12 de octubre de 2014

CONTINÚA EL JUICIO ESCRITO EN LA CAUSA AREA PARANÁ.

DERECHOS HUMANOS; Se investigan secuestros y torturas contra 52 víctimas
Continúa el juicio escrito en la causa Área Paraná
Fecha: 12/10/2014 
- Tras las primeras testimoniales, y los reparos de los organismos de derechos humanos y los programas de protección y asistencia a los testigos, continuará esta semana el juicio escrito por violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura cívico-militar en la denominada Área Paraná

Tres testigos tendrán el jueves su audiencia de “ratificación” de las testimoniales que ya brindaron desde el inicio en la causa, sin que las partes tengan la posibilidad de preguntar y repreguntar sin restricciones a fin de conocer qué rol desempeñaron los imputados en el engranaje represivo. De allí que son muy pocos los datos nuevos que puedan aportar las víctimas en esta nueva instancia.

En tanto, el próximo viernes otros tres ex detenidos políticos se sentarán ante el juez Leandro Ríos, primero para la “ratificación” de lo que ya han dicho en instancias anteriores, y luego para lo que en el antiguo Código de Procedimientos en Materia Penal se denomina “absolución de posiciones”, el magistrado transmitirá a los testigos una serie de aseveraciones que formulará el imputado Jorge Humberto Appiani, represor, para que los testigos digan si es verdad o no aquello que asevera el represor y abogado en ejercicio de su autodefensa.

Este procedimiento ha sido cuestionado por los organismos de derechos humanos, en una declaración que hicieron pública tras la primera audiencia, del lunes pasado, al señalar que “de persistir el uso de esta herramienta, es posible que víctimas de tortura, vejaciones y violaciones sexuales sean nuevamente interrogadas por aquellos que fueron responsables de esos ilícitos”, de allí que manifestaron su “profunda preocupación” y “rechazo a esta práctica oscurantista”.

También el abogado querellante Marcelo Baridón, que representa a un grupo de víctimas en este juicio consideró que la “absolución de posiciones es un proceso grotesco que aleja al sistema jurídico de la gente”. De hecho, Baridón planteó la inconstitucionalidad de este mecanismo, pero fue rechazado por el juez.

Ante este escenario, desde el Programa Verdad y Justicia, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, señalaron que las víctimas deben ser tratadas con respeto por su dignidad y en ese marco se deben adoptar “las medidas apropiadas para garantizar su seguridad, su bienestar físico y psicológico y su intimidad, así como las de sus familias” y se debe garantizar que los juicios “no den lugar a un nuevo trauma”.

Asimismo, en un escrito firmado por Luciano Hazán, coordinador del programa a nivel nacional, y José Iparraguirre, a cargo en la provincia, le solicitaron al juez que arbitre las medidas para evitar situaciones que perjudiquen a quienes brindan su testimonio en las audiencias públicas.

Esto así luego de que el propio Eduardo Ayala, que fue el primero en enfrentar la “absolución de posiciones” en este juicio, hiciera el cuestionamiento desde el estrado.

Inicio. En el comienzo de las testimoniales el lunes pasado, solo el militar Jorge Humberto Appiani y el policía federal Cosme Ignacio Marino Demonte estuvieron en la sala de audiencias para escuchar a las primeras dos víctimas que declararon ante el juez Leandro Ríos. El resto de los imputados prefirió evitar los flashes y la exposición en la comodidad de sus casas, donde cumplen arresto domiciliario: José Anselmo Appelhans y el médico Hugo Mario Moyano, en Paraná; Rosa Susana Bidinost, en Gualeguaychú; Oscar Ramón Obaid, en Santo Tomé; Alberto Rivas, en Tucumán; y Carlos Horacio Zapata, en Diamante.

Pero a la expectativa de que las víctimas pudieran explayarse sobre aquello que tienen atragantado desde hace tanto tiempo, donde cada parte pudiera preguntar y repreguntar hasta conocer qué rol desempeñaron los imputados en el engranaje represivo, le sobrevino un confuso, tedioso y, de a ratos, inconducente mecanismo denominado de “ratificación” de lo que ya habían dicho en instancias anteriores y otro macabro juego donde el victimario convertido (otra vez) en interrogador de sus víctimas buscaba obtener de ellos una confesión a través de lo que el antiguo Código de Procedimientos en Materia Penal denomina “absolución de posiciones”.

