8-10-2014
La iniciativa cambia el sistema inquisitorio por el acusatorio
“La reforma del Código Procesal Penal es una deuda pendiente”
La iniciativa cambia el sistema inquisitorio por el acusatorio
“La reforma del Código Procesal Penal es una deuda pendiente”
El secretario de Justicia de la Nación, Julián Álvarez, dijo que el nuevo código apunta a lograr procesos penales más ágiles. “Hoy para llevar una causa a juicio se demora en promedio cuatro años” y explicó que el proyecto busca reducir este tiempo “a seis meses, como máximo un año”.
El secretario de Justicia ayer, durante la promulgación del C´digo Civil y Comercial
El secretario de Justicia de la Nación, Julián Álvarez, dijo que el proyecto de Código Procesal Penal (CPP) que la presidenta Cristina Fernández de Kirchner anunció que enviará al Congreso apunta a lograr procesos penales más ágiles. “Hoy para llevar una causa a juicio se demora en promedio cuatro años”, explicó Álvarez y explicó que el proyecto busca reducir este tiempo “a seis meses, como máximo un año”.
Entrevistado en Guetap por Vorterix 103.1 el secretario dijo que existe “consenso generalizado” en el ámbito académico y del derecho sobre la necesidad de la reforma. “La verdad es que la reforma del CPP es una deuda pendiente. Primero por la sensación cierta de que los procesos duran años, esto una realidad. Segundo porque no conozco un académico que esté en contra de modificar el CPP”.
Mencionó como ejemplos los proyectos realizados por el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), un modelo elaborado por el jurista Julio Maier y el del ex diputado Oscar Albrieu, y aclaró que los tres tenían como objetivo “cambiar un sistema inquisitivo por un sistema acusatorio”, donde se dividan los roles. “El fiscal es quien investiga y el juez es quien decide”. “En el sistema actual el juez también lleva adelante la investigación”, explicó Álvarez.
El secretario describió el actual sistema como “muy ritualista, muy formal, escrito”. “El que proponemos es un sistema donde prime la oralidad, donde todo se resuelva en audiencias públicas y orales que tiene como premisa la celeridad”. “Va a cambiar sobre todo el tema de los plazos, hoy se demora en promedio cuatro años llevar una causa a juicio. El promedio tiene que ser de seis meses, como máximo un año para llevar la causa a juicio”.
Es una reforma profunda, que incluye el Código Penal, el Procesal, el Civil y Comercial y después el procedimiento en relación a los derecho de los consumidores. “Primero hicimos los Códigos de fondo, después empezamos a trabajar con los Códigos de forma”. Sobre los tiempos que demandará la reforma, adelantó que en los próximos días se estará enviando el proyecto al Congreso para su tratamiento. “Después vamos a tener que discutir su implementación, porque para un proyecto procesa de estas características se requieren recursos”, concluyó.
Consultado por los periodistas Reynaldo Sietecase y Romina Mnaguel sobre las vacantes en los juzgados Álvarez dijo que “no hay tantas vacantes como se plantea: son 300”, precisó. Y aclaró que en todos los casos las funciones están cubiertas por otros jueces. “Es cierto que hay pocos juzgados de ejecución, hoy ya se cubrieron algunas de las vacantes”. “El Consejo de la Magistratura este año mostró que puede funcionar y está funcionando bien, se están haciendo los concursos”.
8-10-2014
Código
El Ejecutivo enviará al Congreso un nuevo proyecto
Zaffaroni: "Tenemos que tener un Código Procesal Penal que sea ágil"
Código
El Ejecutivo enviará al Congreso un nuevo proyecto
Zaffaroni: "Tenemos que tener un Código Procesal Penal que sea ágil"
El juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Eugenio Raúl Zaffaroni, celebró la propuesta de reforma del Código Procesal Penal anunciada por la Presidenta. “Todo lo que se haga por marchar hacia un procedimiento acusatorio es positivo. El acusatorio es lo que manda en definitiva la Constitución de 1853", dijo el magistrado a Infojus Noticias.
Leo Vaca
“Todo lo que se haga por marchar hacia un procedimiento acusatorio es positivo. El acusatorio es lo que manda en definitiva la Constitución de 1853, todo lo contrario del inquisitivo. Cuando habla de jurado la Constitución, no estoy tan convencido de que hoy haya que interpretarlo como jurado en el sentido clásico anglosajón. Sino como el acusatorio con participación o control popular. En aquella época la única forma de acusatorio era el jurado, no había otra”, dijo el magistrado a Infojus Noticias.
