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16 de agosto de 2021

Delitos sexuales en la Esma: Por qué el fallo es histórico.

 

Qué implica que se reconozcan los abusos sistemáticos a mujeres en la Esma

Delitos sexuales en la Esma: Por qué el fallo es histórico

Además de sentar un precedente clave, la condena desanda un camino que implicó la revictimización de las sobrevivientes, cuyos relatos nunca fueron tenidos en cuenta. 

Por Ailin Bullentini

La Esma fue el territorio del Tigre Acosta y Alberto González, hoy condenados por violación.. Imagen: Jorge Larrosa

El viernes pasado, el Tribunal Oral Federal número 5 de la Ciudad de Buenos Aires condenó a los represores de la Esma Jorge “Tigre” Acosta y Alberto González por violación y abuso deshonesto contra tres sobrevivientes de ese centro clandestino. Los jueces consideraron esos delitos autónomos de las torturas a las que fueron sometidas como detenidas desaparecidas allí, y los definieron como crímenes de lesa humanidad en un fallo considerado histórico: fue el primero de la Megacausa Esma, porque sienta un precedente para los que faltan. Pero también por lo que significa para el camino recorrido en la investigación de esos hechos sostenido a costa de la revictimización de las y los sobrevivientes. Se espera que también lo sea por empujar, de una vez por todas, cambios que sirvan para volver más receptivo al sistema judicial. 

“Por eso, sobre todo, es tan importante este fallo”, señaló Carolina Varsky, abogada que encabezó la querella del Centro de Estudios Legales y Sociales en los dos primeros juicios de lesa humanidad que se llevaron a cabo sobre lo ocurrido en la Esma durante la última dictadura. A la luz de "todo lo que tardó la Justicia" es que Varsky  entiende la importancia del flamante veredicto. Desde les sobrevivientes y los equipos de abogades que les acompañaron “siempre se buscó visibilizar la existencia de delitos contra la integridad sexual de manera autónoma, diferenciarlos de las torturas, las privaciones ilegales a la libertad, la reducción a la servidumbre porque siempre se supo que eran varias y varios los y las que denunciaban, pero muchos más los que los habían sufrido. Y desde la Justicia no hubo más que desidia”, reflexionó.

Historizar las denuncias

Ya en el Juicio a las Juntas, que tuvo lugar en 1985, mujeres sobrevivientes del terrorismo de Estado describieron abusos y violaciones a las que fueron sometidas. Pero en lo formal, es en 2007, post caída de las leyes de impunidad y reactivación de las investigaciones penales por los crímenes de la dictadura, cuando el TOF 5, en el marco del primer juicio oral y público por los hechos de la Esma, empieza a oír de manera directa cómo las mujeres allí encerradas eran abusadas y violadas. Y es entonces, también, cuando para la querella del CELS se encienden las primeras alarmas. “Era un juicio muy chico, de pocos testigos, muy pocos sobrevivientes y un solo acusado --Héctor Febrés--. Ahí, frente a una mujer que relató en primera persona su violación, el tribunal en una reacción absolutamente conservadora la corrió de ese episodio, no quiso escucharla más, le pidió que regresara al relato madre. Fuimos testigos de cómo la silenciaron. Aquella fue una primera alarma: la resistencia a la escucha”, recordó Lorena Balardini, socióloga y miembro del equipo del CELS. Aquel relato quedó entonces en eso: un relato.

En 2009 comenzó el segundo debate oral y público por los crímenes de la sede educativa de la Armada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante la última dictadura, que culminó a fines de 2011, tras el testimonio de más de un centenar de personas, muchas sobrevivientes de aquel infierno y con 17 represores que actuaron en ese centro clandestino condenados. Ninguno de ellos fue hallado responsable de delitos sexuales a pesar de que varios testimonios así lo denunciaron. Sin ir más lejos, ya entonces Acosta estaba procesado por violación contra G.G., una sobreviviente en una causa que tramitaba de manera paralela en el juzgado de Torres.

El día que culminó su alegato en el marco de aquel juicio, Varsky presentó en el despacho de Torres un pedido para que se investiguen delitos sexuales en la Esma. En ese pedido, el CELS argumentó que “la violación, el abuso sexual y la violencia de género fueron prácticas sistemáticas en la Esma”, que ese tipo de delitos “en el marco de la represión y destrucción sistemática de personas no es violación fuera de control, sino bajo el más completo control”, que sucede “para destruir a las personas en tanto miembros de un grupo que debe ser destruido”, que “arruina la identidad de la víctima, y deja marcas difíciles de reparar”. Ese expediente derivó en el juicio que culminó el viernes.

