Temeraria estrategia de los acusados por crímenes de lesa humanidad
La abogada Leticia Suárez acusó a uno de los abogados querellantes de haber sido "informante de la policía". Indignada reacción de Oscar Rodríguez.
Miércoles 9 de mayo de 2012.
Con algo de retraso, nuevamente, comenzó la segunda jornada del juicio por 44 casos de crímenes de lesa humanidad en Santiago del Estero. Esta demora no es imputable al jurado, sino al público y algunos de los actores administrativos. Fue notable que se había omitido colocar una de las mesas para abogados y colaboradores de los abogados querellantes. Y los mismos abogados tuvieron que empeñarse en subir la mesa al estrado, cubrirla con un manto, instalar los micrófonos sobre ella, etcétera. Todo esto mientras los abogados defensores desarrollaban sus argumentos a favor de sus defendidos, en este caso Jorge D`Amico y Francisco Laitán.
La defensora Leticia Suárez atacó duramente al jurado y cuestionó prácticamente todas sus actuaciones. Lo mismo haría enseguida con el Fiscal, a quien acusó de "inaceptable parcialidad". Finalmente, se despachó con una bomba: solicitó al jurado que quite la facultad de actuar como querellante a uno de los abogados de organismos de Derechos Humanos, afirmando que habría sido "informante" de las fuerzas represivas durante el período analizado.
Inaudita acusación
Para quitar autoridad al presente jurado, la abogada Suárez afirmó que en el momento de cometidos los delitos que se juzgan, el Tribunal Oral Federal "no existía". Y que sus jueces naturales deberían ser los Tribunales de la provincia de Tucumán. Ello en razón de que los presentes tribunales especiales para delitos de lesa humanidad, fueron creados "por ley 20.421 en el año 1992 y recién puestos en funcionamiento en 1998". Debido a ello, según la defensora de los acusados por crímenes de lesa humanidad, los hechos que se les imputa a sus defendidos estarían siendo juzgados con "inadmisible retroactividad". Fundada en ello, solicitó la nulidad de las actuaciones, la suspensión del procedimiento y el traspaso de las causas al Tribunal Oral Federal de la provincia de Tucumán.
Asimismo recusó al Dr. Asís -otro de los integrantes del Tribunal-, afirmando que "la única visita que realizó a Santiago del Estero fue cuando asumió su cargo".
A renglón seguido acusó al fiscal Gustavo Gimena de "falta de imparcialidad", debido a lo que consideró su "excesiva intervención" en los procesos de sustanciamiento de las causas, la obtención de pruebas y la instrucción general de los procesos. Por dichas razones lo recusó para actuar en el juicio que se sustancia.
A renglón seguido se despachó con un párrafo que provocó estupor en la mayor parte de los presentes, incluyendo a los miembros del superior tribunal. "El Dr. Antenor Ferreyra", dijo "no puede actuar como querellante por razones éticas", ya que uno de los represores, Bustamante, "inició una causa penal en contra de él, donde consta que fue informante de las fuerzas de seguridad".
El rostro del aludido adquirió un elevadísimo color grana y por un momento pareció que reaccionaría con violencia; sin duda se contuvo pues logró permanecer inmóvil.
La abogada del represor Bustamente, quien cubría su voluminoso torso con una remera psicodélica y ostentaba en la rolliza mano izquierda un anillo negro, insistió con la acusación inesperada. "El fiscal conoce esa denuncia y ha usado solamente la parte que le conviene", dijo: "aquella donde mi defendido incrimina a los doctores Olmedo y Liendo Roca". En cambio, los párrafos donde se afirma el supuesto rol de colaborador del abogado de Derechos Humanos, "es omitida por el fiscal". Debido a ello, solicitó que se aparte al Dr. Ferreyra de la querella y se lo enjuicie por los supuestos delitos informados por el represor Bustamante.
Un invisible manto de hielo se extendió por sobre los circunstantes -un público reducido, amén que ya de por sí el ambiente estaba muy frío a causa del soplo insidioso del aire acondicionado. Pese a ello, no hubo ninguna reacción intempestiva de los querellantes ni de otra persona y las actuaciones continuaron.
Los represores
En primera fila: Garbi, Capella; atrás, Bustamante. Foto: El Liberal.
La presidenta del tribunal leyó la lista de los represores acusados de delitos de lesa humanidad. "Se los ha ordenado de acuerdo a la gravedad de las acusaciones que pesan sobre ellos", informó. "En primer lugar, los acusados de crímenes más graves".
