Impunidad para el espionaje de Bullrich
y Gendarmería a la familia de Santiago
Maldonado
Por Daniel Satur, Resumen Latinoamericano, 15 de julio de 2022.
Con la excusa de que Gendarmería no hizo nada ilegal y de que se llegó tarde a conseguir pruebas, el juez federal Daniel Rafecas decidió archivar la causa por espionaje que Sergio Maldonado y Myriam Bregman habían iniciado en 2017. “No se quiere avanzar contra una de las prácticas más oscuras que se realiza desde las cloacas del Estado”, dijeron desde la querella al conocer el fallo que sobresee a uno de los jefes de Gendarmería y a un exfuncionario del macrismo.
Foto de portada: Enfoque Rojo
Este jueves, en un escrito de más de 90 páginas, el titular del Juzgado Federal 3 de la Ciudad de Buenos Aires, Daniel Rafecas, buscó dar por cerrada (sin delito ni culpables) una de las causas judiciales más emblemáticas sobre el espionaje ilegal y la criminalización de la protesta social que ejerció el Estado durante la gestión de Patricia Bullrich al frente del Ministerio de Seguridad. Se trata del expediente en el que debía investigarse la persecución de parte de funcionarios de esa cartera junto a Gendarmería Nacional sobre la familia de Santiago Maldonado y organizaciones de derechos humanos.
La causa se inició en octubre de 2017, poco después de que el cuerpo de Maldonado fuera hallado flotando en el Río Chubut (en una zona de la comunidad mapuche Pu Lof en Resistencia de Cushamen que ya se había rastrillado tres veces), tras 78 días desaparecido.
La denuncia fue motorizada por Sergio Maldonado junto a Myriam Bregman y Matías Aufieri, integrantes del Centro de Profesionales por los Derechos Humanos (CeProDH), junto a la también abogada Liliana Mazea, y daba cuenta del seguimiento e inteligencia ilegal practicada por miembros de Gendarmería sobre Sergio, su compañera Andrea Antico, periodistas y miembros de organizaciones como la APDH de la región patagónica, la Madre de Plaza de Mayo Línea Fundadora Nora Cortiñas y el propio CeProDH.
Como informó oportunamente este diario, los querellantes hicieron un gran esfuerzo durante meses para que la causa no quedara en manos del juez federal de Esquel, Guido Otranto, uno de los máximos garantes de la impunidad en el caso de la desaparición seguida de muerte de Santiago. Finalmente en marzo de 2018 la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal ordenó al juez Rafecas (que se negaba a tomarla) hacerse cargo de la investigación.
Casi cuatro años y medio después, a poco de cumplirse un nuevo aniversario de la desaparición de Maldonado, sin haber avanzado sobre líneas de investigación requeridas por los denunciantes y habiendo pasado ya tres ministros de Seguridad (Patricia Bullrich, Sabina Frederic y Aníbal Fernández), Rafecas tomó la decisión de “archivar” la causa y, en consecuencia, sobreseer a los únicos dos imputados que había en ella: el exjefe del Escuadrón 35 de Gendarmería de El Bolsón Fabián Méndez y al ex secretario de Cooperación con los Poderes Judiciales, Ministerios Públicos y Legislaturas del Ministerio de Seguridad Gonzalo Cané (hoy Secretario Letrado en Corte Suprema de Justicia de la Nación).
Tudo bom, tudo legal
¿Cómo justifica el juez el archivo de la causa y los sobreseimientos? Básicamente dice que investigó “a fondo” todo lo denunciado y no encontró ninguna ilegalidad en lo hecho por Gendarmería y sus jefes políticos. Es más, justifica el accionar persecutorio de gendarmes sobre la familia de Maldonado (pese a estar la fuerza separada de la investigación por ser sospechosa) con la excusa de que estaban previniendo la “alteración del orden público”. Pero los argumentos del juez son desmentidos de plano por la querella, que ya anunció que apelará la sentencia conocida hace pocas horas.
