8 de noviembre de 2022

TROPEL del 08.11.2022.

 

El ejemplo de los trabajadores de la 

salud



Por Gustavo Montenegro, Resumen Latinoamericano, 7 de noviembre de 2022.

La vicepresidenta Cristina Kirchner reapareció públicamente este viernes en un acto de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM), tras el atentado que sufriera a comienzos de septiembre. Lo más importante de su discurso es que respaldó al “superministro” Sergio Massa, quien capitanea el ajuste que demanda el Fondo Monetario Internacional para cumplir con las metas establecidas por el organismo financiero. Este ajuste tiene su mayor expresión en el presupuesto 2023 al que ya dio media sanción la Cámara de Diputados y que ahora discute el Senado. Pero también, en estos días hubo subas en las naftas, el gobierno estudia un decreto para frenar las altas en programas sociales, y a partir de noviembre comienzan a llegar las boletas con aumentos en la luz.

Con una inflación que en septiembre alcanzó el 83% interanual, los ingresos de los trabajadores y jubilados están sufriendo un verdadero “Massazo”. En este contexto de retroceso salarial y recorte en las partidas públicas, los trabajadores de la salud desarrollan una lucha emblemática. Residentes y concurrentes de la ciudad de Buenos Aires, que sostienen el sistema sanitario, iniciaron un paro por tiempo indeterminado para exigir una recomposición salarial. Los residentes cobran sueldos de miseria y están sometidos a jornadas extenuantes de labor. En el caso de los concurrentes, ni siquiera perciben un salario. La situación es igual en el resto del país. Es una muestra del desprecio de los gobiernos por la salud de la población.

Esta semana, los residentes y concurrentes porteños realizaron cortes de calle para visibilizar su reclamo, se movilizaron junto a trabajadores del Hospital Garrahan que también están en conflicto, y con trabajadores de enfermería. El viernes, hicieron una conferencia de prensa exigiendo que los reciba el ministro de salud del distrito, Fernán Quirós, y anunciaron una nueva movilización para el martes 8. Para ese mismo día, las conducciones burocráticas de Sutecba (municipales) y la Asociación de Médicos Municipales (AMM) no han tenido más remedio que convocar a un paro de la salud, debido al alcance que ha tomado el conflicto.

De a poco, la mancha se esparce por el resto del país. En Córdoba, una asamblea general de residentes y concurrentes, con representación de numerosos hospitales, votó un pliego unificado de reclamos. Plantean un piso de cuatro salarios mínimos (alrededor de 230.000 pesos), ya que en la actualidad perciben cifras indignantes que van de 60 a 120 mil pesos.

En la provincia de Buenos Aires, en tanto, los trabajadores del Hospital Posadas lanzaron asambleas autoconvocadas para luchar por el salario y el pase a planta permanente.

A la par de los trabajadores de la salud, el miércoles 2 una autoconvocatoria de trabajadores del gremio Luz y Fuerza marchó a la seccional Capital del sindicato. Hay un gran malestar en la base por las paritarias a la baja suscriptas por la conducción. “Che Mancuso, che Mancuso, qué tranquilo se te ve, mientras los trabajadores, no llegamos a fin de mes”, corearon los 500 trabajadores movilizados, en dedicatoria al secretario general de la organización.

La lucha es el camino para quebrar las políticas de ajuste y defender el salario. Ya lo mostraron los trabajadores del neumático, nucleados en el Sutna, que conquistaron una cláusula de garantía frente a la inflación y un aumento salarial real.

En la perspectiva de abrir una salida política de los trabajadores, el Partido Obrero continúa con una agenda nacional de actos bajo las consignas “Fuera los políticos capitalistas. Por un movimiento popular con banderas socialistas”. Y acaba de lanzar una carta abierta proponiendo la realización de un congreso del Frente de Izquierda – Unidad abierto a los luchadores.

Fuente: Prensa Obrera





Fallo sobre daños y perjuicios por 

publicación en redes sociales

Por Erica Pérez*, Resumen Latinoamericano, 07 de noviembre de 2022.

Fallo sobre daños y perjuicios: La publicación que procuró alertar a otras mujeres sobre el derecho que tienen a vivir una vida sin violencia, no puede ser catalogada como un insulto, escrache, o un ejercicio abusivo de la libertad de expresión.

Fallo: Daños y perjuicios por violencia de Género. “R, SA c/ AN, AA – DAÑOS Y PERJUICIOS”. La Rioja, diecisiete de octubre de dos mil veintidós. SALA UNIPERSONAL Nº 1- LETRA “R”- AÑO 2018 – Jueza interviniente Dra. Paola Maria Petrillo de Torcivia. (La presente no se encuentra firme).

Descargar: fallo completo

I.- Resumen de los hechos.

El señor SAR, con el patrocinio letrado del Dr. NAB, promovió una acción de daños y perjuicios, en contra de la señora AAAN, con el fin de procurar el resarcimiento por el daño que le habría provocado una publicación realizada en una red social. Donde se relataron hechos referidos a su persona, y se añadió una imagen de su rostro vulnerando sus derechos personalísimos, su integridad personal, su salud psicofísica, sus afecciones espirituales legítimas e interfirió en su proyecto de vida. Al contestar la demanda, se reconvino, a su vez, por los daños que habría provocado la violencia de género sufrida, mientras se extendió una relación de pareja. Y a esa reconvención se opuso, a su vez, una excepción de prescripción.

II.- Análisis de la publicación.

A tales efectos, debo tener en consideración que el actor, si bien aludió a diversas publicaciones, indicó como agraviante una realizada durante el mes de noviembre de 2017. Para probar este extremo, acompañó un acta de constatación notarial.

