Destacaron lo muy acreditada que está su crueldad
Jujuy: Querellantes pidieron prisión perpetua para "Caracortada" Braga y 16 años para Bulgheroni
Patético Caracortada: Se tapa la cicatriz con un apósito
Jujuy.- Las querellas particulares de los detenidos-desaparecidos Narciso Santiesteban y Julio Rolando Álvarez García, pidieron hoy penas de cadena perpetua para el teniente coronel (R) Rafael Mariano Braga, y de 16 años para el capitán (R) José Eduardo Bulgheroni, que lo reemplazó como interrogador y torturador en el penal del barrio de Gorriti.Paula Álvarez Carreras, abogada querellante de la familia Santisteban en la causa "Reynaldo Aragón y otros", recordó que Narciso fue detenido en Libertador General San martín el 13 de abril de 1977 y llevado a la cárcel de Gorriti, y no volvió a saberse de él.
Patético Caracortada: Se tapa la cicatriz con un apósito
Jujuy.- Las querellas particulares de los detenidos-desaparecidos Narciso Santiesteban y Julio Rolando Álvarez García, pidieron hoy penas de cadena perpetua para el teniente coronel (R) Rafael Mariano Braga, y de 16 años para el capitán (R) José Eduardo Bulgheroni, que lo reemplazó como interrogador y torturador en el penal del barrio de Gorriti.Paula Álvarez Carreras, abogada querellante de la familia Santisteban en la causa "Reynaldo Aragón y otros", recordó que Narciso fue detenido en Libertador General San martín el 13 de abril de 1977 y llevado a la cárcel de Gorriti, y no volvió a saberse de él.
La abogada recordó que Bulgheroni era trístemente conocido por su crueldad, y recordó particularmente las declaraciones del ex diputado justicialista y actual Defensor del Pueblo adjunto, Hugo Eleit.
Entre las pruebas aportadas para pedir dichas condenas se encuentran documentos militares sobre la función de Bulgheroni en inteligencia del Área 323. En ellos consta que el entonces teniente 1º Bulgheroni reemplazó a Braga porque según sus jefes éste "ya era muy conocido". Lo que coincide con los testimonios de detenidos en el Penal.
Álvarez Carreras pidió para Bulgheroni la pena de 16 años de prisión efectiva en cárcel común por asociación ilícita agravada y privación ilegítima de la libertad doblemente agravada por uso de violencia.
El abogado Ariel Ruarte, querellante por Julio Rolando Álvarez García, militante de la JUP y de Montoneros, pidió "cadena perpetua" para Braga por acumulación de penas, por violación de domicilio, privación ilegítima de la libertad y además por ser partícipe necesario y coautor de homicidio.
La detención ilegal y posterior detención de Alvarez García ocurrió el 21 de agosto de 1976 en su domicilio de calle Libertad del barrio Ciudad de Nieva, en presencia de sus padres, hermanos , sobrinos y amigos, quienes reconocieron a Braga como el jefe del operativo de las fuerzas conjuntas que ingresaron a la vivienda.
Ruarte dijo a Télam que Braga, apodado "Cara cortada" era el represor más nombrado por todos los detenidos que testimoniaron, al igual que el comisario Ernesto Jaig, que dirigía el centro clandestino de detención desde un espacio reservado para el área 323 en la propia Jefatura de Policía.
El Tribunal Oral Federal de Jujuy, convocó a audiencia de alegato a los fiscales para el jueves de la próxima semana.
Fuente:Telam
Audiencia 45
Alegatos en las causas “Reynaldo Aragón y otros” por la víctima Narciso Santiesteban y “Julio Pampero Alvarez García”
Por privación ilegal de la libertad y asociación ilícita agravada
Las querellas solicitaron 16 años para Eduardo Bulgheroni y reclusión perpetua para Rafael Braga en cárcel común y efectiva.
La mañana del viernes 8 de marzo, se iniciaron los alegatos por la causa “Aragón, Reynaldo y otros” (Epte.Nº57/11) a cargo de la abogada querellante Paula Álvarez Carreras, quien aclaró que si bien la mencionada causa es por las víctimas directas Dante Robinson Torres, Patricio Vidal Lazarte y Narciso Santiesteban, los alegatos rondarían en torno a la detención y desaparición de Santiesteban, sumando para ello pruebas de los hechos, datos de la víctima y el imputado, y testimonios recogidos en la sala de TOF en lo que va del juicio desde mediados de año pasado.
Las dos querellas adhirieron a los alegatos del Codesedh y de la abogada María José Castillo en cuanto al contexto nacional y provincial, el sistema represivo, y la figura de genocidio.