1. Musa Azar
2. Tomás Garbi
3. Ramiro López
4. Juan Felipe Bustamante
5. Jorge Alberto D'Amico
6. Francisco Laitán
7. Eduardo Bautista Baudano
8. José Gregorio Brao
9. Carlos Héctor Capella
10. Rolando Doroteo Salvatierra
Luego la presidenta del tribunal indicó que los acusados se presentaran, poniéndose de pie y tomando el micrófono que una prolija secretaria les iba a alcanzar.
El primero en presentarse fue Brao. No dijo que casi todos los de su edad -alrededor de los 60 años- lo conocen por su sobrenombre, "Pepito". Es que en los barrios populares solía actuar con un conjunto de cumbia, bajo la denominación de "Pepito Brao y Los Vallenatos".
Salvatierra, el segundo en presentarse, parecía aterrorizado. Hombre reservado, de mirada siniestra, solía pasearse por las peatonales en los años 80 con el pelo largo, como una especie de zombie. Ahora con el pelo corto, el micrófono temblaba en sus manos de tal manera que hacía incómoda y difícil la audición de lo que intentaba decir.
Capella, en cambio, parecía desconcertado, como esperando que en cualquier momento le dijeran que podía irse, que todo había sido una equivocación. Se presentó como "electricista". Hasta el momento ninguno mencionó su condición de policías.
El primero que lo hizo, incluso con actitud algo altiva, fue Bustamante. También fue el único que afirmó haber vivido afuera "en Los Ángeles, California", aseguró.
Musa Azar, Ramiro López y Garbi se presentaron como "policías retirados". Todavía asombra ver y escuchar a Ramiro López -voz tímida, aspecto servicial, prolijo-; si no fuera por las irrebatibles pruebas existentes sobre sus delitos, sería difícil suponer de él que fuera una persona peligrosa.
Jorge Alberto D'Amico, aunque con talante cansado, apareció como un típico oficial del ejército, informando con marcialidad sus datos.
Francisco Laitán es otro que exhibe una cara de "yo no fui", aunque se maneja con tranquilidad y solvencia: comisario retirado de la policía, dijo.
Baudano ofreció un espectáculo lastimoso. Hombre alto, bien parecido, robusto, temblaba visiblemente y constantemente se agachaba para pedir ayuda a una mujer a su lado (la abogada). No entendía las preguntas (sencillísimas, como, por ejemplo si estaba casado o soltero), no sabía cómo sostener el micrófono, parecía a punto de llorar.
Hubo terrorismo de Estado
Juan José Saín comenzó pausadamente, planteando una serie de nulidades respecto de los procedimientos relacionados con la caracterización de los delitos de D'Amico. Acusó al fiscal y los jurados de "sublimar" la construcción de las acusaciones para incluir al militar en la figura de Asociación Ilítica.
Saín fue subiendo el tono de su alegato hasta llegar a un "fortísimo", cuando recriminó amargamente la ausencia de otros responsables, de mucha mayor jerarquía que su defendido, en el banquillo de los acusados. "Resulta que hoy Jorge D'Amico es dueño del Batallón 141... 4.000 hombres, batallones, planes de exterminio masivos y todo eso, bajo la responsabilidad de un solo hombre... resulta que D'Amico ahora es el único culpable, el dueño del crimen organizado", se indignó histriónicamente Saín.
Por medio de un extenso discurso, aceptó implícitamente que se había desarrollado en la Argentina un plan sistemático de exterminio sobre la población cívil (técnicamente denominado genocidio"). Del cual, según su criterio, no podía responsabilizarse a una sola persona. En este caso D'Amico, su defendido, quien "ostentaba el grado de teniente en aquel momento, una categoría ínfima dentro de la cadena de mandos del Ejército", de acuerdo con la apreciación del abogado defensor.
Desde este punto de vista pidió la nulidad de las actuaciones en contra del militar Jorge D'Amico y la suspensión de los procedimientos en su contra. Además de ello, en una confusa solicitud, Saín cuestionó la "admisibilidad de las pruebas", requiriendo se leyeran de nuevo y totalmente varias de las testimoniales.
La abogada Bosini, también parte del equipo de los represores, tomó la palabra para decir que adjuntaba fotocopias de las declaraciones de Bustamante, con el propósito de apuntalar la acusación de su colega Leticia Suárez.
El abogado defensor de Musa Azar, Pablo Lauthier, intervino sólo para coincidir con su colega Saín en el sentido de que no habían sido traídas a juicio "personas que ostentaban cargos de mayor responsabilidad que los acusados".
Gimena: "somos parciales"
Luego de un breve cuarto intermedio, se escucharían las respuestas del fiscal y los querellantes a los incidentes interpuestos por sus oponentes. Antes de comenzar se informó que el represor Musa Azar había sufrido una indisposición y debido a ello fue trasladado a la sala de asistencia médica del tribunal.