En ella puede leerse que el Escribano intervino ante el requerimiento realizado por el señor SAR, y con el fin de que constate la publicación realizada en la red social Facebook, desde un perfil que responde al nombre de usuario ‘AA’. Seguidamente, se transcribió el texto publicado junto con la foto del requirente. Según lo allí consignado, la publicación decía: “Hoy me levanté con un sentir raro, como con el estómago revuelto pensando en que hay gente que sigue manipulando y haciendo daño. Gente que tiene esa imagen de ‘copados’ que frecuentan espacios culturales y de lucha. Para mí la cuestión ya cerró, pero este tipo de personas no sana, ni es posible reeducar, perdonar, ni admitir en ningún espacio. Estos sujetos, así como Pioli, y tantos otros tienen objetivos claros: manipular y dañar de cualquier forma. Hace unos meses escribí sobre mi experiencia. Pero no lo voy a repetir. Solo voy a reafirmar que este tipo es una verdadera mierda: SR estudiante de arquitectura en la UNLaR. Basta de hacernos los giles, de mirar para otro lado, de aceptar y callar”. En el acta también se dejó constancia que cuarenta y tres (43) personas dieron ‘me gusta’ a la publicación –quienes fueron identificadas-; y que cinco personas compartieron la publicación, siendo transcripto, además, el comentario que agregó la usuaria Flo Oo, que dijo “BASTA DE MALTRATO!!! Comparto esto y no solo por lo que vivió una amiga, también por lo que vivieron otras mujeres. No me voy a callar nunca y que todos sepan quién es S R. BASTA DE MALTRATO!!! DEMOS A CONOCER ESTOS CASOS PORQUE SI NO TE TOCA A VOS LE TOCA A OTRA”. El profesional interviniente tomó doce capturas de pantalla, con el fin de dejar constancia gráfica de lo descripto. Esas capturas forman parte de la actuación notarial referida. Esta es la única prueba que produjo el actor tendiente a acreditar la publicación y su autoría.

En este marco, entiendo que, a pesar de que la actividad probatoria desplegada por el actor fue defectuosa, ante el reconocimiento realizado por la propia demandada en su contestación y lo dispuesto por el 16 artículo 173 del CPC, debo tener por acreditada tanto la autoría como la integridad de la publicación realizada, en la red social Facebook, el 30 de noviembre de 2017, en el perfil perteneciente a la señora AAAN, donde se nombra al actor, se hace referencia a su conducta, y se incluye una imagen que le pertenece.

III.- Derechos personalísimos y libertad de expresión.

La materia en examen nos coloca frente a dos derechos que se encuentran en juego o tensión: Por un lado, los derechos personalísimos del actor y, en particular, el derecho al honor, que se habría afectado por el contenido de la publicación, y el derecho al uso de la imagen, por haberse añadido a la publicación una fotografía que muestra su rostro y permite su identificación. Y, por el otro, la libertad de expresión de la demandada y el derecho a expresar libremente sus ideas y opiniones, en el marco de una situación en la cual, además, denuncia episodios que pueden ser calificados como violencia de género.

Desde luego que ningún derecho constitucional es absoluto, ni debe ser interpretado de forma tal que anule o contradiga el reconocimiento y ejercicio de otros derechos. Por esta razón, si con la libertad de expresión se afectaran derechos personalísimos de una persona, podría generarse responsabilidad civil o penal, por el ejercicio abusivo de esta garantía, y quien emitió esa opinión, idea o pensamiento, que afectó el honor, la intimidad o la imagen de una persona, deberá responder por el perjuicio causado.

En efecto, al contestar la demanda, la accionada negó que el hecho fuera antijurídico y aludió a situaciones de violencia de las que habría sido víctima. La prueba que ofreció y produjo, incluso, estuvo orientada a acreditar este extremo. Ante ello, entiendo que el caso debe ser necesariamente examinado a la luz de los parámetros de la perspectiva de género, tal como exigen las normas constitucionales y convencionales vigentes.

Ahora bien, el ejercicio de la libertad de expresión, por parte de la demandada, ¿constituyó el ejercicio regular de un derecho? O, por el contrario, ¿debe considerarse agraviante? Para determinar lo anterior, es preciso tener en cuenta el contexto en el que la publicación se realizó.  Este contexto nos vincula con la existencia de una relación de pareja, que, pasado un tiempo, llegó a su fin y de un modo conflictivo.

Todos los elementos analizados demuestran que, mientras se extendió la relación sentimental entre las partes y aun después de concluida, la señora AN fue víctima de violencia de género psicológica y simbólica doméstica, en los términos de la Convención de Belem do Pará; la ley 26.485 – a la que nuestra Provincia adhirió por ley 8.561-; y ley 6.580.

En definitiva, sobre las circunstancias a las que se aludió en el posteo, que quedaron acreditadas en esta causa y dieron origen a procesos judiciales, la comunidad toda está interesada y tiene derecho a estar informada, y, por ello, es indiscutible que revisten relevancia pública.

De este modo, más allá de los términos utilizados, es claro que la publicación procuró alertar a otras mujeres sobre el derecho que tienen a vivir una vida sin violenciaque situaciones como las vividas por la accionada se repitieran en el futuro.

Por esta razón, al mediar razones de interés público, y tratándose de una cuestión cuya falsedad no fue demostrada, la actividad desplegada por la demandada no puede ser catalogada como un insulto, escrache, o un ejercicio abusivo de la libertad de expresión.

Por el contrario, dado el específico contexto de violencia en el que se generó, debe considerarse que lo actuado constituyó el ejercicio regular de un derecho y, en particular, de la garantía constitucional de expresar libremente ideas y opiniones, con el fin de evitar que otras mujeres sufran el flagelo de la violencia.

IV.- La responsabilidad civil y la admisión de la demanda.

Al haberse concluido que el posteo en una red social constituyó el ejercicio regular de un derecho y la conducta quedó debidamente justificada, es evidente que la antijuricidad no quedó demostrada (conforme artículos 1717 y 1718 del CCCN).

Por este motivo, realizado el análisis desde una perspectiva de género, considero que no debe responsabilizarse a la codemandada por el perjuicio invocado por el actor, en razón de que, al efectuar la publicación en una red social, ejerció su derecho a expresar libremente una vivencia, cuando pudo verbalizarlo, y como forma de visibilización de la violencia psicológica y simbólica de la que fue víctima, con el fin de alertar a otras mujeres que pudieran haber transitado una situación similar, para que tomen conciencia que tienen derecho a vivir una vida libre de violencia [1]

La conducta desplegada por la demandada, en consecuencia y como dije y reitero, se encuentra debidamente justificada. Siendo ello así, es claro que uno de los presupuestos necesarios, para que se configure la responsabilidad civil, no se encuentra acreditado, desde el momento en que no se probó la antijuricidad invocada. Por ende y ante lo indicado, la demanda de daños y perjuicios articulada debe ser rechazada en todos sus términos; resultando inoficioso que  emita pronunciamiento sobre los rubros indemnizatorios pretendidos y su cuantificación.