“Esto es un proceso grotesco que aleja al sistema jurídico de la gente”, resumió el abogado querellante Marcelo Baridón en el final de la jornada. “La audiencia, planteada bajos estas reglas, pone en evidencia una suerte de asimetría procesal que se manifiesta en el hecho de que el imputado Appiani, acusado por la comisión de delitos aberrantes, les exige a sus víctimas que juren y confiesen si es cierta tal o cual cuestión, exhibiendo una paradoja casi pornográfica”, dijo.

En la sala, el letrado que representa a un grupo de víctimas había planteado la inconstitucionalidad de la “absolución de posiciones”, un instrumento mediante el cual se le pide al testigo, que además de víctima es querellante en la causa, “para que jure y confiese como que es cierta” una afirmación que formula el acusado, en este caso Appiani, y se le requiere una respuesta afirmativa o negativa.

Testigos. En definitiva, fue poco lo que pudieron aportar los testigos, y casi nada lo que pudieron preguntar las partes, ante el estricto apego a la letra del reglamento con el que el juez Leandro Ríos manejó la audiencia.

Alicia Dasso y Eduardo Ayala ratificaron las declaraciones que dieron en el Juzgado Federal de Paraná en 2008, tras el desarchivo de las causas, donde contaron las circunstancias de sus detenciones ilegales y los apremios y torturas a que fueron sometidos; y describieron las circunstancias en que les tocó declarar en 1981 y 1983.

El ridículo los obligó también a negar los dichos que se les atribuyen en los sumarios militares que forman parte del expediente del Consejo de Guerra en el que Dasso fue condenada a 6 años de prisión y Ayala recibió una pena de 9 años. “No voy a leer la declaración ante el consejo de guerra y me opongo a que se me exhiba; nunca la he leído ni voy a hacerlo ahora, esa declaración fue hecha bajo amenazas, estando encapuchada”, dijo Dasso. “Eso era una payasada; todo lo que diga en esa declaración, lo desconozco; no reconozco a ningún tribunal militar y no me voy a someter a ninguna disciplina impuesta por tarados en épocas nefastas”, acotó Ayala a su turno.

Víctimas. En el caso de Dasso, fue secuestrada con su padre, de la casa familiar, en Diamante, el 24 de marzo de 1976, conducida encapuchada a los cuarteles del Ejército en Paraná, alojada primero en un calabozo y luego en la enfermería de los soldados; después fue trasladada a la cárcel de mujeres, donde permaneció hasta el 28 de febrero de 1977, cuando fue condenada en aquella parodia de juicio con las declaraciones autoincriminatorias que le hicieron firmar en el centro de torturas conocido como “casa del director”, que funcionó en la cárcel de varones, estando ella esposada y bajo amenazas contra su familia y su hijo de 1 año y medio, según lo contó ayer ante el juez.

En la audiencia, afirmó que Appiani se identificaba ante los secuestrados con su nombre y recordó un diálogo que mantuvo con el represor en la “casa del director”, cuando pretendía que firmara la declaración que luego se utilizaría en el consejo de guerra:

–No te hagás la boluda, porque lo tenemos a Fink –le dijo Appiani esa vez.
Claudio Fink trabajaba con ella en la Municipalidad de Paraná, eran amigos y compañeros de militancia, y está desaparecido desde el 12 de agosto de 1976. “En ese momento (Appiani) sabía que Claudio ya había desaparecido”, aseguró.

“Yo todavía me pregunto dónde está Claudio Fink, dónde están (Pedro) Sobko, (Victorio) Erbetta, (Carlos) Fernández. Esas son las cosas que hoy necesito y quiero saber”, agregó Dasso, en el tramo final de su testimonial.

Ayala, por su parte, fue secuestrado de su domicilio el 20 de octubre de 1976 por fuerzas conjuntas al mando de una persona encapuchada; allí le taparon la cara, lo ataron con alambres, lo tiraron en la vereda y le hicieron un simulacro de fusilamiento. En un camión de la Fuerza Aérea fue trasladado a los cuarteles del Ejército.

Estando ilegalmente detenido, una vez lo golpearon hasta quebrarle el tabique y luego lo trasladaron a un galpón dentro del escuadrón donde lo desnudaron y lo ataron de pies y manos a un elástico de cama, para después golpearlo y amenazarlo con aplicarle picana eléctrica por el cuerpo.