En noviembre de 2012 comenzó el juicio por el tercer y más amplio tramo elevado de la megacausa Esma, identificado como “Esma Unificada”. Duró cinco años, contó con 67 acusados y el testimonio de más de 800 personas. Allí se trató, entre tantísimas otras, la denuncia de G.G, aunque Acosta fue condenado solo por secuestro y torturas, un error que aún aguarda que la Cámara de Casación Penal resuelva. “Ella, la primera denunciante directa de violación en la Esma, aún espera a la Justicia”, señaló Balardini. El TOF se negó a ampliar acusaciones por delitos sexuales contra el resto de los represores acusados a pesar de los pedidos, en estos casos sí, del Ministerio Público Fiscal y de las querellas. También lo hizo en el cuarto juicio, que culminó en febrero.

Resistencias que revictimizan

Aquella “resistencia a escuchar” que Balardini reseñó como una de las primeras alarmas que registraron desde el CELS sobre el tratamiento de delitos contra la integridad sexual en la Megacausa Esma fue una de muchas. “La más grande, y que aún no pudimos desarmar, radica en la negativa a avanzar en la investigación de estos delitos interrogando, preguntando, instando, incorporándolos a todos los otros delitos”, explicó Balardini.

Ese límite deriva en un “proceso con miles de pasos ultra burocráticos que lo hacen lento, reflactario, expulsivo para las víctimas”, aseguró la socióloga. “Si una mujer declara en una audiencia pública, como testigo bajo juramento, que fue violada. ¿Por qué se les pide que lo confirme en una nueva instancia, que vuelva a contar, que vuelva a someterse a esa experiencia traumática? ¿Qué más se quiere de ella?”, se preguntó.

Solo tres casos, de los numerosos que hay registrados en el expediente, llegaron a juicio en Esma Delitos Sexuales. El resto, en su mayoría, espera que las víctimas se acerquen a “confirmar” los hechos. En ese sentido, las condenas contra González y Acosta “sin dudas ponen luz sobre delitos que ocurrieron, que se visibilizaron a nivel nacional con el fallo Molinas --en 2010 emitido por el tribunal Federal de Mar del Plata--, pero que al día de hoy solo un 11 por ciento de sentencia que los registran”, puntualizó Varsky, por lo que también demuestran una “necesidad” de que el sistema de Justicia “se adapte, empatice” con estas personas, completó Balardini. “Reconocer hechos que escuchamos tantas veces, como manoseos, abusos, obligar a la desnudez, violaciones, mujeres embarazadas sin controles, obligadas a parir en cautiverio, como lo que son, delitos contra la sexualidad, es otorgar justicia”, remarcó.

“Se necesita que se discutan las maneras actuales para buscar cómo mejorarlas de cara al tratamientos de delitos contra la integridad sexual ya sea en el marco de los crímenes de Estado o la sufra cualquier mujer en cualquier circunstancia. Falta perspectiva de género para que se puedan abordar de la mejor manera posible, y entender que flexibilizar ciertas prácticas no significa flexibilizar procedimientos sino facilitar el camino”, concluyó. 

Fuente:Pagina12

14 de agosto de 2021

Histórica condena por los delitos sexuales en la ESMA.

 

Es la primera sentencia por esos crímenes

Histórica condena por los delitos sexuales en la ESMA

Los genocidas Jorge “Tigre” Acosta y Alberto “Gato” González fueron condenados por abusos sexuales y psicológicos, manoseos, tocamientos y violaciones cometidas contra prisioneras del centro clandestino durante la última dictadura cívico militar.

Por Ailin Bullentini

Imagen: Guadalupe Lombardo

En un veredicto histórico, el Tribunal Oral Federal número 5 de la Ciudad de Buenos Aires condenó a genocidas de la Escuela de Mecánica de la Armada por ejercer violencia sexual contra prisioneras de ese centro clandestino durante la última dictadura cívico militar. Jorge “Tigre” Acosta y Alberto “Gato” González fueron sentenciados a 24 y 20 años de prisión tras haber sido hallados, por primera vez desde que son enjuiciados por su accionar durante la última dictadura cívico eclesiástica militar, responsables de abusos, manoseos y violaciones contra tres mujeres que permanecieron secuestradas en el Casino de Oficiales del predio de la Armada entre 1977 y 1978. Los hechos fueron considerados crímenes de lesa humanidad en el fallo cuyos fundamentos se conocerán recién a mediados de octubre.

“Estoy emocionada”, aseguró Mabel Zanta, una de las sobrevivientes de la Esma que sufrió violencia sexual mientras estuvo allí cautiva. “Satisfecha es la palabra”, aclaró Silvia Labayrú, otra de ellas. Las denuncias que se animaron y tuvieron la fuerza de sostener, junto a la de María Rosa Paredes, completan la estructura que le dio firmeza a la causa que especialmente se dedicó a recolectar historias y pruebas que pusieran a los delitos sexuales de relieve entre el resto de las herramientas con las que los represores llevaron a cabo su plan sistemático de tortura y exterminio entre mediados de los 70 y comienzos de los 80.

