19 de febrero de 2019

En medio del affair Stornelli-D’Alessio, Comodoro Py se activa: otra detención de Boudou.

En medio del affair Stornelli-D’Alessio, Comodoro Py se activa: otra detención de Boudou 
El escándalo que envuelve al fiscal de la causa de los cuadernos sumó una nueva denuncia por extorsión de un exsecretario de la Presidencia durante la gestión de Cristina Fernández de Kirchner, a quien le pidieron 250 mil dólares para no ser apuntado en la causa. La poca repercusión del caso en los principales medios del país fue suplida con un nuevo pedido de detención para Amado Boudou. Feb 19, 2019

En un nuevo proceso polémico y poco transparente, la Cámara Federal de Casación Penal ordenó que el exvicepresidente de la nación, Amado Boudou, vuelva a la cárcel de Ezeiza, convirtiéndose en la tercera detención que sufre.
Casi premonitoriamente, la abogada Graciana Peñafort, defensora junto a Alejandro Rúa del exfuncionario, había expresado en su Twitter: “Comodoro Py va a intentar tapar su propia mierda, tan obscenamente expuesta en estos días, con un titular de diario, que será tan bochornoso como todo lo que supimos estos días. El Poder Judicial como venganza. El Poder Judicial como complicidad. Lo vas a ver en TV”.
Luego de conocerse la decisión de los camaristas Gustavo Hornos, Juan Carlos Geminiani y Mariano Borinsky, Boudou se presentó voluntariamente en los Tribunales de Comodoro Py cerca de las 15 hs y fue trasladado al penal de Ezeiza, donde arribó minutos después de las 21 hs.
La prisión de Boudou carece de todo sustento: no hay posibilidades de entorpecer ninguna causa (en una fue condenado y en otra ya se cerró la instrucción), siempre estuvo a derecho y su libertad siempre fue monitoreada. Incluso, el propio fiscal Javier De Luca había rechazado el pedido de la Unidad de Información Financiera y de la Oficina Anticorrupción para que Boudou fuera nuevamente a prisión.
La libertad había sido dictada en diciembre pasado luego del sorpresivo fallo condenatorio del Tribunal Oral Federal Nº 4 que ordenó su inmediata detención. La decisión había causado estupor porque ni siquiera cuando ese mismo tribunal condenó a exrepresores por genocidio había ordenado la detención una vez finalizado el juicio, sino que se esperaba a que el fallo quedase firme.
Pero, más allá de las posibilidades que pudieran existir en torno a la fuga o el entorpecimiento de alguna causa, las defensas y el propio fiscal De Luca habían señalado que ni la UIF ni la OA estaban habilitadas para apelar la libertad de un condenado.
En ese sentido, el Código Procesal Penal señala en su artículo 332 que “El auto que conceda o niegue la exención de prisión o la excarcelación será apelable por el ministerio fiscal, el defensor o el imputado, sin efecto suspensivo, dentro del término de veinticuatro (24) horas”. Y el artículo 333, que la exención de prisión o la excarcelación será revocable de oficio o a pedido del ministerio fiscal, y establece que “deberá revocarse cuando el imputado no cumpla las obligaciones impuestas o no comparezca al llamado del juez sin excusa bastante o realice preparativos de fuga o cuando nuevas circunstancias exijan su detención”.
Nada de eso alcanza cuando se trata de Comodoro Py, menos aún cuando la corporación magistrada se encuentra en el ojo de la tormenta por la aventura recaudadora del colaborador del fiscal Stornelli, Marcelo D’Alessio, que sumó una nueva denuncia por extorsión.
Uno de los camaristas que firmó la resolución que envió al exvicepresidente nuevamente a prisión, Juan Carlos Geminiani, dialogó con la periodista Romina Manguel en su programa de Radio Nacional. Consultado sobre la posibilidad de fuga, dijo: “No, seguramente no, sin perjuicio de que tenga los medios para hacerlo, pero la verdad es que, para gente que ha ocupado tan altos cargos en la representación del pueblo, siempre hay posibilidades de que puedan tener relaciones en la Justicia”.
Más adelante, la periodista consultó si la pulsera electrónica que obligatoriamente portaba no era una medida restrictiva de la libertad suficiente, y el remate del magistrado fue claro: “Para mí, más que con el riesgo de fuga, desde los riesgos procesales la evaluación tiene que ver con la posibilidad de influir, en este caso”, opinó el juez sobre una persona que fue detenida tres veces en el marco de una causa que ya tuvo sentencia.
Fuente:Contexto

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