El fiscal Gimena desestimó con vehemencia los argumentos en contra del tribunal esgrimidos por Saín, considerándolos simples maniobras dilatorias para impedir el juzgamiento de sus defendidos. Ello debido a su "insistencia en reiterar planteos" que ya habían sido resueltos, incluso repetidamente, en instancias anteriores de este mismo juicio. Debido a ello solicitó al tribunal que en adelante se rechazara "in límine" recursos de este tipo.
Por lo demás, consideró que el defensor Saín abusó de su derecho a interponer oposiciones, introduciéndose en realidad en lo que fuera un verdadero alegato, propio de las instancias finales del juicio. Con lo cual no sólo adelantó etapas, sino también intentó influir en el ánimo y las consciencias de los actores para obtener ventajas sobre la querella.
Coincidió en líneas generales en su afirmación de que "aquí no están todos los que deberían ser juzgados". Sin embargo, no consideró esta constatación motivo que impidiera juzgar a quienes era posible hacerlo ahora. Dado que la falta de comparencia a juicio de otros responsables de la represión ilegal no era responsabilidad de la fiscalía. Respecto de su "falta de imparcialidad" -acusación de Suárez-, respondió: "Somos parciales, pues justamente esa es la función que debe cumplir un fiscal: buscar el castigo de crímenes que considera probados. Y para ello, debe asumir una parcialidad necesaria con el propósito de litigar a favor de la Justicia". Indicó que ello no impedía que la instrucción y las actuaciones de la fiscalía fuesen llevadas "con objetividad".
Respecto del enrrostramiento en su contra de no haber traído a juicio las acusaciones de Bustamante contra el abogado Ferreyra, alegó que ellas "están en cabeza del juez". Y que este no había delegado en él la instrucción de dicha acción iniciada por Bustamante. Por lo tanto, era al juez a quien debían solicitarle, si lo consideraban pertinente, la actuación judicial que correspondiera.
Solidaridad con Ferreyra
Bárbara Llinás y Héctor Carabajal pidieron que se rechazaran "in límine" las solicitudes de Saín y Suárez, por considerarlas, también "solamente dilatorias".
Posteriormente tomó el micrófono el abogado querellante Oscar Rodríguez, quien luego de coincidir brevemente con la falta del correspondiente juicio para muchos de los represores de mayor grado, consideró que dicha circunstancia no debía impedir el juzgamiento de quienes habían llegado a la presente instancia.
Respecto de la extensa parrafada de Saín consideró, al igual que Gimena, había sido un "pre alegato", debido a lo cual sólo cabía la advertencia de no caer nuevamente en este tipo de permisividad que atentaría contra la eficiencia en las actuaciones.
Su tono subió y adquirió fuerte emotividad cuando defendió con fervor la etica y hombría de bien de Antenor R. Ferreyra, a quien consideró un defensor de los Derechos Humanos, con tan larga y límpida trayectoria que tornaba tenebrosa la afirmación lanzada por una de las abogadas de la defensa.
Y para reparar este incalificable agravio, anunció que se iniciaría el trámite ante el Colegio de Abogados, solicitando que se sometiera a un Tribunal de Ética Profesional a la acusadora. Analizando si su conducta era admisible para la relación profesional entre colegas. Considerando que este modo de proceder generaría inquietudes en los ámbitos de competencia judicial.
Julia Aignasse e Inés Lugones delegaron en Liliana Molinari sus argumentaciones. La querellante, a su vez, sólo agregó a lo dicho por Rodríguez que las grandes obstaculizaciones y fragmentación introducidas con que se dilatan los juzgamientos, "revictimizan a los testigos". Quienes "han esperado más de 30 años para que se hiciera justicia sobre sus padecimientos... y se ven obligados a repetir una y otra vez la reapertura de sus heridas psicológicas al tener que revivir ante numerosos tribunales las horribles circunstancias sufridas".
Luis Horacio Santucho, por su parte, coincidió con sus pares en el sentido de rechazar absolutamente los planteos del equipo de los represores. Amplió la información sobre la inmensurable obstaculización a los juicios por crímenes de lesa humanidad, con graves consecuencias sobre los intereses de todos los ciudadanos. Lo cual muchas veces se origina en los mismos ámbitos judiciales. Señaló directamente al Juez Federal de Santiago del Estero, Guillermo Molinari, debido a cuya resolución quedó fuera de esta causa uno de los imputados, Leopoldo Sánchez. Indicó que "por su responsabilidad se fugó el represor Roberto Díaz y tampoco está presente aquí el militar Warfi Herrera", jefe de policía en Santiago del Estero durante el período del genocidio.