Tras diez meses de juicio oral que comenzó y culminó en el contexto de la pandemia de coronavirus y que por pedido expreso de las denunciantes no fue transmitido públicamente, los jueces Adrián Grünberg, Adriana Palliotti y Daniel Obligado hallaron a Acosta y González responsables de casi todos los delitos que el Ministerio Público Fiscal, representado en el debate por Leonardo Filippini y Marcela Obetko, les endilgaron --el debate no contó con querellas--.

La titular de la Procuraduría especializada en crímenes contra la humanidad del Ministerio Público Fiscal, Ángeles Ramos, señaló que “este fallo importa un avance en la perspectiva de género” en el juzgamiento de los crímenes de lesa humanidad. “Es muy importante mantener la visibilización de todo lo que pasaba dentro de lo centros clandestinos y que cada hecho que las víctimas hayan tenido que padecer reciba una respuesta jurídica acorde a esa realidad extrema que debieron soportar”, continuó tras celebrar que “la justicia argentina siga siendo ejemplo del juzgamiento adecuado de los crímenes cometidos desde el Estado durante la última dictadura cívico militar”.

Fallo histórico

El fallo es histórico e inédito en lo que atañe a la revisión que la Justicia realizó y realiza de los crímenes sucedidos en la Esma durante el terrorismo de Estado. La violencia sexual que los represores de aquel centro clandestino ejercieron sobre prisioneras ha aparecido en testimonios de sobrevivientes desde que estos hechos comenzaron a juzgarse, incluso en denuncias ante la Conadep, como es el caso de Labayrú. Sin embargo, y a pesar de que los integrantes de la patota de la Armada fueron acusados tanto por el Ministerio Público Fiscal cuanto por varias querellas en representación de sobrevivientes y familiares de detenides desaparecides en los diversos juicios que se llevaron a cabo, nunca hasta hoy el TOF 5 los había incorporado en sus fallos.

Optó en cambio por exigir que el Juzgado de primera instancia los investigue especialmente. Así lo postuló en uno de los artículos de la sentencia que emitió en el segundo juicio que dirigió en el marco de la Megacausa. Y así nació el expediente que derivó en el debate oral que culminó est viernes. En el alegato que la Fiscalía culminó en abril pasado, había solicitado 25 años de prisión para ambos, las penas máximas, al considerar que el testimonio de las tres víctimas había sido “consistente con el resto de las pruebas del juicio”. “Los crímenes ocurrieron tal como ellas los relataron ante el tribunal”, sostuvo la exposición de les fiscales.

Para el TOF 5 fue así en la inmensa mayoría de los hechos --dejaron dos en “duda”, endilgados a Acosta--, aunque la evaluación de la pena fue levemente menor. Tras definir los hechos bajo juicio como crímenes de lesa humanidad y, por tanto, imprescriptibles, para el “Tigre”, quien fue jefe del grupo de tareas 3.3.2, la patota que reinó, secuestró, torturó, violó, robó, desapareció y asesinó en la Esma, consensuaron una pena de 24 años de prisión. Lo consideraron coautor penalmente responsable de abuso deshonesto y violación que sufrieron las tres sobrevivientes, así como del secuestro y las torturas que sufrió Zanta, cuyo caso hasta el momento no había sido tenido en cuenta en ningún tramo previo de la megacausa Esma.

Al “Gato”, oficial de Inteligencia e integrante de la patota, lo condenaron a 20 años de cárcel por abuso deshonesto y violación agravada contra Labayrú. La situación de ambos, de todos modos, se mantendrá como hasta ahora ya que las nuevas penas se unificarán con las condenas a prisión perpetua que recibieron en juicios orales y públicos previos por secuestros, torturas y asesinatos contra decenas de víctimas que pasaron por el predio de la Armada. Purgan esas condenas en prisión.

La causa que investiga delitos sexuales cometidos en la Esma, en tanto, continúa en instrucción, a cargo del Juzgado federal número 12 y el fiscal Eduardo Taiano, a la espera de poder “fortalecer” los casos que surgieron en testimonios de debates anteriores.

Antecedentes

El primer fallo de un juicio de lesa humanidad que consideró la violencia sexual que sufrieron las víctimas del terrorismo de Estado como un delito autónomo del secuestro y las torturas lo emitió en 2010 el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata. En junio de aquel año condenó al exsuboficial de la Fuerza Aérea Gregorio Molina por violación agravada, además de homicidios. La condena fue confirmada dos años después por la Casación y detrás de ella vinieron decenas de otras.