En su análisis destacó datos sobre el accionar del imputado José Eduardo Bulgheroni y describió la implicancia de la causa por la que expuso en el mapa del aparato represivo local y nacional.
La letrada describió que Narciso Santiesteban era un agente de la Policía de Jujuy que fue detenido por Ernesto Jaig, y tras eso los familiares de Santiesteban obtuvieron respuestas evasivas y amenazantes de parte de los tenientes Rafael Mariano Braga y José Eduardo Bulgheroni, como también por el coronel Carlos Néstor Bulacios. La relación de estos nombres se define al pensar la estructura represiva en Jujuy: Bulgheroni, al igual que Braga y Bulacios, se desempeñaba como Oficial de Inteligencia del Área 323 –con asiento en el Grupo de Artillería Mecanizada 5 de la Guarnición “Jujuy” del Ejercito-. Vale destacar que Bulgheroni fue señalado por las víctimas como uno de los militares que tenía directa y mayor injerencia en el Servicio Penitenciario de Gorriti y, además, interrogaba y torturaba a las víctimas.
La querellante también dio cuenta, a través de documentos del Ejército, que Bulgheroni tuvo a su cargo la Unidad de Registro Enlace e Inteligencia del Área 323, la cual funcionaba en los predios del RIM 20; también, la abogada remarcó los elementos que dan cuenta de que la víctima Santiesteban fue arrestado luego dado de baja. Con esto, destacó la querellante, se comprueba, una vez más como en todos los juicios a lo largo del país, el funcionamiento ilegal del aparato represivo y cómo, desde ese aparato, se intentó “procurar impunidad” aniquilando pruebas y falseando documentos.
Del legajo de Bulgheroni, Álvarez Carreras remarcó que varios testigos como Vidal Lazarte, Figueroa, Mecchia, Bueno, Melián, Noguera, Lamas, Eleit y Lamas, entre otros, dieron cuenta de haber visto en interrogaciones o haber sido interrogados y/o torturados por el propio Bulgheroni. Sobre los testimonios, la abogada no desaprovechó la oportunidad para remarcarlos como valiosos para reconfigurar cómo se desarrolló el horror del aparato represivo no sólo sobre víctimas directas de detenciones y desaparición, sino también sobre sus familias y redes sociales, y asimismo, reforzar la noción de gravedad de los hechos que se juzgan en este juicio.
En cuanto a Santiesteban, era agente de la Policía pero también militante de la Juventud Peronista, cuestión, esta última, que se consideró como determinante para la detención y posterior desaparición de Santiesteban por parte del plan dictatorial.
Para la valoración de las acusaciones de privación ilegal agravada y asociación ilícita, la abogada Álvarez Carreras señaló como agravante la calidad de funcionario público y las de violencia. Era jefe del grupo que se dedicaba a detenciones, interrogatorios y torturas ilegales en lo que fue el Área de inteligencia 323, respectivamente. Con mención de datos probatorios (tanto de legajos oficiales como de testimoniales), la letrada argumentó cómo Bulgheroni fue parte clave en el “aceitado despliegue” del aparato represivo en Jujuy, y comprobó que tomó parte ejecutó y actuó bajo el proceso ejecutivo criminal del Área 323.
La querellante, citó al tribunal que juzgó a Luciano Benjamín Menéndez, y expuso que este juicio vuelve a comprobar que el objetivo de acción de los imputados era el mismo que el del plan que se ejecutó a nivel nacional: la represión y aniquilamiento de todo pensamiento opositor. La violencia obrada por el imputado en esas épocas y la negativa actual a colaborar con información durante el juicio, intentando sostener su impunidad, requieren la pena máxima prevista para los delitos. Pidió entonces, por considerar autor directo de los delitos de privación ilegal de la libertad agravada y asociación ilícita agravadas, la pena de 16 años de prisión efectiva y en cárcel común.
“Esta es la oportunidad que tienen, señores Jueces -terminó la abogada Álvarez Carrera dirigiéndose al Tribunal tras solicitar la pena- para que Jujuy deje de ser la capital nacional de la impunidad”.
Braga estuvo en el momento del delito.
Luego de un cuarto intermedio, inicio su alegato el querellante Ariel Ruarte por la causa “Rolando “Pampero” Alvarez García, siendo la única víctima y desaparecido. En esta causa está imputado el ex oficial de inteligencia del Área 323 –con asiento en el Grupo de Artillería Mecanizada 5 de la Guarnición “Jujuy” del Ejército.
Está imputado por violación de domicilio y privación ilegitima de la libertad en calidad de coautor y homicidio agravado por alevosía en calidad de partícipe necesario.
