Por Soledad Vallejos
La Corte Suprema de Tucumán revocó el fallo que hace un año absolvió a los trece imputados en el juicio por la desaparición de Marita Verón. Diez de ellos fueron ahora considerados culpables y otro tribunal les fijará las penas. Susana Trimarco lo consideró “un paso importante”.
LA CORTE SUPREMA TUCUMANA ANULO LAS ABSOLUCIONES DEL CASO MARITA VERON
Las condenas que llegaron un año después del juicio oral
El máximo tribunal provincial revocó la sentencia por la que en diciembre del año pasado fueron absueltos los trece acusados por la desaparición de Marita. “Era su obligación hacerlo”, dijo Susana Trimarco. Cristina Kirchner la llamó para felicitarla.
Por Soledad Vallejos
Micaela, la hija de Marita Verón, en un homenaje a su mamá, después del fallo escandaloso del año pasado.Imagen: Adrián Perez
Un año y seis días después del fallo que absolvió a los trece acusados por la desaparición de Marita Verón, la Corte Suprema de Tucumán revocó la sentencia y consideró que hay pruebas “contundentes” para declarar culpables a diez de esos imputados, pero no para sostener lo mismo contra los dos restantes, los hermanos María Jesús y Víctor Angel Rivero, sobre quienes pesa “una sospecha, desprovista de la certeza necesaria”. En el caso de la decimotercera acusada, Lidia Irma Medina (“mamá Lili”), la acción penal se extinguió con su muerte, sucedida en febrero de este año. La resolución de la Corte, que revalora las palabras de las testigos-víctimas de la red de trata y esclavitud, dispone que un tribunal penal provincial estipule condenas para cada uno de los sentenciados, algo que podría suceder recién en 2014, una vez pasada la feria judicial y la audiencia estipulada por ley. Pasado el mediodía, cuando fue dado a conocer el fallo, Susana Trimarco, madre de Marita Verón, consideró que la resolución es “un paso importante”, aunque “dejaron dos delincuentes fuera”. “Yo no le voy a agradecer a la Justicia que haya hecho esto, porque es su obligación, darnos una respuesta a las madres y los padres que no tenemos a nuestros hijos.”
Por la tarde, mientras hacía la valija para viajar a Buenos Aires por compromisos previos, Trimarco recibió el llamado telefónico de la presidenta Cristina Fernández. La mandataria la felicitó, le pidió que felicitara a sus abogados y dijo haberse alegrado con la noticia. Abogados de Trimarco adelantaron a este diario que podrían pedir la detención inmediata de los condenados, para evitar su fuga y garantizar la seguridad de la madre de Marita Verón y también de su hija ya adolescente, Micaela.
La decisión de los magistrados de la Corte Suprema provincial de Tucumán, Antonio Gandur, Antonio Daniel Estofán y Claudia Beatriz Sbdar, fue unánime. El fallo es fuertemente crítico de lo que el 11 de diciembre del año pasado resolvieron los jueces de la Sala II de la Cámara Penal, Alberto Piedrabuena, Emilio Herrera Molina y Eduardo Romero Lascano, a quienes la Corte adjudica haber valorado las pruebas “de un modo arbitrario, irrazonable y descontextualizado, exhibiendo una fundamentación meramente aparente” porque incurre en contradicciones lógicas. La sentencia absolutoria de 2012, señala la Corte, brilla por “la ausencia de una esencial perspectiva de género” al considerar las pruebas, que tampoco fueron evaluadas considerando el contexto de una red de trata de personas para explotación sexual cuya existencia la misma Sala II consideró acreditada. Para la Corte, Piedrabuena, Herrera Molina y Romero Lascano firmaron una sentencia que no busca vincular los indicios, las pruebas y los testimonios, sino que “por el contrario, segmenta y fracciona sus dichos (de los testigos) de modo de encontrar supuestas contradicciones a fin de restar valor a las declaraciones”. “Es evidente que la Cámara adoptó un mecanismo de valoración de la prueba que importó la selección de ciertos aspectos de las declaraciones testimoniales que, analizados aisladamente, condujeron a una solución con severos visos de arbitrariedad”, señaló la Corte.
A diferencia de lo que sostuvo la Cámara el año pasado, la Corte dio por “plenamente demostrado” que Marita desapareció el 3 de abril de 2002, que fue retenida y ocultada “en casas pertenecientes a Daniel Milhein y Andrés Alejandro González”. También “se probó la presencia contra su voluntad” en los prostíbulos El Desafío. Candy y Candilejas, de La Rioja, donde “fue retenida, ocultada y obligada a ejercer la prostitución en el marco de una organización dedicada a tales fines, sin poder determinar a ciencia cierta qué ocurrió luego con la hija de Susana Trimarco y Daniel Horacio Verón”.