Y explicó: “El remanente inquisitorio que nos queda a nosotros es el juez instructor. Que genera una instrucción muy larga, muy escrita, muy formalista. Eso hace que si se llega a un juicio oral, se llegue con el sujeto casi condenado. El otro inconveniente que estamos teniendo es que ahora tenemos presos sin condena. Tengamos cuidado que no se nos vaya la mano con el procedimiento abreviado y que después tengamos condenados sin juicio porque se extorsiona a la persona para que arregle y no realice el juicio oral”.
"Hay alguna tendencia que observo en otros países a medir lo judicial por producción. Cuidado. Esto no es una fábrica de chorizos, porque los chorizos deben salir bien atados", aseguró el magistrado ayer en declaraciones a la TV Pública.
El proyecto de Código Procesal Penal que la presidenta anunció que enviará al Congreso apunta a lograr procesos penales más veloces, justos y transparentes. El texto prevé que las investigaciones y los juicios sean orales, ágiles e inmediatos, y adopta un modelo de justicia adversarial o acusatorio, en el que el fiscal investigue, el defensor defienda y el juez resuelva. El código actual acumula críticas desde hace años porque el proceso es lento y los jueces cumplen la doble función de investigar y resolver.
Para Zaffaroni, "el camino de lo acusatorio es un juicio de partes, abierto, donde esté todo a la vista y esté claramente distinguida la figura del juez y del acusador". Y detalló que la figura que cambia "es el rol del juez instructor" porque existe "la historia de un procedimiento formal donde quedó el vicio de escrito, algo que se copió de España cuando ya hacía tres años que España lo había derogado".
Explicó que con ese tipo de procedimiento "hay una instrucción formal larga, y cuando el caso llega juicio oral, como dicen los médicos, estamos en manos de Dios". Ante la posibilidad de participar en la discusión del proyecto de reforma del Código Procesal, Zaffaroni fue contundente "ya tengo bastante lío con los penalistas para meterme con los procesalistas penales".
8-10-2014
Justicia
Un juez habló favor de la reforma
"El Código Procesal Penal actual es fascista, vetusto e inservible"
Justicia
Un juez habló favor de la reforma
"El Código Procesal Penal actual es fascista, vetusto e inservible"
El juez Alejandro Slokar, integrante de Justicia Legítima, celebró la decisión de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner de enviar al Congreso un proyecto de nuevo Código Procesal Penal. Consideró “indispensable” la reforma del Código vigente, y dijo que "el aparato de Justicia penal es una máquina trituradora de carne pobre".
Telam
Así lo afirmó en declaraciones formuladas esta mañana a la radio FM Nacional Rock, luego de que ayer la Presidenta anunciara el envío al Congreso Nacional de un proyecto de reforma del Código de Procedimientos Penales. “Es un progreso sustantivo, inmenso, y, desde la visión ciudadana, es un avance y una transformación importante”, dijo uno de los referentes del colectivo Justicia Legítima, quien entendió que resulta vital esa discusión frente a la “crisis de legitimidad de la actuación del Poder Judicial, fundamentalmente del fuero penal”.
En este sentido, planteó que esa crisis “se traduce en el divorcio que existe entre la ciudadanía y la Justicia, que no es nuevo, pero que es indispensable revertirlo y profundizar el esfuerzo en favor de achicar esa distancia”. En efecto, remarcó que desde Justicia Legítima habían planteado la necesidad de avanzar con la reforma del Código de Procedimientos Penales y sostuvo que lo anunciado por la presidenta representa “sin dudas un progreso enorme porque consagra algunos principios que son básicos e indispensables”.
En este contexto, mencionó “la aceleración de los juicios” para que sean “más ágiles y transparentes”, y subrayó la importancia de esa modificación por entender que la “eternización de los procesos es un mal argentino”.
“Acá se sabe cuándo entrás en un palacio de Justicia pero no cuando salís”, resumió Slokar, quien afirmó que “el Código vigente en el orden federal es un Código fascista” dado que “se afirma en una matriz que es el Código elaborado en 1939 en Córdoba que, a su vez, recogía el Código vigente del '30, bajo el régimen de (Benito) Mussolini”.
Además, postuló que hoy “el aparato de Justicia penal es una máquina trituradora de carne joven, pobre”, en el que “la criminalización del miserable es evidente”, e indicó que, “frente a eso, es indispensable consagrar un sistema más eficaz de persecución”.
