5 de junio de 2013

RAWSON: Comenzaron los alegatos de la defensa por el juicio Amaya - Solari.

EL TRIBUNAL ORAL FEDERAL SESIONO EN RAWSON
Comenzaron los alegatos de la defensa por el juicio Amaya - Solari
El Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia se reunió en la capital provincial para escuchar a los patrocinantes de Osvaldo Fano, Jorge Steding y Luis García. Para los primeros mencionados la Fiscalía pidió 25 años de prisión. En tanto, al médico de Trelew le solicitaron 2 años.
Martes 4 de Junio de 2013

Este martes el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Comodoro Rivadavia reanudó sesión en  Rawson. En el juicio oral por se escucharan alegatos por las denuncias de delitos de lesa humanidad y violaciones a los derechos humanos de Mario Abel Amaya e Hipólito Solari Yrigoyen, durante el período en que habrían estado detenidos a disposición del Poder Ejecutivo Nacional en la Unidad 6 del SPF con sede en Rawson.


Según está fijado en la audiencia comenzaron los alegatos de las defensas de los imputados Osvaldo Jorge Fano, Jorge Osvaldo Steding y Luis Eduardo García. Cabe recordar que en su exposición, el Ministerio Público Fiscal, representado por Horacio Arranz y Fernando Gélvez, requirió al tribunal las siguientes condenas, detalló Jornada:

Para el procesado Osvaldo Jorge Fano  considerado autor mediato del delito de torturas doblemente agravado por ser la víctima un perseguido político y resultar su muerte, Mario Abel Amaya. Y por concurso real con el delito de torturas agravadas por ser la víctima perseguido político, del que fuera la víctima Hipólito Solari Yrigoyen, se solicitó la aplicación de una pena de 25 años de prisión, accesorias legales y costas (cf. art. 144 del Código Penal, según ley 14.616).

Mientras para el procesado Jorge Osvaldo Steding considerado como autor material del delito de torturas doblemente agravadas por ser la víctima un perseguido político y resultar muerto,   Mario Abel Amaya, desde Fiscalía solicitaron la aplicación de una pena de 25 años de prisión, accesorias legales y costas (cf. art. 144 tercer párrafo del Código Penal, según ley 14.616).

Finalmente para el médico Luis Eduardo García como autor del delito de encubrimiento conforme al art. 277 inc. 6 ley del Código Penal según ley 11.179, se exige  la aplicación de la pena máxima de 2 años de prisión de cumplimiento efectivo y costas.

Fuente:Patagonico


05/06/2013
El defensor de Steding dijo que el exguardia ni siquiera lo vio a Mario Abel Amaya en la Unidad 6
En su alegato, Sergio Oribones concluyó que el abogado radical estuvo apenas un día en las celdas de castigo y tres en su celda. El resto del tiempo lo pasó internado hasta su muerte. Y dijo que no hay documentos ni testigos que prueben que su defendido maltrató al preso.

Acusados y defensas. Sergio Oribones habla en Rawson mientras el resto de los imputados y los defensores escuchan el alegato final.
El defensor oficial de Jorge Steding pidió que el exguardiacárcel de la Unidad 6 sea absuelto por su presunta participación en las torturas y la muerte de Mario Abel Amaya, en setiembre y octubre de 1976. Sergio Oribones también advirtió que el delito que se le endilga a su cliente ni siquiera puede ser considerado de “lesa humanidad” y le exigió al tribunal que si decide condenar a Steding, su castigo sea leve ya que el acusado no tiene antecedentes penales y nunca quiso retrasar las audiencias. Los fiscales habían pedido para el imputado 25 años de cárcel efectiva. En su alegato, Oribones deslizó que esa pena “es un disparate y escapa a cualquier viso de seriedad y logicidad”.

La audiencia se inició puntual a las 10 en el Cine Teatro “José Hernández” de Rawson. Además de Steding escucharon los otros dos acusados: el médico de Trelew, Luis García, y el exjefe de la penitenciaría, Osvaldo Fano.

Oribones repasó la estancia de Amaya por la U-6 y su primer punto fue probar que el abogado radical tuvo asistencia médica suficiente para atender su asma. “El 11 de setiembre de 1976 consta un informe de Juan Saleg, jefe del Servicio Médico, que certifica que a su ingreso al penal Amaya sufría de asma y tenía en la cabeza una herida contusa sin gravedad y tratada”. Es más: según el libro de guardia de enfermería, el día que ingresa el grupo de presos políticos con Amaya e Hipólito Solari Yrigoyen, el contingente entero fue revisado.

Oribones unió fechas y concluyó que Amaya no pudo estar más de un día en las celdas de castigo, conocidas como Los Chanchos. Es que si se toma como cierto que fue enviado allí la tarde del 11 de setiembre, apenas llegó, también consta en el libro de guardia que un enfermero lo revisó la noche del día 12 por una crisis asmática, cuando ya estaba en el pabellón 8 preso con el resto. “Recibe asistencia y lo medican”, describió el defensor, que sin embargo admitió que el abogado radical “no la debe haber pasado nada bien si se suman sus enfermedades, el frío y la incertidumbre por su vida”. Los registros oficiales dicen que el día 13 es atendido de nuevo por su asma.

Siempre según los libros de guardia, el 15 de setiembre Amaya –que en esos documentos figura como “interno subversivo”- fue internado a las 9.30 por orden de Luis García en la Enfermería del penal. Recibió 4 comidas diarias, oxígeno y antibióticos, entre otros medicamentos para combatir su asma y su hipertensión. El 28 de setiembre es derivado al Hospital de Villa Devoto, donde muere el 19 de octubre. “O sea que estuvo 13 días internado y solo”, concluyó el defensor.

“Del 12 al 15 de setiembre es el escaso tiempo que Amaya permanece en su celda del pabellón 8 antes de ser internado, si es que admitimos que pasó una sola noche en Los Chanchos. ¿En ese lapso se pudo cruzar con Steding? ¿Pudo haber una comunicación? No hay un solo documento ni un solo testigo que los vincule, y nadie describió cómo fue ese presunto maltrato”, refutó Oribones.

Según su defensor, Steding era jefe de turno y no de requisa, tal como se lo viene acusando. Su trabajo no incluía el contacto directo con los presos. Tenía 29 años. “Las situaciones de violencia, como la bienvenida al penal y el maltrato en Los Chanchos, donde Amaya estuvo un día, no tienen nada que ver con el trabajo que tenía Steding; hasta Solari dice que no lo vio”.

Oribones explicó que una cárcel “no es un lugar de expansión de los derechos” y que la Unidad 6 tiene fama de maltratos. “Es una situación vieja y ese maltrato no era parte de un plan sistemático de represión; sí era una práctica ilegítima y delictiva con todos los internos, pero eso no configura un delito de lesa humanidad”. Recordó que la U-6 no fue un centro clandestino de detención y que no necesariamente los delitos que se cometieron dentro fueron parte de un plan represivo. “Si admitimos que hubo maltratos ilegítimos, ¿de por sí implica que el caso Amaya fue delito de lesa humanidad y de una situación que fue más allá de un matoneo?”.

En esta línea, consideró que no se probó que Steding haya tenido algo que ver en forma directa con las torturas y la muerte del abogado, ni siquiera dirigiendo a un grupo de golpeadores. “Sin dudas que el sufrimiento agravó la salud de Amaya, pero de ahí a decir que lo mató un maltrato de Steding, es realmente absurdo cuando además desde el 15 de setiembre y hasta su muerte tuvo atención médica”. 
Fuente:LaJornada
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