plena realización de los derechos humanos y resulta indispensable para el fortalecimiento democrático y el desarrollo sostenible.4
11. La INDDHH considera que es necesario que es necesario comenzar a trabajar a la mayor brevedad sobre una agenda que incluya, entre otras medidas, (a) la creación del Consejo Superior de la Magistratura5; (b) la creación del Tribunal Superior Constitucional6; (c) la reforma del Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo Sede Provisoria: Anexo Palacio Legislativo Sala 225. Tel: 142 internos 3242 y 3243 Ministerio Público y Fiscal7; (d) la definitiva sanción del nuevo Código del Proceso Penal87 Asegurando también, como mínimo, el correcto funcionamiento de la carrera profesional de los Magistrados Fiscales (convocatoria, selección, capacitación, especialización por materia, régimen de ascensos y traslados y régimen disciplinario).
8 Esta medida viene dilatándose desde hace años sin motivos que lo justifiquen. Dentro de esta reforma, es esencial la participación de las víctimas de los delitos (de acuerdo a la fórmula que pueda determinarse atendiendo al derecho comparado) de forma tal de que reciban un tratamiento digno; información; y capacidad de participar en un proceso donde son sus intereses personales los que primeramente están en juego.
9 A/HRC/11/41. Informe del Relatora Especial sobre la Independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despoy. Ver similares informes temáticos de la Relatoría en:www.ohchr.org/EN/Issues/Judiciary/Pages/Issues.aspx
10 Estatuto del Juez Iberoamericano, Articulo17. 

12. Estas medidas propuestas van en la dirección señalada por los organismos internacionales especializados en materia de derechos humanos. Se reconoce por parte del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas que una de las maneras de garantizar la independencia del poder judicial es mediante el establecimiento de un sistema claro y transparente en relación a los nombramientos y ascensos de los magistrados. El Comité de Derechos Humanos enfatizó que la movilidad de los jueces no puede quedar librada a la discrecionalidad de las autoridades, pues podría exponer a los jueces y comprometer su independencia e imparcialidad. De igual manera la Relatoría Especial sobre la Independencia de los Magistrados y Abogados, ha enfatizado que los ascensos y traslados deben ser adoptados por un órgano independiente; estar basados en disposiciones claras y transparentes; recabarse el consentimiento del juez; y debe ser siempre pasible de revisión. Asimismo ha recomendado el establecimiento de cuerpos independientes que, basados en criterios objetivos, decidan los ascensos establecidos en la carrera de la judicatura.
13. En concreto: las normas internacionales en materia de independencia del Poder Judicial establecen una serie de estándares para los nombramientos y la permanencia en el cargo, y las mismas enfatizan en que "una de las prácticas que afectan la independencia o imparcialidad del Poder Judicial es el sistema de ascensos o movilidad. Los Principios Básicos Relativos a la Independencia de la Judicatura establecen que los criterios deben ser objetivos
9. En la misma dirección se pronuncia el Estatuto del Juez Iberoamericano, cuando establece que la estabilidad en el cargo es una garantía esencial de la independencia judicial y las decisiones de ascenso deben estar basadas en los mismos criterios objetivos que para la designación, y deben ser el resultado de un procedimiento transparente y equitativo
10. Esa es la orientación de los principios y guías sobre independencia de la administración de justicia, Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del PuebloSede Provisoria: Anexo Palacio Legislativo Sala 225. Tel: 142 internos 3242 y 3243 así como las observaciones de los Relatores y del Comité de los Derechos Humanos, que refieren a que la selección, permanencia y remoción de jueces y juezas debe estar asegurada además por un órgano independiente e imparcial representado en parte sustantiva por jueces, abogados y académicos. 
14. Finalmente, por todo lo expuesto en los numerales anteriores, la INDDHH considera que las disposiciones establecidas en los artículos 96 a 99 de la Ley Orgánica de la Judicatura y de Organización de los Tribunales (Ley 15.750), debería armonizarse con las previsiones de los tratados de derechos humanos que protegen el derecho a un recurso efectivo ante un juez independiente e imparcial, como garantía de protección de sus derechos humanos. En tal sentido la administración justicia debe establecer reglas claras, transparentes, así como decisiones motivadas que posibiliten, al implicado y a la sociedad en general, conocer los motivos de las mismas. Esta armonización fortalecería el estado de derecho y la independencia e imparcialidad del Poder Judicial. Del mismo modo, debe disponerse, por los mecanismos pertinentes, la necesaria asignación de recursos para la prestación adecuada de las funciones del sistema de administración de justicia, e impartirse, de manera sostenida y obligatoria, cursos permanentes de formación de los magistrados en materia de derecho internacional de los derechos humanos. 
Consejo Directivo
Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo 
21 de febrero de 2013
Envío:Agnddhh
 

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