“Siete de cada diez presos son presos preventivos en Argentina, son presos inocentes, o sea que están penados sin juicio. En tanto, de las condenas que se dictan, dos de cada tres son por juicio abreviado, condenados sin juicio, es decir aquellas que se dictan en función de los papeles que se reúnen en la instrucción. Es el mayor desapego a lo que es el mandato constitucional”, explicó Slokar.
Con estos argumentos, el magistrado estimó que el debate no ofrecerá resistencia por entender que “existe madurez suficiente de las fuerzas políticas y, sobre todo, del Poder Judicial sobre que sin una herramienta de esta naturaleza no podemos seguir trabajando”.
7-10-2014
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Cristina lo anunció por cadena nacional
Cómo es el proyecto de Código Procesal Penal que irá al Congreso
El texto apunta a lograr procesos penales más veloces, justos y transparentes. Prevé que las investigaciones y los juicios sean orales, ágiles e inmediatos. Y adopta un modelo de justicia acusatorio: el fiscal investigue, el defensor defienda y el juez resuelva. El código actual es criticado porque los jueces cumplen la doble función de investigar y resolver.
Kitsch
En gran parte de América Latina y en la mayoría de las provincias argentinas, el fiscal es el encargado de investigar, y el juez el que debe tutelar que se respeten las garantías constitucionales y de defensa. Ese modelo –acusatorio– es más moderno que el actual y permite que el Ministerio Público Fiscal responda en forma eficaz a los conflictos sociales, a través de estrategias y políticas para la persecución de la criminalidad. El nuevo Código se rige con esa lógica.
La regulación actual es incapaz de administrar los casos que hoy llegan al Poder Judicial, e impide que se puedan fijar políticas claras en la persecución de los delitos que investiga. El texto vigente fue implementado en 1991, y aunque incorporó el juicio oral, mantuvo el trámite escrito e inquisitivo en la etapa de instrucción. Hoy, los jueces investigan y controlan la legalidad de su propio trabajo.
El Código Procesal Penal vigente mantiene formalismos heredados de la colonia, y no es funcional para realizar investigaciones complejas. El proceso estipulado allí es lento y deficiente. Se lo califica como “ritualista”, porque es escrito y tiene requisitos y formalismos que ya cayeron en desuso. Tampoco prevé formas alternativas de resolución de conflictos, como la mediación penal, que es más ágil y apunta a reparar el daño producido por los delitos.
El texto elaborado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación recoge y actualiza lo mejor de las iniciativas del anteproyecto de Código Procesal Modelo para Iberoamérica elaborado por el jurista Julio Maier, el anteproyecto de Alberto Binder (INECIP) y retoma aspectos de los textos elaborados por el Ministerio en 2007 y en el Congreso de la Nación durante 2010 (a iniciativa del diputado Oscar Albrieu). Además, la reforma integral del sistema de administración de justicia penal se complementará con la modificación de las leyes de organización del Poder Judicial y del Ministerio Público.
Más de doscientos jueces de la Cámara Federal de Casación Penal, la Cámara del Crimen, de tribunales y juzgados de la justicia federal y nacional plantearon la necesidad de una reforma de esta legislación. La discusión está saldada los espacios académicos, en los que hubo debates contundentes sobre las bondades de un sistema acusatorio. Las falencias del sistema actual fueron señaladas también en la jurisprudencia argentina, incluso por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que indicó en sus precedentes la necesidad de adecuar la legislación procesal a las pautas constitucionales.
Celeridad, oralidad, publicidad
El texto que la presidenta enviará al Congreso incorpora los principios de celeridad, oralidad, publicidad y “desformalización” de las decisiones. Sus reglas cumplen con el núcleo de garantías procesales de la Constitución Nacional. Prevé que ningún proceso podrá durar más de tres años, y agiliza la revisión de las decisiones. Reconoce la tutela judicial de la víctima e incorpora la participación de la ciudadanía en el proceso de administración de justicia a través de jurados –que tendrán que ser regulados mediante una ley especial–.
El proyecto introduce el principio de oportunidad procesal, que habilita al Ministerio Público a desistir de la acción pública por insignificancia u otras causales. Eso permitirá que los fiscales puedan aplicar una política criminal estratégica, dando preponderancia a la persecución de delitos más graves y para poder trabajar sobre la complejidad del crimen organizado. También prevé la posibilidad de convertir la acción pública en privada para determinados delitos, y regula la conciliación como una forma alternativa de resolución.