Luego de un cuarto intermedio y por la tarde, el Tribunal Oral Federal -esta vez con la presencia también de la suplente, Alicia Noli-, consideró que no existe ninguna razón para impedir la participacion de Antenor Ramón Ferreyra como querellante en esta causa. Agregó que el mencionado goza de una "alta valoración ética por parte de estos jueces". Además, rechazó todas las peticiones de nulidad del equipo jurídico de los represores.
Nuevamente pidió la palabra Juan José Saín, esta vez para pedir disculpas a su colega Antenor Ramón Ferreyra, a quien dijo conocer y respetar desde tiempo atrás. Aplicando similar enjundia al de su anterior alegato, se extendió en consideraciones conciliatorias hacia el letrado, anteriormente agraviado por una de las integrantes de su equipo. Se contradijo parcialmente luego al afirmar que, pese a ello, respetaba también el derecho de sus colegas de utilizar los argumentos que fueran necesarios para sustentar su defensa.
Ferreyra, por su parte, solicitó al tribunal copia de los dichos de Leticia Suárez y Angélica Bosini, con el propósito de analizar el posible inicio de acciones judiciales contra ambas abogadas. Con lo cual quedaron completadas las sesiones del día de hoy.
http://youtu.be/g89o5K0tvLo
Video de Canal 7, Santiago del Estero.
En lo que podría considerarse una prueba de su fuerte carácter, o quizá de una cierta megalomanía, el comisario Tomás Garbi tomó el micrófono para interrogar al fiscal en la causa, Gustavo Gimena. Le preguntó si era verdad o invento de los periodistas sus declaraciones, que "muchos de los crímenes cometidos por los represores habían sido por odio". Pretendió recibir explicaciones del fiscal. A lo cual este, obviamente no respondió. Lo cual pareció sorprenderlo.
Envío:Cecilio M. Salguero
SEGUNDA AUDIENCIA DEL JUICIO
Indignación en la Megacausa: uno de los acusados quiso increpar al fiscal
El ex represor Tomás Garbi tomó el micrófono y pretendió interrogar al Dr. Gimena, quien había declarado que en Santiago, durante los años que comprende la causa “se cometieron delitos por odio”. Fuerte rechazo en la sala de audiencias de Tribunales. “Esto es una muestra de impotencia porque ya no pueden manipular y manejar la vida y la muerte de los santiagueños”, dijo Héctor Carabajal de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.
PROTAGONISTA. Miguel Garbi (izq.), está acusado por delitos de lesa humanidad y purga una condena a prisión perpetua por el crimen de Kamenetzky.
Publicado el 10/05/2012
Uno de los hechos que marcó la segunda jornada del juicio oral de la Megacausa de Derechos Humanos, en la que se investigan delitos de lesa humanidad ocurridos en la provincia entre 1975 y 1978, fue la insólita actitud de uno de los imputados. El ex policía Miguel Tomás Garbi pretendió indagar al fiscal federal general, Gustavo Gimena, sobre la veracidad de sus declaraciones a la prensa, en las que el funcionario judicial había manifestado que durante el terrorismo de Estado, en Santiago hubo crímenes cometidos por “odio”.
El Tribunal Oral Federal integrado por Graciela Fernández Vecino, Juan Carlos Reynaga y José Fabián Asís, no hizo lugar a este pedido por improcedente ya que no formaba parte de un juicio, mientras que el fiscal Gimena dijo que no correspondía al acusado hacer esos planteos. De esa manera continuó con el debate que se desarrolla en el Salón de Usos Múltiples del Palacio de Tribunales de la provincia, espacio que cedió la Justicia santiagueña para la realización del histórico juicio.
La actitud de Garbi fue repudiada por la Secretaría de Derechos Humanos, a través de uno de sus representantes, Héctor Carabajal, quien sostuvo que esta expresión de Garbi, revelaba la perversidad de su personalidad, y la impotencia de no poder “manipular” como estaba acostumbrado.
Fuentes vinculadas al Ministerio Público Fiscal señalaron el hecho que sacó a la luz la prepotencia del imputado, como resabio de su proceder durante la época en las que se produjeron los delitos que se investigan.