Las estadísticas de la Procuraduría a cargo de Ramos indican que, a marzo pasado, tan solo un 11 por ciento de los condenados por crímenes de lesa humanidad habían sido responsabilizados por delitos sexuales cometidos en el marco del genocidio de la última dictadura. El fallo de hoy se suma a los 36 que, desde 2006, contienen hechos de índole sexual entre los delitos atribuidos y bajo análisis. Las víctimas nucleadas en esas sentencias son 139. 

Fuente:Pagina12



13/08/2021  - DICTADURA MILITAR

Condenaron a 24 años de prisión al Tigre Acosta por delitos sexuales contra secuestradas en la ESMA

El Tribunal Oral Federal 5 condenó además a 20 años de cárcel a otro represor que integró el grupo de tareas 3.3.2, Alberto González. En ambos casos las penas fueron unificadas a prisión perpetua por la sumatoria de condenas anteriores.

Las condenas se dictaron por "violación agravada por haber sido cometida en concurso de dos o más personas, reiterada en -al menos- diez oportunidades". Foto: Florencia Downes.

El represor Jorge "Tigre" Acosta fue condenado este viernes a 24 años de prisión en una causa que por primera vez juzgó delitos sexuales cometidos contra detenidas que estuvieron secuestradas en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA) durante la última dictadura cívico militar.

Además se sentenció a 20 años de cárcel a otro represor que integró el grupo de tareas 3.3.2 de la ESMA, el agente de inteligencia Alberto González, en un veredicto emitido al finalizar el juicio a cargo del Tribunal Oral Federal 5.

Acosta, alias el "Tigre", y González, también conocido como "Gato" o González Menotti comenzaron a ser juzgados el pasado 27 de octubre de 2020, de manera virtual a raíz de la pandemia de coronavirus ante el Tribunal que tiene sede en Comodoro Py 2.002 y muchas de sus audiencias fueron reservadas por el carácter de los delitos juzgados.

En ambos casos las penas fueron unificadas a prisión perpetua por la sumatoria de condenas anteriores impartidas a ambos represores en juicios previos por delitos de lesa humanidad cometidos en la ESMA.

Las condenas se dictaron por "violación agravada por haber sido cometida en concurso de dos o más personas, reiterada en -al menos- diez oportunidades", abuso deshonesto, privación ilegítima de la libertad y tormentos, delitos que se declararon imprescriptibles por ser de lesa humanidad.

Los jueces Adrián Grunberg, Daniel Obligado y Adriana Pallioti encontraron a Acosta culpable como autor penalmente responsable de los hechos cometidos contra tres víctimas, Silvia Labayrú, Mabel Zanta y María Rosa Paredes.

En tanto, González fue condenado por los delitos cometidos en perjuicio de Labayrú.

Una larga espera

"Hubo que esperar mas de treinta años, a pesar de que los delitos sexuales fueron denunciados en el Juicio a las Juntas, pero no escuchados. Algunas de las sobrevivientes todavía no son conscientes de que fueron victimas de violaciones. La vergüenza y la culpa, la condena social, la revictimización son barreras para todas las victimas de violación, aún hoy", señaló a Télam Myriam Lewin, periodista que estuvo cautiva en la ESMA.

La actual titular de la Defensoría del Público escribió junto a Olga Wornat el libro "Putas Y Guerrilleras" que ayudó a visibilizar la problemática de los abusos sexuales que padecieron las detenidas durante el terrorismo de Estado por parte de los represores.

Los hechos ocurrieron durante 1977 y principios de 1978, según la acusación con la que ambos represores llegaron a juicio, y los fundamentos del veredicto se conocerán el próximo 12 de octubre.

La Fiscalía había pedido condenas a 25 años de prisión para Acosta y González, en un alegato en el cual el fiscal federal Leonardo Filippini aludió a que se probó que en el centro clandestino de detención que funcionó en la ESMA hubo una "violencia específica de contenido sexual e impacto especial sobre las mujeres".

Las tres víctimas declararon en el juicio y ratificaron lo que padecieron, en audiencias que se hicieron de manera reservada.

En los primeros puntos del veredicto, el tribunal rechazó los planteos de afectación al principio ne bis in ídem (no ser juzgado dos veces por un mismo hecho) deducido por la defensa de Acosta.

Los magistrados también rechazaron los pedidos de nulidad de la declaración testimonial de una de las víctimas interpuesto por el defensor de González.

Los hechos ocurrieron durante 1977 y principios de 1978.
Los hechos ocurrieron durante 1977 y principios de 1978.