Luego de ello fue examinado por Moyano dentro de los cuarteles. El médico le revisó la quebradura de nariz.

–Le dije que estando encapuchado me habían hecho chocar contra una pared y no se sorprendió, hubo como un entendimiento entre ambos, una especie de naturalización de la situación en que estábamos –graficó Ayala sobre la reacción de Moyano ante su relato.

Ayala recién fue ingresado a la cárcel el 5 de noviembre, es decir, dos semanas después de ser arrancado de su casa. Luego fue condenado en el consejo de guerra con las declaraciones que le hicieron firmar bajo amenazas de ser nuevamente torturado. A ello le siguió un derrotero carcelario que lo tuvo como preso político en varias unidades penales durante toda la dictadura.

Para ese trámite llamado “absolución de posiciones”, Appiani le entregó al juez un pliego con aseveraciones que el juez debería formularle a Ayala para que éste diga si es verdad o no “que en el período previo al advenimiento del Gobierno Militar en 1976, el absolvente militaba clandestinamente en la organización paramilitar ‘Montoneros’”, por ejemplo. En esa sola “posición”, el represor dejaba al descubierto su postura ideológica, al hablar de “advenimiento del Gobierno Militar”, “militancia clandestina” y “organización paramilitar”. A eso se agrega lo revictimizante que resulta que quien les hacía firmar las declaraciones autoincriminatorias a los presos políticos hoy se presente para interrogarlos nuevamente pero ahora ante un tribunal de la democracia.

El propio Ayala se lo hizo saber al juez: “La posibilidad de declarar en esta instancia no se da todos los días, y para mí es una responsabilidad, un derecho y un deber. Pero esta última parte de la audiencia fue tremendamente violenta. Me pongo a pensar en mis compañeras, violadas por estos hijos de puta, que van a tener que escuchar estas cosas. Es contradictorio que estemos en democracia y estos mismos personajes puedan utilizar las herramientas del Estado de Derecho para indagar. De este lado, la violencia se siente, y mucho; es tremendamente violento que este tipo (Appiani) otra vez me esté interrogando”, sentenció.

Fin a una larga espera

Juan Alberto Osuna, Beto, fue secuestrado el 8 de septiembre de 1976 y asesinado en la Masacre de La Tapera, el 25 de septiembre, junto con Carlos José María Fernández, en un hecho que fue presentado por la dictadura como un “enfrentamiento”. El suyo es uno de los hechos que se juzga en la causa Área Paraná.

“Esto es algo que estamos esperando desde hace mucho tiempo y tenemos confianza en la justicia, que se haga lo que corresponda, que es encarcelar a esta gente por tanto daño”, señaló Rubén Osuna, hermano de Beto. “Mi mamá (Sara Sarmiento) desgraciadamente no llegó, murió hace unos meses, pero nosotros estamos, si se puede decir, felices de que esto se concrete y esperando que haya justicia”, agregó.

“Ellos (los represores) tienen la posibilidad de enfrentar un juicio justo. Mi hermano no lo tuvo, y muchos compañeros, tampoco. Murieron sin tener ningún tipo de defensa. Así que lo que esperamos es que se haga justicia de una vez por todas”, remarcó.

El recuerdo de las Madres

Voy a hablar en plural porque mi familia fue perseguida, entonces hablo en nombre de ellos y también por todos aquellos que están desaparecidos o muertos”. El testimonio de Alicia Dasso, Perica, abrió las audiencias testimoniales en la denominada megacausa Área Paraná. Y aunque no deja de ser una casualidad, es también un reconocimiento para alguien que ha portado durante treinta años las banderas de memoria, verdad y justicia. Claro que no lo hizo sola. Y ella misma encargó de dejarlo claro. Tuvo un reconocimiento a las Madres, a las que no están, y fundamentalmente a Clarita, la madre de Claudio Fink. “Necesitamos justicia, que nos digan qué pasó. Sé que la justicia no conoce algunas cosas, pero son ellos los que no han hablado. Los imputados son los que nos persiguieron y mataron a nuestros compañeros. Y seguimos pidiendo justicia. Me acuerdo de Pepita Goyeneche, de Amanda Mayor, de Clarita Fink, de Mary Bianchi, de todas las Madres que nos enseñaron el camino de la justicia”, clamó. Para ellas fue también el aplauso que acompañó la salida de Perica de la sala. Para ellas fue también esa caricia.