El incidente se produjo por la tarde, al regreso del cuarto intermedio, y cuando tras la lectura de las resoluciones del Tribunal sobre las cuestiones preliminares planteadas por las defensas, el juicio se encaminaba a la identificación de los acusados. En ese momento Garbi, ex subjefe del Departamento de Informaciones Policiales (DIP) que funcionó como centro clandestino de detención y mano derecha de Musa Azar Curi, sindicado como jefe de los grupos de tareas represivos, pidió la palabra. El tribunal accedió a su pedido y el acusado sorprendió al dirigirse al fiscal Gimena a quien indagó sobre si eran verdad las declaraciones periodísticas acerca de que los acusados de la Megacausa cometieron crímenes por “odio”. Garbi, leyó parte del artículo en el que el fiscal revelaba “que también se eliminaron a otros ciudadanos, ‘por simple enemistad con los represores’”, y que “el odio” estaba “presente en la eliminación de algunas víctimas”.
De manera tajante, el fiscal dijo que no correspondía al imputado realizar esas preguntas y el Tribunal, cerró este capítulo, no dando lugar al pedido.
Repudio
Héctor Rubén Carabajal, abogado de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, y querellante por el Estado y por familiares de víctimas, sostuvo que lo de Garbi, fue una expresión inadecuada, motivada por la impotencia de no tener los poderes con los que se manejaban en los años de plomo.
“Si bien los imputados tienen sus derechos al declarar o realizar las manifestaciones que quieran durante el proceso, una cosa es que realicen una manifestación, pidan una aclaración o quieran declarar y otra, es que pretendan interrogar a cualquiera de las partes, en este caso el fiscal, sobre la veracidad o no de una declaración publicada en un diario”, dijo.
“Llama la atención -recalcó- que le habría molestado que se diga que los crímenes habían sido realizados con odio, con otro tipo de motivación. A esta altura del partido no nos deberían sorprender muchas cosas, pero siguen sorprendiendo, porque es difícil estar en la mente de personas tan perversas, que han manejado la vida y la muerte de miles de santiagueños, y que hoy están en una situación a la cual no pueden manejar y no pueden manipular lo que antes manipulaban, no tienen los poderes que antes tenían y eso debe generarles cosas raras, que motivan escenas como este tipo de expresiones que son inadecuadas”.
Cargos
Miguel Tomás Garbi está imputado en la Megacausa, en los grupos Uno, Dos y Tres, por violaciones de domicilio, secuestros, torturas y homicidios calificados, delitos caratulados de lesa humanidad, es decir, imprescriptibles pese al paso del tiempo.
En estas audiencias públicas también están acusados el ex jefe del DIP, Musa Azar Curi, y los ex policías Ramiro López Veloso, Juan Felipe Bustamante, Francisco Laitán, Eduardo Baudano, Carlos Héctor Capella, José Gregorio Brao y Rolando Salvatierra.
También es juzgado el ex militar Jorge D’Amico quien cumplía funciones de inteligencia en el ex Batallón 141 de Ingenieros de Combate, en Santiago del Estero. También debió ser juzgado en estas audiencias el ex policía Roberto Díaz, quien se encuentra prófugo de la Justicia Federal y con pedido de captura nacional e internacional. Sobre Díaz pesan los cargos de secuestro, torturas y homicidio calificado.
RESOLUCIONES
El Tribunal Oral Federal no hizo lugar a los planteos efectuados por las defensas
JUECES. Reynaga, Fernández Vecino y Asís conforman el tribunal.
Publicado el 10/05/2012
Tal como lo habían adelantado las partes del juicio de la Megacausa de Derechos Humanos, durante la mañana, las defensas presentaron varios pedidos de nulidades y recusaciones contra el tribunal y también contra el fiscal Gimena, a quien acusaron de imparcial.
Durante la tarde, tras la reapertura de la audiencia, el Tribunal Oral Federal presidido por Graciela Fernández Vecino, e integrado por los vocales Juan Carlos Reynaga y José Fabián Asís, hizo dar lectura por secretaría, a las resoluciones tomadas con relación a los planteos, y uno a uno desechó las incidencias articuladas por las defensas técnicas de los 10 acusados, que en algunos casos interpusieron recursos extraordinarios de casación y de inconstitucionalidad. También solicitaron recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema, ante la adversidad de los fallos. Pedidos a los que accedió el tribunal.
Presentaciones
El TOF rechazó las recusaciones contra el Tribunal, una de ellas en particular contra el juez José Fabián Asís, así como también la acusación de imparcialidad hacia el fiscal Gimena, por no haber instruido una denuncia contra el abogado querellante Antenor Ferreyra. El cuerpo colegiado tampoco hizo lugar a los cuestionamientos de algunos actos procesales bajo la invocación del principio de incongruencia, y un supuesto incumplimiento en cuanto a los plazos y la notificación sobre presentación de pruebas y testigos.
Fuente:ElLiberal



No hay comentarios:
Publicar un comentario