Además, el Tribunal rechazó los pedidos de extinción de la acción penal por prescripción formulados por ambas defensas, en función del carácter de imprescribilidad que poseen los delitos que son tipificados como crímenes contra la humanidad.

En el caso de Acosta se lo encontró culpable además de abuso deshonesto, privación ilegal de la libertad e imposición de tormentos agravado por ser cometido en perjuicio de una perseguida política, entre otros delitos.

Sin embargo, el tribunal absolvió al ex jefe del GT 3.3.2 "por el beneficio de la duda" por dos hechos de violación agravada en relación a una de las víctimas.

"A nosotras, las militantes como dice Ana Longoni en su libro 'Traiciones', se nos acusaba de putas y de traidoras. Cuando salimos del campo, incluso desde organismos de DDHH se sospechaba que habíamos sobrevivido porque 'nos acostamos con los milicos'. Y que lo habíamos hecho por propia voluntad", apuntó Lewin.

La investigación por delitos sexuales cometidos en la ESMA se abrió luego del veredicto en el segundo juicio oral de la megacausa que juzgó a los represores en ese centro clandestino y cuya investigación estuvo a cargo del exjuez federal Sergio Torres, actual ministro de la Suprema Corte de Justicia bonaerense.

Al dictar ese veredicto en 2011, el TOF 5 ordenó investigar lo narrado por víctimas que declararon en calidad de testigos y contaron las violaciones, abusos físicos y psicológicos que sufrieron.

Desde 2012, más de 120 represoresfueron responsabilizados por delitos sexuales


La primera condena por abuso sexual en los juicios de lesa humanidad se dio a conocer en 2010 en Mar del Plata, y hasta entonces, se trataban de acusaciones que eran procesadas como abusos y torturas.

Gregorio Rafael Molina, condenado a prisión perpetua en el juicio de lesa humanidad que se siguió por los crímenes perpetrados en el centro clandestino de detención ilegal de "La Cueva", fue el primer represor condenado en el país por delitos sexuales

Desde el año 2012 el Ministerio Público Fiscal de la Nación impulsa la persecución penal de los crímenes de violencia sexual cometidos durante el terrorismo de Estado, y los considera como delitos autónomos con el propósito de establecer responsabilidades.

Desde ese momento, más de 120 represores fueron responsabilizados por delitos sexuales, según cálculos de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad difundidos en un informe que se publicó en marzo de este año.

"Hay muchas compañeras que aún hoy no pueden hablar de lo que les hicieron, de lo que les pasó. Porque no comprenden que si no se hubieran sometido, hubieran sido pasajeras de algún vuelo de la muerte. Por fin, como otros represores, el jefe del grupo de tareas de la ESMA y uno de los oficiales, fueron condenados por violadores. Ladrones de bebés, ladrones de propiedades y delincuentes sexuales. Es un día histórico, reparador para todas las mujeres, no solamente para las sobrevivientes de los campos", remarcó Lewin a esta agencia.
Fuente:Telam




13.08.2021 / Sienta precedente

Histórico: Dos genocidas condenados por delitos sexuales en la ESMA

Los genocidas Jorge “Tigre” Acosta y Alberto “Gato” González fueron condenados por abusos sexuales y psicológicos, manoseos, tocamientos y violaciones cometidas contra prisioneras del centro clandestino durante la última dictadura cívico militar. Los detalles de la decisión.


El Tribunal Oral Federal número 5 de la Ciudad de Buenos Aires condenó, por primera vez en la historia, a genocidas de la Escuela de Mecánica de la Armada por ejercer violencia sexual contra prisioneras de ese centro clandestino durante la última dictadura cívico militar.

Luego de diez meses de juicio oral y público, Jorge “Tigre” Acosta y Alberto “Gato” González fueron sentenciados a 24 y 20 años de prisión después de haber sido hallados culpables de abusos sexuales y psicológicos, manoseos, tocamientos y violaciones a tres mujeres que permanecieron secuestradas en el Casino de Oficiales del predio de la Armada entre 1977 y 1978.

Las penas a Acosta y González serán unificadas con las condenas a prisión perpetua que recibieron en más de un debate oral y público por los crímenes de lesa humanidad que cometieron durante la última dictadura cívico eclesiástica militar en la ESMA. No obstante, en ninguno de aquellos, y a pesar de que fueron acusados, tanto por el Ministerio Público Fiscal cuanto por varias querellas en representación de sobrevivientes y familiares de detenidos desaparecidos y detenidas desaparecidas de aquel centro clandestino, el TOF 5 incorporó en aquellos fallos los hechos de violencia sexual por los que fueron señalados en innumerables testimonios.