Para el abogado querellante Matías Aufieri, “la parte más grave” del fallo refiere a los hechos que el juez “justifica, haciendo suya la versión de Gendarmería acerca de que la información que se pasaban entre el Escuadrón de El Bolsón y el CRI de Neuquén era ‘pública’ y, por eso, no significaba que estaban espiando a nadie”.
El CRI es el Centro de Reunión de Información de Gendarmería (en cuya sede neuquina se centralizaba la información recogida por gendarmes de civil o ‘pinchada’ de los teléfonos de las víctimas). Entre esa información, por ejemplo, se determinaban los movimientos diarios de Sergio y Andrea, dónde iban a marchar, de qué y con quién hablaban en sus reuniones. “Por más vueltas que se le quiera dar, eso es infiltración y está prohibido por ley”, sentencia Aufieri.
Entre los mensajes enviados por los espías de Gendarmería a sus jefes se puede citar uno del 4 de agosto en el que se afirma: “Plaza Pagano, marcharán con destino al Esc 35 El Bolsón. Por orden de Santiago Maldonado (hermano) se reorganizan y se dirigen a la casa del jefe de Escuadrón 35 sita sobre la calle 25 de mayo”. U otro del 16 de ese mes, donde desde el CRI de Neuquén le informaban al jefe Méndez de El Bolsón que “un VW Gol Country dominio XXX gris con cartel ‘se vende’ estaría moviendo causante”, en referencia a miembros de la APDH de la región.
“Un fallo reaccionario y encubridor”
En su sentencia, Rafecas asegura que, “a diferencia de lo señalado en la denuncia”, del análisis de los elementos de prueba aportados “no se desprende ninguna tarea de inteligencia ilegal” por parte de Gendarmería. “Por el contrario”, afirma que de todo lo analizado surge que los uniformados sólo buscaban prevenir “diversos cortes de ruta y episodios que derivaron -o habrían podido derivar- en situaciones de alteración al orden público”.
Consultado por La Izquierda Diario, Aufieri dijo que “Rafecas decidió que todas esas actividades de seguimiento ilegal, injustificado, de una fuerza que estaba separada de la investigación, tenían justificación porque las marchas eran violentas”. Para el letrado y compañero de militancia de Myriam Bregman, “es la histórica excusa para infiltrar manifestaciones, diciendo que ‘podían existir delitos’ en ellas, o como cita expresamente el juez tomando como verdad irrefutable los dichos de Gendarmería: posible alteración al orden público. No puede definirse de otra manera: estamos ante un fallo reaccionario y encubridor del espionaje ilegal”.
El abogado recuerda que el Centro de Reunión de Información (CRI) de Neuquén (donde se centralizaba la información recogida por gendarmes de civil o ‘pinchada’ de los teléfonos de las víctimas) “ya acumulaba información cuando denunciamos el Proyecto X en 2011 y en 2020 fue denunciado por seguir a los mineros en lucha en Neuquén. Se lo hicimos saber a Rafecas, pero no ameritó que ordene al Ministerio de Seguridad que informe sobre el accionar de ese cuerpo de inteligencia ilegal o siquiera la identidad del espía que traficaba información desde el CRI con el jefe de El Bolsón Fabián Méndez”.
Rafecas tampoco consideró pertinente avanzar sobre una importante línea de investigación sugerida por la querella. Se trata de los llamativos avatares que Sergio Maldonado denunció al testificar en la causa respecto a hechos producidos en la frontera cordillerana y en Chile. “Se sabe que la Dirección Nacional de Inteligencia de Gendarmería, en contacto continuo con Bullrich, conspiraba durante meses con Carabineros, pero eso para Rafecas no significa nada”, afirma Aufieri. Y recuerda que en el país trasandino “sí se investigó y condenó a Carabineros por montar causas a los mapuches. Rafecas no quiso hacer lo propio aquí ni dio valor a nuestras denuncias, pese a que presentamos las pruebas que produjo el Poder Judicial de Chile”.