A lo largo de 178 páginas, la Corte determinó que los indicios, pero sobre todo los testimonios de las mujeres que sobrevivieron a la red de trata y explotación sexual y lograron contarlo en el juicio del año pasado, son una prueba de peso “abrumador”. Por eso, el fallo señala que “no quedan dudas” de que los mellizos José “Chenga” y Gonzalo “Chenguita” Gómez, y Daniela Milhein y su entonces marido Alejandro Andrés González fueron coautores de “la retención y ocultamiento agravado (art. 142, inc. 1º, del Código Penal) para el ejercicio de la prostitución (art. 126 del C. Penal) en concurso ideal (art. 54 del C. Penal) en perjuicio de María de los Angeles Verón”. En cuanto a los restantes acusados, la Corte resolvió que Carlos Alberto Luna, Paola Gaitán, María Azucena Márquez, Juan Humberto Derobertis, Mariana Natalia Bustos y Domingo Pascual Andrada fueron partícipes necesarios para que el secuestro, la privación ilegítima de la libertad y la explotación sexual de Marita Verón fuera posible.
En el caso del ex policía Andrada, la Corte es doblemente lapidaria: no sólo señala que los jueces de la Cámara Penal cambiaron la acusación por la que era juzgado y no explicaron por qué lo absolvieron. Andrada había sido acusado de privación ilegítima de la libertad y promoción de la prostitución, pero “la sentencia parece juzgar sólo si (...) trasladó a María de los Angeles Verón desde Tucumán a La Rioja, lo que constituye una alteración del marco fáctico de la acusación” y “afecta la validez” de la sentencia. Por otra parte, la Corte reparó particularmente en este acusado, por la gravedad de que se tratara de un policía y formara parte de la red dedicada a la trata de personas y explotación sexual. Está probado “en forma incontrastable” que, en esa red, el entonces policía Andrada “trabajaba como ‘empleado’/ informante de los dueños” de los prostíbulos y que “conocía de la búsqueda de la hija de Susana Trimarco”, por lo que “resulta evidente” que tuvo “un papel relevante en la retención y el ocultamiento” de Marita. El máximo tribunal reiteradamente señala que la trata “no puede desarrollarse sin la cooperación o complicidad de algún sector de la policía”.
Las únicas diferencias entre los votos de los jueces del máximo tribunal tucumano fueron los detalles a la hora de explicar las absoluciones de los hermanos Rivero, algo en lo que se explayó Estofán, y la conformación de un profuso compendio de antecedentes históricos, de jurisprudencia nacional e instrumentos internacionales a considerar en casos que involucran trata de personas y explotación sexual, en el voto de Sbdar. Las penas a los ahora condenados deberán ser impuestas por una Sala de la Cámara Penal tucumana, que podría ser designada al terminar la feria judicial de enero, porque entre esta semana y el 31 de diciembre restan sólo cinco días hábiles para los tribunales.
De los jueces que dictaron el fallo revocado por la Corte, sólo uno, Eduardo Antonio Romero Lascano, continúa en actividad y aguarda la resolución de la comisión de juicio político para enfrentar un posible jury de enjuiciamiento por la tramitación del debate oral en el caso Verón. Los otros dos, Piedrabuena y Herrera Molina, tras meses de pelea judicial con el Ejecutivo provincial, que se negaba a aceptar los alejamientos, lograron presentar sus renuncias para jubilarse.
DEFINICIONES DE SUSANA TRIMARCO
“Un fallo alentador”
Imagen: Télam
Apenas pasado el mediodía tucumano, a poco de que fuera conocida la resolución de la Corte provincial, Susana Trimarco reconoció que “es un paso importante”, pero agregó que “nunca voy a estar conforme con la Justicia, porque yo no tengo a mi hija”. Por lo mismo, contó, su nieta Micaela, hija de Marita Verón, “no está conforme”. “Dice ‘abuela, ¿qué remedio es si no sabemos dónde está?’.” “Ojalá a la Justicia se le abra la mente y el corazón y que haya justicia.”
Desde la sede central de la Fundación María de los Angeles, la madre de Marita lamentó las dos absoluciones, de María Jesús y Víctor Angel Rivero, “dos delincuentes” acerca de quienes prometió “seguir sosteniendo y diciendo que son autores materiales del secuestro y la desaparición de mi hija”. Al juicio oral, Rivero, ex mujer de Rubén “la Chancha” Ale, había llegado acusada de instigar el secuestro de Marita, para lo que habría prometido dinero a su hermano, Víctor Angel. Acerca de la decimotercera acusada, Irma Medina (“mamá Lili”), contra quien se extinguió la acción penal porque falleció, en febrero, mientras se encontraba presa en La Rioja por otra causa, Trimarco se limitó a señalar que “Dios se encargó de ella, de la justicia divina no se salvó”.