EL JUICIO


El mencionado juicio que culmina este viernes es un desprendimiento de una de esas sentencias, la que selló el segundo tramo de la Megacausa ESMA. El expediente fue investigado por el Juzgado Federal número 12 entre 2011 y 2015, cuando los abusos y violaciones sufridas por Silvia Labayrú, Mabel Zanta y María Rosa Paredes fueron elevados a juicio oral.

El “Tigre”, en calidad de jefe del grupo de tareas 3.3.2, la patota que reinó, secuestró, torturó, violó, robó, desapareció y asesinó en ese centro clandestino, fue acusado entonces por los tres casos. El “Gato”, oficial de Inteligencia y uno de sus integrantes, por solo uno.

Fuente:PoliticaArgentina

29 de junio de 2021

Siguen hoy -por ayer- las audiencias con los alegatos en la causa denominada ESMA Delitos Sexuales

 

Siguen hoy las audiencias con los alegatos en la causa denominada ESMA Delitos Sexuales

28-06-2021

El Tribunal Oral Federal N°5 continuará hoy con el juicio por delitos de lesa humanidad de la causa denominada "ESMA Delitos Sexuales", por hechos cometidos durante el transcurso del año 1977 y principios de 1978, en los que están imputados Jorge "Tigre" Acosta y Alberto González.

El tribunal integrado por los jueces Adriana Palliotti, Daniel Obligado y Adrián Grünberg escuchará los alegatos en el juicio que se sigue a los acusados por los delitos de violación, abusos sexuales, manoseos, tocamientos, violencia sexual y sometimientos psicológicos perpetrados durante la Dictadura Cívico Militar.

La causa hace eje en la violencia sexual ejercida por los represores sobre las víctimas mujeres de aquel centro clandestino de detención durante su cautiverio y libertad vigilada.

El lugar será el Tribunal Oral Federal N°5, ubicado en la avenida Comodoro Py 2002, del barrio porteño de Retiro.

Fuente:GrupoLaProvincia

28 de abril de 2021

ESMA: la fiscalía pidió condenas de 25 años para los genocidas Acosta y González en la causa por delitos sexuales.

 

ESMA: la fiscalía pidió condenas de 25 años para los genocidas Acosta y González en la causa por delitos sexuales


El Ministerio Público Fiscal de la Nación pidió el lunes 26 de abril al Tribunal Oral Federal N° 5 la condena a 25 años de prisión para los ex miembros de la Armada Jorge Eduardo “El Tigre” Acosta y Alberto Eduardo González, “alias “Gato”, o “González Menotti”.

«Los delitos probados, además, dejaron expuesta una violencia específica de contenido sexual e impacto especial sobre las mujeres. Para la Unidad Fiscal, el ingreso al circuito represivo de la ESMA implicaba el sometimiento de las víctimas a agresiones sexuales de distinta intensidad que podían ser cometidas por guardias o por oficiales del grupo de tareas, incluso en espacios fuera del predio», afirmaron en www.fiscales.gob.ar

El juicio

El debate surge de la causa ESMA unificada. Comenzó el pasado 27 de octubre. Son juzgados los genocidas Jorge Eduardo “Tigre” Acosta y Alberto Eduardo González por delitos sexuales cometidos en la ESMA.

Si bien el debate a cargo del Tribunal Oral Federal Nº 5 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, integrado por Daniel Obligado, Adriana Palliotti y Adrián Grünberg, es oral y público, las audiencias virtuales no tienen transmisión abierta para evitar instancias de revictimización.



Jorge Eduardo “Tigre” Acosta

Los hechos y los acusados

Son juzgados delitos cometidos durante el transcurso de 1977 y principios de 1978 en el centro clandestino de detención, tortura y exterminio que funcionó en la ESMA.

Jorge Eduardo Acosta

Integró la patota genocida de la ESMA. Fue condenado a 30 años de prisión por el Plan sistemático de robo de bebés y dos veces a perpetua en la Megacausa ESMA. En este juicio está acusado en los tres casos como «partícipe necesario penalmente responsable del delito de violación sexual, cometido sin que la víctima pudiera resistirse y bajo el empleo de fuerza o intimidación, en forma reiterada -en diez oportunidades-, delito de violación sexual cometido sin que la víctima pudiera resistirse y bajo el empleo de fuerza o intimidación, en grado de tentativa -un hecho- y abuso deshonesto, todos ellos en concurso real» (mismo caso que González); «partícipe necesario por la comisión de los delitos de privación ilegal de la libertad agravada, imposición de tormentos, violación sexual sin que la víctima pudiera resistirse y bajo el empleo de la fuerza o intimidación -un hecho-, y abuso deshonesto (en dos oportunidades)»; y como «coautor de los delitos de violación sexual cometida contra una persona que no se pudo resistir y mediante el uso de fuerza o intimidación, doblemente agravada por ser el autor el encargado de la guarda de la víctima, reiterada en tres oportunidades, y abuso sexual agravado por ser el autor el encargado de la guarda de la víctima».