Además de justificar el accionar intimidatorio de gendarmes sobre la familia Maldonado y quienes se solidarizaron con ella, los querellantes aseguran que hubo una dilación en las pesquisas, permitiendo que muchas pruebas se perdieran. “Pese a la infinidad de hechos denunciados y de medidas propuestas, ellas se truncaron porque fueron solicitadas por el juzgado un año y medio después de sucedidos los hechos. Predecible: los hoteles y lugares donde se denunciaron seguimientos, ya no tenían las filmaciones”, detalla Aufieri.
El letrado dice respecto a los registros de huéspedes, entre los que se encontraban personas que espiaron a Sergio y Andrea, que “además de ya no existir filmaciones, con la identidad obrante en los hoteles no se identificó a ningún miembro de fuerzas armadas o de seguridad. Si toda la investigación se orientaba a que los espías brindaran su verdadera identidad en un hotel al que fueron a espiar, o que figuraran como empleados formales de las fuerzas, el destino de la causa estaba escrito. Es un chiste de mal gusto”.
En ese sentido, la querella reafirma que “las evidencias estaban en la causa de la desaparición forzada, como denunciamos desde un principio: en los peritajes están todos los chats entre el CRI de Neuquén y Méndez. Rafecas los desestima pese a que constituyen delito flagrante. Claro que Gendarmería ha estado blindada hasta la actualidad por el Ministerio de Seguridad de la gestión actual. Por fuera de la causa pedimos al Ministerio de Sabina Frederic mediante solicitud de acceso a la información pública, que informe sobre el CRI y se negó rotundamente a hacerlo”.
A su vez recuerdan que fue el juez Otranto de Esquel quien “inauguró” la legitimación del espionaje ilegal. “Él ‘investigaba’ la desaparición de Santiago y nunca ordenó que se investigara la comisión del delito de espionaje ilegal flagrante que arrojaban los peritajes. Además de blindar a Gendarmería, convalidó las escuchas telefónicas que se hacían a la familia Maldonado”.
“El espionaje es parte esencial del Estado capitalista”
Las abogadas y los abogados del CeProDH llevan años interviniendo en casos similares, donde las fuerzas represivas y los servicios de inteligencia (sean nacionales o provinciales) practican todo tipo de tareas persecutorias sobre los sectores populares, especialmente sobre quienes se organizan y luchan por sus derechos. En ese sentido, si bien la noticia del archivo de esta causa no cayó nada bien, tampoco generó demasiada sorpresa.
Aufieri recuerda que “hasta marzo de 2018 se discutió la competencia del juzgado que investigaría nuestra denuncia. En un inicio, el fiscal Guillermo Marijuan y Rafecas decidieron mandar la causa al propio Otranto. Logramos revertir ese intento ante la Cámara de Apelaciones y la causa quedó en Buenos Aires. Para entonces, y más aún para 2019, las filmaciones de los hechos denunciados ya no existían. Sobre ello se apoya Rafecas para resolver que los hechos no se tuvieron por corroborados”.
“La justificación de que Gendarmería estaba previniendo supuestas ‘alteraciones del orden público’ es terrible”, considera el abogado. “Encima se justifica por el supuesto hecho de que los gendarmes seguían ‘protocolos’. Es como justificar la misma represión al corte de ruta que terminó con la vida de Santiago, donde salieron a ‘cazar’ manifestantes y tiraron hasta con balas de plomo”.
“Evidentemente el postulado de Patricia Bullrich acerca de que no pensaba arrojar a ningún gendarme por la ventana está tallado en piedra”, afirma Aufieri. “No existe voluntad de parte de los propios agentes del Estado para terminar con prácticas represivas e ilegales como el espionaje estatal. De hecho hoy lo vemos semana a semana en las causas contra la AFI macrista. Este fallo se inscribe en la saga de impunidad para los que espían”, concluye.
Fuente: Izquierda diario
Envio:RL
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