Hacia la noche, ya en Buenos Aires, Trimarco se explayó algo más en un comunicado. La nueva sentencia, escribió, es un paso importante “para rechazar el vergonzoso fallo de absolución, que hace un año me indignaba a mí y a toda la sociedad”. “Es alentador el fallo, aunque no puedo decir que estoy conforme del todo, dado que dos han permanecido absueltos. Sin embargo, me consta que a raíz de la causa de mi hija ellos ahora están muy complicados por los delitos de venta ilegal de armas, drogas y lavado de dinero. De esa no van a zafar”, escribió Trimarco, en relación con la causa por asociación ilícita y lavado de activos en la que la Justicia federal investiga, entre otros, a María Jesús Rivero y su ex pareja Rubén “La Chancha” Ale, a quien la madre de Marita una y otra vez acusó de estar detrás de la trata, la esclavitud sexual y los prostíbulos en Tucumán.
“Hace doce años que estoy reclamando verdad y justicia, y todavía no sé dónde está mi hija o qué ha sido de ella. Micaela, mi nieta, está creciendo sin su mamá. Sin embargo, intento ver la parte positiva de todo esto, y estoy profundamente agradecida a todos los que me apoyaron y pusieron su granito de arena para llegar a este momento, desde la Presidenta de la Nación hasta el ciudadano común. Es mi más profundo deseo que la Justicia cambie y que no tengamos que padecer esta terrible lentitud, que duele.” En el comunicado, Trimarco también advirtió: “Esto no termina acá. Es sólo un capítulo más de la historia que nos tocó vivir a mi nieta y a mí. Hasta no obtener verdad y justicia no voy a parar”.
CARLOS VARELA ALVAREZ, QUERELLANTE EN LA CAUSA VERON
“Esta sentencia no es impunidad”Por Soledad Vallejos
El abogado Carlos Varela Alvarez, que fue querellante en el caso Verón, dijo que conocer la resolución de la Corte fue un impacto. “Gran alegría no sentí, pero sí satisfacción porque este fallo de la Corte quiere decir que era el camino correcto el que seguíamos nosotros”, al recurrir la sentencia absolutoria dictada el año pasado por la Sala II. “Ese tribunal ha impedido que este momento lo viviéramos un año atrás”, agregó.
–¿Qué significa este fallo?
–Hay que preguntarse cómo es posible que un tribunal encuentre que los 13 acusados son inocentes y otro, a 10 culpables, que serían 11 si viviera Irma Medina. Evidentemente, hay dos miradas muy distintas. Y creo que la sentencia de la Corte es más cercana, más acorde a lo que vimos en el debate oral. La resolución de la Corte sí se corresponde con ese juicio. Podemos estar de acuerdo o no en algún caso particular respecto de la culpabilidad, pero esta sentencia no es impunidad. En segundo lugar, me parece que la Corte tucumana ha sentido la presión de la sociedad, en un sentido positivo, en el sentido de que la sociedad necesitaba y pedía justicia. Ha hecho un fallo histórico también.
–¿Por qué “histórico”?
–La Corte tenía tres respuestas posibles. Una era ordenar que se hiciera el juicio de nuevo, que es algo que en nuestra presentación pedimos como tercera opción, pero es impracticable, porque implica someter a las personas a quienes no se les creyó a un nuevo debate oral, una nueva estigmatización. La segunda era que dictara una condena basada en el trámite del juicio oral; hay antecedentes de respuestas así. La tercera era declarar responsabilidades penales y obligar al tribunal que hizo el juicio a imponer penas, que es lo que ha pasado. Esta es una sentencia innovadora: en Tucumán nunca ha pasado algo así antes. Ha habido juicios de sobreseimiento y anulación, pero no uno como éste. Uno puede sentirse insatisfecho por las absoluciones de los Rivero, pero el trabajo que hicieron organizaciones sociales para llegar a esto nos enriqueció como abogados.
–¿En qué sentido?
–Aportaron mucho las presentaciones como amicus curiae que hicieron, por ejemplo, desde el CELS, gracias a Carolina Varsky y Horacio Verbitsky; también fue muy bueno el amicus de Amnesty, que hizo Paola García Rey, o el de Emilio García Méndez, de Fundación Sur, y uno de una ONG de Mendoza donde están la nueva y la vieja guardia de los abogados de derechos humanos, que presentaron amicus muy bonitos sobre el tema. La otra cosa muy importante es que nos acompañó la Procuración de Tucumán.
–¿Qué otras lecturas pueden hacerse de la revocación del fallo del año pasado?