V.- La prescripción dentro del contexto de violencia de género.

Ante ello, el primer interrogante que debo responder es qué plazo de prescripción resulta aplicable. Para dilucidar esta cuestión, la primera alternativa es considerar que los episodios de violencia denunciados tuvieron lugar mientras se extendió la relación y hasta marzo del año 2014, que es la fecha del último mensaje que fue acompañado como prueba. Si bien los episodios de violencia fueron varios y se prolongaron en el tiempo, A no estuvo en condiciones de reconocerse como víctima y denunciarlos, hasta mucho tiempo después de ocurrida la ruptura de la relación y de cesados estos hechos.

Y ese momento coincide, tal como surge del peritaje psicológico practicado en la causa, con el día en que tomó conocimiento de la interposición de una demanda, por parte del señor R. Es a partir de ese momento, en consecuencia, que la señora AN se encontró en condiciones de accionar, y no antes.

Por ende, a partir del día 08 de agosto de 2018, cuando la excepcionada fue notificada de la acción de daños y perjuicios interpuesta por el señor R, debe efectuarse el cómputo de la prescripción. Ese momento coincide con lo indicado en el peritaje, respecto de lo que permitió reconocer los hechos vivenciados como episodios de violencia, asumir su condición de víctima, e identificar el padecimiento de un daño.

Como corolario de lo expuesto, considero que, analizados los hechos e interpretada el derecho aplicable al caso con perspectiva de género, la excepción de prescripción debe ser rechazada, por no haber transcurrido el término de tres (3) años dispuesto por la ley, cuando la reconvención por daños y perjuicios fue articulada.

Fallo sobre daños y perjuicios por publicación en redes sociales
Fallo sobre daños y perjuicios por publicación en redes sociales

VI.- Presupuestos de la responsabilidad civil. Antijuridicidad, daño, factor de atribución y relación de causalidad.

En este marco, observo que: Primero, al quedar acreditados episodios de violencia de género perpetrados en contra de una mujer, no puede haber duda sobre la existencia de un daño, que debe ser debidamente resarcido [2]. De modo particular, quedó debidamente acreditado en la causa que la violencia psicológica y simbólica que el señor R ejerció sobre la señora AN le provocaron lesiones y secuelas psíquicas, que requieren de un tratamiento psicoterapéutico, a los fines de “…poder articular los componentes afectivos y representaciones de lo acontecido, y poder simbolizar lo vivenciado, transformando la vivencia traumática en elaborable, comprensible, comunicable, y formando parte de un todo articulado en el entramado vivencial” .

Segundo, tampoco puede dudarse que se configuró una conducta que es antijurídica, por parte del demandado, en razón de que: Por un lado, todo daño se presume injusto y nadie está obligado a soportar las consecuencias materiales y espirituales que de él deriven (conforme artículo 1716 del CCCN). Por el otro, ese daño fue el resultado de una conducta que fue contraria a las normas que protegen los derechos de las mujeres y, en particular, a vivir una vida libre de violencia, desde el momento que quedó acreditado que la señora AN fue víctima de hechos de violencia psicológica y simbólica perpetrados por el señor R.

Tercero, el daño psicológico indicado derivó y fue la consecuencia directa e inmediata de la violencia de género psicológica y simbólica doméstica que el señor R ejerció sobre la víctima (conforme artículos 1726 y 1727 del CCCN).

Sobre esta cuestión, el peritaje psicológico practicado fue contundente, pues, en el informe, se indicó que hay nexo causal entre: Las situaciones de violencia detalladas. Estas situaciones aluden, por ejemplo, a insultos, acusaciones falaces, denominaciones denigrantes, comentarios despectivos, descalificaciones, utilización de estereotipos (porque solo la felicitaba cuando ayudaba en tareas de la cocina), agresiones, manipulaciones, entre otros que fueron descriptos en el informe.  Y las lesiones o secuelas psíquicas advertidas, que fueron originadas por los maltratos padecidos y antes detallados.

Por último y en cuarto término, en lo que atañe al factor de atribución, no hay duda que este es subjetivo (conforme artículos 1721 y 1724 del CCCN). Ello es así, por cuanto la conducta desplegada por el señor R, con su ex pareja, constituyó un acto de violencia de género, conforme lo establecido por los artículos 1, 2 y concordantes de la Convención de Belem do Pará, y 5, 6 y concordantes de la ley 26.485, a la que nuestra provincia adhirió.

La conclusión del razonamiento expuesto es que los presupuestos necesarios, para la declaración de la existencia de responsabilidad civil en la producción de un daño en la víctima, se encuentran configurados, de la manera que fue descripta precedentemente.

VII.- Daño moral y psicológico.

Sobre los daños reclamados y su cuantificación La señora AN reclamó, en un único acápite, ser indemnizada por daño moral y psicológico. La existencia de este daño, a más que fue probada con el peritaje psicológico practicado en la causa, puede ser presumida, a partir del avasallamiento que se produjo sobre los derechos fundamentales de la señora AN, por los hechos de violencia de género psicológica y simbólica doméstica, que también fueron demostrados. Desde luego que la indemnización fijada podrá ser destinada a la compra o adquisición de otros bienes o servicios, diferentes del que se tomó en esta sentencia, como parámetro para realizar el cálculo del resarcimiento pretendido.

Asimismo, para evitar la reiteración de episodios como los aquí probados y lograr concientizar sobre la problemática de género y violencia, ordenar al señor R la realización de un curso o programa de capacitación vinculado con el tema.