Fuente:LaVoz   





12/10/2014
INFORME ESPECIAL
Informe sobre el estado de las causas sobre delitos de lesa humanidad en Entre Ríos 

La Subsecretaría de Derechos Humanos de Entre Ríos elaboró un informe respecto del estado de las causas judiciales en las que se sustancian procesos por delitos de lesa humanidad, al que tuvo acceso DIARIOJUNIO. Entre ellas, la causa Área Paraná, que actualmente atraviesa su etapa de plenario oral y público, y los múltiples desprendimientos de aquélla. A su vez, se mencionan las causas que ya arribaron a una sentencia como la del Hospital Militar y Harguindeguy. La causa Área Paraná, se desarchivó en el año 2004, al declararse la nulidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final. Desde allí ya han pasado 10 años y la impunidad continúa. Otra es la causa Área Paraná II, un desprendimiento de la anterior y lleva como caratula "Appiani Jorge y otros s/" menciona diversos delitos de lesa humanidad y en la que una de las principales víctimas es el concordiense Jorge Papetti, desaparecido mientras cumplía el servicio militar.

También se instruye la causa conocida como La Escuelita, uno de los centros de detención y tortura, por lo que se distingue por la búsqueda de restos óseos en cercanías donde funcionó un centro clandestino de detención de Paraná. Otro supuesto centro clandestino que se investiga y constituye una causa es la Comisaría "El Brete". Otra es la causa Capellino que, como se recordará, en una notificación del 3 de octubre de 2013, el juez Ríos resolvió decretar la prisión preventiva de Capellino, actualmente detenido y alojado en la Unidad Penal Nº 1 de Paraná. También las causas Harguindeguy (que ya tiene sentencia) y Mazzaferri. Otra de las principales causas es la del Hospital Militar y su derivación "Melli" en la que se investiga la sustracción de identidad de los dos hijos mellizos de Raquel Negro (una localizada) y el paradero del hermano mellizo de Sabrina Gullino Valenzuela Negro.

AREA PARANA I Esta causa tiene la particularidad de tramitarse por Codigo Procesal Viejo. Actualmente hay mas de 52 victimas y se encuentra en la etapa de plenario, ya que en el mes de abril de 2011 el Juez Federal Subrogante, Gustavo Zonis, resolvio la clausura de sumario.

La Justicia recaratulo la causa: APPELHANS JOSE ANSELMO Y OTROS S/INF. ART 144 BIS EN CIRC. ART. 142 INC 1,2,3,5 PRIVACION ILEGAL LIBERTAD AGRAVADA (ART. 142 INC. 1) e IMPOSICION DE TORTURA (ART. 144 TER. INC. 1) EXPTE. 7.824

Los procesados son Ramon Genaro Diaz Bessone. General de Division-Comandante del Segundo Cuerpo de Ejercito Argentino (Zona 2) ; Jose Anselmo Appelhans, Suboficial Mayor, como Director de la Unidad Penal N 1 de la ciudad de Parana ; Rosa Susana Bidinost, Agente del Servicio Penitenciario de la Provincia de Entre Rios, especificamente como Directora de la Unidad Penal N 6 de esta ciudad de Parana ; Hugo Mario Moyano, Agente civil medico del Servicio Penitenciario de la Provincia de Entre Rios, mas precisamente medico de las Unidades Penales N1 y N6 de esta ciudad.

También están procesados, Jorge Humberto Appiani,Teniente Primero, Auditor del Ejercito y Auxiliar del Consejo de Guerra Estable N 1 y N 2 de la Subzona de Defensa 22 / 2/22 Parana; Carlos Horacio Zapata, Agente de la Policia de la Provincia de Entre Rios durante los a?os 1976 y 1978, particularmente como Oficial de la Direccion de Investigaciones desde el 27/08/76 al 17/03/77 ; Oscar Ramon Obaid, Cabo 1 de Ingenieros del 17 de octubre de 1975 al 15 de octubre 1978, encargado en el año 1976 de la custodia de los detenidos politicos, en condiciones infrahumanas, en el centro clandestino de detencion y torturas identificado en la causa como Casita de la Base, ubicada en inmediaciones de la II. Brigada Area de Parana.