Alberto Eduardo González

Alberto Eduardo González

EL ex capitán de corbeta e integrante del Grupo de Tareas de la ESMA fue condenado a perpetua en la Megacausa ESMA. En este juicio está acusado en un caso como autor penalmente responsable del delito de violación sexual cometido sin que la víctima pudiera resistirse y bajo el empleo de fuerza o intimidación, en forma reiterada (en diez oportunidades).

Fuente:La Imposible

Delitos sexuales en la ESMA: pedidos de 25 años de cárcel para los responsables.

 

Los crímenes del  “Tigre” Acosta y Alberto "Gato" González contra tres sobrevivientes

Delitos sexuales en la ESMA: pedidos de 25 años de cárcel para los responsables

La causa hace eje en la violencia sexual ejercida por los represores sobre las tres víctimas mujeres de aquel centro clandestino de detención durante su cautiverio y libertad vigilada.

Por Ailen Bullentini
























La Fiscalía consideró probadas agresiones sexuales, el secuestro y las torturas que sufrieron tres mujeres durante su cautiverio en la ESMA en el marco del juicio por delitos de lesa humanidad que tiene lugar desde octubre.. Imagen: Guadalupe Lombardo

La Fiscalía consideró probadas agresiones sexuales, el secuestro y las torturas que sufrieron tres mujeres durante su cautiverio en la Escuela de Mecánica de la Armada en el marco del juicio por delitos de lesa humanidad que tiene lugar desde octubre pasadoy exigió penas de 25 años de prisión para sus responsables, los represores Jorge “Tigre” Acosta y Alberto "Gato" González. “Los crímenes ocurrieron tal como ellas (las víctimas) los relataron ante el tribunal”, consideró el fiscal Leonardo Filippini en su alegato.

Es el Tribunal en lo Criminal Federal número 5, integrado por los jueces Adrián Grünberg, Adriana Paliotti y Daniel Obligado, que dirige el quinto juicio de lesa humanidad que se lleva a cabo por los crímenes que tuvieron lugar en la Esma. La causa que comenzó a ventilarse de manera oral y vía transmisión remota --pandemia mediante-- desde el 27 de octubre de 2020, hace eje en la violencia sexual ejercida por los represores sobre las víctimas mujeres de aquel centro clandestino de detención durante su cautiverio y libertad vigilada. La investigación retomó hechos ventilados en el segundo debate por los hechos de la Esma y tras la orden del mismo TOF.

Tras cuatro años de instrucción y otros cinco de demora, el juicio que llegó a la etapa definitoria de alegatos repasó las agresiones sexuales que sufrieron tres sobrevivientes --Silvia Labayrú y otras dos que prefirieron mantener su identidad en reserva--, además del secuestro y las torturas sufridas por una de ellas. Las denunciantes declararon por la vía remota; sus testimonios fueron, aseguró el alegato de Filippini, “consistentes” con las demás pruebas que se analizaron durante el juicio, entre ellas el testimonio de muchas y muchos sobrevivientes que, en debates anteriores, “dieron cuenta de la especificidad de estas violencias”. Esas historias también fueron valoradas en el alegato del Ministerio Público Fiscal.

Filippini remarcó que las agresiones sexuales de parte de los represores de la Esma “no cesaban con los interrogatorios bajo tortura”, sino más bien eran “una nota persistente en el centro clandestino”. 

“Los delitos probados dejaron expuesta una violencia específica, de contenido sexual e impacto especial sobre las mujeres, en el circuito represivo de la Esma”, resumió el fiscal a este diario. Según su análisis, el ingreso a ese circuito “implicaba el sometimiento de las víctimas a agresiones sexuales de distinta intensidad que podían ser cometidas por guardias o por oficiales del grupo de tareas, incluso en espacios fuera del predio”.

Uno de los basamentos del alegato del Ministerio Público fue la resolución n 557/12 de la Procuración General de la Nación que comparte “Consideraciones sobre el juzgamiento de los abusos sexuales cometidos en el marco del terrorismo de Estado”. Entre esos lineamientos propuestos, se señala que no solo autor responsable de delitos de aquella índole quien pone sus manos directamente sobre la víctima sino también “…quien ejerza fuerza sobre ella, quien emita la orden de llevar adelante ese abuso sexual, quien sea responsable del funcionamiento del centro clandestino de detención donde se comete el crimen o todo aquel que realice un aporte cuya magnitud sea el motivo para afirmar su incidencia determinante en la configuración final del hecho…”

Acosta y González, ambos en pleno cumplimiento de condenas a prisión perpetua por delitos de lesa humanidad como jefe e integrante respectivamente de la patota de la Esma, el grupo de tareas 3.3.2, llegaron a este juicio imputados por los delitos de violación, abusos sexuales, manoseos, tocamientos, violencia sexual y abusos psicológicos. La investigación fue desarrollada bajo la órbita del Juzgado Federal número 12, a cargo entonces del juez Sergio Torres; el fiscal fue Eduardo Taiano.