Por ello, la Titular de la Sala Unipersonal N° 1 de esta Cámara Primera en lo Civil, Comercial y de Minas, RESUELVE: 1º) Rechazar en todos sus términos la demanda promovida por el señor SAR en contra de la señora AAAN, por los fundamentos expuestos en los considerandos. Las costas se imponen al actor; y la regulación de honorarios de los letrados intervinientes se difiere. 2º) Rechazar la excepción de prescripción articulada por el señor SAR, con costas a cargo del vencido, todo por los fundamentos vertidos en los considerandos. 3º) Hacer lugar a la reconvención por daños y perjuicios articulada por la señora AAAN, en contra del señor SAR, quien deberá responder, por el daño causado a la víctima, al haber quedado acreditado que aquel desarrolló una conducta compatible con violencia de género psicológica y simbólica doméstica, y por los fundamentos que fueron expuestos en los considerandos (conforme artículos 16, 33, 75, incisos 22 y 23, y disposiciones concordantes de la Constitución Nacional; 1, 2, 3, 4, 5, 6 y concordantes de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer – ‘Convención de Belem do Pará’; 1, 2, 3, 4, 5, incisos 2 y 5, 6, inciso a y concordantes de la ley 26.485, a la que nuestra provincia adhirió; y artículos 2, 10, 1716, 1717, 1721, 1724, 1726, 1727, 1729, 1730, 1731, 1734, 1736, 1737, 1740 y concordantes del CCCN). 4º) En consecuencia, condenar al señor SAR, a abonar a la señora AAAN, en el término de veinte (20) días de que quede firme la planilla que se confeccione al afecto -dentro del plazo de diez (10) días de quedar firme la sentencia-, la suma de pesos trecientos cincuenta y tres mil seiscientos 77 ($353.600), en concepto de daño no patrimonial. A la suma indicada deberán serle adicionados intereses, los que deben ser calculados, conforme a la tasa activa que publica el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento, y, en este caso particular, desde el día 08 de agosto de 2018 y hasta su efectivo pago, por los fundamentos que fueron expuestos. Las costas se imponen al vencido, y la regulación de honorarios se difiere, hasta tanto se cuente con base cierta, para practicarla. 5º) Ordenar al señor SAR que, en el término de tres (3) meses -computados desde que la sentencia quede firme-, asista a programas o capacitaciones reflexivos, educativos o terapéuticos, vinculados con temas de género y violencia, en una entidad u organismo oficial que brinde capacitación específica en la materia. 6º) Oficiar a la Secretaría de la Mujer y Diversidad de la Provincia, para que, en el término de un (1) día, informe qué entidad u organismo oficial brinda cursos de capacitación o sensibilización en género y violencia, al que el señor SAR pueda asistir, en tanto particular condenado al pago de una indemnización derivada de hechos de violencia de género perpetrados en contra de una mujer. La confección y diligenciamiento de este oficio se encontrará a cargo del señor SAR. 7º) Disponer que la realización del curso de capacitación y su aprobación, si correspondiere, deberá ser acreditada en este expediente, cuando aquel haya finalizado, con el apercibimiento de que, si no se prueba esta extremo, se impondrá una multa diaria, desde el vencimiento del plazo otorgado para la realización del curso y por cada día de incumplimiento, cuyo monto será oportunamente graduado. De imponerse la multa, esta será destinada a un programa de protección contra la violencia de género de esta Ciudad, que también, en su momento, será determinado. 8º) Disponer que, firme y consentida esta sentencia, por Secretaría se arbitren las medidas de rigor, para proceder a la devolución del Expte. Nº I 0265 – Letra “A” – Año 2018, caratulado “AN, AA s/ denuncia”, que 78 fue remitido como prueba, a su Juzgado de origen, esto es, el Juzgado de Instrucción de Violencia de Género y Protección Integral de Menores Nº I. 9º) Oficiar a la Mesa de Entradas Única y General, con el fin de comunicar la finalización de este juicio, por haber sido emitida la sentencia respectiva, que pone fin al proceso. 10º) PROTOCOLÍCESE y NOTIFÍQUESE, adjuntándose copia íntegra del pronunciamiento en formato que no pueda ser alterado ni modificado.

VIII.- A modo de conclusión:

Se debe ponderar que, en el caso de víctimas de violencia de género (en el marco de las relaciones intrafamiliares), el «tiempo» de reparación no es cronológico, sino que resulta de los mecanismos personalísimos con lo que se cuentan para lograr superar tanto desde lo emocional, motivacional y/o cognitivo las circunstancias que ocasionaron la situación. Es decir, no basta con tomar la decisión de romper con el ciclo de la violencia sino que además implica desaprender conductas y lograr el empoderamiento necesario… [3]

La decisión de A de prevenir a otras mujeres sobre violencia de género, pone en evidencia que comienza a reconocerse como víctima de la misma, siendo destacable la valoración de los hechos por parte de la magistrada desde de la perspectiva de género teniendo en cuenta el contexto de violencia existente.

(*) Abogada egresada de la UBA. https://blog-ericaperez.blogspot.com/

Referencias bibliográficas

[1]  (conforme artículos 6, 8 y concordantes de la Convención de Belem do Pará; y 2, 3, 4, 5, 6 y concordantes de la ley 26.485).

[2] (conforme artículos 1716, 1737, 1739 y concordantes del CCCN).

[3] «A., A. J. C/ T., G. M. S/ ORDINARIO (f)»General Roca, 04 de Febrero de 2019. Dra. Andrea Tormena,  Jueza de Familia.

Fuente: Diario femenino




Cesantía para los policías implicados 

en el asesinato de Florencia Magalí 

Morales

Resumen Latinoamericano, 7 de noviembre de 2022. 

Se han cumplido dos años y 6 meses desde la muerte de Florencia Magalí Morales en la comisaría del Distrito 25° de Santa Rosa del Conlara provincia de San Luis. La joven fue detenida por estar presuntamente violando el aislamiento social preventivo y obligatorio durante la pandemia. Luego su cuerpo sin vida fue hallada en un calabozo. La causa penal se encuentra virtualmente estancada, pero las últimas novedades en el caso indican que a través de una resolución del gobierno de San Luis  decidieron la cesantía de algunos de los policías involucrados en el hecho, que para la familia de la víctima se trató de un crimen, descartándose la versión oficial del suicidio. 

El domingo 5 de abril del 2020, Florencia Magali Morales fue vista por última vez en la comisaría del Distrito 25° de Santa Rosa del Conlara provincia de San Luis, en plena etapa de Aislamiento Social preventivo y obligatorio. La joven había sido detenida por incumplir la cuarentena. Un video mostró que la víctima ingresó a la comisaría por propia voluntad. Sin embargo la Justicia de San Luis dió lugar a la versión oficial que caratuló como suicidio.

Desde entonces su familia ha luchado por demostrar que «nadie se suicida en una comisaría». Los jueces Jorge Pinto y de la Cámara del Crimen decidieron que los policías Marcos Ontiveros y Clavero Heraldo principales sospechosos fueran excarcelados.