El querellante al iniciar su alegato descarto la estrategia de Braga de apartarse de la causa, y situándose fuera de Jujuy, la fecha que fue secuestrado Pampero, por segunda vez.
Citó testimoniales de la defensa que no precisaron datos y fueron contradictorios sobre Braga festejando su cumpleaños fuera de Jujuy, el 21 de agosto de 1976, día que fue secuestrada la víctima
Las pruebas aportadas por la defensa no son probatorias como el boleto a San Antonio de Areco, Buenos Aires que guardaba la madre de Braga, éste fue descartado porque no tiene nombre. Recordó una testimonial de Ballester “en la guerra se hace cualquier cosa”.
También más adelante destaco que “se oculto el legajo del imputado para mantener la impunidad”. También sostuvo que Braga fue citado por la Comision de la Legislatura de Jujuy y no se presento. Así también recordó a ex legisladores que testimoniaron y que cuando tomaban las declaraciones a las víctimas uno de los nombres que más se escuchaba era el de “Braga”.
Braga dirigió la desaparición de Pampero, sostuvo el querellante. Los testimonios y la reconstrucción de los hechos han sido claros en las testimoniales de Inés Peña, Marcos Medina, Guillermo y Chiqui Alvarez García, Edgardo Zalazar y un sobrino de Pampero. Resalto que los testimonios narran y confluyen en una armonía coherente.
Después de la descripción como fue secuestrado Pampero, el abogado destaco que cuando le avisan a un familiar Orellana de la detención de Pampero, éste dijo “cicatriz más secuestro, es Braga” relataban los testigos.
Braga ocupa un lugar en la represión de Jujuy, aunque el imputado haya dicho que “repudia los procedimientos ilegales”. Pero testigos recordaban interrogatorios realizados por Braga, o el recuerdos de Filliu que pudo ver a Braga en el aeropuerto cuando los trasladaban a La Plata a la Unidad 9.
Braga frecuentaba a Jaig, en la Central de Policía, y no tenía malas relaciones ni con Bulacios ni con Bussi, resalto Ruarte. “Era cómplice del delito”.
Más adelante relato que estas causas por crímenes de lesa humanidad fueron retrasadas 21 años por el juez Luis Oscar Morales y destaco al ex magistrado Dr. Aramayo quien intento hacer justicia.
Antes de pedir la pena, leyó unas palabras de las hijas de Pampero “ha llegado el momento de la memoria, la verdad, la justicia. Exigen al estado parte de su identidad de su historia, que ha sido violentada por quienes se creían dueños de la vida y de la muerte. Papá solo tenía 25 años cuando fue arrancado de su vida, todavía no sabemos donde están los restos de su cuerpo brutalmente asesinado, hasta de eso se encargaron. Confiscaron el luto. No dejaron un lugar para llorar. El Estado Terrorista decidió que quedaran hijos sin sus padres, y padres sin sus hijos. Es justo que el estado democrático restituya, expresó ante el TOF.
También, exigen justicia por sus abuelos Horacio y Gladys, nombrados por los usurpadores de la alegría que fueron capaces de la crueldad más inhumana. Exigimos justicia para toda la familia que ha sobrellevado el estigma de tener un desaparecido, han enmudecido para no morir, han sobrevivido a la ausencia, han sido obligados a tener miedo en la soledad con la impunidad en el más absoluto desamparo”,
Por ello y por las pruebas producidas queda claro que Braga, es un individuo altamente peligroso a pesar de las condiciones de salud que tenga, al ser un agente de inteligencia. No habiendo atenuante de ninguna especie para la conducta llevada a cabo, por tal se impone el máximo de pena previsto en nuestra legislación dada cualquier otra opción resultaría repugnante en otras condiciones, dijo Rurate.
Solicitó al tribunal la aplicación de la pena de reclusión perpetua inhabilitación absoluta perpetua, por los delitos que se comprobaron.
Respecto al cumplimiento del lugar de la pena, dijo que “entiendo que el caso de Braga, no corresponde el beneficio de la prisión domiciliaria, puesto que se ha demostrado su capacidad para demostrar su ira, con su carácter de militar en penitencia pone en riesgo la integridad de las víctimas. Y el cumplimiento de la pena fugándose”, aclaró.
Braga es autor de acciones prohibidas por la ley, la moral, la ética, la religión, su actividad ha sido contraria a cualquier sistema axiológico con algún sentido humano, quedó claro durante el proceso su compromiso con las acciones delictivas implementado por el Estado Terrorista
También el querellante solicitó al tribunal que en la sentencia le prohíba a Braga y a su familia comunicarse de manera alguna con la familia de la víctima. El pedido es en base a las leyes de protección de victimas y la ley 26485 de protección de las mujeres respecto a cualquier tipo de violencia.