–Es un mensaje muy fuerte. Fortalece el pedido de jury de enjuiciamiento, aunque ahora sólo Romero Lascano siga en carrera. Y además la sentencia de la Corte da a la desaparición de Marita un rumbo, que es La Rioja. Nosotros dijimos que, de las 16 hipótesis que había, a una volvíamos siempre: La Rioja. A más de un año de la sentencia y casi un año de la lectura de los fundamentos de esa sentencia, la Corte ha dado un paso importante en función de la verdad. Queda pendiente el otro camino: encontrar qué pasó con Marita Verón.
ENTREVISTA A ZAIDA GATTI
Funcionaria y testigoPor Carlos Rodríguez
“Estoy contenta por el fallo de la Corte de Tucumán y por los argumentos del fallo, que ha tomado punto por punto lo que se había expuesto en la audiencia y también lo que se había volcado en el pedido de jury de enjuiciamiento a los jueces que habían absuelto a los trece imputados” en el juicio oral por el caso Marita Verón, en diciembre del año pasado. En diálogo con Página/12, Zaida Gatti, titular del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata, expresó su satisfacción por la condena de diez de los trece imputados, aunque se manifestó “asombrada” por la absolución de los hermanos Víctor y María Jesús Rivero “porque sus nombres habían sido citados en muchos de los testimonios que se escucharon en el juicio”.
“Es muy importante que la Corte tucumana haya calificado lo ocurrido con Marita Verón como un caso de trata de personas y que en el fallo que deja sin efecto la absolución se hayan citado como antecedentes un convenio de 1949 contra la explotación sexual y la trata y que se haya citado el Protocolo de Palermo de 2002, el mismo año en el que se produjo la desaparición de Marita Verón, porque eso fortalece hacia el futuro la investigación del delito de trata de personas.”
–¿Qué opinión tiene sobre el fallo de la Corte de Tucumán?
–Todavía no lo pude leer en su totalidad, pero lo que he visto me ha impresionado favorablemente. Es muy interesante la crítica de la Corte al fallo absolutorio en el que se reconocía que los jueces sabían que se estaba dejando libre a una red de trata. También es muy importante que se haya tenido en cuenta a las víctimas de trata, descalificadas por el Tribunal Oral, que desechó sus denuncias alegando que los relatos tenían imprecisiones respecto de algunos nombres o en las fechas en las que ocurrieron algunos de los hechos denunciados.
–¿Qué es lo que pasa por la mente de una mujer que ha sufrido este tipo de delitos cuando tiene que enfrentarse en un juicio con las mismas personas que las explotaron?
–Es una situación muy traumática, que no pasa sólo por el miedo, aunque es muchísimo el miedo que sienten. Yo, como psicóloga experta en violencia de género, declaré cuatro horas y media frente al Tribunal Oral para explicarles a los jueces los efectos del estrés postraumático que sufren estas mujeres que han vivido situaciones espantosas y que en algunos casos hasta han tenido que presenciar asesinatos y aberraciones. Por suerte, ahora los miembros de la Corte se han tomado el trabajo de leer todos los argumentos y tuvieron en cuenta las cuestiones que fueron expuestas en el juicio y no fueron tomadas por los miembros del Tribunal Oral.
–¿Cómo analizan, desde el Programa Nacional de Rescate de las Víctimas de Trata, los fallos que se han dado en distintos puntos del país en los casos que llegan a juicio oral?
–Por lo general, no llegan a las condenas esperadas. Esto está directamente relacionado con la falta de capacitación y de sensibilización con el tema de parte de los miembros del Poder Judicial. Esto se advierte en la distancia abismal que mantienen los jueces ante las mujeres que han sido víctimas de trata. El que juzga y las víctimas pertenecen a estratos sociales totalmente diferentes. Muchos piensan que una mujer humilde, que no ha tenido la posibilidad de acceder a la educación, es incapaz de hacer otra cosa que trabajar en un taller de costura en pésimas condiciones o directamente caer en la prostitución. La cultura patriarcal parece no querer asumir la existencia de redes de trata que se dedican a la explotación sexual y que las mujeres son víctimas de un delito. De todos modos, hubo fallos importantes para destacar.
–¿Recuerda alguno que valga la pena mencionar?
–En diciembre de 2011, en Rosario, en una causa con tres imputados, los tres fueron condenados a 14 años de cárcel. Lo importante fue que las víctimas no querían declarar ante los acusados y el tribunal hizo lugar al pedido. Los retiraron de la sala y las víctimas fueron asistidas, en la sala, por una psicóloga que las acompañó durante la declaración. Este fallo de la Corte de Tucumán también es muy importante, aunque me sigue asombrando que hayan confirmado las absoluciones de los hermanos Rivero, porque creo que hubo muchos testimonios que los incriminaron.
Fuente:Pagina12



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