Otros procesados son, Alberto Rivas, Capitan del Ejercito, oficial instructor del segundo consejo de guerra especial estable de la subzona de defensa 1976/77 ; Luis Francisco Armocida, Comisario de la Policia de la Provincia de Entre Rios, en particular como Jefe de Operaciones y Seguridad de la Jefatura Departamental Diamante desde el 03 de abril de 1976 y durante el resto del mismo a?o y Cosme Ignacio Marino Demonte, Oficial Ayudante de la Delegacion Parana de la Policia Federal Argentina en el a?o 1976 y como Subinspector de la misma fuerza en el año 1977.

AREA PARANA II La causa se caratula Appiani Jorge Humberto y otros s/ Los imputados aquI son : DIaz Bessone, Ramon Genaro ; Rivas, Alberto ;Bidinost, Rosa Susana ; Moyano, Hugo Mario ; Appiani, Jorge Humberto ; Apelhans, José Anselmo ; Dasso, Naldo Miguel ; Lopez Belsue y Gonzalo Jaime. Las victimas en esta causa son entre otros los concordienses, Papetti, los hermanos Mosa, Ramon y Luis, Lidia Subovsky y Ramon Ayala, entre otros.

CAUSA LA ESCUELITA La causa esta caratulada como AVERIGUACION, UBICACION E IDENTIDAD DE RESTOS OSEOS Expte. 12.809. COMISARIA EL BRETE Se trata de otro desprendimiento de la causa Area Parana investiga casos apremios ilegales, ante las denuncias de que la Comisaria El Brete haya funcionado como Centro Clandestino de Detencion (CCD) durante la ultima dictadura civico militar.

CAUSA CAPELLINO La Causa de privacion ilegitima de la libertad, homicidio agravado e imposicion de tortura agravada, permitio que juez Rios resolviera decretar la prision preventiva de Capellino, ?actualmente detenido y alojado en la Unidad Penal N 1 de Parana.

CAUSA MAZZAFERRI Es el caso del exjefe de la policia Federal que estuvo profugo durante 4 años y fue localizado en 2013 en el marco de la causa Harguindeguy. HOSPITAL MILITAR La causa Hospital Militar investigo el funcionamiento de una maternidad clandestina en el Hospital Militar de Paran?, donde se cometieron crimenes contra la humanidad en el marco de la ultima dictadura civico-militar, dentro del plan sistemitico de desaparicion de personas.

El nombre de la causa es "ZACCARIA, JUAN ANTONIO Y OTROS S/INF. ARTS.139, 2/P/RR. Y 146 C.P." El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Parana dicto sentencia el dia 21 de octubre de 2011.

Fueron considerados culpables y por consiguiente condenados los responsables de organizar y ejecutar el traslado de Raquel Negro hasta la maternidad clandestina del Hospital Militar y la posterior apropiacion de los mellizos.

Ellos son Pascual Oscar Guerrieri, segundo jefe del Destacamento de Intelligencia 121, a 14 años de prision; Jorge Alberto Fariña, jefe de Operaciones Especiales del 121, a 13 años de prisión; Juan Daniel Amelong, segundo jefe de Operaciones Especiales del 121, a 13 años de prisión; Walter Salvador Pagano, jefe de la seccion Inteligencia Especial del 121 (personal civil, agente de calle), a 11 años de prision y Juan Antonio Zaccaria, personal militar, medico anestesista y jefe de Terapia Intensiva del Hospital Militar, quien al momento de su detencion prestaba servicios en el hospital San Martín de Parana, a 5 años de prision.

Fue absuelto Marino Héctor González, segundo jefe de la seccion Inteligencia Especial del 121. Zaccaria obtuvo la prision domiciliaria. El resto ya se encontraba privado de su libertad por otros delitos de lesa humanidad. Guerrieri, Fari?a, Amelong y Pagano fueron condenados a prision perpetua el 15 de abril de 2010 por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de Rosario, por Privación ilegal de la libertad, Amenazas, Tormentos y Desaparicion fisica.

CAUSA MELLI Una derivaci?n de la anterior que busca el paradero del mellizo hijo de Raquel Negro. LOPEZ TORRES Aproximadamente a las 10 de la mañana del 18 de agosto de 1977, hombres del Ejercito rodearon la manzana y entraron en la vivienda ubicada en Boulevard Segui 3198 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, donde vivian Guillermo Angel Lopez Torres de 29 anos, Graciela Susana Capocetti de 24 años y sus hijos Gustavo, de 1 ano y Diego, de 3 a?os. Esta causa esta en etapa de instruccion y no hay imputados.
Fuente:DiarioJunio

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