Se han cumplido dos años y 6 meses de la muerte de Florencia Magalí y la causa penal se encuentra virtualmente estancada, pero las últimas novedades en el caso indican que a través de una resolución del gobierno de San Luis  decidieron la cesantía de algunos de los policías involucrados en el hecho.

La medida alcanzó al comisario Reinaldo Clavero, el subcomisario Marcos Ontiveros, la suboficial Eugenia Arguello y la agente Victoria Torres, al considerarse que cometieron “faltas disciplinarias gravísimas”.

Al inspector Gabriel Tarado solo lo sancionaron 30 días de suspensión, en el sumario que también se abrió contra los oficiales Héctor Mansilla, Patricia Ríos y Julio Busto por “omitir normas protocolares de custodia y traslados de detenidos”.

“Está claro que no es la justicia que necesitamos, ya que estamos esperando las novedades en la causa penal, pero no deja de ser un pasito más en esta lucha que venimos llevando adelante” dijo Celeste Morales, hermana de Magalí en diálogo con el medio El Argentino.

Fuente: ANRed




La lucha de residentes y concurrentes 

se fortalece: el 8 de noviembre para

toda la salud

Resumen Latinoamericano, 7 de noviembre de 2022.

Luego de siete semanas de persistente lucha, paro indeterminado, movilizaciones, con paros durante diez días consecutivos que seguimos realizando y asambleas abiertas al conjunto del personal en los distintos hospitales, logramos que el próximo martes 8 de noviembre convoquen a paro y movilización las conducciones de los gremios mayoritarios: AMM, Federación de Profesionales, Sutecba y ATE.

Nuestra lucha se está fortaleciendo y nada ni nadie nos puede parar o dividir de esta unidad que conseguimos y debemos seguir profundizando con asambleas comunes en los hospitales. La desconfianza con las conducciones de los gremios que firman paritarias a la baja y a espaldas de los trabajadores es real. Por eso este martes 8 de noviembre debemos realizar asambleas unitarias en todos los hospitales, con todos los trabajadores, de todas las áreas y de todos los gremios, para garantizar que nos encuentre a todos unidos, en las calles y demostrar, como cantamos en las marchas, “Traigan a Quirós para que vea, que este equipo pelea…”

La lucha por superar la paritaria a la baja, mejorar el salario para los concurrentes, fue lo que nos motorizó, la lucha generando apoyos de todo tipo y simpatía por un reclamo que es de todos los trabajadores de la salud. Es nuestra pelea como residentes y concurrentes, pero también es de los médicos y personal no médico de planta, camilleros y administrativos y también de las y los enfermeros, que hace tiempo y con importantes peleas vienen exigiendo el pase a la carrera profesional. En definitiva, esta lucha es de todos los que sostenemos a diario el hospital público, que pretenden mantenernos divididos. Los trabajadores somos los que vamos al paro, los trabajadores somos los que debemos resolver en asamblea los acuerdos alcanzados y todos los sectores deben tener representación en las mesas de negociación. Ellos nos quieren divididos, nosotros debemos unirnos. Divide y reinarás, dice el refrán. Bueno, comenzamos a cambiarlo.

Logramos una histórica unión con los trabajadores de los dos hospitales más importantes del AMBA, el Garrahan y el Posadas, que tienen el mismo reclamo que nosotros, coordinando una masiva marcha común, que debemos seguir y desarrollar sumando sectores. Conseguimos el acompañamiento de varios compañeros de planta de nuestros propios hospitales que debemos sumar en asambleas comunes y el apoyo de familiares y pacientes que debemos profundizar. Y en la calles, cada vez que nos movilizamos, vemos los aplausos y el apoyo de la gente en general. Hasta conseguimos que residentes de la provincia de Buenos Aires, enfadados por el maltrato hacia ellos y por la simpatía con nuestra lucha, hayan resuelto sumarse también el próximo 8 de noviembre.

Fernán Quirós y Horacio Larreta, al igual de todos los gobiernos, nos ”aplaudieron” en pandemia y nos tratan como descartables. Y no es menos de esperar de Juntos por el Cambio, que fueron los que aportaron los votos para que en el Congreso nacional se apruebe un presupuesto para el 2023, que presentó Sergio Massa a pedido del ajuste fiscal que quiere el FMI, con un recorte real del 35% para el área de salud. Ellos se juntaron para votar el ajuste, nosotros debemos unirnos para enfrentarlo.

La marea blanca se empieza a transformar en un tsunami por un salario que no sea de pobreza, por condiciones de trabajo dignas, en definitiva, por la defender la salud pública que es la salud para las grandes mayorías populares. El paro y movilización del 8 de noviembre debe ser el comienzo de construir una unidad de las bases que una lo que quieren dividir desde arriba, para que sea imparable, hasta conseguir el conjunto de nuestros reclamos. Juntos bancamos los hospitales, juntos debemos luchar.

Fuente: Izquierda diario

Envio:ResumenLatinoamericano



DESOYERON LA CONCILIACIÓN OBLIGATORIA

Los trenes, paralizados por una medida de fuerza de La Fraternidad

El gremio decidió no acatar la conciliación obligatoria dictada por el Gobierno en el marco de un conflicto por el reclamo del pago de un bono de 50 mil pesos a jubilados y pensionados, y desde la medianoche pusieron en marcha la medida de fuerza que durará 24 horas.
08-11-2022

Foto: Gustavo Amarelle.

Los servicios ferroviarios se encuentran paralizados desde la medianoche por una medida de fuerza del gremio de La Fraternidad, que desoyó la conciliación obligatoria dictada por el Gobierno nacional en el marco de un conflicto por el reclamo del pago de un bono de 50 mil pesos a jubilados y pensionados.

A raíz de la medida de fuerza, tanto en Liniers como en los centros de transbordo de Constitución y Retiro se veían esta mañana filas de personas más largas de lo habitual que esperaban tomar colectivos con destino a distintos puntos del conurbano bonaerense ante la falta de trenes.

Al confirmar la realización de la medida de fuerza a pesar de la conciliación obligatoria dictada por el Ministerio de Trabajo, el secretario general de la Fraternidad y de la Unión General de Asociaciones de Trabajadores del Transporte (Ugatt), Omar Maturano, señaló que, "si algo aprendimos de nuestros padres y madres, es tener palabra".