Los jueces dejarán de investigar y pasarán a transformarse en jueces de garantías. Serán quienes deban autorizar o denegar determinados requerimientos de parte del fiscal, que tendrá a cargo la instrucción de la causa y la persecución penal integral. El juez velará por que ningún aspecto de la investigación pueda vulnerar las garantías del debido proceso.
El Ministerio Público de la Defensa también tendrá mayores facultades para intervenir en el proceso, generar investigaciones propias y establecer mecanismos de organización útiles para el servicio de defensa pública oficial. Las asociaciones y fundaciones podrán ser querellantes en las investigaciones de delitos de lesa humanidad o en causas por violaciones graves a los derechos humanos. Además, se garantizará que las costumbres de los pueblos originarios sean tenidas en cuenta cuando los hechos involucren a sus miembros.
Las víctimas y los imputados tendrán más capacidad para participar en el proceso. Sin necesidad de ser querellantes, las víctimas tendrán herramientas para intervenir en caso de que se sobresea al imputado. Serán informados de las decisiones que los afecten y habrá un mecanismo específico para revisarlas.
Los riesgos procesales como el de entorpecer la investigación y el peligro de fuga de los imputados estarán regulados con pautas objetivas, y serán tratados en audiencias orales. En caso de que se dicte la prisión preventiva, existirán plazos de revisión de la medida cautelar. Se establecerá un catálogo de medidas distintas al encarcelamiento para poder garantizar que el imputado esté “a derecho”, y se creará una oficina dedicada al control de estas medidas.
La investigación no podrá durar más de un año, y el trámite de los legajos tendrá menos formalidades. Al terminar la investigación, habrá una audiencia para evaluar la prueba y decidir cuándo y cómo será el juicio oral. Se modernizarán las reglas del juicio, y se prevé la filmación del juicio para contar con un registro audiovisual. Sólo en los procesos complejos, especificados en el Código, se podrá duplicar los plazos procesales.
Los recursos que se interpongan a lo largo del proceso se resolverán en audiencias específicas, para garantizar la agilidad del procedimiento de impugnaciones y a la vez la revisión amplia de las resoluciones de los jueces. Los planteos realizados durante la ejecución de la pena también serán tratados en audiencias, y se permitirá que la víctima intervenga antes de que el condenado egrese del sistema penitenciario.
7-10-2014
Código Procesal
El texto vigente fue implementado en 1991
“No podemos tener años a una persona esperando una condena”
Código Procesal
El texto vigente fue implementado en 1991
“No podemos tener años a una persona esperando una condena”
Cristina Fernández de Kirchner anticipó que enviará al Congreso un proyecto para la creación de un nuevo Código de Procedimiento Penal. “Enviaremos un nuevo proyecto de procedimientos penales y pasaremos del sistema inquisitivo al acusatorio. Se trata de una reforma necesaria para atender la demanda de justicia", dijo la Presidenta.
Fotos:Mariano Armagno
“No podemos tener durante años a una persona presa esperando una condena. Necesitamos mayores certidumbres con respecto a las penas que se aplique”, agregó.
El proyecto apunta a lograr procesos penales más veloces, justos y transparentes. El texto vigente fue implementado en 1991, y aunque incorporó el juicio oral, mantuvo el trámite escrito e inquisitivo en la etapa de instrucción. Hoy, los jueces investigan y controlan la legalidad de su propio trabajo. El actual código actual suele ser criticado porque los procesos judiciales son lentos y los jueces cumplen la doble función de investigar y resolver.
En gran parte de América Latina y en la mayoría de las provincias argentinas, el fiscal es el encargado de investigar, y el juez el que debe tutelar que se respeten las garantías constitucionales y de defensa. Ese modelo –acusatorio– es más moderno que el actual y permite que el Ministerio Público Fiscal responda en forma eficaz a los conflictos sociales, a través de estrategias y políticas para la persecución de la criminalidad. El nuevo Código se rige con esa lógica.
El texto elaborado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación recoge y actualiza lo mejor de las iniciativas del anteproyecto de Código Procesal Modelo para Iberoamérica elaborado por el jurista Julio Maier, el anteproyecto de Alberto Binder (INECIP) y retoma aspectos de los textos elaborados por el Ministerio en 2007 y en el Congreso de la Nación durante 2010 (a iniciativa del diputado Oscar Albrieu). Además, la reforma integral del sistema de administración de justicia penal se complementará con la modificación de las leyes de organización del Poder Judicial y del Ministerio Público.
Fuente:Infojus




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