El caso de Labayrú fue el que trascendió, pero no el único. Durante la instrucción de la causa, la sobreviviente denunció que al poco tiempo de dar a luz a su hija, mientras seguía secuestrada en la Esma, Acosta, la “llevó a un salita” y le dijo que “tenía que adelgazar porque estaba muy gorda y tenía que estar en mejores condiciones físicas”. Además, la increpó por no haber “entregado a nadie” desde su detención: “Como prueba de que no los odiaba tenía que aceptar tener relaciones sexuales con algún oficial, que eso no iba contra la moral cristiana, ni contra mi matrimonio, que era una prueba de mi recuperación”, reprodujo en una entrevista con PáginaI12. Tras aquella “charla”, sufrió la primera violación de parte de González, abusos que se repitieron entre 10 y 15 veces. 

Fuente:Pagina12


27 de febrero de 2021

Sigue el juicio por delitos sexuales cometidos en la ESMA y próximamente comenzarán los alegatos.

 

Sigue el juicio por delitos sexuales cometidos en la ESMA y próximamente comenzarán los alegatos



El pasado 27 de octubre empezó el juicio a los genocidas Jorge Eduardo “Tigre” Acosta y Alberto Eduardo González por delitos sexuales cometidos en la ESMA a tres mujeres (sobrevivientes). En esta etapa, González sigue ampliando su declaración indagatoria. La próxima audiencia fue fijada para el 1º de marzo. Después, el tribunal resolverá la fecha de inicio para la presentación del alegato de la fiscalía.

Si bien el debate a cargo del Tribunal Oral Federal Nº 5 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, integrado por Daniel Obligado, Adriana Palliotti y Adrián Grünberg, es oral y público, las audiencias virtuales no tienen transmisión abierta para evitar instancias de revictimización.

Jorge Eduardo “Tigre” Acosta


Los hechos y los acusados

Son juzgados delitos cometidos durante el transcurso de 1977 y principios de 1978 en el centro clandestino de detención, tortura y exterminio que funcionó en la ESMA.

Jorge Eduardo Acosta

Integró la patota genocida de la ESMA. Fue condenado a 30 años de prisión por el Plan sistemático de robo de bebés y dos veces a perpetua en la Megacausa ESMA. En este juicio está acusado en los tres casos como «partícipe necesario penalmente responsable del delito de violación sexual, cometido sin que la víctima pudiera resistirse y bajo el empleo de fuerza o intimidación, en forma reiterada -en diez oportunidades-, delito de violación sexual cometido sin que la víctima pudiera resistirse y bajo el empleo de fuerza o intimidación, en grado de tentativa -un hecho- y abuso deshonesto, todos ellos en concurso real» (mismo caso que González); «partícipe necesario por la comisión de los delitos de privación ilegal de la libertad agravada, imposición de tormentos, violación sexual sin que la víctima pudiera resistirse y bajo el empleo de la fuerza o intimidación -un hecho-, y abuso deshonesto (en dos oportunidades)»; y «coautor de los delitos de violación sexual cometida contra una persona que no se pudo resistir y mediante el uso de fuerza o intimidación, doblemente agravada por ser el autor el encargado de la guarda de la víctima, reiterada en tres oportunidades, y abuso sexual agravado por ser el autor el encargado de la guarda de la víctima».

Alberto Eduardo González


Alberto Eduardo González

EL ex capitán de corbeta e integrante del Grupo de Tareas de la ESMA fue condenado a perpetua en la Megacausa ESMA. En este juicio está acusado en un caso como autor penalmente responsable del delito de violación sexual cometido sin que la víctima pudiera resistirse y bajo el empleo de fuerza o intimidación, en forma reiterada (en diez oportunidades).

Fuente:LaImposible

27 de diciembre de 2020

Última audiencia del año en el juicio por delitos sexuales en la ESMA.

Última audiencia del año en el juicio por delitos sexuales en la ESMA

En el proceso se aborda la responsabilidad de los genocidas de la ESMA y exintegrates de la Armada Jorge "Tigre" Acosta y Alberto González como imputados por violación, abusos sexuales, manoseos, tocamientos, violencia sexual y sometimientos psicológicos contra tres mujeres que estuvieron secuestradas en el centro clandestino de detención.