"La forma que tenemos de dignificar su educación y cultura de trabajo, es cuidando con nuestro propio esfuerzo lo que hicieron por nuestra crianza, cuidando a nuestros queridos jubilados y pensionados de todo el país", sostuvo en un comunicado.

 

De esta forma, la medida de fuerza -consistente en un paro de actividades de 24 horas- se realiza en reclamo del pago de un bono de 50 mil pesos a jubilados y pensionados.

El paro abarca además a remiseros, camioneros de Santa Fe, personal de carga y descarga y los recolectores de residuos de Córdoba.

Maturano sostuvo que, "si se olvida de dónde se viene, no se sabe a dónde se va" y aseguró que los trabajadores del transporte, la logística y lo servicios "defienden a sus jubilados".

Asimismo, se suma a la huelga la seccional Oeste del Ferrocarril Sarmiento que lidera Rubén "Pollo" Sobrero.

Si bien en principio a la medida de fuerza también se iba a sumar la Unión Tranviarios Automotor (UTA), con lo cual se verían también afectados los servicios de colectivos, finalmente ese gremio acató la conciliación obligatoria.

En tanto, a través de la red social Twitter, Trenes Argentinos informó a los usuarios que "desde las 00.00 de hoy, martes 8/11, no circulan trenes en el área metropolitana, ni regionales y ni de larga distancia por una medida de fuerza del gremio La Fraternidad".



ESTA SEMANA

Las tareas de cuidado serán el eje central de la XV Conferencia Regional sobre la Mujer

Argentina es sede del principal foro intergubernamental regional de las Naciones Unidas sobre los derechos de las mujeres y la igualdad de género. Participará la ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación, Ayelén Mazzina y será inaugurado por el Presidente.
08-11-2022
El encuentro que celebra este año su 45 aniversario contará con la participación de representantes de gobiernos, de organismos de Naciones Unidas e intergubernamentales, de la academia, de la sociedad civil, y de movimientos de mujeres y LGBTI+.


La ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad, Ayelén Mazzina, aseguró este lunes que el eje central de la XV Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe que comienza el martes en Buenos Aires tendrá como “columna vertebral” de esta edición las tareas de cuidado, “un tema” que se debe resolver “con lucha, convicción, compromiso y legitimidad, por sobre todas las cosas”.

Durante un encuentro con los medios, previo al inicio de la cumbre regional que comenzará mañana, y tendrá lugar hasta el viernes próximo, la funcionaria remarcó que abordar está temática es algo que “nos atraviesa como mujeres, como jóvenes” y que debe ser “atendida de manera trasversal”.

“Cuando hablamos de cuidados, generalmente, se hace referencia a las mujeres, y no es solamente algo de mujeres, tenemos que hablar de corresponsabilidad, es decir de responsabilidad compartida entre varones, mujeres, mercado y sociedad”, remarcó Mazzina.

Y agregó: “No depende solamente de áreas de género, son temáticas transversales interministeriales, interinstitucionales, con distintos organismos que acompañen para que sea un tema que podamos resolver a la brevedad con lucha, convicción, compromiso y legitimidad, por sobre todas las cosas”.

La ministra consideró como “la columna vertebral” del encuentro a las tareas de cuidado, y recordó que esta decimoquinta edición tiene como título: “La sociedad del cuidado: horizonte para una recuperación sostenible con igualdad de género”.

Mazzina enfatizó que a las políticas de Estado “hay que darles un marco normativo para que lleguen a los congresos, a las cámaras (de los distintos países) para ser aprobadas y convertirse en ley”, y que así “se reconozcan los derechos”.

En este sentido, destacó que “por primera vez” se realizará un “foro parlamentario con parlamentarias de distintos países de la región, y se podrán poner sobre la mesa los desafíos con perspectivas de género e igualdad”.

Por su parte, María Noel Vaeza, directora regional para las Américas y el Caribe de ONU Mujeres, destacó la importancia de “escuchar a la sociedad civil” a través de distintos encuentros como el “foro (de organizaciones) feminista” que se está llevando a cabo en el marco de la Conferencia.

En este marco, la especialista aseguró que este tipo de intercambios trae “grandes beneficios” y fomentan “la creatividad y da energía para hacer políticas públicas y la reglamentación necesaria para una legislación para establecer sistema integrados de cuidados públicos y privados”.

“Cada uno (de las y los parlamentarios) tiene un proyecto, pero no hay integralidad”, puntualizó Vaeza, y remarcó que “tenemos que lograr que las tareas de cuidado se conviertan en un pilar más de nuestras sociedades como lo son la salud o la educación”.

Durante la conferencia de prensa que se realizó de manera presencial en el Salón Poncho (segundo piso) del Centro de Convenciones del Hotel Sheraton, que fuera transmitida de manera virtual, la directora de asuntos de género de la Cepal, Ana Güezmes calificó como “injusta” a la “organización de los cuidados”, y consideró que se trata de una “crisis”.

“La región ha avanzado en mediciones del uso del tiempo”, afirmó la especialista, y recordó recientes investigaciones que demostraron que “las mujeres dedican al trabajo doméstico y de cuidados no remunerados casi el 20 por ciento de su tiempo, el triple de lo que hacen los hombres”.

También hizo hincapié en que “el trabajo no pagado equivale a entre el 16 y 28 por ciento del producto interno bruto (PBI) de la región”, y que “el 74 por ciento lo realizan las mujeres, por eso tiene impacto en su autonomía económica”.

Güezmes consideró como desafíos próximos abordar “el cuidado infantil de niños y niñas y una enorme carga que viene del cuidado de personas mayores”.

Por ello, “llamamos a diseñar medidas audaces para un cambio estructural, un cambio que articule con soluciones realizables, que aborde las desigualdades económicas y sociales”, apuntó la funcionaria.

La XV Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe, organizada por la Cepal y por ONU Mujeres en la ciudad de Buenos Aires, con actividades presenciales que, a su vez, se transmiten de manera virtual para una mayor difusión.

La inauguración de la conferencia está prevista para este martes a las 16 con la presencia de la ministra Mazzina y el presidente de la Nación, Alberto Fernández.




EN LA PLATA

Cristina Kirchner volverá a hablar en un acto por el Día de la Militancia

Desde el entorno de la Vicepresidenta le confirmaron a Télam su presencia en el acto. Además, aseguraron que la expresidenta será "la única oradora" del evento por los "50 años de la vuelta de Perón" del exilio.
07-11-2022
(Foto: Leo Vaca).

La vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner encabezará el jueves 17 de noviembre un acto por el Día de la Militancia, con motivo de los "50 años de la vuelta de Perón" del exilio, en el estadio Diego Armando Maradona de La Plata.

Así lo anunciaron este lunes referentes e integrantes del Frente de Todos (FdT) a través de sus redes sociales, donde la senadora de la provincia de Buenos Aires, María Teresa García; el ministro bonaerense Andrés Larroque, y el titular de Nuevo Encuentro, Martín Sabbatella, entre otros, viralizaron un flyer con la imagen de Fernández de Kirchner que dice "habla Cristina".

En tanto, fuentes cercanas a la Vicepresidenta confirmaron a Télam su presencia en el acto, donde, dijeron, será "la única oradora".

El viernes pasado la dos veces Presidenta participó en un acto que organizó la Unión Obrera Metalúrgica (UOM) en Pilar, donde habló por primera vez en una concentración pública después del intento de asesinato que padeció el 1 de septiembre cuando ingresaba a su domicilio en el barrio de Recoleta.

Cristina Fernndez se dirigir a los militantes en La Plata
Cristina Fernández se dirigirá a los militantes en La Plata.

Al respecto, la presidenta del bloque de senadores bonaerenses del Frente de Todos (FdT), María Teresa García, señaló este lunes que "hacía falta en nuestro espacio político que aparezca Cristina con sus definiciones".

En diálogo con FM La Patriada, García destacó el discurso de Fernández de Kirchner y dijo que el próximo 17 de noviembre, cuando se realice el acto político por el Día de la Militancia, habrá "más definiciones" de la expresidenta.

En tanto, el secretario general del Sindicato de Canillitas y senador bonaerense del FdT, Omar Plaini, dijo sobre el acto del viernes pasado que "una vez más se demostró la relación que tiene Cristina con la clase trabajadora en particular y con el campo nacional y popular en general".

El 17 de noviembre se estableció como Día de la Militancia con el regreso del expresidente Juan Domingo Perón al país en 1972, tras 17 años de exilio, luego del golpe de Estado de 1955.
Fuente:Telam






08.11.2022 / Judiciales

Casación define si reabre causas contra CFK: Memorándum con Irán, Hotesur y Los Sauces

La Cámara de Casación citó a una audiencia este martes y a otra el jueves para escuchar argumentos a favor y en contra del sobreseimiento de la Vicepresidenta, en las causas por la firma del Memorándum con Irán y Hotesur y Los Sauces.

La Justicia define esta semana si reabre las causas por la firma del Memorándum con Irán, Hotesur y Los Sauces, que tienen a Cristina Kirchner como acusada. La Cámara de Casación citó a una audiencia este martes y a otra el jueves para escuchar argumentos a favor y en contra del sobreseimiento de la vicepresidenta.

Los jueces que convocaron a las partes son Diego Barroetaveña, Daniel Petrone y Ana María Figueroa. Desde el momento en que finalicen estas audiencias -lo que se prevé para fines de noviembre- tendrán 20 días hábiles para decidir si realizan el juicio oral y público o se dejan firmes los sobreseimientos.

La Sala I de la Cámara de Casación comenzará este martes a las 10.30 con las audiencias por la causa de la firma del pacto con Irán. El abogado de Cristina Kirchner, Alberto Beraldi, anticipó que no va a hablar sino que presentará un escrito con sus argumentos. 

En el caso Hotesur y Los Sauces también habrá dos audiencias: este jueves será el turno del fiscal ante la Casación, Mario Villar, que sostendrá la apelación de su colega Diego Velazco contra el sobreseimiento de la vicepresidenta y sus hijos -sin hacer el juicio oral- dictado por los jueces Adrián Grümberg y Daniel Obligado, con la disidencia de la jueza Adriana Palliotti.

Luego, el 22 de noviembre, los abogados defensores podrán hacer uso de la palabra para argumentar en favor de mantener cerrado el caso. El abogado de Cristina Kirchner, Beraldi, también anticipó que presentará un escrito. Pidió plazo para aportarlo el 22 de noviembre y le fue concedido.

Tras la audiencia del 22, los jueces Barroetaveña Petrone y Figueroa tendrán también 20 días hábiles para definir la situación del caso Hotesur y Los Sauces, por lo que ambas sentencias podrían llegar en una misma semana.




08.11.2022 / Declaraciones

Pablo Moyano le respondió a Patricia Bullrich: "Nos viene choreando hace 50 años"

A la salida de una reunión con la ministra de Trabajo, el líder camionero e integrante del triunvirato de la CGT le respondió a las afirmaciones de Bullrich en Twitter, donde lo había amenazado con "meterlo preso" si JXC vuelve al gobierno. Mirá el video

El líder camionero y secretario general del triunvirato de la CGT Pablo Moyano respondió a la advertencia de Patricia Bullrich en redes sociales, donde amenazó con "meterlo preso" si Juntos por el Cambio vuelve al gobierno nacional.

"Patricia Bullrich nos viene choreando hace 50 años, vive del Estado con el sueldo que le pagamos nosotros, son impresentables", sintetizó Moyano, a la salida de una reunión con la ministra de Trabajo, Kelly Olmos, donde el dirigente sindical reclamó por un bono o suma fija para los trabajadores.

Además, expresó que si bien desde la oposición "hablan de aprietes" también "te dicen que van a privatizar las empesas del Estado y traen reformas laborales".

"¿Quién aprieta a quién?", se preguntó el dirigente camionero ante la prensa tras dialogar con Olmos. "Nosotros vamos a defender a los trabajadores cada vez que intenten atacar sus derechos, Vamos a ser los primeros en salir, si la derecha nos quiere sacar derechos que hemos conquistado", remarcó.

 

Fuente:PoliticaArgentina





El plan de congelamiento absorbe al programa de precios de referencia

Sale Precios Cuidados, entra Precios Justos

Habrá una sola canasta con 1500 productos a valor fijo entre diciembre y marzo. Lo que quede por afuera, podrá subir sólo 4 por ciento. Qué pasará en los comercios barriales. 