“Sentimos este reconocimiento por parte del Estado Argentino, con una sentencia en ese sentido declarando a Braga culpable. Nosotros vamos a poder decir a la justicia, me satisface su respuesta”.
Por Belén Romero y Mariana Mamaní, fotografías de Paula Kuschnir para el Equipo de Comunicación y Apoyo a los Juicios por delitos de lesa humanidad en Jujuy.
Envío:Agnddhh
Jujuy
Alegatos de querellantes de Narciso Santiesteban y “Pampero Alvarez García”
"El aparato represivo intentó procurar impunidad"
Ambas partes dijeron que pruebas demostraron que Bulgheroni y Braga pertenecieron a una asociación ilícita.
Alegaron las querellas de las causas “Reynaldo Aragón y otros” y “Rolando Alvarez García”, a través de los abogados Paula Alvarez Carreras y Ariel Ruarte, en el primer juicio por delitos de lesa humanidad en Jujuy.
Alvarez Carreras, al iniciar su exposición, aclaró que la causa tiene como víctimas directas a Dante Robinson Torres, Patricio Vidal Lazarte y Narciso Santiesteban. Por ello los alegatos rondarían en torno a la detención y desaparición de Santiesteban, sumando para ello pruebas de los hechos, datos de la víctima, el imputado, y testimonios recogidos en la etapa de pruebas en el TOF.
Durante su alegato desarrolló datos sobre el accionar del imputado José Eduardo Bulgheroni. Así también adhirió a los alegatos de las querellas del Codesedh y la abogada María José Castillo, en cuanto al marco histórico nacional y provincial, y la figura de genocidio.
Durante su alegato desarrolló datos sobre el accionar del imputado José Eduardo Bulgheroni. Así también adhirió a los alegatos de las querellas del Codesedh y la abogada María José Castillo, en cuanto al marco histórico nacional y provincial, y la figura de genocidio.
Narciso Santiesteban fue policía y militante de la Juventud Peronista. Fue detenido en Libertador, llevado a seccionales de la zona y luego alojado en el penal de Gorriti.
La abogada, a través de documentos del Ejército, afirmó que Bulgheroni estuvo a cargo de la Unidad de Registro, Enlace e Inteligencia del Área 323, que funcionaba en los predios del RI 20. Destacó que como en todos los juicios del país, el funcionamiento ilegal del aparato represivo intentó “procurar impunidad”, aniquilando pruebas y documentos.
Valoró los testimonios de varios sobrevivientes, víctimas que coincidieron en que Bulgheroni los interrogaba y torturaba. También destacó que el horror del aparato represivo no solo fue en víctimas directas sino también en las familias, y reforzó la gravedad de los hechos que se juzgan en este juicio.
Pidió la pena de 16 años, por considerar autor directo de los delitos de privación ilegal de la libertad agravada y asociación ilícita agravada, a cumplir en prisión efectiva y cárcel común. “Esta es la oportunidad, señores jueces, para que Jujuy deje de ser la capital nacional de la impunidad”, finalizó.
Braga reclusión perpetua
Luego el abogado Ariel Ruarte, querellante en la causa “ Rolando Pampero Alvarez García” alegó por la única víctima desaparecida, y donde esta imputado Rafael Braga.
Al iniciar su alegato rechazó la estrategia de Braga de situarse fuera de la escena del secuestro de “Pampero” en Jujuy.Citó testimoniales de la defensa que no precisaron datos y fueron contradictorios sobre Braga festejando su cumpleaños fuera de Jujuy. Destacó los testimonios que reconstruyeron el hecho a 37 años, la familia y amigos que estuvieron en la segunda detención de Pampero, como altamente creíbles.
Solicitó al Tribunal que considere aplicar la pena de reclusión perpetua inhabilitación absoluta perpetua, en cárcel común.
“Braga es autor de acciones prohibidas por la Ley, la moral, la ética, la religión, su actividad ha sido contraria a cualquier sistema axiológico con algún sentido humano, quedo claro su compromiso con las acciones delictivas implementadas por el Estado Terrorista”, afirmó Ruarte.
También solicitó que en la sentencia se prohiba a Braga y a su familia comunicarse con la familia de la victima, en base a las leyes de protección de víctimas y protección de las mujeres a cualquier tipo de violencia. “Sentimos este reconocimiento por parte del Estado Argentino con una sentencia declarando a Braga culpable. “Vamos a poder decir a la justicia, me satisface su respuesta”.
Mariana Mamaní
Fuente:ElTribuno
Envío:Agnddhh
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