Por Leandro Reou
 Imagen: Alejandro Leiva

El programa Precios Justos, que tendrá una canasta de 1500 productos a valor fijo por 120 días, absorberá mientras dure al plan de referencia Precios Cuidados. Fuentes de la Secretaría de Comercio adelantaron a Página I12 que la decisión se tomó para "no superponer diferentes acuerdos de precios", dado que como adelantó este diario el fin de semana, más que un congelamiento de precios lo que se hará es un acuerdo extendido para buscar un sendero de inflación estable y la mitad del ritmo del actual IPC. Hoy, Cuidados tiene una canasta de 450 productos, de ese total, pasarán algunos a Justos y otros quedarán afuera, tal lo que se está negociando con las empresas proveedoras. 

Por esta razón, el ministerio de Economía también trabaja sobre cómo se moverán los precios que no estén dentro de los 1500 congelados. Para ese universo, el esquema será el siguiente: no podrán subir más de 4 por ciento por mes en relación al promedio del mes anterior. 

Precios Cuidados nació en los años en que Augusto Costa estaba al frente de la secretaría de Comercio, en el segundo gobierno de Cristina Kirchner. Se estableció como una referencia de precios en góndola, no mostrando el precio más bajo sino poniendo una alternativa sostenible en el tiempo para reflejar estabilidad ante la volatilidad que genera la inflación en las góndolas. Cuidados tiene, de hecho, renegociaciones trimestrales en las cuales el Estado autoriza subas. Ahora quedará fuera de funcionamiento dado que aparece como central el congelamiento, denominado técnicamente Precios Justos. 

El secretario de Comercio, Matías Tombolini, viene dando puntadas finales al plan Precios Justos y planean llevarle el modelo al ministro de Economía, Sergio Massa, la semana próxima, con la idea de que en la primera semana de diciembre ya esté vigente. Se espera que en las próximas horas esté todo acordado con los grandes supermercados nucleados en la Asociación de Supermercados Unidos (ASU) para sumar los productos de marcas propias, y se trabaja en el eslabón más complejo: cómo hacer que en los comercios barriales, que son el 80 por ciento del consumo nacional, se respete el congelamiento de precios. 

Para esto, se reunieron durante el fin de semana con la Cámara de Distribuidores y Mayoristas (CADAM). La idea es que además del congelamiento del precio de salida de fábrica, haya un precio fijo en el que los mayoristas le venden a los comercios de cercanía. Es que ese segmento, en general, no le compra directamente a la fábricas y es rehén de los mayoristas, que le vienen cargando subas muy fuertes a los productos de la canasta básica. Ergo, llegan al comercio a un valor más alto y se venden hasta un 50 por ciento más caro que el mismo producto puesto en una gran superficie comercial. 

Por último, en Comercio aseguran que ya está casi lista la aplicación para celulares con la cual los consumidores podrán monitorear la existencia en precios y volúmenes de Precios Justos. Tendrá un escaner de código de barras o QR para ver cada producto y constatar el cumplimiento. En paralelo, la App tendrá un botón de denuncia, que con solo apretarlo e ingresar la dirección del comercio quedará asentada el alerta de incumplimiento. Esos datos irán a Defensa del Consumidor, que irá informando al denunciante con mails a su casilla para seguir la evolución de la denuncia del faltante de producto. 


Relevamiento de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa 

Freno del consumo en comercios minoristas

Registraron en octubre una baja de 3,2 por ciento con respecto a octubre de 2021. Si bien en la comparación mensual las ventas subieron, ya van cuatro meses con bajas interanuales consecutivas. 

Interanualmente las mayores caídas fueron para indumentaria y textil y calzado y marroquinería. . Imagen: Dafne Gentinetta


Las ventas en los comercios minoristas registraron en octubre una baja de 3,2 por ciento interanual. De esta manera, se cumplieron cuatro meses con bajas interanuales consecutivas. Sin embargo, en la comparación mensual las ventas subieron 0,3 por ciento y acumularon un alza de 1,8 por ciento en los primeros diez meses del año.

Los datos los releva la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME).De acuerdo al informe, cuatro de los seis rubros que releva el índice marcaron en octubre una reducción en la comparación interanual. Los únicos en alza fueron farmacia y perfumerí” y ferreterías, materiales eléctricos y de la construcción, que vienen registrando la principal dinámica sectorial. La caída más grande se registra en textil e indumentaria producto del incremento de los precios de este sector, que ya acumula aproximadamente seis registros interanuales en negativo.

El mercado de consumo se mantuvo tranquilo. Se esperaba un mes más dinámico, traccionado por el Día de la Madre, por el Mundial de Fútbol y el inicio de la temporada de eventos privados, como fiestas de fin de año, casamientos e incluso fiestas de Halloween. El impacto fue muy moderado y específico por rubro.

Interanualmente las mayores caídas fueron para indumentaria y textil calzado y marroquinería. Un factor que incidió en los grupos de consumidores con mayor acceso a la tecnología fue el Cibermonday, porque muchas compras previstas para el mes se postergaron para obtener los descuentos de ese evento. El rubro farmacias y perfumerías es de los pocos que funcionan bien. Las ventas minoristas crecieron 8 por ciento anual, aunque cayeron 0,1 por ciento mensual, a precios constantes. En el año acumulan un alza de 6,8 por ciento anual.

Punto aparte merece el rubro Alimentos y Bebidas. En octubre, las ventas minoristas Pyme cayeron 1,2 por ciento anual y 0,3 por ciento mensual, a precios constantes. En el año, este sector acumula un aumento de 3,2 por ciento. Las empresas consultadas señalaron que los precios se mantuvieron más estables y no hubo faltantes de mercadería como meses atrás. Pero de todos modos muchas empresas comenzaron a incrementar sus stocks para llegar con mercadería suficiente a fin de año.

En el rubro textil e indumentaria, apuntado particularmente por los aumentos de precios por encima de la inflación, las ventas bajaron 19,2 por ciento anual, 2,6 por ciento mensual y acumulan un descenso de 7,4 por ciento en el año. Uno de los factores que explica este comportamiento fue la evolución de los precios que retrajo la demanda de los consumidores en octubre. Otro factor es la venta informal. Los comercios sostienen que, si la mercadería sigue aumentando, los consumidores tenderán a desplazarse hacia ese mercado irregular. Bazar, decoración, textiles de hogar y muebles: las ventas bajaron 0,8 por ciento anual, pero subieron 4,5 por ciento mensual y acumulan un alza de 1,9 por ciento en el año.

Fuente:Pagina12

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